Canon 58
Sobre la prohibición a los laicos de darse la comunión a sí mismos o a otros (ausencia de 7 días).
Que nadie de entre los laicos se enseñe por sí mismo los Divinos Misterios cuando haya un obispo, un presbítero o un diácono. Cualquiera que se atreva a hacer algo así, como quien actúa en contra de lo prescrito, será excomulgado por una semana, aprendiendo así a no pensar en sí mismo más de lo que debe pensar (Rom. 12:3).
Original griego
Μηδεὶς τῶν ἐν λαϊκοῖς τεταγμένων ἑαυτῷ τῶν θείων μυστηρίων μεταδιδότω, παρόντος ἐπισκόπου, ἢ πρεσβυτέρoυ, ἢ διακόνου. Ὁ δέ τι τοιοῦτο τολμῶν, ὡς παρὰ τὰ διατεταγμένα ποιῶν, ἐπὶ ἑβδομάδα μίαν ἀφοριζέσθω, ἐντεῦθεν παιδαγωγούμενος, μὴ φρονεῖν παρ᾿ ὃ δεῖ φρονεῖν.
Lugares paralelos
IВс.1318