Canon 24
Sobre la prohibición de que clérigos y clérigos entren a la posada.
Sobre el hecho de que el clero, desde el presbítero hasta el diácono, y los pertenecientes al orden eclesiástico, pasando por los ministros, lectores, cantantes, exorcistas, porteros y los que pertenecen al orden monástico, no deben entrar en la posada.
Original griego
Ὅτι οὐ δεῖ ἱερατικοὺς ἀπὸ πρεσβυτέρων ἕως διακόνων, καὶ ἑξῆς τῆς ἐκκλησιαστικῆς τάξεως ἕως ὑπηρετῶν, ἢ ἀναγνωστῶν, ἢ ψαλτῶν, ἢ ἐφορκιστῶν, ἢ θυρωρῶν, ἢ τοῦ τάγματος τῶν ἀσκητῶν, εἰς καπηλεῖον εἰσιέναι.
Lugares paralelos
Ап.54Трул.9Карф.40