Canon 25
El hecho de que el Consejo de Obispos represente la primera instancia en las disputas sobre los límites de las regiones
Junto con todos los demás, renovamos también la regla que define: las parroquias de pueblo o de campo de cada Iglesia deben permanecer invariablemente en manos de los obispos que las poseen, y especialmente si ellos, habiéndolas mantenido durante 30 años sin el uso de la violencia, las han gobernado. Si durante estos 30 años ha ocurrido o ocurrirá alguna disputa debido a estas parroquias, entonces aquellos que digan que fueron tratados injustamente con respecto a las parroquias pueden iniciar un caso ante el Consejo de la región metropolitana.
Original griego
Πρὸς τοῖς ἄλλοις ἀνανεοῦμεν καὶ τὸν κανόνα τὸν διαγορεύοντα τὰς καθ᾿ ἑκάστην ἐκκλησίαν ἀγροικικὰς παροικίας, ἢ ἐγχωρίους, μένειν ἀπαρασαλεύτους παρὰ τοῖς κατέχουσιν αὐτὰς ἐπισκόποις, καὶ μάλιστα, εἰ τριακονταετῆ χρόνον αὐτὰς ἀβιάστως διακατέχοντες ᾠκονόμησαν. Εἰ δὲ ἐντὸς τῶν τριάκοντα ἐτῶν γεγένηταί τις, ἢ γένηται περὶ αὐτῶν ἀμφισβήτησις, ἐξεῖναι τοῖς λέγουσιν ἠδικεῖσθαι, περὶ τούτου κινεῖν παρὰ τῇ συνόδῳ τῆς ἐπαρχίας.
Lugares paralelos
IVВс.17