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No mercenarios y hacedores de maravillas Cosmas y Damián · Santa Teodota, Madre de Cosme y Damián

Часть III. Из указов и распоряжений святителя Иоанна

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“El Cordero de Dios será llevado por nosotros en la noche sagrada y luminosa de la Resurrección” (Semana de la Carne, stichera sobre la stichera de la tarde). Oramos por esto, apenas comenzando a prepararnos para el ayuno y luego repetidamente durante la Gran Cuaresma: que el Señor nos conceda el privilegio de la comunión en la noche de la Santa Pascua. Entonces la gracia de Dios actúa especialmente en el corazón de las personas. Entonces participamos de Cristo Resucitado, nos hacemos partícipes de su Resurrección. Por supuesto, es necesario decir el ayuno antes y, habiendo ya recibido la comunión durante la Gran Cuaresma, volver a participar de los Santos Misterios. No hay tiempo para confesarse detalladamente antes de la liturgia pascual; esto debe hacerse antes. Y en la noche luminosa, habiendo recibido el permiso general, proceder al Divino Cordero, garantía de nuestra Resurrección. Que nadie abandone la iglesia prematuramente, apresurándose a probar la carne de los animales en lugar de probar el Purísimo Cuerpo y Sangre de Cristo. Posible participación del clero en la vida pública Teniendo como objetivo principal de su ministerio el avivamiento de las almas humanas y su conducción al eterno Reino de Dios, quienes han recibido el don del sacerdocio no deben distraerse de la obra del apóstol y perder el tiempo en asuntos mundanos. Lo que un sacerdote da a las personas no lo puede dar nadie más, y nada se puede comparar con el bien eterno al que él conduce a las personas. Por lo tanto, el clérigo no se atreve a distraerse de sus deberes directos, a involucrarse incluso en asuntos mundanos útiles, recordando que él es el guardián de las almas humanas y dará una respuesta en el Juicio Final de Dios por cada oveja que murió por su negligencia. Un ejemplo lo dieron los apóstoles cuando surgieron disputas entre sus discípulos sobre la distribución de los beneficios, diciendo: No nos conviene servir comidas, que hemos abandonado la palabra de Dios (Hechos 6:2). Los cánones de la Iglesia prohíben estrictamente al clero participar en deberes mundanos y asumir cargos públicos. Sin embargo, esto no significa que el clero pueda retirarse por completo de todos los asuntos mundanos. Las personas se componen de alma y cuerpo, y es imposible, mientras se cuida el alma, olvidarse por completo de las necesidades del cuerpo. Todo lo que los laicos puedan hacer debe dejarse en sus manos, tratando de concentrarse en las cuestiones espirituales, que son labor de pastores. El sacerdocio es la luz del mundo, y su participación en la vida pública debe consistir en santificar el camino de la vida personal, social y estatal. El deber de un clérigo es indicar los fundamentos morales sobre los cuales debe organizarse la vida de la sociedad e inspirar sus actividades, imbuyéndolas del espíritu de las enseñanzas de Cristo. Sin descender en medio de la vanidad cotidiana, el pastor debe flotar sobre su rebaño y, observándolo atentamente, descender cuando sea necesario para sostener a los débiles de espíritu o de cuerpo, para detener y exponer el mal, para animarlos a hacer buenas obras y obras, y fortalecerlos para hacer el bien. El don más alto y más importante de un sacerdote a la sociedad es el invocarlo y hacer descender la bendición y la gracia de Dios, para lo cual el pastor debe ser especialmente diligente en la oración y, recordando que ante todo es siervo de Dios, ser un ejemplo fiel, en palabra, vida, amor, espíritu, fe, pureza (1 Tim. 4:12), guiándolos [al rebaño] al Reino de Dios mediante la oración, el ejemplo y la instrucción. Resolución sobre la distribución de huevos en la noche de Pascua ...para una solicitud... para obtener permiso... para distribuir huevos rojos a los que rezan en la iglesia conmemorativa después de los maitines de Pascua, "ya que un gran número de peregrinos solitarios, ancianos, enfermos y pobres no pueden permanecer hasta el final de la Divina Liturgia y luego regresar a su lugar de residencia en un clima húmedo y frío", la siguiente resolución fue presentada por Su Eminencia, el Reverendísimo Arzobispo John: Lo principal en el Día Luminoso de Pascua es nuestra comunión con Cristo Resucitado, que se manifiesta especialmente en la comunión en el Servicio Luminoso, por el cual ofrecemos oraciones repetidamente en los servicios de la Gran Cuaresma. Dejar el servicio de Pascua antes del final de la liturgia es un pecado o una mala comprensión del servicio de la iglesia. Si una necesidad irresistible obliga a hacer algo, entonces el huevo, que es sólo un símbolo de la Resurrección, no puede reemplazar la degustación real de la Resurrección en la Divina Liturgia, y distribuir huevos antes de la Liturgia sería un desprecio por el Divino Sacramento y un engaño a los fieles. Las reglas de la Iglesia prohíben estrictamente llevar al altar cualquier otra cosa que no sea pan y vino elaborado con el Cuerpo y la Sangre de Cristo, y aceite para lámparas e incienso, y un clérigo que viole esto, según la tercera regla de los santos, el apóstol, es expulsado del orden sagrado. Insto a todos a participar íntimamente en la Divina fiesta de Cristo Resucitado, la santa liturgia, y una vez finalizada, proclamar la Resurrección de Cristo y saludarnos con el símbolo de la Resurrección. Decreto sobre el orden del culto Para evitar confusiones o malentendidos durante la concelebración del clero, se debe observar el orden de antigüedad de las consagraciones: los archimandritas se clasifican según la antigüedad de su elevación a archimandrita, los arciprestes según la antigüedad de su elevación a protopresbítero, el resto de los sacerdotes según la antigüedad de su ordenación al sacerdocio. El mismo orden observan los diáconos, subdiáconos y lectores, aunque no está prohibido en ninguna ocasión conferir voluntariamente el honor del primado al hermano. Los clérigos que llegan tarde al comienzo del servicio se colocan al final de la fila de clérigos, para no causar confusión durante el servicio, porque la gracia de Dios reposa sobre ellos por igual, sin importar dónde se encuentren ante el Señor Dios. Decreto sobre la inadmisibilidad de la participación en espectáculos en vísperas de domingos y festivos. Las reglas sagradas dictan que los cristianos deben pasar las vísperas de los días santos en oración y reverencia, preparándolos para la participación o presencia en la Divina Liturgia. Si todos los cristianos ortodoxos están llamados a esto, aún más lo son aquellos que participan directamente en los servicios religiosos. Su participación en espectáculos en vísperas de vacaciones es especialmente pecaminosa. En vista de esto, aquellos que estuvieron en un baile o entretenimiento y diversiones similares en vísperas de una resurrección o día festivo no pueden al día siguiente participar en el coro, servir, entrar al altar o estar en el coro. Decreto al clero y coristas de la iglesia. En vista del nombre abreviado de la catedral del Santo Dolor, que ha comenzado a utilizarse, se explica que dicha catedral en nombre de la Santísima Theotokos tiene en el icono de su iglesia la imagen no de la Dolorosa Madre de Dios, que representa Su dolor, sino la imagen de Todos los que Sufren de Alegría, que representa la Alegría de todos los que Ella alimenta y consuela. Por lo tanto, como personificación de la alegría, y no del dolor, esta imagen, (como) la catedral que lleva su nombre, debe llamarse, en el caso de acortar su nombre, Dolorosa-Gozosa o Gozosa-Dolorosa, como en adelante se llamará al acortar su nombre. Decreto sobre aplazamiento de vacaciones Se recuerda al clero y al rebaño que incluso en el Antiguo Testamento, por mandato de Dios, se establecieron días festivos: "a quienes Dios escogió y santificó", así como días de ayuno y luto. El Señor Jesucristo, habiendo enseñado una verdadera comprensión del significado de la festividad, no abolió, sino que aprobó la observancia de las festividades, y la Iglesia de Cristo del Nuevo Testamento desde el comienzo de sus días observó los días sagrados. Al establecer el ciclo anual de culto, la Iglesia definió las fiestas, destacando especialmente aquellas en las que tuvieron lugar grandes manifestaciones de la Providencia de Dios y en las que ahora se derrama la gracia de Dios. Además de ellos, se nos ordena honrar otros días en los que se recuerdan acontecimientos importantes en la vida del Salvador y la Madre de Dios, los signos de la misericordia de Dios y la memoria de los santos de Dios. La Iglesia ha establecido con precisión el significado y orden de su celebración, así como los días en que se celebran, así como el traslado a otros días en determinados casos. Siempre que es posible, se observa la conmemoración simultánea de acontecimientos sagrados y de santos, de modo que los cristianos ortodoxos estén unidos con un solo pensamiento y sentimientos comunes, ofreciendo unánimemente oraciones y alabanzas, lo que no excluye, sin embargo, celebraciones locales especiales de acontecimientos o santos, conocidos o especialmente venerados sólo en una zona determinada. Entre los días grandes de cada iglesia se encuentra su fiesta patronal, es decir, el día de celebración de los hechos sagrados o del santo a quien está dedicado. Los estatutos de la iglesia equiparan las fiestas de la iglesia con las grandes fiestas del Señor y de la Madre de Dios en su significado y se celebran con un servicio apropiado destinado específicamente a este día, que es un día solemne y bendito para quienes oran en la iglesia y su comunidad eclesial. Por lo tanto, es inaceptable posponer arbitrariamente una festividad en la iglesia por razones mundanas. Tanto el clero como los laicos deben comprender claramente que transferir la celebración a otro día no convierte ese día en una festividad de la iglesia, así como una festividad de la iglesia no celebrada no disminuye su significado espiritual y sigue siéndolo independientemente de la actitud del clero y los feligreses hacia ella. El clero y los feligreses deben intentar de todas las formas posibles celebrar con dignidad la fiesta de la iglesia, participando con la mayor diligencia posible en el servicio divino de ese día, reuniéndose en él (la iglesia). Aquellos que no tienen la oportunidad de visitar la iglesia ni siquiera por un corto tiempo, transfieran su mente y su corazón a él, al menos recibiendo en sí mismos los rayos de gracia derramados en él. Decreto al clero de la Diócesis de Europa Occidental Habiendo observado partes de la diócesis, tanto en el sur como en otros lugares de Francia, considero necesario dar al clero las siguientes instrucciones y recordatorios: 1) Es necesario observar atentamente los Dones de reserva, en caso de notable humedad, secarlos, según “Teacher's News”, recordando que está pecando mortalmente un clérigo, por cuya negligencia los Santos Dones estarán sujetos a pudrirse. 2) Al preparar los Dones de reserva, es necesario regar toda la partícula del Cuerpo de Cristo con la Purísima Sangre, para que al triturarlos no queden partículas no llenas de Sangre, cuya comunión sería la comunión de los laicos bajo un solo tipo, contrariamente a las reglas de la Santa Iglesia Ortodoxa, que siempre ha utilizado la Comunión bajo dos tipos, haciendo excepción sólo para los niños. 3) Al final de la liturgia, quienes celebran la liturgia deben recoger cuidadosamente todas las partículas de los antimins, revisando también el pañuelo, y poner todo en el santo. Bebo la copa antes de consumir los Santos Dones. Debemos recordar que esas partículas son el Purísimo Cuerpo de Cristo o sacadas durante la conmemoración; Así como la negligencia hacia el Cuerpo de Cristo es pecado mortal, así el no omitir las partículas extraídas para los vivos o los muertos deja sin cumplir aquello para lo cual se extraen las partículas, es decir, el misterioso lavado de los pecados de aquellos por quienes fueron extraídas, por lo que se dice una oración y por la cual los creyentes se someten a su conmemoración. Por lo tanto, todo, desde el antimensión hasta la partícula más pequeña, debe ser bajado al Cáliz. 4) Al consumir las Santas Donaciones, las vasijas deben lavarse con agua caliente para que no quede el menor rastro de la Sangre de Cristo o del vino que a veces se vierte durante el consumo, y las vasijas deben estar siempre inmaculadamente limpias. 5) Los clérigos están obligados a estudiar las reglas relativas a la realización de los Servicios Divinos y a desarrollar constantemente sus conocimientos. La ignorancia casi total de los servicios religiosos más ordinarios muestra un desprecio por los deberes principales. 6) Al realizar un servicio episcopal o conciliar, durante el beso mutuo, el que se acerca dice: “Cristo está en medio de nosotros”, y el que está de pie responde. 7) No se debe permitir el uso de sobrepelliz a quienes no tienen derecho a ser clérigos, así como (llevar) oradores a los sirvientes no iniciados; de los iniciados en la lectura, sólo aquellos que tengan certificados especiales para tal efecto. Decreto No. 37, 20 de septiembre de 1951 Decreto sobre la conmemoración de los no ortodoxos. Se recuerda al clero que durante la Divina Liturgia sólo se conmemora a las personas que pertenecen a la Iglesia Ortodoxa, ya que dicha conmemoración convierte a la persona conmemorada en participante del servicio, en el que sólo pueden participar los cristianos ortodoxos. Además, los suicidios conscientes no pueden recordarse como aquellos que abandonaron voluntariamente la Iglesia. Lo mismo debe decirse de los funerales, los servicios conmemorativos y otros servicios destinados a los creyentes ortodoxos, como se desprende de las mismas expresiones utilizadas en ellos. Como excepción, en relación con las personas que durante su vida mostraron su afecto por la fe ortodoxa y la Iglesia y tomaron parte activa en su vida, se puede realizar una oración fúnebre, consistente en cantar o leer el kathisma 17 (Salmo 118) con la adición de una breve letanía por el descanso del difunto y [cantar] “La memoria eterna”. En sus oraciones privadas, los cristianos ortodoxos pueden orar a Dios por todos, confiando en la misericordia de Dios. Decreto No. 39, 23 de septiembre de 1951 Decreto sobre entretenimiento en vísperas de vacaciones De conformidad con el Decreto del Sínodo de los Obispos del 4 de noviembre de 1951, No. 878, sobre la necesidad de combatir la designación de reuniones de entretenimiento y bailes en vísperas de los domingos y días festivos, se instruye a los padres de las parroquias y a todo el clero a convencer a los creyentes de que eviten tales entretenimientos inoportunos, les expliquen el significado nocivo de los mismos y se aseguren de que, en cualquier caso, no sean hospedados en esos días por las propias parroquias y las instituciones de la iglesia, para lo cual los pastores tienen una responsabilidad especial; señalan que el uso de los honorarios de dicho entretenimiento con fines caritativos no puede justificar ni a su organización ni a los organizadores y participantes, porque para un verdadero cristiano la regla: “el fin justifica los medios” es inaceptable. Es necesario comprender que las vacaciones de la iglesia comienzan en la víspera, que las vísperas y los maitines preparan a los cristianos para la participación orante en la Divina Liturgia, que es, por así decirlo, su continuación y finalización. La presencia en la iglesia durante la realización del Sacrificio sin sangre requiere tal preparación por parte de todos los cristianos, mientras que el entretenimiento y el baile de la noche anterior interfieren con la creación de ese ambiente reverente que se forma cuando se introduce en la conciencia y el sentimiento el contenido de los cantos instructivos y las lecturas de vísperas y maitines, que explican el significado y la importancia del evento celebrado. Los entretenimientos en las vísperas de los domingos y días festivos contradicen profundamente todo el orden litúrgico de la iglesia y, por lo tanto, son muy perjudiciales para las almas de sus participantes, algunos de los cuales incluso suelen llegar tarde, debido al cansancio, a la liturgia o la pierden, mientras que los que vinieron tienen la impresión de la noche anterior. Decreto No. 69, 8 de noviembre de 1951 Decreto sobre el procedimiento para iniciar la pequeña entrada. Se recuerda a los padres del clero el orden del comienzo de la entrada pequeña durante los servicios del obispo con la dotación completa del clero en servicio. Primero, el clérigo principal y el primer diácono se paran frente al trono, hacen tres reverencias al trono, lo besan, se inclinan ante el obispo, el sacerdote le da el Evangelio al diácono, quien se dirige a un lugar alto frente al trono; luego el sacerdote principal con todos los sacerdotes hace dos reverencias desde la cintura, besa el trono, [hace] una tercera reverencia, una reverencia al obispo, y comienza a caminar alrededor del trono, y los que están del lado izquierdo no caminan alrededor del trono, sino que desde su lugar se unen a los que caminan a la derecha cuando les llega el turno. Decreto No. 90, 21 de noviembre de 1951 Decreto sobre invitación a los feligreses a participar en los servicios de adoración Para una participación más activa y eficaz de los creyentes en los Servicios Divinos, los rectores de las iglesias y todo el clero están llamados a involucrar al mayor número posible de laicos en la lectura y el canto en el coro, y a los niños y jóvenes también a participar en el Servicio Divino. Al mismo tiempo, se prescribe introducir, siempre que sea posible, el canto de partes individuales del servicio o incluso de todo el servicio por parte de todos los creyentes, imitando de esta manera a la Iglesia antigua. Por supuesto, se deben realizar cantos comunes todos los domingos y días festivos: durante la liturgia, "Creo" y "Padre nuestro", y durante la Vigilia nocturna, cuando corresponde, "Habiendo visto la resurrección de Cristo". Para lograr esto, es útil enviar algunos de los cantantes al centro de la iglesia y dejar que el diácono o el director del coro dirija el canto. Decreto No. 70, 8 de noviembre de 1951 Decreto sobre la lámpara en vísperas de la Natividad de Cristo. Se explica y recuerda al clero y al rebaño que colocar una lámpara en medio de la iglesia en vísperas de las fiestas de la Natividad de Cristo y la Epifanía después de Vísperas, generalmente relacionadas con la Liturgia de San Basilio el Grande, significa la venida a la tierra y el establecimiento entre las personas de la Luz Verdadera, el Sol de la Verdad, anunciado por la Estrella, cuya Luz iluminó a las personas (ver el troparion de la Natividad y el kontakion de la Cruz). En vista de esto, la lámpara misma, que representa misteriosamente esa Luz Invisible escondida bajo la carne del Dios-Hombre, es como un ícono, y entonces no es necesario colocarla frente al ícono, sino que se debe colocar en el medio de la iglesia y glorificar a Cristo frente a él. Decreto No. 105, 24 de diciembre de 1952 Decreto sobre la veneración de los antiguos santos de Occidente Al estar dispersos en países donde los santos santos, honrados por la Iglesia Ortodoxa de Cristo desde la antigüedad, trabajaron en la antigüedad y fueron glorificados por sus sufrimientos u otras obras, nos corresponde honrarlos dignamente y recurrir a ellos, sin al mismo tiempo enfriarnos hacia los santos santos de Dios, a quienes antes hemos recurrido en oraciones. En varios lugares de la antigua Galia, ahora Francia y otros países de Europa occidental, se han conservado hasta el día de hoy los restos sagrados de los mártires de los primeros siglos y posteriores, que fueron confesores de la fe ortodoxa. Llamamos a los padres del clero a recordar en los servicios divinos, en las litías y en otras oraciones, a los santos de Dios, que son los patrones del lugar o país donde se realiza el servicio, y que son especialmente venerados, también durante las vacaciones. En particular, dentro de las fronteras de París se debe conmemorar al santo mártir Dionisio, al Venerable Genovetes, también al Venerable Clothwald, en Lyon - al Hieromártir Ireneo, en Marsella - al Mártir Víctor y al Venerable Casiano, dentro de las fronteras de Toulouse - al Hieromártir Saturnino, obispo de Toulouse, en Tours - San Martín. En casos de ambigüedad o confusión, contáctenos para aclaración y orientación. El rebaño está llamado a honrar a estos santos. Decreto No. 223, 23 de abril de 1953 Decreto sobre la participación del clero en las instituciones públicas, Se confirma al clero consagrado y se recuerda que los clérigos, siendo pastores del rebaño de Cristo, tienen como tarea conducirlo a través del mar de la vida hasta el puerto de la Iglesia celestial. Por lo tanto, los pastores están por encima de las divisiones causadas por las circunstancias cotidianas y no pueden estar obligados por la participación en instituciones públicas, sociedades o uniones que no sean las eclesiásticas. Al ser nombrados o, con la bendición de la autoridad del obispo, invitados a dirigir cualquier organización, aparecen allí como líderes y pastores espirituales, iluminando sus caminos y los de sus miembros individuales con la luz del Evangelio e indicando la resolución de problemas emergentes en el espíritu de la ortodoxia, además de realizar los servicios necesarios, obedeciendo únicamente a las reglas y autoridades de la iglesia. Decreto No. 284, 17 de septiembre de 1953 Decreto sobre la posibilidad de que un clérigo testifique como testigo En los casos en que las autoridades se acerquen con una propuesta para testificar como testigo, el clérigo debe guiarse por lo siguiente. Si se propone testificar sobre algún hecho o incidente que el sacerdote vio como observador casual o conoce junto con otras personas, entonces puede y debe dar testimonio. Si las autoridades se ofrecen a testificar sobre algo que él conoce debido a su posición o actividad pastoral, entonces el sacerdote no debe ser testigo de tales cuestiones, porque todos pueden acudir al sacerdote como padre espiritual y no deben temer que cualquier cosa llegue a ser conocida por extraños. Si las autoridades necesitan cubrir algún evento de la vida pública o eclesiástica e invitar al sacerdote a declarar al respecto, este último debe declarar que no está autorizado para hacerlo y ofrecerse a contactar a las autoridades de la iglesia, quienes siempre darán las explicaciones apropiadas. Decreto No. 424, 29 de diciembre de 1954 Decreto sobre servicios conciliares Se ha observado que algunos clérigos evitan los servicios conciliares o, al realizarlos, consideran obligatorio que el número de los que sirven con los mayores sea par. En vista de esto, hay casos en que algunos clérigos se quedan sin la oportunidad de participar en el culto. Según las reglas de la iglesia, todo el clero debe participar en los servicios divinos, al menos los domingos y los días festivos importantes. Según el octavo canon de los santos, el apóstol, un clérigo presente en la liturgia y que no recibe la comunión, debe indicar el motivo de esta última y sólo si es respetado no está sujeto a penitencia. Aunque en algunos lugares de Rusia se observó que durante los servicios ceremoniales había un número par de sacerdotes, sucedió [allí] donde había muchas iglesias y el clero podía distribuirse entre ellas, participando en el servicio en una de ellas. Observar el lado externo del servicio divino en violación de la esencia del servicio sacerdotal, que consiste en interceder ante Dios por el rebaño en mutuo amor fraternal y comunicación en la oración, es absurdo y pecaminoso, por lo que todo el clero que no tenga obstáculos para servir debe participar en la liturgia y otros servicios festivos, independientemente de su número. Decreto No. 493, 11 de octubre de 1955 Decreto al clero sobre la conmemoración de los suicidios Se recuerda a los padres del clero que deben observar estrictamente y estrictamente que los cánones de la iglesia prohíben la conmemoración de los suicidios durante la Divina Liturgia, así como la realización de sus funerales y los servicios conmemorativos [para ellos]. Si esa persona ha estado anteriormente en un hogar para enfermos mentales, o en otros casos excepcionales, deberá presentarlo a la consideración del obispo y, sin su permiso, no atreverse a realizar un acto sagrado sin permiso. Decreto No. 489, 8 de octubre de 1955 Decreto sobre la imposibilidad de seres no ortodoxos como sucesores Dado que los destinatarios del bautismo son garantes de que los bautizados permanecerán en la fe ortodoxa y aceptan la obligación de confirmar a sus ahijados en la misma, sería una tontería permitir que un no destinatario sea el destinatario, lo que sólo puede ser una persona ortodoxa. El registro de personas no ortodoxas como destinatarios no es válido y quien lo permite queda sujeto a responsabilidad. Decreto No. 490, 8 de octubre de 1955 Decreto sobre el canto de salmos en la liturgia Observando las reglas establecidas por los santos padres y los ritos de la Iglesia, hay que hacerlo con especial cuidado al servir en la Divina Liturgia, tanto como sacerdote en servicio como en el coro. En particular, esto se aplica al canto de los salmos prescritos, cuyo gran significado hablan extensamente San Basilio el Grande, San Juan Crisóstomo y otros santos padres. Durante la liturgia, en los días en que no hay antífonas especiales, siempre se deben cantar el Salmo 102, “Bendice, alma mía, al Señor” y el Salmo 145, “Alaba al Señor, alma mía”, y al final se debe leer o cantar el Salmo 33, “Bendeciré al Señor”. Si a veces está permitido cantar el primero de ellos en forma abreviada, debido a su inmensidad, entonces los otros dos deben interpretarse íntegramente. El descuido de esto es un indicador de la falta de celo por su deber y de una actitud frívola hacia los estatutos sagrados entre el clero y los cantantes. Decreto No. 507, 1 de enero de 1956 Decreto sobre el canto de los irmos del Canon de la Presentación al final de la vigilia nocturna Durante los años de persecución de la Iglesia en Rusia, en las iglesias que resistieron la tentación y permanecieron fieles al Patriarca Tikhon, después de la destitución, se estableció cantar los irmos del canon 3 del Canon de la Presentación del Señor: “Confirmación de los que en Ti confían, establece, oh Señor, la Iglesia...” Esta costumbre fue trasladada ahora a algunas iglesias extranjeras por los sacerdotes que llegaron de allí después de la última guerra, lo que el sumo sacerdote consideró bastante apropiado. Compartiendo plenamente esto, les insto a introducir el canto de dicho canto después de las vacaciones, al menos durante los días festivos. Decreto No. 315, 2 de febrero de 1954 Decreto sobre la implementación de la carta parroquial. Los rectores parroquiales reciben instrucciones de controlar estrictamente la aplicación de la norma de la Carta parroquial, que priva del derecho a participar en la reunión parroquial a las personas que evaden la confesión y la Sagrada Comunión, que han cometido y aún no han reparado delitos graves y que conviven sin estar casados ​​por la iglesia. Además, es inaceptable que ocupen cargos en la iglesia o en instituciones parroquiales. Si en el momento actual se encuentran en algún lugar personas pertenecientes a las categorías indicadas, están obligadas a destituirse inmediatamente o ser removidas por el superior de su cargo hasta que se corrijan las circunstancias que desacreditan su vida. Decreto No. 61, 16 de octubre de 1951 Decreto sobre matrimonios con personas no ortodoxas Se recuerda y explica al clero y al rebaño que los matrimonios entre ortodoxos y no ortodoxos son contrarios a las reglas de la Iglesia, como lo afirma el VI Concilio Ecuménico: “Es indigno que un marido ortodoxo copule con una esposa hereje, ni que una esposa ortodoxa se case con un marido hereje” (canon 72), así como en una serie de otras reglas de los santos Concilios. Se permite una excepción en el caso de que una persona de otra fe prometa convertirse a la fe ortodoxa. La firme adhesión a este orden mantiene a la familia y a la sociedad íntegras y ortodoxas, pero la violación de este orden las destruye. En días de verdadera devastación, esto se manifiesta muy claramente. La unidad espiritual e incluso externa de muchas familias cuyos miembros se casaron con extranjeros ha sido destruida. En tales matrimonios, a menudo se produce una alienación de su familia anterior para aquellos que contrajeron tales matrimonios y caen bajo la influencia de otras religiones, mientras que en otros casos muy frecuentes, pronto se descubre un abismo interno entre los que están en pareja, haciendo de su vida en común un tormento moral. Hay casos de desviación directa de la ortodoxia. Los cristianos ortodoxos deben recordar que la apostasía de la fe y de la Iglesia por el bien del bienestar mundano es apostasía de Cristo, un pecado imperdonable, por el cual se requerirá una respuesta en el Juicio Final (ver: Mateo 16:25, 27; Marcos 8:36), así como criar a los hijos sin la verdadera fe es un pecado. Todo ruso debería recordar a San Hermógenes, quien resueltamente se negó a bendecir el matrimonio de [El Falso Dmitry] con Marina Mnishek hasta que ella aceptara la ortodoxia, así como otros ejemplos similares. Un ejemplo en este caso puede ser la firmeza en esta materia de la Iglesia Católica, que se desvió de muchas cosas de las enseñanzas y reglas de la Iglesia, pero cumplió con las reglas antes mencionadas, no sólo evitando que sus miembros la abandonaran, sino también adquiriendo nuevos entre los débiles en su fe. Por lo tanto, los padres del clero tienen el deber y la obligación de explicar a los creyentes el daño de los matrimonios mixtos, advirtiendo especialmente a los jóvenes contra ello, tanto en las enseñanzas generales como en las conversaciones privadas, y observando para, si es posible, cortar de raíz las aficiones. Si solicita tales matrimonios, intente persuadirlos para que se nieguen hasta que la persona extranjera se convierta o prometa convertirse a la ortodoxia. Si las convicciones no son suficientes, exigir al menos una suscripción de ambas partes para educar a los niños en la fe ortodoxa. Sin tal promesa, es mejor no aceptar la bendición de tal matrimonio en su alma. Decreto No. 400, 13 de octubre de 1954 Decreto sobre libros en los quioscos de las iglesias La venta de libros u otras publicaciones impresas en iglesias o quioscos de ellas sólo está permitida si los libros y publicaciones en cuestión fueron impresos con la bendición de las autoridades de la iglesia o con la aprobación de éstas. Las publicaciones parroquiales deberán presentarse inmediatamente después de su impresión a la Administración Diocesana en dos ejemplares y distribuirse o venderse en la iglesia bajo la responsabilidad del rector, sin esperar la aprobación de cada hoja por separado, si se publican con la aprobación del obispo. Sin embargo, todos los demás libros u hojas, independientemente del idioma, sólo podrán venderse después de recibir la aprobación de las autoridades diocesanas. Decreto No. 515, 22 de marzo de 1956 Decreto sobre sustancias para la Divina Liturgia Se recuerda a los padres del clero que las reglas de la iglesia prohíben estrictamente llevar al altar cualquier otra cosa que no sea pan y vino, que se convierten en el Cuerpo y la Sangre de Cristo, así como aceite para lámparas e incienso, y que un clérigo que viole esto, según la tercera regla de los santos, es expulsado del sacerdocio. Por tanto, no se puede permitir la distribución de huevos de Pascua en la iglesia antes o durante la liturgia, por muy justificada que esté; eso sería despreciar el Divino Sacramento y engañar a los creyentes, que pueden considerar válida y suficiente la participación en el servicio pascual y la degustación de la verdadera Pascua. Incluso si una necesidad irresistible obliga a alguien a abandonar la iglesia antes del final del servicio, no debe pensar que el símbolo de la Resurrección, que es el huevo de Pascua, puede reemplazar el consumo del Verdadero Descarado: el Cuerpo de Cristo. Sólo después de la finalización completa de la Divina Liturgia y por separado de ella se puede saludar con el símbolo de la Resurrección. Decreto No. 134, 4 de abril de 1952 Decreto sobre el uso de la palabra "pueblo" en eslavo eclesiástico Se explica que la palabra "pueblo" en eslavo eclesiástico tiene un significado ligeramente diferente que en ruso coloquial (y) principalmente significa una reunión de personas, una multitud (ver: Mateo 26:42; 27:20). El concepto de nacionalidad se suele expresar en eslavo eclesiástico con las palabras "lenguas - paganos", cuando se habla de nacionalidades en general, y la palabra "pueblo" para designar a las personas fieles a Dios (la oración de Simeón el Receptor de Dios). Por lo tanto, al ofrecer oraciones en los servicios religiosos para personas de cualquier país o nacionalidad, se debe decir acerca de "pueblo", por ejemplo, "pueblo de este país", "pueblo ruso", etc., evitando la palabra "pueblo". Decreto No. 156, 29 de junio de 1952 Decreto sobre el significado de los maitines del Sábado Santo Se explica al clero y al rebaño que el entierro de Cristo se recuerda en Vísperas, por qué las Vísperas del Gran Talón se celebran a la mitad del día, cuando, después de la muerte de Cristo en la cruz, Su cuerpo fue bajado de la cruz y enterrado por José y Nicodemo, lo cual se representa con el retiro del sudario al final de las Vísperas. El canon leído luego en Completas describe el dolor de la Madre de Dios en la tumba y el llanto de la Madre de Dios sobre él. En los maitines del Gran Sábado se glorifica la estancia de Cristo en el cuerpo en el sepulcro y el descenso del alma a los infiernos, que sacudió los cimientos del infierno y liberó a las almas que languidecían en él, esperando a Cristo. El dolor por la muerte del Salvador se combina con el triunfo de Su destrucción del infierno y la anticipación de la victoria sobre la muerte. La procesión de la cruz al final de los maitines, después de la Gran Doxología, representa precisamente ese descenso victorioso a los infiernos y la elevación de las almas liberadas al Reino de los Cielos, donde en el Trono Cristo con el Padre y el Espíritu nunca dejó de ser Su Divinidad, en señal de que, después de llevar el sudario por la iglesia, es llevado a las puertas reales con la exclamación “Sabiduría, perdona”, y termina la procesión. Al tener sólo cierta semejanza externa con un entierro, dicho manejo del sudario, como toda la secuencia de maitines del Gran Sábado, no tiene en modo alguno tal significado. Las Vísperas del Gran Sábado, combinadas con la liturgia, son una profundización reverente en el misterio de la liberación de la raza humana de la muerte por parte de Cristo y la preparación para la glorificación de la resurrección de Cristo de entre los muertos, quien resucitó a la venida del día siguiente. Como los portadores de mirra que esperaban la aurora del primer día del sábado para ungir el cuerpo de Cristo, los cristianos están llamados a dejar de lado las preocupaciones mundanas y prepararse espiritualmente, en lugar del mundo, para llevar un cántico al Maestro que debe resucitar del sepulcro. El Oficio de Medianoche pone fin al dolor, el canto sobre la tumba de Cristo cesa, porque pasada la medianoche, al amanecer del primer día (sábado), la noticia de la Resurrección de Cristo ya fue revelada por un ángel. Se desconoce la hora exacta de la Resurrección; los evangelistas describen sólo las múltiples llegadas de las mujeres portadoras de mirra a la tumba de Cristo; Sólo se sabe con certeza que ocurrió en plena noche antes del amanecer del primer día, como se desprende de la comparación de los relatos evangélicos y como fue aceptado y mantenido desde el principio por la Santa Iglesia, como lo demuestran los santos padres de los primeros siglos. Por lo tanto, la alegría mundial de la Resurrección de Cristo comienza con los maitines brillantes, que en diferentes iglesias locales comienzan a diferentes horas, pero no antes de la medianoche. La medianoche, siendo el comienzo del día siguiente, en la Noche Brillante separa la alegría del dolor y comienza ese brillante día salvador cuando la luz de la Resurrección ilumina los corazones y las almas de todos los creyentes, y por lo tanto los maitines realizados a la medianoche o al amanecer son un reflejo de la Resurrección de Cristo, y la Divina Liturgia de ese día más grande se conecta estrechamente con Cristo, resucitado de entre los muertos. Decreto No. 208, 21 de marzo de 1952 Decreto sobre la importancia de realizar la urraca a los fallecidos Hago un llamado a los padres del clero a que muestren toda la preocupación posible por la conmemoración de los cuarenta días de los cristianos ortodoxos fallecidos, que trae beneficios (inconmensurables) a sus almas. Debido a la falta de conciencia suficiente de la necesidad, los familiares a menudo no se preocupan y muchos moribundos no tienen seres queridos. Por tanto, los pastores de la Iglesia tienen el deber de cuidar de ellos. Dado que la conmemoración de la Divina Liturgia es especialmente importante y su servicio diario es poco común en las iglesias parroquiales, la abadesa y el clero del convento de Lesna expresaron su disposición a celebrar en su monasterio la conmemoración de cuarenta días de todos los fallecidos en la diócesis. Invito a todos los padres del clero a informar lo antes posible al monasterio de Lesninsky sobre el funeral realizado por ellos, así como sobre aquellos ortodoxos de quienes saben que no hay nadie que los recuerde, a través de la Administración Diocesana o directamente. Al mismo tiempo, les recuerdo que, según los estatutos de la iglesia, la conmemoración durante la liturgia de los fallecidos durante la Cuaresma, cuando no hay servicio diario de la liturgia, se realiza desde la Semana de Santo Tomás hasta la Trinidad, así como de los que no se graduaron a partir del cuadragésimo día antes del inicio de la Cuaresma, durante el cual se realiza la conmemoración diaria en los litios. Decreto No. 219, 14 de abril de 1953 Decreto sobre el método de recogida de placas. Para mantener la debida reverencia por el altar y el Sacrificio incruento ofrecido en él, y para no distraer la atención del clérigo que está de pie ante el trono, quienes hacen colectas en las iglesias para recibir una bendición por esto no deben entrar al altar, sino permanecer en el púlpito cuando el primado vuelve su rostro, diciendo: “Paz a todos” o “Y haya misericordia…”, y aceptar la bendición con estas palabras del clérigo bendecido. Las colectas, así como la venta de velas, no se pueden hacer durante la lectura del Apóstol y el Evangelio, [mientras se canta] el canto de los querubines, desde “Creo” hasta la exclamación “Y sean misericordiosas”, [mientras se canta] “Padre Nuestro” y cuando se usan los Santos Dones para la comunión. Las prosforas se pueden servir antes de la Gran Entrada. Decreto No. 78, 21 de noviembre de 1951 Decreto sobre la inadmisibilidad de tocar iconos Los padres del clero reciben instrucciones de garantizar que las personas con los labios pintados no toquen la santa cruz ni otros santuarios, lo que a menudo deja una marca en los objetos sagrados. Hay que explicar a los feligreses que tal profanación de las cosas santas es extremadamente pecaminoso y, por lo tanto, deben lavarse bien los labios cuando van a la iglesia, sin lo cual no pueden venerar ninguna cosa santa y de ninguna manera se les permitirá recibir la Sagrada Comunión. Decreto No. 38, 23 de septiembre de 1951 Decreto sobre sustancias para la Divina Liturgia En vista de las violaciones de las reglas de la iglesia descubiertas en algunos lugares, se recuerda que cuando se ofrece el Sacrificio sin sangre para la proskomedia, se necesita prosfora hecha de harina pura de trigo y vino elaborado con jugo de uva sin ninguna mezcla. Al preparar prosforas, además de harina, agua y levadura, se permite agregar solo una pequeña cantidad de sal, pero esto no afecta en absoluto su sabor. Queda completamente excluida la adición de azúcar o cualquier otra impureza. Si se descubren tales cosas, el sacerdote está obligado a actuar según las reglas especificadas en el "Aviso de Enseñanza" y a no utilizar sustancias no aptas para la liturgia, para no caer en pecado grave. Advierta a quienes preparan la prosfora. Decreto No. 504, 17 de diciembre de 1955 Memorándum del ministro de la iglesia. ¿Qué es el servicio en la Iglesia? Servir en la Iglesia es factible un servicio sacrificial a Dios en la iglesia para personas que no tienen los más altos grados del sacerdocio. ¿Cómo se manifiesta el sacrificio y el servicio a Dios? Los siervos sacrifican a Dios: 1) tiempo utilizado para servir; 2) por voluntad propia: deseo voluntario de cumplir durante el Servicio Divino todo lo que sea necesario; 3) desde tu mente - atención durante la adoración; 4) de corazón - amor a la Iglesia y al culto; 5) de su fuerza física - su tensión en el desempeño de sus funciones; 6) de las cualidades espirituales – humildad y sumisión; 7) desde tu espíritu - oración ferviente dentro de ti. Servir es servicio a Dios, ya que hay participación en el servicio de Dios. Los siervos deben recordar que no sirven a un obispo ni a un sacerdote, sino al mismo Señor Dios, que acepta el servicio y la alabanza de innumerables ángeles y, sin embargo, por su bondad, acepta de corazón nuestro servicio, como las dos blancas de una viuda. Por lo tanto, todos los puestos y deberes durante el culto son sagrados y honorables. Los sirvientes deben comprender que están recibiendo el mayor honor: participar en el servicio del Rey de reyes, a quien los Ángeles sirven con temor. ¿A quién representan los acólitos durante el culto? Dado que nuestro culto terrenal es una imagen del culto celestial, durante el mismo el obispo representa a Cristo mismo, los sacerdotes representan a los apóstoles, los diáconos representan a los Serafines y Querubines, y los sirvientes representan a los Arcángeles y Ángeles que sirvieron invisiblemente a Cristo durante Su vida terrenal y alabaron eternamente en el cielo. Por lo tanto, así como los Ángeles en el cielo tienen un orden estricto y la subordinación del menor al mayor, el orden más estricto debe observarse entre los sirvientes. Los más jóvenes deben cumplir sin cuestionar las órdenes que les dan los mayores, así como los Ángeles cumplen inmediatamente las órdenes que reciben de los Ángeles mayores. Al mismo tiempo, no se debe buscar la antigüedad en el servicio, recordando las palabras del Señor: El que quiera ser grande entre vosotros, sea vuestro siervo; y el que quiera ser el primero entre vosotros, será vuestro esclavo (Mateo 20:26-27). Hay que cumplir voluntariamente cada tarea asignada para poder escuchar del Señor: Siervo bueno, bueno y fiel: si fueras fiel, te pondré sobre muchos; entra en el gozo de tu Señor (Mateo 25:21). Reglas para monaguillos redactadas por el arzobispo John 1. Para servir en el altar, es necesario recibir la bendición del sacerdote y, en el caso del servicio del obispo, del obispo. 2. Ven a la iglesia antes de que comience el servicio. 3. Al entrar al altar, es necesario santiguarse frente al Santo Altar y hacer tres postraciones en el suelo entre semana, y los domingos y días festivos del Señor, inclinarse hasta el suelo. 4. Se prohíbe la entrada al altar a personas que no sirven. 5. Sólo pueden entrar al altar quienes van a servir. 6. Al ponerse una sobrepelliz, se quitan las ataduras. 7. Después de retirarlas, las sobrepellices deben doblarse cuidadosamente o colgarse en sus lugares. 8. No hables en el altar, no te rías ni corras por la iglesia y, sobre todo, no comas nada durante el servicio. 9. Todos los lectores y servidores deben usar sobrepellices. Para quitarse la sobrepelliz, es necesario recibir la bendición del sacerdote y, durante el servicio episcopal, del obispo. 10. Al comulgar los Santos Misterios, los servidores se quitan la sobrepelliz, excepto los lectores. 11. A San no toques el trono ni el altar. 12. No caminar por la iglesia durante la lectura del Evangelio del Apóstol y después de la exclamación “La gracia de nuestro Señor Jesucristo...” antes de la exclamación “Y que las misericordias del gran Dios y Salvador nuestro Jesucristo sean con todos vosotros”. 13. Antes de ponerse la sobrepelliz, las manos deben estar limpias. 14. No debe haber en el altar y en la sacristía nada que no esté relacionado con el Servicio Divino. 15. No está permitido sentarse con sobrepellices. 16. Antes de salir con cirio y ripida, el siervo debe santiguarse frente al retablo e inclinarse ante el obispo o sacerdote que se encuentre frente al santo. trono. Al regresar al altar, el acólito hace lo mismo que antes de partir. 17. Debemos recordar que el altar es el lugar santísimo, y es necesario pararse en él con especial reverencia, y al pasar por el lugar más alto del altar, es necesario santiguarse y seguir atentamente el servicio. 18. Durante “Creo” y “Padre Nuestro”, todos los monaguillos suben al púlpito para cantar en general. 19. Durante la comunión del clero, todos los acólitos permanecen con reverencia en el altar, y antes del sermón todos suben al púlpito para escuchar. 20. Aquellos que violaron las "Reglas de la Iglesia para los siervos" permanecerán en el coro izquierdo hasta el final del servicio.
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