Canon 90
Sobre el procedimiento para considerar denuncias y acusaciones contra el clero. Los acusados deben emplear todos los esfuerzos para demostrar su inocencia ante un tribunal eclesiástico en un plazo de un año, al mismo tiempo mostrando ante la opinión pública su inocencia. Si no logran hacerlo dentro del tiempo señalado, pierden el derecho a la exculpación y pasan a ser juzgados.
Establecido: cada vez que los clérigos sean acusados y condenados de delitos, si como es debido desean defenderse en su causa e intentar demostrar su inocencia, sea para proteger a la Iglesia de las censuras, o por respeto a su sacerdocio (por el cual se les concede indulgencia), o debido a la arrogancia excesiva de herejes y paganos, que lo hagan durante un año, manteniéndose fuera del comunión. Si, sin embargo, en ese año no se ocupan de su justificación, desde entonces ninguna palabra de ellos será recibida en absoluto.
Original griego
Πάλιν ὡρίσθη, ἵνα, ὁσάκις κληρικῶν ἐλεγχθέντων, καὶ καταθεμένων τινὰ ἐγκλήματα, εἴτε διὰ τὸ τῆς ἐκκλησίας ὄνειδος, εἴτε διὰ τὴν αἰδεσιμότητα, ὧν χάριν τούτοις φειδὼ γίνεται, εἴτε διὰ τὴν ἀλαζόνα τῶν αἱρετικῶν καὶ ἐθνικῶν ἐπιγαυρίασιν, ἐὰν ὡς εἰκὸς ἐπαγωνίσασθαι τῷ ἰδίῳ πράγματι, καὶ τῆς ἰδίας ἀβλαβείας φροντίσαι θελήσωσιν, ἐντὸς ἀκοινωνησίας ἐνιαυτοῦ τοῦτο ποιήσωσιν· ἐὰν δὲ ἐντὸς ἐνιαυτοῦ τὸ πρᾶγμα αὐτῶν καθᾶραι καταφρονήσωσι, μηδεμία τούτων τοῦ λοιποῦ φωνὴ παντελῶς προσδεχθείη.[1]
Lugares paralelos
Ап.74IIВс.6IVВс.9