Sobre la esencia de la ley de la iglesia.
О сущности церковного права
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Contenido La teoría de una Iglesia impotente El lado espiritual de la ley El principio jerárquico en la organización de la iglesia
La ciencia del derecho eclesiástico y la vida eclesial del momento actual se encontraron aquí, y, quizás, en todo el mundo cristiano, con algunos intereses comunes para resolver problemas que son de gran importancia para ambos.
Entre ellos, la cuestión de la esencia o naturaleza del derecho eclesiástico, o más precisamente, del derecho canónico, es de primordial importancia.
¿Cuáles son en su esencia y origen aquellas normas e instituciones que conforman y en las que se basa la organización de nuestra Iglesia Ortodoxa y otras denominaciones confesionales? ¿Surgen de la esencia de la Iglesia fundada por Cristo y, al menos en sus principios, fueron dados por Él y los Apóstoles, o son fruto de la creatividad puramente humana, aunque llevada a cabo bajo la influencia de las enseñanzas de Cristo?
No consideraré este tema desde un punto de vista confesional o de la vida práctica. Intentaré considerarlos puramente teóricamente, desde el punto de vista de la ciencia histórico-eclesiástica y filosófico-jurídica.
Mi inspiración inmediata es el libro notable, en muchos aspectos, del profesor de derecho canónico Rudolf Som: Die geschichtliche Grundlagen. V. I. Leipzig. 1892, cuyos primeros 12 §§ aparecieron en la traducción rusa con el título: R. Zom. Sistema eclesiástico en los primeros siglos del cristianismo. Traducción A. Petrovsky y P. Florensky. M. 1906.
Incluso una lectura superficial de este libro llama involuntariamente la atención del lector sobre la claridad y certeza con la que intenta inculcar en la conciencia la idea de que “la ley eclesiástica está en conflicto con la esencia de la Iglesia”. Pero, después de todo, ¿la ley eclesiástica existe desde hace casi dos milenios? “Sí”, responde Zom, “existe, pero como fruto de la falta de fe”.
"Es cierto", dice Zom, "el catolicismo afirma lo contrario: que el orden jurídico es necesario para la Iglesia, que la Iglesia y el concebible reino de Dios, es decir, espiritual, no pueden existir sin un cierto orden jurídico. Según la enseñanza católica, sin Papa, obispos, sacerdotes, sin un cierto tipo de orden jurídico eclesiástico, no hay Iglesia cristiana, no hay cristianismo en absoluto. El catolicismo afirma la existencia de una determinada "ley divina" que determina este orden jurídico esencial para la Iglesia, y se ve obligada a afirmar su existencia, porque toda la esencia del catolicismo descansa en el reconocimiento de la necesidad para la Iglesia de un orden jurídico (y, además, de la necesidad de su esencia espiritual)”.
"En algunas partes de la Iglesia reformada se ha argumentado, así como en el lado católico, que algún orden particular de gobierno y orden legal, ya sea episcopal (Iglesia de Inglaterra) o gobernado por ancianos (presbiterianos), es divinamente ordenado y dado a la Iglesia. Pero lo más importante es que el desarrollo del gobierno de la iglesia protestante y, en particular, luterana estuvo determinado por la convicción de que no existe una ley eclesiástica "divina", que la estructura legal de la Iglesia es algo dejado a la elección, libremente determinado por el desarrollo histórico, indiferente a la esencia espiritual de la Iglesia. Sin embargo, también aquí ha adquirido predominio universal la idea de que la Iglesia, como comunidad litúrgica, “es necesariamente portadora de un orden jurídico”, de que la existencia del derecho eclesiástico es requerida por la esencia misma de la Iglesia, porque la Iglesia no puede sino dar origen a una comunidad litúrgica 1 .
Así, también aquí nos quedamos con la afirmación de que el ordenamiento jurídico (aunque sea un sistema no jurídico de cierto contenido) proviene de la esencia de la Iglesia y corresponde a la esencia de la Iglesia”.
“La historia del derecho eclesiástico se opone a tal comprensión, tanto católica como protestante común. Esto nos muestra, por regla general, que todo el desarrollo del derecho eclesiástico está determinado por el hecho de que la Iglesia, en virtud de su esencia, no quiere ninguna ley eclesiástica”.
“¡Y sin embargo, la ley de la iglesia existe!”
Este hecho y este misterio dominan la historia del derecho eclesiástico a lo largo de los siglos. Otra solución a este problema determina la división de la historia del derecho eclesiástico en sus secciones principales. En la práctica, el derecho eclesiástico surge con una necesidad férrea. ¿Desde qué ángulo puede mantenerse, defenderse, situarse en alguna relación con la esencia de la Iglesia?
“Esto plantea una pregunta, cuya respuesta es la historia del derecho eclesiástico” 2.
Una formulación tan categóricamente clara de la pregunta, tal insistencia en proclamar una idea que está en directa contradicción con la historia y la existencia actual de las Iglesias: las sociedades católica, anglicana, luterana y protestante (ni siquiera estamos hablando del Oriente cristiano), que se han desarrollado y cada una se adhiere a sus propios "derechos eclesiásticos", intriga positivamente al lector y despierta un deseo irresistible de mirar rápidamente el final del libro y escuchar: ¿cuál es la respuesta, de hecho? La historia del derecho eclesiástico da una respuesta a la pregunta que le resultó fatal.
Aquí están las últimas palabras del libro de Zom:
"La Iglesia del cristianismo primitivo es una organización espiritual pura ('Εχχλησία), la Iglesia Católica es una organización espiritual-secular, la Iglesia Evangélica, en el sentido legal, tal como aparece ante nosotros en su forma actual, es una organización puramente secular. La Iglesia de Cristo es el pueblo de Cristo. El gobierno de la Iglesia de Cristo es el gobierno del pueblo de Cristo a través de la Palabra de Cristo. La Iglesia de Cristo se extiende por toda la tierra. Es visible dondequiera que haya un confesión: tú eres el Cristo, el Hijo del Dios vivo”. Donde está esta confesión, allí está la Iglesia de Dios, el perdón de los pecados, la salvación eterna. La Iglesia de Cristo está fundada sobre la roca de esta confesión. Ella es un solo rebaño bajo un solo pastor y las puertas del infierno no la vencerán. Ella no es capaz de una estructura jurídica, la rechaza. No puede controlarse mediante la coerción, sino sólo mediante la exhortación a través de la palabra”.
La falta de fe humana ha llevado a la idea de que la protección de la Iglesia de Cristo debe garantizarse por medios humanos, mediante la construcción de pilares de madera y travesaños de la ley y el orden humanos. El asunto comenzó con la organización de la cena del amor y la gestión de los bienes de la iglesia. Además, la preocupación humana por preservar la enseñanza correcta por medios externos condujo a esto. La ley de la Iglesia abrazó a la Iglesia. Surgió el catolicismo, cambiando la doctrina y la organización de la iglesia según leyes espirituales y temporales. De la misma manera, la Reforma elevó el derecho eclesiástico en la Iglesia. Dio origen a la gestión de la Iglesia por propietarios locales (landesherrliche Kirchenregiment) y, como consecuencia, a la secularización de la estructura de la iglesia, a la transformación de la Iglesia en una verein organizada de manera mundana. El gran misterio en la historia del cristianismo primitivo fue el surgimiento del obispado monárquico y con él el catolicismo (¿catolicismo?); El gran misterio en la historia de la Reforma fue el surgimiento del gobierno eclesiástico local, del cual surgió la secularización de la Iglesia.
Ni uno ni otro pueden explicarse a partir de la esencia de la Iglesia de Cristo: al contrario, ambos están en completa contradicción con ella. Ambos encuentran su explicación sólo en el surgimiento del derecho eclesiástico, que aquí y allá distorsionó la esencia de la Iglesia. En todas partes, el derecho eclesiástico se declaró hostil a la esencia espiritual de la Iglesia, con la cual, por tanto, las fuerzas espirituales vivas de la Iglesia estaban en una lucha natural. La esencia de la Iglesia es espiritual; el ser de la ley es mundano. La esencia de la ley de la Iglesia está en conflicto con la esencia de la Iglesia” (698–700).
Ésta es la respuesta decisiva sobre el significado de la ley de la iglesia, dada por la última palabra de la ciencia jurídica de la iglesia.
Tenemos ante nosotros un fenómeno interesante: el estudio histórico de un objeto real que existe en este momento y que tiene una historia de mil años a sus espaldas, ¿conduce a la negación de este objeto y, por tanto, a la negación de la ciencia misma sobre él? No. La ciencia puede y debe abordar la ley eclesiástica como un hecho, por así decirlo, de una necesidad inevitable o férrea, o un mal inevitable, con el objetivo de paralizar su poderosa influencia.
Si tal sentencia viniera de la boca de cualquier sectario racionalista religioso que luchase contra la Iglesia, no representaría nada sorprendente: porque, una vez que se niega a la Iglesia en su totalidad, se niegan tanto su derecho como su organización legal. Pero lo interesante del libro de Zom es que examina el tema no desde un punto de vista confesional, sino desde el punto de vista de la ciencia histórica positiva de la iglesia.
"Cuando nos acercamos a la historia del derecho eclesiástico, nos enfrentamos a la tarea de examinar de un vistazo un período de casi dos mil años de desarrollo. En todas las demás áreas del derecho, la existencia de un orden jurídico es, en sí misma, comprensible. Pero en el umbral de la historia del derecho eclesiástico, se levanta una esfinge, arrojando a sus pies la cuestión de la legalidad de su existencia. Esta cuestión se olvida con el tiempo... Sin embargo, si entendemos el lenguaje silencioso de los siglos, sus aspiraciones, sus más altos objetivos en el campo del desarrollo, la estructura de la iglesia, entonces veremos que la pregunta que les preocupa constantemente, en lo más profundo, indicando el camino para su avance, su deseo de una mayor educación, es precisamente la pregunta: ¿puede existir el derecho de la iglesia? ¿En qué sentido es posible un orden jurídico?
Sí, ante nosotros, como si, sin duda, estuviera un científico objetivo, un historiador especialista, que incluso comprende el “lenguaje silencioso” de los siglos, por no hablar del lenguaje de los documentos y de los monumentos históricos materiales....
En el libro del venerable “científico” hay algunas páginas que sospechan fuertemente de su erudita imparcialidad, es decir, a favor de su admiración por la autoridad de una persona: Lutero.
Som comienza su reseña de la Reforma con la siguiente alabanza a Lutero: "En el siglo XVI, surgió un poderoso movimiento de Reforma. La verdad del evangelio ha iluminado toda la tierra. La libertad revivida de la humanidad cristiana, este Sansón arrojó en ruinas la estructura de la "divina ley eclesiástica" erigida por el catolicismo. "Por el bautismo nos hemos vuelto libres y sujetos sólo a la Palabra divina; ¿Por qué el hombre debería atarnos, como cautivos, con su palabra?” La Iglesia de Cristo no conoce ninguna dominación humana y legal. No existe en la autoridad papal, ni en la autoridad episcopal, ni en otras instituciones externas, sino, únicamente, en la palabra de Dios y la fe recta. ¿Es sólo la ley católica, la “ley divina”, la que debe ser rechazada? ¡En absoluto! Lutero declaró la guerra a toda ley eclesiástica, a todo tipo de ley divina de la Iglesia... El 10 de diciembre de 1520, en Wittenberg, Lutero arrojó al fuego el Corpus juris canonici con la bula de excomunión.
Es poco probable que tal ditirambo salga de boca de un historiador veraz, aunque sólo sea en vista del hecho real de que el Corpus juris canonici y todo el edificio del catolicismo romano permanecen a salvo hasta el día de hoy, después del intento de incendio cometido en 1520.
Aún más importante es el hecho de que en los dos mil años de historia del cristianismo, Zom sólo pudo indicar dos épocas en las que no había "orden legal" en la Iglesia: en los primeros sesenta años después del nacimiento de Cristo y en el corto período de protesta de Lutero entre sus seguidores. En general, el sistema legal existe continuamente en la Iglesia y, al parecer, no hay signos de su destrucción general, ni siquiera en un futuro lejano...
Entonces, ¿este culto a Lutero, sus enseñanzas sobre la Iglesia y su odio al catolicismo no influyeron en Zom en su cobertura científica de épocas individuales y hechos particulares que fueron significativos en la historia del desarrollo del derecho eclesiástico? Para decirlo brevemente y más claramente, ¿no es la historia del derecho esbozada por Som un intento de justificar históricamente la idea que Lutero tenía de la Iglesia?
Esta cuestión, en sí misma, tiene poco interés; para nosotros, por el momento, sólo tiene el significado de que nos ayuda a comprender los descuidos, inexactitudes y exageraciones que notamos en el libro de Zom, que son difíciles de explicar por un historiador y exégeta imparcial. Al sopesar estos puntos de vista, inexactitudes y exageraciones, observando de cerca la estructura lógica de toda la obra de Som, uno llega a la convicción de que sus historischen Grundlagen no es tanto un estudio estrictamente histórico como una teoría, basada en hechos o históricamente. "La esencia de la ley es contradecir la esencia de la Iglesia. La esencia de la Iglesia es espiritual, la esencia de la ley es secular". ¡Estos son los principios básicos, esta es la base sobre la cual se construye la teoría de Zom, que pretende ser un estudio histórico imparcial! Esta teoría no puede caracterizarse con mayor precisión que llamándola teoría de una iglesia privada de derechos. Pasemos a considerarlo.
¿Qué es la Iglesia? Sin embargo, un párrafo (2º), que consta de sólo 6 páginas (16-22), está dedicado a la consideración de este tema, que es de gran importancia fundamental para el estudio. A través de la investigación filológica del término Έχχλησία, Zom expresa el siguiente juicio sobre la Iglesia: la palabra Έχχλησία no expresa ningún valor específico, ningún concepto social (también el concepto de comunidad local), sino que expresa únicamente un juicio de valor dogmático. Ekklesia significa toda asamblea que representa, en términos dogmáticos, para la fe, en su valor espiritual, la asamblea del cristianismo, la asamblea con Dios y ante Dios (Cristo) del pueblo del Nuevo Testamento (Eine Verfammlung des neutestamentlichen Bundesvolkes).
Zom también proporciona a este juicio derivado filológicamente la siguiente confirmación positiva: las palabras del Señor (Mateo 18:20) "donde dos o tres están reunidos en Mi Nombre, allí estoy yo en medio de ellos". Donde está el Señor, la Cabeza del cuerpo, allí está el cristianismo; Donde dos o tres están reunidos en el nombre de Cristo, ahí está el pueblo de Dios, el Israel del Nuevo Testamento, ahí está todo el cristianismo, con todas las promesas que le sobrevienen, porque Cristo, que es todo en todos, está en medio de él. Donde está Cristo, allí está Ecclesia (el pueblo de Dios), de ahí el antiguo dicho: “ubi tres, ibi ecclesia” (p. 20).
Todo el concepto que Zom tiene de la Iglesia se limita a este juicio. Donde se reúnen dos o tres personas que profesan al Señor, hay ecclesia.
Según Lutero, por supuesto, pero difícilmente según el Evangelio: en el mismo lugar de este último al que se refiere Som, el término Έχχλησία designa claramente no una reunión de dos o tres, sino algo más: “si tu hermano peca contra ti..., lleva contigo a uno o dos más..., pero si no los escucha, díselo a la Iglesia” (Mateo 18, 15-17). Está claro que la Iglesia no está hecha de dos o tres. 5
Después de todo, si interpretamos de esta manera las palabras del Señor acerca de una reunión de dos o tres como una iglesia, entonces será necesario admitir que uno puede constituir la Iglesia (Apocalipsis 3:20).
Lo incompleto del concepto de Iglesia, que forma la base de la teoría, repercutió, en nuestra opinión, muy desfavorablemente en su desarrollo, en todo el libro de Zom.
Por supuesto, desde un punto de vista dogmático, este juicio sobre la Iglesia es correcto: la Iglesia es verdaderamente el pueblo de Dios, reunido y siendo reunido por Cristo. Este juicio de nuestro historiador lo eleva muy por encima de aquellos que enseñan que Jesús fundó una comunidad de discípulos como Sócrates o Platón sus escuelas, y luego esta comunidad creció hasta convertirse en la Iglesia.
Pero para Zom era necesario resolver, primero, otra pregunta: ¿esta esencia espiritual de la Iglesia de Cristo, accesible sólo a la contemplación del creyente, pero no a la observación externa, elimina la posibilidad de mostrarse, revelarse externamente mediante una u otra forma de vida social? ¿El término Έχχλησία, además del significado aclarado, también elimina el significado de una determinada comunidad local, por ejemplo, Jerusalén, Roma, Corinto? La Iglesia es el reino espiritual de Cristo: pero está en el género humano: ¿qué signos caracterizan a los portadores de este Reino interior de Dios? ¿Es posible distinguirlos, al menos aproximadamente, de aquellas personas que aún no tienen este Reino de Dios, o, mejor dicho, que aún no han entrado en él? En una palabra, para Zom era necesario plantear la pregunta: ¿qué rasgos fueron expresados o caracterizados en las primeras etapas de la historia por la naturaleza visible, es decir, social, de la Iglesia cristiana?
No se puede decir que Zom no haya planteado esta pregunta; lo tenía presente, pero lejos de darle la importancia que merecía.
"Ecclesia es el cristianismo corporativo, el cuerpo de Cristo, la esposa del Señor, un valor espiritual ajeno a las normas de lo terrenal, las huellas y las normas legales. Así comienza Zom su párrafo sobre la organización de la Iglesia.
"Esto no significa", estipula, "que la ecclesia sea una especie de fuerza puramente abstracta invisible e ineficaz, que exista silenciosamente en algún lugar de las oscuras profundidades. Por el contrario, la ekklesia es visible y activa en todas las congregaciones que tienen lugar en el cristianismo. Y es igualmente visible y eficaz en los dones de gracia concedidos a los cristianos individuales para llamarlos a servir a todo el cristianismo. Tiene sus propios órganos, pero es imposible que su organización sea de naturaleza legal". (pág. 42, § 3). Aquí están los elementos de la Iglesia visible: a) reuniones b) dones de gracia, manifestados en formas de predicación, edificación, etc. A partir de estos elementos, Zom se esfuerza además por construir una organización espiritual de la Iglesia, opuesta a la legal, una organización divina, opuesta a la humana. ¡Una organización sin derechos! Algo verdaderamente original y nuevo, a Zom se le ocurrió un nombre característico: la organización de la iglesia es carismática.
“Extraída de la palabra divina, en verdad, la enseñanza apostólica sobre la estructura de la Iglesia dice que la organización del cristianismo no es una organización legal, sino carismática”. (Página 48, traducción al ruso).
Entre los dones divinos (carismas), el don de enseñanza es de gran importancia para la organización de la iglesia. Quienes tienen este don son apóstoles, profetas y maestros. Su don de enseñanza también incluye el don de gobernar (p. 53). Dirigen toda la administración de la Iglesia. En particular, tienen los siguientes poderes o funciones de ministerio: 1) “proclamar con autoridad la palabra del Señor y las conclusiones que de ella se derivan” (p. 54): los apóstoles desempeñan este papel en la organización de sus comunidades, p.e. Apóstol Pablo... Al mismo tiempo, sin embargo, la cuestión no está en el uso del poder legislativo; esto se le da tan poco al apóstol como a cualquier otro cristiano, sino en la proclamación de la palabra, la enseñanza, la instrucción (p. 55); 2) ser elegido para cualquier cargo al servicio del cristianismo. Dios elige a la persona adecuada mediante revelación privada, cuyo instrumento es la predicción de un maestro talentoso (p. 56); 3) absolver de los pecados: la remisión de los pecados sólo puede hacerse en el nombre de Dios y en lugar de Dios.
Por tanto, para el perdón es necesario poseer la palabra de Dios, la revelación (profecía), que proclama, respecto de un determinado pecador, la misericordia de Dios; 4) proteger el decoro y apoyarlo con una exhortación al arrepentimiento y una invitación a mantenerse alejado de la reunión eucarística hasta la conversión sincera (págs. 58-60) - "el poder de las llaves" (pág. 65); 5) celebrar la celebración eucarística (p. 115).
Junto con el poder de realizar estas funciones, el don de la enseñanza confiere a sus portadores el derecho a vivir de las ofrendas de la comunidad: ellos, y sólo ellos, tienen el derecho moral no a trabajar, sino a vivir con el apoyo de la comunidad. Su llamado como predicadores debe y puede ser su único llamado. Relacionado con esto está su comparación con los sacerdotes del Antiguo Testamento. La regla del Antiguo Testamento de que quienes sirven al altar deben comer del altar se interpreta a su favor” (p. 85).
Habiendo representado de esta manera los poderes de los órganos de la organización carismática e incluso el derecho (hasta ahora el único) a comer de las ofrendas de la comunidad (aunque según la teoría de la comunidad no debería haberlos en la Iglesia), Zom hace una reserva, comenzando el siguiente párrafo así: “el poder de enseñar no es poder legal; Esto lo indican dos circunstancias: 1) que la actividad del maestro en la asamblea depende del permiso (έπιτρέπειν) de esta asamblea... La asamblea prueba al dotado de la palabra, si es un verdadero maestro, o un falso apóstol, falso profeta, y sólo entonces le permite llevar a cabo su ministerio de la palabra cuando lo reconoce como un verdadero maestro. En este sentido, cada congregación de cristianos tiene autoridad sobre el magisterio y, por lo tanto, al mismo tiempo tiene la responsabilidad de la difusión y aceptación de la enseñanza en él (¿a quién?) (pág. 89).
2) Cualquier actividad del maestro, en la medida en que provoca acciones externas, puede manifestarse para una congregación cristiana separada sólo en virtud del libre consentimiento de la congregación... Para ello, está muy extendido en la comunidad el “don de los espíritus probadores”, como contrapeso al poder de enseñar.
Así, cada congregación cristiana tiene autoridad sobre las manifestaciones individuales del orador en medio de su enseñanza. El maestro nunca puede exigir obediencia por derecho, sino siempre sólo obediencia por amor. La actividad de un maestro nunca es dominación, sino siempre sólo servicio al cristianismo, según la palabra del Señor: “El que quiera ser grande entre vosotros, que sea vuestro servidor” (Mateo 20, 26-27). 6
Tal es la relación de la Iglesia con los titulares de los poderes de gobierno asociados al carisma de la enseñanza. Parecería que ya no hay duda de que el poder supremo y responsable sobre el uso de estos poderes por parte de estos organismos pertenece a la Iglesia - en su totalidad.
Zom, sin embargo, lo admite, pero ahora hace una reserva: “pero la acción de la asamblea tampoco representa nunca una acción legal del gobierno: sino siempre sólo la acción de permiso, acuerdo e incluso subordinación” (p. 91).
Los apóstoles, profetas y maestros representan la primera y, aparentemente, la más primaria serie de órganos de la organización carismática de la Iglesia. La secundaria y la segunda fila también son portadoras de carisma, pero no docentes; estos son obispos, presbíteros y diáconos. Según la teoría de Som, comenzaron a surgir como una única ecclesia esencialmente espiritual que comenzó a organizarse visiblemente en comunidades separadas.
Antes de pasar a considerar esta organización adicional, por así decirlo, del primado de la Iglesia, hagamos algunos comentarios sobre lo dicho hasta ahora.
Al leer el libro de Zom no se puede escapar a una doble impresión: por un lado, cautiva con el deseo sincero del autor de idealizar con todas sus fuerzas la estructura del primado de la Iglesia, con su marcado contraste con cualquier forma de convivencia humana y mundana. Se ve en todas partes el esfuerzo por hacer bajar, por así decirlo, el cielo a la tierra. Estos esfuerzos cautivan al lector, sobre todo porque el autor fundamenta todas sus disposiciones con los textos de la Sagrada Escritura y su exégesis científica. Ante nosotros, por así decirlo, hay una recreación de la realidad, basada en documentación y no en una construcción teórica. Pero, por otro lado, el lector no puede escapar a la idea de la futilidad y la inutilidad de estos esfuerzos. A lo largo de toda la presentación del autor se desarrolla una monótona construcción esquemática del período de concesión de la siguiente forma: “aunque la Iglesia tenía una organización, esta organización no era una organización en el sentido jurídico”. O: “si bien los órganos de la Iglesia tenían poderes y derechos, no eran poderes y derechos en el sentido jurídico”.
Si bien la Iglesia tenía el poder de dar o no reconocimiento a los poderes carismáticos, de juzgar y evaluar sus acciones externas y asumir la responsabilidad por ellas, sin embargo, no tenía ningún poder o control sobre ellos en el sentido jurídico. Tal construcción lógica se vuelve aburrida hasta el punto de causar náuseas, debido a la frecuente repetición, y despierta involuntariamente el deseo de decir: ¿por qué tanta indecisión? ¿No sería mejor para Zom admitir la simple proposición de que no había organización alguna en la Iglesia primitiva?
Surge otra reflexión sobre la insuficiencia de la estructura de Zom: después de todo, si en la Iglesia el Espíritu Santo suministra los órganos de gobierno mediante la distribución del don de enseñanza, ¿qué sentido tiene entonces reconocer el carisma recibido de arriba por la Iglesia, es decir, por la asamblea de los demás miembros? Dado que el maestro actúa según un llamado de arriba, ¿por qué si no necesita el reconocimiento humano de esta autoridad, de este llamado? Los profetas, verdaderamente llamados desde lo alto, no buscaron reconocimiento, ni tampoco los apóstoles.
No se puede ignorar la preferencia dada por Zom por el don de enseñanza, el verdadero don “profético” frente a todos los demás dones. Después de todo, según el Apóstol, el mayor de todos los dones es el amor, y no el don de profecía. En cuanto al “don de la enseñanza”, estrictamente hablando, no se encuentra en absoluto en las Sagradas Escrituras en la forma en que Zom lo presenta. “Apóstol significa, en realidad, mensajero divino”, y no maestro; especialmente un Apóstol elegido directamente por Cristo.
Aquí, al parecer, la precisión del historiador se sacrifica directamente en aras de una visión confesional bien conocida.
Sin duda, Zom tenía razón cuando dijo que la Iglesia tenía una organización carismática y dada por Dios: pero ¿estas propiedades impiden que esta organización sea legal? – “La Palabra de Dios”, dice, es la última autoridad decisiva sobre la cuestión de la estructura de la ecclesia” (p. 54).
Pero ¿cuál es la Palabra de Dios proclamada por los Apóstoles? ¿No es este el Nuevo Testamento, una nueva ley destinada a renovar toda la vida de la humanidad según el Evangelio? De acuerdo con esta ley, o este “derecho divino”, los cuerpos carismáticos actuaban en el ámbito constituyente y en el ámbito de la administración en las iglesias que organizaban. Pero lo cierto es que esta organización era diferente en todos los aspectos a las organizaciones gubernamentales o civiles del paganismo y el judaísmo. No fue aquí donde los portadores de los dones espirituales del cristianismo primitivo recibieron lecciones de tecnología organizativa, sino en un lugar completamente diferente. ¿Dónde? Sus discursos sugieren claramente la respuesta - en las enseñanzas de los profetas del Antiguo Testamento - en las Escrituras. La misma fuente siguió siendo válida en épocas posteriores del desarrollo del derecho eclesiástico.
Pero sigamos más allá la construcción de Zom.
Los órganos de, por así decirlo, formación secundaria (obispos, diáconos y presbíteros) surgieron en la Iglesia, aunque todavía bajo la influencia de los órganos de la forma primaria, pero mucho más tarde que ellos. Se formaron cuando surgió la necesidad de una organización corporativa comunitaria, precisamente cuando el cristianismo se extendió y el número de creyentes aumentó. El acto eclesiástico que requería su aparición era la celebración eucarística, una liturgia que consistía en la fracción del pan, la oración de acción de gracias y la cena del amor. En ese momento, "en las ciudades más grandes generalmente había varias congregaciones que se reunían principalmente para celebrar el día del Señor. La razón de esto era que los cristianos aún no tenían sus propios locales, por lo que las reuniones generalmente tenían lugar en casas privadas. Pero, sin embargo, una reunión se consideraba la principal, es decir, aquella a la que no solo se reunía la mayoría, sino a la que todos debían, de hecho, reunirse, si esto no lo impedía el espacio reducido...
Fue por la naturaleza de las circunstancias que todos los elementos emergentes de la estructura de la iglesia fueron adyacentes a esta asamblea principal y de su estructura surgió la estructura de la comunidad y la Iglesia (págs. 112-116).
"La Eucaristía es la cumbre de la vida comunitaria cristiana. Aunque su celebración puede celebrarse en cada reunión de cristianos, donde sólo dos o tres se han reunido en nombre de Cristo, en la reunión principal su celebración toma una forma definida".
La celebración eucarística consiste, como se sabe, ante todo en la “oración de acción de gracias”; pronunciarlo es un acto de servicio de la palabra. Por lo tanto, por regla general, corresponde a los dotados del don de enseñar y esto no necesita mayor explicación.
Pero ¿qué pasa con la celebración de la celebración eucarística si en la congregación no hay ningún apóstol, profeta y maestro, ningún llamado predicador del Evangelio? Fue para satisfacer esta necesidad que la fuerza de las circunstancias llevó a la necesidad de formar una organización de forma secundaria: obispos, diáconos y presbíteros.
Varios obispos fueron elegidos por la comunidad. Esta elección no les daba la autoridad legal para celebrar la Eucaristía y, asociada a ella, la recepción de dones y la administración de la Cena del Amor. La elección y la consagración les dieron, por así decirlo, sólo la potencia, la capacidad legal para celebrar la Eucaristía. Porque el día del Señor puede venir a la comunidad un profeta o un maestro, y luego celebra la Eucaristía; de la misma manera, del número de obispos disponibles, aquel a quien la comunidad lo conceda.
Simultáneamente con los obispos surgieron también los diáconos como asistentes naturales de los obispos en la celebración de la Eucaristía y en la administración de los dones del amor.
En cuanto a los mayores, su origen se explica de forma muy sencilla y natural. Como lo muestra el propio término, los ancianos eran aquellos cristianos que, por su propia edad, ya tenían derecho a un honor especial, es decir, en la celebración eucarística. "¿Quién debe sentarse con el obispo en el altar? La respuesta a la pregunta planteada dice: en la comida, el núcleo de la comunidad se sienta con el obispo, que representa el verdadero portador de la vida de la comunidad; se sientan, por tanto, las personas espirituales y respetadas de la comunidad, ascetas, confesores, maestros, pero, sobre todo, y como regla general, los ancianos. Los ancianos se sientan con el obispo en la comida (más tarde en el coro de la Iglesia), y el resto de la comunidad se sienta o Se encuentra en el fondo de la sala. Ya desde finales del siglo I, quizás, el asiento de los ancianos estaba indicado en el altar (Apocalipsis 4,4).
"Gracias al asiento honorario de los ancianos en la Eucaristía, el concepto de ancianos recibió un significado formal. Por este lugar de honor detrás de la Eucaristía, la ordenación presbítera surgió en la primera mitad del siglo II (después de la formación del episcopado monárquico)" (p. 228).
Este, presentado esquemáticamente, es el origen de los órganos de formación secundaria.
Además de esto, consideramos digno de mencionar el método de elección de estos órganos y la relación de los presbíteros con los obispos.
Los obispos son elegidos por la comunidad local entre los miembros existentes, elegidos como diputados de personas con carisma docente. ¿Quién puede ser candidato al obispado? La respuesta general es la siguiente: teniendo algunos otros dones, especialmente el don de amor, pero no el don de enseñanza, entonces, poseyendo aquellas cualidades que se indican en las epístolas pastorales 7.
En general, las personas más idóneas para el episcopado eran los presbíteros, pero no en el sentido de posición, sino en el sentido de estatus, es decir, personas de edad respetable, conocidas por su buena vida y conducta. Por tanto, los obispos de la Iglesia primitiva eran precisamente presbíteros elegidos y ordenados (p. 108).
Este pensamiento de Zoma representa, en nuestra opinión, la más ingeniosa de todas sus hipótesis sobre la estructura de la Iglesia primitiva. Esto explica muy fácilmente la designación a menudo indiferente de los obispos como presbíteros y de los presbíteros como obispos, tanto en las Epístolas de los Apóstoles como en otros monumentos antiguos de la literatura cristiana primitiva. Zom utiliza la misma idea para conciliar su afirmación de que los ancianos comenzaron a ser elegidos y ordenados especialmente sólo a partir de la mitad del siglo II con la evidencia de los Hechos de los Apóstoles. 20, 17–28; 14, 23 (págs. 166-168). Pero, desafortunadamente, esta idea no encaja bien con la idea general de Zom de que el oficio episcopal surgió como sustituto de los profetas y maestros. Porque en el libro de los Hechos de los Apóstoles encontramos “ancianos ordenados”, en la terminología de Zom, es decir, obispos y ancianos, que actúan simultáneamente con los profetas, maestros y apóstoles. Por otro lado, “para reemplazar a un profeta o maestro temporalmente ausente”, ¿por qué era necesario ordenar obispos a varios presbíteros?
Uno sería suficiente.
También merece profunda atención la enseñanza de Zom sobre la elección y la ordenación, como actos por los cuales los órganos de la Iglesia, tanto de formación primaria como secundaria, reciben sus títulos.
Según la enseñanza de Zom, estos actos, como todo en el primado de la Iglesia, no tienen naturaleza jurídica alguna, sino sólo espiritual y misteriosa 8 . "Hubo", dice, "una elección de los hombres, que fue considerada como una elección de Dios. Tres historias nos dan una idea de tal elección: 1) la historia de la elección de Matías para el lugar del 12º Apóstol; 2) la elección de Pablo y Bernabé al Apostolado y 3) la elección de Timoteo 9 al puesto de evangelista.
En las tres historias encontramos, dice Zom, dos factores: 1º, el testimonio de Dios, 2º, el testimonio de los reunidos. El testimonio de Dios se obtiene cada vez a través de la profecía, es decir, sobre una persona dotada del don de enseñanza; el sorteo, que decide la elección de Matías, es una excepción. Asociado con el testimonio de Dios está el testimonio de los reunidos, es decir (en el sentido recién establecido anteriormente) acuerdo con las palabras del profeta, es decir, reconocimiento de que Dios realmente habló por boca del hombre. Así, la elección contenida en la palabra del profeta y el posterior consentimiento de la congregación no es una elección de los hombres, sino de Dios. El acto de elección no es un acto de naturaleza jurídica, sino espiritual. Los elegidos no son elegidos por esta asamblea, como una corporación dotada de ningún poder legal, sino por el Espíritu Santo" (p. 48, cf. p. 108). Esta enérgica indicación del lado espiritual o misterioso en el acto de elegir funcionarios de la iglesia, en boca de un admirador de Lutero, hace que Som sea especialmente atractivo como analista científico de la evidencia de las Sagradas Escrituras.
Sin embargo, no se puede dejar de notar cierta insuficiencia en su generalización. Ignora, en este caso, dos relatos más de Apost. Actas de elección para cargos eclesiásticos: a) elección y ordenación de 7 diáconos y b) elección y ordenación de ancianos en la Iglesia de Antioquía.
Los dos últimos relatos no mencionan que la elección y ordenación fueron precedidas por una orden dada por un profeta, como en la elección y ordenación de Matías. Resulta que de cinco casos del orden de elección, tres representan excepciones (a expensas del testimonio de Dios). Luego, en los 5 casos, la iniciativa y realización del acto principal - oración y ordenación - pertenece a los Apóstoles. Finalmente, en dos casos (la elección de Matías y los 7 diáconos), según el texto preciso y claro, la elección pertenece a la comunidad, y la oración y la ordenación pertenecen a los Apóstoles.
¿Por qué Zom ignoró detalles tan importantes?
Mientras tanto, en la práctica y reglas de épocas posteriores, estos detalles se llevaron a cabo con notable constancia, como la tradición apostólica.
Al asignar tal poder espiritual al acto de ordenación, Zom reconoce que este poder sigue siendo el mismo, ya sea que estemos hablando del puesto de maestro o de puestos de segundo orden; ambos son suministrados por Dios, aunque a través de personas, y no por personas.
Refuta a Harnack, quien, basándose en 1 Cor. 12:28 y Ef. 4:11 concluyó que los apóstoles, profetas y maestros fueron elegidos por Dios (para todo el mundo cristiano), mientras que estos últimos fueron elegidos por la comunidad (y sólo para esta sociedad local) (p. 99 nota).
¡El acto de ordenación a un puesto en la iglesia es muy importante! Pero, fiel a su idea de que la organización de la Iglesia no es legal, Zom, al mismo tiempo, sostiene que al obispo designado no se le puede permitir ejercer su cargo si esto no es aceptable para la asamblea del momento. Y entonces surge naturalmente la pregunta: ¿valió la pena realizar un acto tan importante para elevar a una determinada persona a un cargo, ya que todo el resultado de la elección podría quedar paralizado por la voluntad de la reunión del momento?
A esto se une involuntariamente un pensamiento que aún no es beneficioso para la teoría de Zom: ¿valía la pena establecer órganos de formación secundaria como sustitutos de los órganos de la primera, sólo para la celebración de la celebración eucarística y la gestión de los bienes de la iglesia? Después de todo, ¿toda la celebración eucarística, según Zom, consistió en una oración de agradecimiento, una comida y la aceptación de las ofrendas? ¿Valió la pena organizar algún tipo de organización para esto, cuando, según el concepto básico de Zom de la iglesia, esta última consiste incluso en una reunión de dos o tres? Si tal reunión es una iglesia sin profetas, maestros y, especialmente, obispos y diáconos, entonces ¿por qué una reunión de 10 a 20 miembros no podría celebrar la celebración eucarística sin estas mismas personas?
Sin embargo, ¿qué sirvió de base a Zom para inventar una suposición tan infructuosa sobre el surgimiento de posiciones de una formación secundaria en la Iglesia primitiva?
La única base positiva que insistemente señala son las siguientes palabras de la “Enseñanza de los 12 Apóstoles”: “Nombraos obispos y diáconos dignos del Señor... porque ellos también cumplen para vosotros el ministerio de profetas y maestros” (p. 140, traducción rusa).
¿Pero cuál es esta base? ¿Se piensa aquí en sustituir unas figuras por otras? Todo lector imparcial responderá sin dudarlo que los obispos y los diáconos combinan el ministerio de los profetas y el de los maestros, y eso es todo. Y esto está de acuerdo con las epístolas pastorales, donde al obispo y al presbítero les corresponde el deber de servir a la palabra y enseñar, junto con deberes pastorales especiales; según y con el testimonio del libro de los Hechos sobre el ministerio de la palabra de los diáconos Esteban y Felipe junto con el ministerio diaconal especial. Si el autor de la “Enseñanza de los 12 Apóstoles” quiso expresar el pensamiento de Zom, nada le impidió expresar directamente que los obispos y diáconos reemplazan a los profetas y maestros.
No es nuestra tarea examinar en detalle la argumentación en la que Zom se basa al desarrollar disposiciones particulares de su teoría. Nos interesa el esquema general del proceso supuestamente establecido históricamente que siguió la organización de la iglesia a lo largo de toda la Era Apostólica.
Este esquema es el siguiente: el primer momento es la acción de una organización puramente carismática; el segundo es la formación de sus suplentes: obispos, diáconos y presbíteros. La estructura de la Iglesia existió de esta forma hasta finales del siglo I. Luego, al comienzo del segundo año, se produjo una revolución importante y aguda: nació el derecho eclesiástico y la organización secundaria triunfó sobre la primaria; la organización carismática debía ceder ante la jurídica o jurídica; estructura divina a la humana. En lugar del cristianismo nació la Iglesia católica.
Esta extraña conclusión, que se desprende lógicamente de una serie de suposiciones de Som, caracteriza mejor la dignidad de toda la construcción. Lo absurdo del resultado socava la dignidad del trabajo invertido en conseguirlo.
Sin embargo, de esto no se sigue que el trabajo de Zom no tenga valor ni importancia. Su insuficiencia radica en la exageración de un hecho histórico e indudable que recorre toda la historia del derecho eclesiástico, y no en el hecho de que este hecho no existió en la realidad. No es la lucha contra el derecho eclesiástico, como elemento contrario a la esencia de la iglesia, lo que recorre toda la historia del derecho eclesiástico, sino la lucha contra la distorsión del espíritu y las formas del derecho eclesiástico, la lucha contra la mundialización celosa e indiscriminada de este derecho y otros abusos de diversos tipos, que eran tan ricos en la Iglesia Católica Romana, especialmente en la época de la aparición de Lutero.
Basta con hacer una modificación de la idea principal de Zom, y sus fundamentos históricos del derecho eclesiástico quedarán fácilmente libres de deficiencias que son fáciles de notar y que son inevitables si la formulación de la idea principal es incorrecta.
Por lo tanto, Zom tiene el mérito positivo de haber demostrado científicamente la independencia del desarrollo de la organización eclesiástica y no su toma de préstamos del exterior, de las instituciones estatales y las formas del sistema social de los griegos y romanos. El triple principio, como principio básico de la jerarquía y organización de la iglesia, es, por así decirlo, llevado con necesidad histórica a la distancia del cristianismo primitivo o de la era apostólica. Lo que es inexacto es su significado en esta época, el contenido y esencia de su servicio, así como la manera en que surgió; También está mal establecida su relación con la extraordinaria, por así decirlo, jerarquía de los Apóstoles y Profetas. Pero esta inexactitud se puede corregir fácilmente basándose en los mismos documentos que posee Zom. Los apóstoles y profetas no eliminan a los obispos, diáconos y presbíteros, sino que actúan junto con ellos; Los obispos y diáconos son ordenados no por comunidades que no tienen apóstoles y profetas, sino por estos últimos con la participación activa de las comunidades. ¡Pero qué diferencia hay en sus actividades!
Los apóstoles (12) actúan no sólo como evangelistas y maestros, sino también como organizadores de comunidades, a veces con la ayuda de los profetas, a veces sin ellos, pero siempre con la participación viva de las comunidades. Los presbíteros, obispos y diáconos actúan como pastores, siempre presentes en los lugares de su nombramiento, es decir, enseñando, edificando, amonestando, corrigiendo, sirviendo a los pobres y a los mismos Apóstoles y Profetas. Pero ni ellos ni las propias comunidades ven ninguna disposición para la actividad organizativa, ni siquiera para la iniciativa. Esta actividad organizativa y el significado eterno de los Apóstoles y Profetas se expresa claramente en el término apostólico “antiguamente creado sobre la base de los Apóstoles y Profetas (Εποιχοδομηθέντες έπι τώ θεμελίϕ τώι). άποστόλων χαΐ προφητών Εφ)" 10. Este rasgo esencial de los profetas y apóstoles nos permite establecer una relación aún más definida entre ellos y otros órganos de la estructura eclesiástica: obispos, presbíteros y diáconos: los primeros son los elegidos y fundadores inmediatos de Dios, los segundos son funcionarios nombrados y dirigidos por el primeros en servir y servir a la Iglesia.
Los primeros no son de ninguna manera funcionarios, como los caracteriza Zom, sino títulos directamente llamados a la actividad por la voluntad y la providencia Divinas; estos últimos fueron establecidos por voluntad de Cristo, por los Apóstoles, con el encargo de servir a la Iglesia y dotados de potestad de lo alto o de diversos dones, sin excluir el don de enseñanza. En la descripción de Zom, el episcopado, el presbiterio y el diaconado se presentan como ministerios muy insignificantes, limitados casi exclusivamente a la celebración eucarística y la propiedad de la iglesia. Esta idea está lejos de ser consistente con los diversos testimonios de las Escrituras, que describen sus ministerios como una hazaña difícil. Como suplicó Ap. ¡Pablo pastoreó el rebaño de Cristo hasta los ancianos de Éfeso, dando ejemplo en sus propias labores desinteresadas y desinteresadas al servicio de la iglesia de Éfeso! ¡Cuán elocuentemente se revela en las epístolas pastorales la dificultad y versatilidad de este ministerio de la iglesia! ¿Es posible, ante esto, limitar el contenido del ministerio de estos cargos del mismo modo que lo hace Zom? ¡No y no!
El ideal y las tareas de pastoreo descritos en estos escritos apostólicos siguen siendo hasta el día de hoy modelos para los funcionarios del ministerio de la iglesia.
Si, según la descripción de Zom, resulta que estos funcionarios en tiempos apostólicos tenían títulos más honorables en la Iglesia que los funcionarios cargados con las cargas del servicio, entonces una actitud imparcial hacia la Palabra de Dios sobre este tema lleva precisamente a la conclusión opuesta. "Oh, si tan solo los pastores de nuestra iglesia fueran tan activos como Ap quería que fueran. ¡Paul!". Esta es la eterna benevolencia de la Iglesia...
Así, una pequeña corrección del esquema de formación y desarrollo de la ley eclesiástica hecha por Zom es suficiente para acercar el momento inicial de la formación de la organización eclesiástica directamente a la actividad de los Apóstoles y considerarla no como un producto de la falta de fe y un asunto humano, sino como una institución apostólica y profética, de acuerdo con la Voluntad y el destino creativo de Cristo, como enseña la antigua tradición de la iglesia, atestiguada por la 1ª Epístola de Clemente.
Zom describe de manera interesante el momento histórico del surgimiento del derecho eclesiástico y el catolicismo (catolicismo).
“Allá a finales del siglo I (alrededor del 90) sucedió que en la comunidad corintia hubo una indignación de “jóvenes contra viejos”. Fue una indignación contra los "ancianos ordenados", una disputa sobre la posición episcopal, sobre la celebración de la Eucaristía y la división de los dones de los sacrificios. De acuerdo con su posición, la comunidad se negó a celebrar la Eucaristía a sus “ancianos ordenados” (obispos) y la confió a un asceta, distinguido por sus dones espirituales. Tal evento se convirtió en objeto de atención general en el cristianismo. En la propia comunidad corintia hubo, en número significativo, voces que cuestionaron la autorización de tal acto. El resultado fue discordia, indignación y excitación. Incluso en los círculos paganos esta disputa dentro de la comunidad corintia fue notada y sirvió como motivo de reproches contra el cristianismo”.
"La comunidad romana se vio obligada a intervenir. Ella envió a tres ancianos a Corinto (alrededor del 93-97) con un mensaje de la comunidad romana para resolver la disputa".
Esta famosa epístola romana comunitaria (Primera Epístola de Clemente) constituye una época en la historia de la estructura de la iglesia. Decidió que “la estructura original de la Iglesia ha llegado a su fin”.
"La esencia de nuestro mensaje, Clemente, es que la comunidad corintia actuó en contra del mandamiento de Dios cuando excluyó a los ancianos elegidos (ordenados) de celebrar la Eucaristía y administrar los bienes de la iglesia, aunque estos hombres eran impecables en la administración de su cargo episcopal. El fundamento de esta opinión dice: debe haber un orden firme en la comunidad. En un ejército, no todos pueden ser líderes, pero cada uno sirve al conjunto en su propio rango (1 Clemente. 37, 2-3): así como un cuerpo tiene muchos miembros, y cada uno, en subordinación con los demás, sirve al todo, así también las comunidades (37, 5; 88, 1). Aún más: el Antiguo Testamento muestra claramente que Dios prescribió un cierto orden para el sacrificio y el culto, tanto en relación con el lugar (sólo en Jerusalén y sólo en el vestíbulo de la iglesia deben realizarse sacrificios) como en relación con las personas. A él, a los levitas se les asigna un servicio auxiliar, y la persona mundana (λаϊхάς, άνθροπας) se comporta como corresponde a él.
Conservar tal orden divino, correspondiente a la Voluntad Divina, es el deber mayor de los cristianos porque se les otorga el conocimiento más elevado (41, 4). Cada uno debe, en el orden que le ha sido asignado, dar gracias a Dios, para no transgredir la norma legal en su servicio a Dios. Pero el contenido de esta regla se revela en el mandato apostólico. Los apóstoles nombraron obispos y diáconos (42:4). Porque por inspiración divina sabían que surgiría una disputa sobre el cargo episcopal, y designaron el cargo episcopal para que después de su muerte otros hombres elegidos los sucedieran en el servicio Divino (44: 1-2). Este establecimiento de los Apóstoles es un Establecimiento Divino. Porque los Apóstoles fueron enviados por Jesucristo, y Cristo por Dios, y por el poder de esta comisión divina y por la inspiración del Espíritu Santo, los Apóstoles actuaron en la instalación de obispos y diáconos, como ya es seguro por el hecho de que la profecía del Antiguo Testamento (Isa. 60:17) predijo la instalación de obispos y diáconos (1 Clymen. 42).
Por eso, en conclusión, se dice: "Consideramos injusto (ού διχαίως νομίξομεν) apartar del ministerio a quienes fueron nombrados por los Apóstoles o, más tarde, por otros hombres excelentes, con el consentimiento de la comunidad para este cargo y que trajeron dones sin culpa. Sí, es un gran pecado (αμαρτία ού μιχρά) si los sacamos del obispado 144, 3-4).”
"Una cosa está clara: según la Epístola de Clemente, los "ancianos ordenados" tienen, según el orden divino, el derecho al oficio episcopal, es decir, a celebrar la Eucaristía y administrar los bienes de la iglesia y, es decir, un derecho vitalicio (a menos que por pecados se hagan indignos de este derecho) con la consecuencia de que excluyen a todos los demás de tal oficio. En una comunidad, la Eucaristía sólo puede ser celebrada por un anciano designado, es decir, sólo por un elegido Obispo. La elección y consagración al oficio episcopal adquieren significado jurídico. El obispo tiene autoridad formal, es decir, de carácter jurídico, que ahora lo distingue de cualquier otro miembro de la comunidad.
El final del siglo I anunció en la Epístola de Clemente el surgimiento del derecho eclesiástico. Un evento de magnitud inconmensurable 11. ¿Es esto cierto? Debes ponerte tus gafas de exageración para resaltar el significado de este mensaje en la medida en que lo hizo Zom.
Una lectura atenta de este documento, sin dejarse llevar por ninguna idea preconcebida, da una impresión de tipo completamente diferente: La Epístola de Clemente afirma que los obispos y los diáconos son: 1) una institución apostólica, que 2) en el momento de la redacción de la epístola no sólo había aquellos ordenados para estos cargos por los propios Apóstoles, sino también designados de la segunda generación - designados más tarde por otros hombres venerables, y 3) que el ejercicio de estos cargos durante toda la vida (con condición de integridad), es la Voluntad o Ley de Cristo.
La epístola presenta estas disposiciones como un hecho conocido no sólo en la iglesia romana, sino también en la corintia. Pero si esto es así, y no hay duda al respecto, porque de lo contrario los rebeldes corintios no habrían dejado esta afirmación sin objeciones, entonces surge la pregunta: ¿qué novedades introdujo la Epístola de Clemente en la estructura de la Iglesia?
En interés de la teoría de Som, sería indudablemente más coherente rechazar la antigüedad de la Epístola de Clemente que exagerar su significado.
En la Epístola de Clemente hay otro elemento importante: la motivación o argumentación de la necesidad de preservar el orden en la Iglesia: y la instrucción de preservar este orden, como mandamiento de Dios.
Zom ve en esto ni más ni menos que la introducción de un nuevo elemento en la enseñanza divina de Cristo: legal, humano, es decir, el primer e importante paso en la perversión del cristianismo, que dio un fuerte impulso a mayores distorsiones a favor del catolicismo "sobre el cristianismo puro. El derecho humano se eleva a divino, y la violación de este derecho es "pecado".
Desde el punto de vista de la “teoría de una Iglesia impotente”, esto es, por supuesto, cierto, pero esa es la pregunta para el historiador del sistema eclesiástico de la era apostólica: ¿corresponde esta teoría a la estructura real de la Iglesia de la era apostólica o no? ¿Corresponde a las opiniones de los cristianos corintios sobre este tema en el año 90, o corresponde a otra teoría, desarrollada precisamente en la 1ª Epístola de Clemente? Pero, aparentemente, la respuesta a estas preguntas no es muy difícil: después de todo, si la teoría de la Epístola de Clemente no correspondiera a las opiniones de los cristianos corintios, entonces la Epístola de Clemente no habría tenido ningún éxito, habría sido considerada una innovación, una mentira y, tal vez, habría perecido para siempre, mientras que la realidad dice algo completamente opuesto: esta epístola fue leída en la iglesia de Corinto durante mucho tiempo junto con las Epístolas Apostólicas.
Entonces, ¿quién distorsionó la estructura apostólica de la Iglesia: Zom o Clemente, obispo de Roma del siglo I? – la respuesta no es difícil. Si profundizamos en el contenido de la argumentación de la Epístola de Clemente, no podemos dejar de notar en ella el importante significado de las Escrituras del Antiguo Testamento. En él, principalmente, Clemente fundamenta el establecimiento apostólico de los obispos y diáconos y su derecho vitalicio, sujeto a la integridad de su aplicación, de servicio jerárquico en la Iglesia. La referencia a las palabras del profeta Isaías: nombraré a sus obispos con justicia y diáconos con fe (60:17), es especialmente notable porque arroja luz sobre la oscura pregunta de por qué términos como επίσχοπος, πρεαβΰτερος, διάχονος. Al mismo tiempo, se está aclarando una cuestión más general sobre el significado de las instituciones del Antiguo Testamento respecto de la iglesia y el sacerdocio en la organización de la iglesia de la Era Apostólica. Las Sagradas Escrituras del Antiguo Testamento sirvieron como una fuente muy importante.
Sí, no fue en las instituciones públicas y estatales del paganismo donde los primeros organizadores cristianos buscaron modelos y orientación para sus actividades de este tipo, es decir, para organizar la estructura de la iglesia, sino en los establecimientos de la Ley Divina, explicada por los grandes profetas. Y esto está completamente de acuerdo con la Voluntad del Señor, quien, según la expresiva observación del evangelista antes de ascender al cielo, “les abrió (es decir, a los apóstoles) el entendimiento para comprender las Escrituras” (Lucas 24,45).
Por lo tanto, ver en las referencias de Clemente a las Escrituras del Antiguo Testamento cualquier introducción de un elemento extraño al cristianismo primitivo es completamente infundado. Clemente, en este caso, siguió los pasos de los Apóstoles y de los primeros servidores cristianos de la Palabra (Ver, por ejemplo, el discurso del Archidiácono Esteban).
Encontramos exactamente la misma actitud hacia las Escrituras del Antiguo Testamento en los monumentos legales más cercanos a la Epístola de Clemente y en los lejanos (como, en particular, la didascalia y los decretos apostólicos); de modo que la Epístola de Clemente no constituye una “época”, como dice Zom, en la historia de la formación legal de la iglesia original, el momento a partir del cual, por así decirlo, comenzó la formación de la estructura de la iglesia sobre el principio de jerarquía y toda la ley de la iglesia, sino solo un vínculo natural, interna y externamente adyacente a la era de la era apostólica y a la era de los hombres apostólicos. Esto limita todo el significado de la Epístola de Clemente y el significado de la personalidad de su autor. Sí, que San Clemente, el hombre apostólico, era un fanático exacto e incluso conservó las instituciones apostólicas en los registros; este hecho está atestiguado por la tradición general de la iglesia.
Elevarlo a fundador del catolicismo es la hipótesis de Zom, que no tiene ninguna base histórica.
Das Wesen des Rechts ist weltlich. R. Sohm.
Zom fundamenta su teoría de una iglesia impotente no sólo históricamente, sino también filosófica y jurídicamente. La Iglesia, según sus enseñanzas, no puede ser en sí misma una organización jurídica ni ser portadora de algún tipo de “ley divina”. Porque el derecho, por su naturaleza, es contrario a la esencia de la Iglesia; la esencia de la Iglesia es espiritual; la esencia de la ley es mundana. (Das Wesen der Kirche ist geistliche, Das Wesen des Rechts ist weltliche.). La Iglesia quiere ser conducida, gobernada por el dominio del Espíritu Divino; la ley siempre es capaz de producir sólo la dominación humana, que es de naturaleza terrenal, falible, sujeta al fluir del tiempo. La Iglesia se adhiere a la verdad real, es decir, al hecho de que la verdadera Palabra de Dios y la verdadera Voluntad de Dios son proclamadas, traídas al mundo y cumplidas en la realidad.
El derecho, por el contrario, se adhiere fundamentalmente a la forma (summum jus-summa injuria), y debe, ante todo, adherirse a la forma, porque sólo así puede lograr una decisión suprapartidaria, obligando a ambas partes, a pesar de la oposición de intereses, a reconocer su justicia, que no se deriva de las sugerencias del momento, sino de principios fundamentales sólidos, generalmente aceptados, transmitidos por la antigüedad. Esto está relacionado con el hecho de que, si bien la ley, en su concepto, no requiere coerción, lucha sin embargo por su implementación obligatoria, mientras que la esencia de la Iglesia odia cualquier coerción, porque sólo la libre asimilación de lo divino tiene valor espiritual 12.
Un poco más lejos, Zom dice lo mismo sobre el derecho. La esencia del derecho no es que se cumpla, sino, sin duda, que sea de carácter formal, es decir, que se base en determinados hechos del pasado, sin posibilidad de crítica, sin tener en cuenta si realmente está justificado en el momento presente o no. ¿Es posible que exista un derecho que imponga una decisión a una comunidad como decisión de Dios? ¿Es posible que cualquier enseñanza deba considerarse divina sobre la base de que el maestro, algún tiempo antes, tal vez fue elegido correctamente por la comunidad, o de alguna otra manera recibió un nombramiento legal? Si se sabe fehacientemente que la ecclesia no puede ser gobernada por la palabra humana, sino únicamente por la divina, entonces es igualmente cierto que en el cristianismo no puede haber ninguna autoridad ni ningún nombramiento que dé autoridad legal en relación con la comunidad. La Palabra de Dios no se reconoce por ninguna forma, sino por su fuerza interior.
El cristianismo debe seguir sólo aquella palabra que, en virtud de un libre acuerdo interno, reconoce como palabra divina. Sólo se obedece la Palabra verdaderamente justificada, que verdaderamente brota del Espíritu de Dios 13 .
Estas son las deficiencias en la naturaleza o esencia de la ley que la hacen completamente inadecuada en la vida de la Iglesia de Cristo.
1. La naturaleza de la ley es mundana, no espiritual.
2. El derecho, en esencia, es formal y conservador.
3. La ley es propensa a la coerción y da lugar a la dominación humana.
Consideremos estas disposiciones.
El primero de ellos es tan extraño e inesperado que debería reconocerse como nada más que una brillante antítesis oratoria, y ciertamente no una fórmula que exprese la verdad real. También es cierto que la esfera de acción del derecho, es decir, los objetos a los que se dirige su energía, es predominantemente de naturaleza mundana y directamente material, y que, en la mayoría de los casos, los medios para lograr las metas y objetivos del derecho son de naturaleza material (multas, prisión, privación física, incluso la pena de muerte). Sobre esta base descansa una opinión muy extendida de que el derecho puede desarrollarse y funcionar con éxito sólo en un Estado bien organizado, que sin Estado no hay derecho. A su vez, en este punto de vista se apoya otra posición, que está estrechamente relacionada con nuestra pregunta, de que, dado que la Iglesia no puede prescindir del derecho, necesariamente se vuelve dependiente del Estado y sólo debe buscar de él definiciones o regulaciones y garantías de sus derechos.
Y así, si nos adherimos a esta visión del derecho y, por otro lado, tomamos en cuenta la naturaleza puramente religiosa y moral de la Iglesia de Cristo; entonces se puede argumentar que le disgusta tal derecho, que es una unión de individuos de un orden superior al que es la unión política de ciudadanos llamada Estado.
Pero tal punto de vista es frívolo, incorrecto y es refutado por la antítesis completamente legal de que sin ley el Estado mismo no puede existir, que el alcance de la ley es incomparablemente más amplio que los intereses puramente materiales y su fuerza o energía se basa no sólo en el miedo a la coerción física, sino en factores puramente espirituales profundamente arraigados en la naturaleza de una persona racionalmente moral.
Psicológicamente, la explicación filosófica de la esencia del derecho indica el origen de la necesidad del derecho en el deseo individual de libertad y en los motivos del deber. Zom ignora esta base legal puramente mental.
Ambos factores espirituales de la ley despiertan y comienzan a manifestarse desde el momento en que una persona se da cuenta de su personalidad. La queja por la injusticia y la conciencia de las propias y de las obligaciones se notan ya en los niños y, a medida que se acerca la madurez espiritual, aumentan en energía. Sí, para una personalidad normalmente desarrollada, aparentemente no hay sufrimiento más severo que la mentira y la injusticia evidentes. ¡Tan firmemente arraigado en las profundidades de la conciencia humana está el instinto o idea de ley! Y esto es bastante natural y fácilmente explicable: porque es imposible imaginar la más insignificante, cuantitativamente, comunidad de individuos libres sin actuar en medio de sus principios que son universalmente vinculantes para todos ellos y regulan sus relaciones. Estos últimos son su conexión espiritual (jus) 14, con cuyas fluctuaciones toda la comunidad inevitablemente oscila y se desmorona.
Y no hay otro medio, excepto la fuerza mutuamente vinculante de la ley, para mantener intacta durante un tiempo más o menos largo la unión de las personas, cada una de las cuales por naturaleza quiere ser un ser libre y autodeterminante y al mismo tiempo disfrutar de los servicios de seres libres similares, sin los cuales la vida de la personalidad individual es impensable. "La libertad personal, considerada formalmente, enseña Kant, es la arbitrariedad, o la capacidad de un individuo de actuar según su propia discreción, en la medida en que su poder se extienda en un caso determinado".
Ésta es la plena posibilidad de que las esferas de libertad de diferentes personas choquen mutuamente en su actividad, sean hostiles entre sí, violen y destruyan la correcta convivencia y, por tanto, la libertad de cada persona individual. Por tanto, la ley de la libertad, a menos que quiera caer en contradicción consigo misma, exige que la arbitrariedad de cada persona esté dentro de límites estrictamente definidos a la arbitrariedad de otra persona, de modo que nadie viole la libertad de otro. Así, la libertad personal, en cada persona individual, está, por así decirlo, rodeada por un cierto hilo, dentro de cuyos límites llena y ocupa una esfera segura. Esta esfera es su derecho, el reconocimiento y la preservación de la libertad de otra persona es su responsabilidad. Sin este deber no hay derecho, sin derecho no hay libertad. Sólo de esta forma la libertad es compatible con la ley. Por eso la libertad debe requerir ley jurídica: la ley es un postulado necesario de la razón práctica.
Sobre esta base, la definición de derecho de Kant reza lo siguiente: “el derecho es un conjunto de condiciones bajo las cuales la arbitrariedad de uno puede conciliarse con la arbitrariedad de otro, sobre la base de la ley universal de la libertad” 15.
Por lo tanto, una persona razonable debe luchar por el imperio de la ley, como su amigo y protector del bien espiritual más preciado: la libertad. Sólo en él encuentra una garantía de libertad. Por eso pensamos que la naturaleza de la ley está cerca no sólo de la esfera espiritual de la humanidad, sino también de la esfera de los seres espirituales racionales en general. Y, si la revelación enseña que “donde está el Espíritu del Señor, hay libertad”, entonces, dado que es lógicamente inevitable que sin ley no haya libertad, entonces es necesario concluir que la naturaleza de la ley no es sólo espiritual, sino también divina. ¿Por qué contamos la expresión de Som Das Wesen des Rechts ist weltlich entre sus malentendidos?
Además de esto, la tesis principal de su libro, según la cual la naturaleza de la Iglesia es contraria a la naturaleza del derecho, debe ser rechazada por basarse en este malentendido filosófico y jurídico.
Pero ¿cómo se convierte en su garantía la ley, o el derecho jurídico, que limita la libertad personal “como por un hilo”?
¿No es, por el contrario, el derecho el enemigo de la libertad, las cadenas que la atan, cerrando su amplio ámbito en esferas limitadas?
La salida a esta contradicción es incomparablemente más fácil de lo que parece a primera vista.
Es necesario prestar atención a otro factor básico del derecho: el sentido del deber, como fuerza mental indiscutible. En una personalidad normal, manifiesta su energía en diferentes edades, desde la infancia, en diversas posiciones, en diversas esferas de actividad y relaciones, tanto sublimes como viles, todos los días.
Sigue siendo indestructible en una persona, por muy profundamente que a veces se hunda en el fondo del vicio. Un anarquista absolutamente moral es algo terrible, no humano, si se quiere, sobrehumano, que se cierne al otro lado de las esferas de la bondad y la belleza.
Es este sentido del deber el que teje, por así decirlo, los "hilos" kantianos que determinan el impulso o la iniciativa de la voluntad humana personal: tal o cual decisión, tal o cual método de acción.
Con una claridad asombrosa y una claridad concreta, comprensible para un escolar, nuestro abogado-filósofo nacional, el prof. L. Petrazhitsky, y no podemos negarnos el placer de recordar al lector la siguiente breve diatriba de su libro: "En nuestra alma experimentamos dos estados significativamente diferentes: en algunos casos nos sentimos obligados a hacer algo o no hacer algo; en otros, nos sentimos libres de tal deber, y depende de nuestra buena voluntad hacer esto o aquello, o no hacerlo. Por ejemplo, me siento obligado a pagarle al taxista Iván 10 rublos por su trabajo para mí; también me siento obligado a pagar mi deuda de juego; considero impensable y vergonzoso no hacer ambas cosas, pero otra cosa es prestarle al mismo pobre Iván 10 rublos o donarlo: no me siento obligado a hacer esto, es una cuestión de mi buena voluntad, que llamaremos atributiva.
= attribuere), la esencia de los deberes legales; Los deberes del segundo tipo, que llamaremos imperativos, son deberes morales.
Mi deber atributivo para con Iván es su derecho a recibir de mí 10 rublos. 16
Ésta es la relación del derecho, o del derecho jurídico, con la libertad: no es enemigo de ella, al contrario, cumple con sus exigencias: “la libertad requiere el derecho jurídico”. Y, dado que este último corresponde a su propósito, es un líder deseable (χανών, Recht, δίχαιον, regla = nivel de espíritu), que indica el camino directo para lograr una meta personal sin violar las acciones libres de otras personas que entran en una relación cercana con él: porque esta misma regla, en la misma medida, es obligatoria y deseable para ellos.
Por parte del derecho positivo, el derecho positivo ayuda de dos maneras a la libre lucha por el cumplimiento del deber: a) presenta a todos fórmulas claras y categóricas de los dictados del deber, que pueden percibirse de manera vaga, vaga para el pensamiento individual (legislación y tribunal); b) elimina los obstáculos para la implementación por parte de una persona de los dictados de la ley (y del deber) provenientes del exterior, erigidos intencionalmente o por malentendidos por parte de otras personas, de una forma u otra interesadas en este caso - (poder ejecutivo).
Y así, gracias a esta ayuda del derecho jurídico, una personalidad humana individual se convierte en un ser poderoso y fuerte, aunque por naturaleza sea débil, enfermizo, incapaz de protegerse de los ataques de un vecino fuerte y poderoso por naturaleza. Al frenar la arbitrariedad salvaje e irrazonable, la ley otorga a una persona racionalmente moral autoridad, poder: sí, todo derecho es poder (potestas, έξονσία) 17. De ahí el atractivo de la ley, la sed de adquirir derechos.
La acción del derecho no se limita sólo a la esfera de los intereses básicos, aunque aquí su influencia benéfica es más notable; con igual energía contribuye con su trabajo de construcción a las más altas esferas de interés: educativa, artística, moral y religiosa. Dependiendo del grado de cultura, las formas y la naturaleza de la influencia del derecho cambian, se mejoran, se refinan y se ennoblecen. Pero la tarea principal del derecho -llevar el equilibrio en todas partes en las relaciones de deber y exigencia- sigue siendo la misma tarea sagrada. Y, por muy crudas que sean a veces estas formas y estos medios de acción del derecho, su naturaleza es espiritual.
La vida de la Iglesia de Cristo y su organización, por mucho que intentemos espiritualizar su carácter, no excluye en absoluto el funcionamiento de la ley en ella. Por el contrario, la ley aquí se vuelve tanto más necesaria cuanto más exaltados son sus intereses, más espiritual es su esencia, precisamente para que la libre esfera moral de la Iglesia no sea contaminada, no vulgarizada por la introducción en ella de elementos viles de la vida mundana, no sólo tolerados, sino, a veces, incluso patrocinados en las esferas civil y política. Este significado y tarea de la ley en la esfera eclesiástica se formula con las siguientes palabras de un acto de la iglesia del siglo V.
“No dejes que las reglas (χανόνεξ) de los padres sean transgredidas, que la arrogancia del poder mundano no se infiltre bajo el disfraz de santidad, y no perdamos poco a poco, inadvertidamente, la libertad que nuestro Señor Jesucristo, el libertador de todos los hombres, nos dio a través de Su Sangre.”18
“Sin derecho no hay libertad” – ¡Kant parece repetir la opinión de los Padres de la Iglesia del siglo V!
"El derecho, en esencia, es formal y conservador", objeta Zom, "mientras tanto, la iglesia se adhiere a la verdad real; la palabra de Dios no se reconoce por ninguna forma, sino por su fuerza interior... La esencia de la ley es que es formal, es decir, que se basa en ciertos hechos del pasado, sin posibilidad de crítica, sin tener en cuenta si está justificada en el momento actual o no... ¿Es posible que cualquier enseñanza deba considerarse divina sobre la base de que el maestro, algún tiempo antes, fue elegido correctamente? ¿por la comunidad?... Si es cierto que la ecclesia puede ser gobernada no por la palabra humana, sino por la divina, entonces es igualmente cierto que en ella no puede existir ningún poder, ningún nombramiento para un cargo que le dé, en relación con la comunidad, poderes legales”.
Esta objeción tendría significado si se demostrara que el formalismo de la ley es hostil a la verdad real, que la forma de la ley excluye la acción del poder interior de la palabra de Dios. Tanto en teoría como en la práctica se puede demostrar con gran éxito la situación contraria. Un orden jurídico ideal requiere precisamente una síntesis de derecho, moralidad y religión. El antagonismo entre ellos se refleja inevitablemente en una relajación política y una moral laxa.
La antítesis de Som de que la Iglesia se adhiere a la verdad real y la ley, por el contrario, se adhiere principalmente a la forma, debe considerarse, francamente, como una curiosidad. Después de todo, si estamos de acuerdo con su segunda mitad, entonces surge naturalmente la pregunta: ¿por qué el Estado no sólo tolera la ley, sino que también dedica enormes esfuerzos a la prosperidad de la ley? ¿Realmente no le importa la verdad real?
La realidad dice todo lo contrario: es el descubrimiento de la verdad el que constituye el único objetivo del procedimiento judicial; por tanto, en una organización estatal el derecho es considerado como un medio necesario, un camino hacia el conocimiento de la verdad real. Sin duda, la Iglesia, al desarrollar su tribunal formal, persigue el mismo objetivo y debe hacerlo, preocuparse por ello no menos que el Estado. Después de todo, ella está llamada, según la visión absolutamente correcta de Zom, “a proclamar e implementar la verdadera palabra de Dios y la verdadera Voluntad de Dios”. Pero ¿qué pasa si hay una diferencia de opinión entre la iglesia con respecto a cuál es la verdadera Voluntad de Dios en este caso? ¿Cómo resolver esta disputa sobre la verdad? “Con las sugerencias del momento”, responde Zom. Pero este medio apenas es más fiable que un proceso correctamente organizado, respetando la igualdad de los litigantes y con la presencia de terceros en relación con él, es decir, los jueces.
Pero, por otra parte, ¿este método de estudiar la verdad excluye no sólo las “sugerencias del momento”, sino también las sugerencias directas del Espíritu de Dios, si las personas interesadas en el asunto en oración se dirigen a él?
No sólo no excluye, sino que, como atestigua la historia de la cultura cristiana, sin lugar a dudas, tal combinación de tecnología jurídica con santificación religiosa impregna todos los aspectos de la organización jurídica de la Iglesia de los primeros siglos. De la Iglesia, esta síntesis de religión y derecho pasó luego a la estructura estatal tanto del Imperio grecorromano como de aquellos pueblos que organizaron sus estados bajo la influencia de la Iglesia.
Discutiremos esta posición en detalle más adelante, y ahora nos limitaremos a las siguientes observaciones sobre la tesis de Som que estamos considerando.
1) La objeción de Zom no se basa en los méritos de la esencia del derecho, sino en deficiencias más bien ordinarias del estado de derecho en un momento dado: su formalismo y arcaísmo. El primero se hace sentir en el excesivo apego a la letra de la ley, especialmente en la preferencia por la prueba documental a la prueba viva directa de una persona (predominio de la burocracia); el segundo es el apego a rituales e instituciones que, por el momento, han perdido todo significado debido a la desaparición de las condiciones que los provocaron. La legislación, los rituales y las instituciones deben cambiarse, reformarse: el objetivo de la ley debe permanecer inalterado: el equilibrio entre el deber y la demanda, expresado técnicamente por la fórmula: suum cuique.
2) Zom afirma que "no debería haber ninguna autoridad en la Iglesia que conceda, en relación a la comunidad, poderes legales. ¡Extraño deseo! ¿No es mejor el poder regulado por la ley, más característico de la naturaleza de la Iglesia, que el poder regulado? Después de todo, el poder sin derechos es despotismo. Mientras tanto, según el propio Zom, "el gobierno del cristianismo tiene desde el principio un carácter monárquico imperioso y el poder del maestro es tan significativo porque no significa poder legal, disciplinario, como es el caso en uniones seculares, sino un poder moral superior que exige obediencia en nombre de Dios. ¡¿Qué poderosa energía, pero al mismo tiempo qué fuerza peligrosa, que sacude toda la esencia espiritual de la Iglesia, desarrollará esta organización tan pronto como tal poder espiritual sea elevado simultáneamente al nivel de poder legal, formalmente válido y formalmente vinculante?!” (página 93).
Como se sabe históricamente, el poder espiritual desarrolló una energía poderosa y peligrosa no a través del respeto a la ley, sino, por el contrario, a través de diversos tipos de usurpaciones, confiscaciones, es decir, pisoteo de la ley, y de esta manera “introdujo la humeante arrogancia del poder mundano bajo la apariencia de ritos sagrados, poco a poco, sin previo aviso”.
Al defender su idea de “poder impotente”, Zom, entre otras cosas, señala el siguiente argumento específico: “¿Es posible que cualquier enseñanza deba considerarse divina sobre la base de que el maestro fue elegido correctamente por la comunidad algún tiempo antes?” El argumento quiere aclarar la idea de que alguien que una vez fue elegido correctamente puede perder el don de enseñar y predicar enseñanzas que sólo son divinas de jure, por así decirlo, oficialmente divinas, pero de facto, en esencia, propias, al no tener el poder de la gracia. Pero, ¿la elección correcta elimina la posibilidad de perder este don, y la organización legal de la iglesia no le da a la Iglesia el derecho de privar del poder a una persona que ha perdido este don debido a descuido, negligencia o una vida viciosa? Por supuesto que sí; y si no es así, entonces no merece el nombre de legal. El argumento de Zom es una especie de malentendido.
La ley es propensa a la coerción y da lugar a la dominación humana, mientras que la esencia de la iglesia odia cualquier coerción.
Éste es el tercer defecto de la ley. Pero, como se aclaró anteriormente, y como también sostiene Zom, las regulaciones legales, en principio, no requieren coerción. Esto último es un accidente del derecho: porque si se aplicaran todas las normas de derecho, entonces la organización jurídica representaría una lucha interna continua. Pero, si es así, ¿por qué la Iglesia, cuya naturaleza está realmente disgustada por cualquier violencia, no intenta introducir en su organización una legislación más perfecta que elimine por completo esta falta accidental de ley?
¿Qué determina o de dónde surge la necesidad de hacer cumplir la ley?
La respuesta a esta pregunta debe buscarse ya sea en la naturaleza subjetiva de algunos individuos en un entorno social determinado, o en la estructura misma del derecho.
Así, no hay duda de que nunca antes, ni ahora, ha habido un Estado cuyos súbditos no incluyeran un porcentaje más o menos grande de individuos, por así decirlo, “innatamente criminales”. No hay otra manera de tratar con estos señores que obligarlos a convertirse en ciudadanos, o aislarlos completamente del entorno de los ciudadanos normales, en locales o territorios especiales. Pero incluso además de estos individuos naturalmente anormales, la evidente mala voluntad y la "coincidencia de circunstancias" siempre producen un porcentaje significativo de delincuentes: mientras tanto, el ejercicio o la realización de la ley es el primer deber, el deber sagrado del Estado como sistema jurídico. Es precisamente la sed de derecho, la búsqueda de él por parte de una mayoría desproporcionada de sujetos, lo que debería servir como motivo impresionante para que el Estado proteja el Estado de derecho y persiga implacablemente cada delito. La falta de respeto a la ley y las débiles garantías de la misma son signos indudables de la quiebra del Estado.
Pero las razones de la coercitividad de la ley también pueden estar fuera del individuo, en la imperfección de la concepción de la ley misma, en la formulación imperfecta, la obsolescencia de las formas, los rituales de los procedimientos judiciales, la imperfección de la organización ejecutiva, etc. Esta imperfección, necesariamente, debe ser compensada por la coerción según el principio: algún tipo de ley y algún tipo de Estado es mejor que la anarquía y la apatridia.
Por tanto, mejorar la organización jurídica sin duda reducirá el porcentaje de casos de aplicación forzosa de la ley.
Así es en el estado. Así debe ser en la Iglesia. Su tarea no debe ser la alienación de la ley, como elemento supuestamente no afín a su esencia, sino, por el contrario, poner todo el cuidado posible en educar en sus miembros esa disposición espiritual del individuo, que forma la base de la ley estatal misma, es decir, el sentido del deber, es decir, el cumplimiento de sus mandamientos no por miedo a la coerción, sino por conciencia y en nombre de Dios. Y, huelga decirlo, al educar a sus miembros individuales de esta manera, debe dar ejemplo, un modelo en su propia organización de una organización legal libre y ajena al aparato coercitivo.
Ésta es la actitud real de la Iglesia hacia la ley. Tal era, en efecto, la organización de la Iglesia, que se reveló en sus rasgos principales ya en la época apostólica, continuó desarrollándose en épocas posteriores y quedó impresa para siempre en la legislación canónica de la Iglesia universal.
Profundizando en la antigüedad del cristianismo primitivo, Zom notó en su organización sólo un "derecho moral a no trabajar", que pertenecía, como privilegio, a las personas dotadas del carisma de la enseñanza. “Ellos, y sólo ellos, están moralmente autorizados no a trabajar, sino a recibir apoyo de la comunidad” 19.
“El desarrollo de la estructura jurídica de la Iglesia comenzó con la regulación de la celebración eucarística y la gestión de los bienes de la Iglesia” 20.
Cuando te encuentras con estas líneas en el libro de Zom, involuntariamente te sorprendes de cómo podrían provenir de la pluma de un admirador tan aparentemente sincero del cristianismo primitivo puro. ¿Cómo pueden conciliarse con la siguiente invitación dirigida a un investigador de la vida de la iglesia en la era apostólica?
"Quítate los zapatos, porque la tierra en la que estás es tierra santa. El cristianismo entró en el mundo supraterrenal y supramundano. Nunca entenderás esto si no has bebido de una copa maravillosa, cuyo contenido sacia la sed del alma. Bebe, ¡y nunca tendrás sed! Bebe y descubrirás un mundo nuevo, nunca antes visto por ti, un mundo espiritual que cubre el mundo terrenal como una bóveda, derramando sobre él rayos de luz". 21
¡Y después de tal invitación, este es el "derecho moral a no trabajar", como un privilegio de los "cristianos más espirituales" de la era apostólica! Pero, ¿qué es peor a este respecto que cualquier pastor protestante regordete que se alimente a expensas de su comunidad?
Tal derecho se practicaba ampliamente mucho antes del advenimiento del cristianismo primitivo, se practicaba después, y en ningún caso puede considerarse como un rasgo característico de la época apostólica, y especialmente en vista de las siguientes palabras del Apóstol: "Hasta el día de hoy sufrimos hambre y sed, y desnudez, y palizas, y vagamos y trabajamos, trabajando con nuestras propias manos" 22 .
Los juristas romanos, no sólo contemporáneos del cristianismo primitivo, sino también mucho más tarde, sin siquiera quitarse los zapatos, encontraron algo incomparablemente más interesante e importante, tanto en la organización de la Iglesia como en la vida privada de los cristianos. Quedaron impresionados por la santidad de las reglas de su vida y por vivir fielmente a estas reglas y, bajo su encanto, abandonaron sus derechos y su profesión y se dedicaron enteramente a la Iglesia. Los emperadores los siguieron, reconociendo todo el sistema eclesiástico, que se había desarrollado sin su conocimiento o participación, como una creación divina, para cambiar la cual no se consideraban competentes para poner su mano omnipotente.
"El desarrollo de la estructura legal de la iglesia comenzó con la regulación de la celebración eucarística y la administración de los bienes de la iglesia".
¡Difícilmente uno puede felicitarse por este descubrimiento!
Es difícil precisar este momento exacto. Entonces, con respecto a la propiedad de la iglesia, es necesario suponer que algún tipo de orden comenzó desde el momento en que apareció la propiedad de la iglesia. Y apareció muy temprano, incluso antes de la elección de siete diáconos: no se llevó a cabo sin orden en ese momento. Mientras tanto, Zom fecha la formación del sistema legal sólo al final de la era apostólica: ¿sobre qué base?
¿Cuándo comenzó la ordenación de la celebración eucarística? Su envío entre los cristianos se menciona como un fenómeno común simultáneamente con la mención de la propiedad de la iglesia (Hechos 2: 44-55). En cuanto al proceso de racionalización, duró mucho tiempo, siglos.
¿Cuándo comenzó la formación del sistema eclesiástico legal?
Sin embargo, esta pregunta no es del todo importante. Sería mucho más interesante saber qué teoría financiera o económica fue desarrollada por el cristianismo primitivo y dejada para los siglos posteriores. Pero el libro de Zom no dice nada sobre ella.
Obviamente, no fue la propiedad o el interés económico lo que impulsó el desarrollo del derecho eclesiástico en los primeros siglos del cristianismo, sino algo completamente diferente. ¿Qué exactamente?
Ya no eres un esclavo, sino un hijo. Galón. 4:7.
"¿Qué debemos hacer, hombres hermanos? "Pedro les dijo: Arrepentíos y bautícese cada uno de vosotros en el nombre de Jesucristo para perdón de los pecados y reciba el don del Espíritu Santo". Así que los que recibieron con alegría esta palabra fueron bautizados, y aquel día se añadieron unas tres mil personas. Y perseveraban constantemente en la enseñanza de los Apóstoles, en la comunión, en la fracción del pan y en la oración” 23.
Así describe el libro de los Hechos el resultado del sermón apostólico del día del primer Pentecostés cristiano.
Lo característico aquí es una pregunta y respuesta, y una breve descripción del contenido de la vida futura de la iglesia, esta sociedad de más de 3000 personas. Expresada en el lenguaje de la iglesia, esta vida parece ser una actividad espiritual continua en estrecha comunicación interna de cada individuo con los demás. Sus diversas etapas: arrepentimiento, permanencia en las enseñanzas de los Apóstoles, en comunión, etc. son la esencia del programa de vida tanto del cristianismo primitivo como de la iglesia de los siglos posteriores: no hay diferencia.
¿Qué significa arrepentirse (μετανοήσατε)? Esto significa cambiar toda la estructura de tu vida espiritual (ѵоυς) y, en consecuencia, toda tu forma de vida, tu comportamiento.
Es digno de notar que el primer sermón de Cristo al género humano también comenzó con un llamado al arrepentimiento 24 . ¿Y la permanencia “en la enseñanza de los apóstoles” que siguió al bautismo excluyó el arrepentimiento, es decir, un cambio de vida? Es natural suponer que éste fue principalmente el caso.
¿Qué fue exactamente este cambio? Sin duda, consistió en asimilar la enseñanza del Evangelio y la ley divina contenida en ella, así como la ley divina revelada en las Escrituras de los profetas del Antiguo Testamento, y en organizar la vida personal de acuerdo con esta ley, sin tener en cuenta si tal comportamiento sería consistente con la estructura social existente e incluso con las leyes políticas. Sí, la ley del evangelio es incondicional. No hace concesiones ni adaptaciones a las condiciones nacionales, sociales y políticas, sino que las domina, las ennoblece, las eleva hacia sí. Está abierto a toda la humanidad, llamado a una nueva alianza o unión con Dios Padre, a una unión de filiación y de amor. “Ya no eres un esclavo, sino un hijo”. “A quienes lo recibieron, les dio poder (έξoυσiα) para llegar a ser hijos de Dios”.
Éste es el fundamento profundo y misterioso sobre el que descansa todo el edificio de la Iglesia cristiana, como unión religiosa autónoma.
La humanidad está llamada a esta unión y en ella es protegida directamente por Cristo, los Apóstoles y sus sucesores hasta el fin del mundo.
La respuesta a la llamada y la entrada en la unión deben ser voluntarias, así como las condiciones de estar en la unión se cumplen entonces voluntariamente, en la medida de la fuerza individual y del afán de perfección.
Tanto de este pasaje de Hechos como de otros libros del Nuevo Testamento, uno tiene la impresión de que el bautismo parecía seguir directamente a la promesa de arrepentimiento por parte de aquellos que deseaban unirse a la iglesia. Siguió un cambio de estilo de vida: “y ellos (los que fueron bautizados) perseveraron constantemente en la enseñanza de los Apóstoles, en la comunión, en la fracción del pan y en la oración”. Quizás este fue el caso en la era apostólica. Pero, en cuanto al tiempo posterior, no hay duda de que desde el momento de declarar el deseo de unirse a la iglesia y antes del bautismo, pasó un período bastante significativo, el llamado “catecúmeno”, que, en su contenido, no puede considerarse más que el arrepentimiento continuo.
Las Constituciones Apostólicas describen el proceso de incorporación de un nuevo miembro a la iglesia de la siguiente manera.
"Cualquiera que llegue por primera vez al misterio de la piedad (la iglesia), que los diáconos lo lleven al obispo o a los ancianos y que examinen las razones por las que acudieron a la palabra del Señor, y que los que los trajeron testifiquen de él, habiendo examinado precisamente lo que les concierne. Que examinen también su conducta y su vida, si son esclavos o libres. Y si alguno es esclavo de un creyente, que pregunte a su amo si da testimonio de él, y si no testifique, sea rechazado hasta que parezca digno al amo, y si testifica acerca de él, sea aceptado. Si es siervo de un pagano, que aprenda a agradar a su amo, para que la palabra de Dios no sea blasfemada. Además, si tiene esposa, o esposa de marido, que aprenda a contentarse consigo mismo, y si no están casados, que aprenda a no fornicar, sino a casarse según la ley... rameras, que deje de ser proxeneta o que lo rechacen... Si viene un guerrero, que aprenda a no ofender, a no calumniar, sino a contentarse con el salario que se le da, si obedece, que sea aceptado, y si contradice, será rechazado.
El vil carnívoro, el disoluto, el lujurioso, el mago, la hechicera, el adivino de las estrellas, el adivino, el mendigo vagabundo, el charlatán, etc., son puestos a prueba durante todo el año: porque no se puede renunciar rápidamente al mal. Los que dejen de hacer esto serán aceptados, y los que no obedezcan serán rechazados..." 25.
Si la prueba termina favorablemente para el sujeto, entonces se le inscribe en el “rango de catecúmenos”.
“El que quiera salir, que lo haga público por tres años; pero si alguno es diligente y tiene buena disposición para el asunto, sea aceptado: porque lo que se valora no es el tiempo, sino la conducta”. 26
Habiendo ingresado a la clase de catecúmenos, recibe el derecho de entrar a la casa del Señor y participar en las reuniones litúrgicas hasta cierto momento, después del cual abandona la reunión.
El período de anuncio consiste en estudiar las verdades de la revelación Divina y conformarse a ella a lo largo de la vida, en la gradual negación real de Satanás y sus obras y el alineamiento con Cristo. Este es un proceso, es decir, injertar una rama silvestre en la Vid viva: Cristo, el renacimiento gradual del viejo hombre en el nuevo.
El período de catecúmeno se divide en dos partes: los que pasan por la primera mitad se llaman “catecúmenos”, la segunda – “iluminados” o “los que se preparan para el bautismo”. Estos últimos se diferencian de los primeros en que, en preparación para el bautismo, observan un intenso ayuno y oración. Es posible que, estando en este período de catecúmeno, el “iluminado” caiga en un pecado más o menos grave: entonces queda nuevamente relegado a la clase de simplemente catecúmenos 27 . Es posible además que el catecúmeno sufra una grave enfermedad y por miedo a la muerte pida el bautismo. Su petición puede ser cumplida, pero una persona bautizada en enfermedad, en caso de curación, ya no puede ser admitida en el clero: porque su fe, dice la Regla, no proviene de la voluntad, sino de la necesidad”. 28
¡Se valora tanto el libre albedrío de la actividad espiritual y moral de la persona anunciada!
Durante todo el período del catecúmeno, en sus reuniones litúrgicas, toda la Iglesia local ora por sus catecúmenos, para que el Señor les ayude a recorrer dignamente el camino de preparación al bautismo y se digne incluirlos entre su rebaño escogido”. 29
El tercer momento, que pone fin al camino de incorporación a la Iglesia, es enteramente de carácter religioso y misterioso. En la reunión de toda la iglesia, el catecúmeno es llevado a la pila bautismal, sumergido en ella “según la institución del Señor” 30, y ungido por San el mundo e, inmediatamente después, en la liturgia es recompensado con el consumo de la Mesa del Señor.
Las consecuencias espirituales del bautismo se describen en las Constituciones Apostólicas de la siguiente manera:
“El que es bautizado, sea libre de toda impiedad, libre de pecado, amigo de Dios, enemigo del diablo, heredero de Dios Padre y coheredero con su Hijo, habiendo renunciado a Satanás y a los demonios y a sus engaños, irreprensible, puro, justo, amante de Dios, hijo de Dios, orando como un hijo al Padre y hablando como miembro de la asamblea general de los fieles, así: Padre nuestro, que estás en los cielos” 31.
Así se logra la entrada a la iglesia, así se adquiere el derecho de filiación y miembro de la iglesia.
Al convertirse en miembro de pleno derecho de la iglesia, el bautizado participa en toda la vida de la iglesia, en todas sus reuniones. En el lenguaje de la ley eclesiástica, esta disposición se llama derecho de comunicación de la iglesia (χοινωνία, communicatio).
Así se describe el complejo acto de unirse a la Iglesia en las Constituciones Apostólicas, monumento de incierta antigüedad eclesiástica. Fue tomando forma paulatinamente y en la edición en la que presentamos nuestros extractos, quizás apareció en la segunda mitad del siglo IV. Pero esta lejana distancia del cristianismo primitivo es decididamente irrelevante en este caso. La importancia radica en el contenido mismo del monumento. Nos da una declaración de la disciplina eclesiástica a la que debía estar sujeto todo aquel que acudiera “al sacramento de la piedad” o a la iglesia.
¿De dónde tomó prestada la iglesia esta disciplina de los catecúmenos?
La respuesta a esta pregunta no es difícil. Sucederá por sí solo si comparas esta disciplina con las Epístolas de los Santos Apóstoles incluidas en el canon del Nuevo Testamento. ¿Qué dicen estos mensajes? Enseñan sobre todo cómo los miembros cristianos de la iglesia “deben andar dignamente de su llamado”, es decir, cómo comportarse para ser dignos de él. Este tema se analiza aquí con gran detalle. Revela tanto el ideal positivo de la vida cristiana como los fenómenos negativos de la vida pagana de esa época, que no deberían haber tenido lugar en el ambiente de la iglesia. Un cristiano, un cristiano, habiendo entrado en la iglesia, se convierte en “templo del Espíritu Santo”; su corazón debe ser puro para que Cristo entre en él. Pero no sólo toda su naturaleza espiritual, sino también su propio cuerpo, el cristiano debe transformarlo en morada de Dios. Debe razonar dentro de sí mismo: “si participa dignamente del Cuerpo y de la Sangre del Señor, para no gustar la condenación eterna en lugar de la bienaventuranza”.
Esta dirección moral y práctica de las epístolas apostólicas, que tan claramente nos describe la vida del cristianismo primitivo, es una prueba irrefutable de que la introducción de la disciplina evangélica en la vida de la iglesia y el amplio significado de la "actividad pastoral" fue tarea de los primeros organizadores de la iglesia no menos que la evangelización y la profecía.
En esencia, no importa si el bautismo fue precedido por una larga prueba disciplinaria del catecúmeno, como era la regla de la práctica posterior de la iglesia, o si el bautismo se realizó después de una declaración de disposición al arrepentimiento por parte del converso, como fue el caso en la era apostólica, 32 - nuestro interés es que el "trabajo interior", el desarrollo en uno mismo de un nuevo carácter moral, es el deber de cada miembro de la iglesia, que determina su derecho de comunicación, el derecho a permanecer en la comunión de la iglesia. Una vez que se descubre la inestabilidad en el cumplimiento de este deber en cualquier miembro de la iglesia, sus relaciones "fraternales" con los demás, que constituyen la esencia del derecho de comunicación, comienzan a fluctuar: un hermano tan inestable es amenazado con una "reprensión" en privado, frente a dos o tres, y si es ineficaz, "frente a toda la iglesia", y luego ocurrirá el arrepentimiento y la corrección, o el cese de las relaciones fraternales, la comunicación no solo en la oración, sino incluso en las relaciones privadas de la vida cotidiana. 33
Los seguidores de Lutero y los historiadores más nuevos del cristianismo primitivo pierden de vista este lado de su vida y, destacando el evangelio y la profecía, ven en la iglesia apostólica escuelas teológicas morales o comunidades místicas, como la de Montan, todo el contenido de cuya vida se agotó por la competencia en el don de profecía. Pero tal devastación del contenido del cristianismo primitivo está muy lejos de una reconstrucción verdaderamente histórica del mismo. Equivale a negar todas las epístolas apostólicas y reemplazarlas con los productos de la propia imaginación.
Para imaginar claramente cuán profunda y detalladamente la disciplina de la iglesia cambió las opiniones y la forma de vida que prevalecían en el paganismo, presentaremos algunas de sus reglas. Tomemos la esfera más cotidiana, por así decirlo, de la vida cristiana primitiva.
Así se formulan las relaciones matrimoniales en las Constituciones Apostólicas: "El marido no sea arrogante ni vanidoso con su mujer, sino condescendiente, generoso, queriendo sólo agradar a su mujer y acariciarla con respeto, tratando de ser unánime con ella, sin adornarse exquisitamente para cautivar a otra. Porque si, obligado por ésta, pecas con ella, entonces vendrá sobre ti la muerte eterna de parte de Dios, severamente atormentado por tu conciencia. Pero, aunque no lo hagas, Si cometes un mal acto al alejarla, aún pecarás, aunque no de hecho, sino solo por el hecho de que con tu atuendo atrajiste a la esposa (de otra persona) a codiciarte, pero no eres tan culpable, porque no fuiste engañado por lo que atrapaste: porque no lo deseaste y, sin entregarte a ello, tendrás misericordia del Señor Dios, quien dijo: "No cometerás adulterio" y "no codiciarás".
Pero si ella, habiéndose enamorado de ti y encontrándote inoportunamente, quedó impresionada por el pensamiento y fue seducida por ti, y tú, como persona piadosa, la rechazaste, te contuviste y no pecaste con ella, y ella, por el contrario, quedó herida en su corazón, de modo que se enamoró de ti, un joven apuesto, exquisitamente vestido: entonces resultaste ser culpable de su crimen, por haberte convertido en la causa de su tentación y haber heredado el “dolor” (Mateo 18:7.). Por tanto, orad al Señor Dios para que ningún mal os suceda por esto. Porque no os debéis a los hombres el pecado, sino a Dios mediante la justicia de la vida. No embellezcas la belleza que te da la naturaleza, sino moderala modestamente para las personas: por ejemplo, no te dejes crecer el cabello en la cabeza en una trenza, sino córtalo, de modo que, de lo contrario, manteniendo el cabello en la cabeza intacto, bien arreglado o empapado en aceites fragantes, no atraigas a las mujeres que se sienten atraídas y atraídas de esa manera” 34.
"No estéis ociosos ni vagéis por las calles, observando intempestivamente a los que viven pobremente; sino, practicando vuestro oficio y vuestras obras, sed celosos de hacer lo que agrada a Dios y, acordándoos de las palabras (λόγια) de Cristo, estudiad sin cesar. Porque la Escritura dice: "Estudiad en su ley de día y de noche, andando en el campo y sentados en la casa, al dormir y al levantaros, para que en todo tengáis entendimiento". 35. Si eres rico y no necesitas un oficio para comer, entonces, sin embargo, no seas un vagabundo y un holgazán, sino acércate a los fieles y de ideas afines y entabla conversaciones vivificantes con ellos o, sentado en casa, lee la ley de Dios, el reino, los profetas, canta salmos, repasa atentamente el Evangelio, completándolos” 36.
Estos son los deberes de un marido cristiano hacia su esposa y su forma de vida.
Pero aquí están los deberes de una esposa cristiana hacia un marido cristiano y pagano.
"Que la mujer se someta a su marido, porque la cabeza de la mujer es el marido, pero la cabeza del marido que anda en camino de justicia es Cristo, y cabeza de Cristo, que es Dios y su Padre sobre todo. Así que, después del Dios Todopoderoso nuestro y Padre, la edad presente y futura del Señor, todo el aliento y poder del Creador y de su amado Hijo nuestro Señor Jesucristo, teme a tu marido, mujer, y hónrale, agradándole sólo a él, agradándole con tus servicios, para que por ti el marido sea feliz, según la palabra de sabiduría que dice: “Si alguno encuentra una esposa virtuosa, ella vale más que las piedras preciosas: el corazón de su marido confía en ella y no quedará sin provecho: ella le pagará con bien y no con mal todos los días de su vida”. 37
"Si quieres, esposa, ser traviesa y agradable a Dios, no te vistas para agradar a los maridos ajenos, no imites a los que llevan una vida disoluta, usando cabello, ropa o ligas para atraer a los que son atrapados en esto. Y aunque hicieras estas abominaciones no para pecar, sino, únicamente, para lucir mejor, no escaparás del castigo posterior induciendo a alguien a dejarse llevar por tu deseo, y no serás protegida de caer tú mismo en pecado o de seducir a otro, y si pecas entregándote, pecarás personalmente y serás culpable por el alma de otro” 38.
“No seas pendenciero con nadie, y mayormente con tu marido, no sea que tu marido, si es incrédulo o pagano, siendo tentado por ti, blasfeme contra Dios, y tú no acabes con Dios como heredera de tristeza; porque ¡ay de aquel por cuyo motivo es blasfemado mi nombre entre las naciones! (Isaías 52:5).” 39.
Esta es la relación entre cónyuges. Es imposible no notar los siguientes rasgos característicos. 1) Los deberes del marido en relación con su mujer y viceversa son casi idénticos: ambos están obligados a mostrarse por igual amor y fidelidad el uno al otro y respeto al individuo. 2) Es cierto que a la esposa se le ordena obedecer a su marido y, por lo tanto, de manera relativa, por así decirlo, al marido se le da poder sobre su esposa. Pero el deber mismo de obediencia no se ofrece a la esposa como incondicional, sino que se deja a su voluntad: “si quiere agradar a Dios”. Aquí hay un ejemplo característico de la síntesis de religión y ley, que distingue a toda la disciplina de la iglesia, así como a toda la ley de la iglesia. Aquí, el deber de una persona hacia otra se combina ciertamente con una disposición religiosa personal. El principio rector más elevado, la luz que ilumina la conciencia de la obligación, es la ley o la Voluntad de Dios, su factible comprensión.
Es interesante la siguiente conclusión, con la que el autor de los decretos apostólicos finaliza sus instrucciones a las mujeres cristianas: "Con respeto y mansedumbre, expresad vuestra piedad para aumentar y alentar la fe de todos los hombres y mujeres externos (es decir, paganos). ¡Y si nosotros, instruyéndoos, os hemos enseñado poco, hermanas, hijas y miembros! Vosotros, como personas sabias, sin ser calumniadas por vuestra vida, tratad de aprender las instrucciones mediante las cuales podéis acercaros piadosamente al reino de nuestro Señor". y encontraréis la paz eterna” 40. Y tales opiniones se pusieron en práctica en una época de profunda humillación de las mujeres, tanto en el judaísmo como en el paganismo educado, llevada a cabo en todas partes, en un ambiente de salvajismo y barbarie, dondequiera que penetraran las voces de los evangelistas del Evangelio...
Y aquí hay algunas instrucciones de los mismos decretos apostólicos sobre la comunicación de cristianos ricos y pobres.
"Cuando un cristiano, niño o niña, queda huérfano, sería maravilloso si uno de los hermanos 41 que no tiene hijos, toma al niño y lo tiene en lugar de un hijo, y la niña, si tiene un hijo de su edad y maduro para casarse, se casa con él: porque los que hacen esto realizan una gran obra, siendo padres de huérfanos y recibirán la recompensa del Señor Dios por tal servicio. Si algún hombre rico, viviendo conforme a lo que agrada a los hombres, se avergüenza de los miembros de la comunidad orfanato, entonces el Padre de los huérfanos y el Juez de las viudas cuidará del huérfano (Is. 67:6), y el rico será atacado por aquel que agotará todo lo que le ahorró, y se cumplirá lo que le fue dicho: “Lo que no comieron los santos, lo comerán los asirios”, tal como dice Isaías: “Tu patria está delante de ti”. los extraños devoran (Isaías 1:7)”.
"Así que vosotros, obispos, cuidad de lo necesario para su sustento, sin abandonarlos en absoluto, sino cuidad de los huérfanos como de padres, y de las viudas como de maridos, casaos con adultos, proporcionad empleo al amo, tened compasión de los débiles, proporcionad refugio a los extraños, hambrientos de comida, sedientos de bebida, ropa a los desnudos, visita a los enfermos, ayuda a los prisioneros. Además, cuidad aún más de los huérfanos, para que no les falte nada: dad a la niña, tan pronto como ella llegue a la edad de casarse, a su hermano en matrimonio 42, y proporcione al niño los medios para que pueda estudiar sus habilidades y nutrirse de su abundancia, y cuando las estudie con éxito, podrá comprarse herramientas de taller, para no agobiar su amor sincero por sí mismo, sino que esté contento consigo mismo, porque verdaderamente bienaventurado es el que, pudiendo ayudarse a sí mismo, no avergüenza el lugar de un huérfano, un extraño, una viuda. Y el Señor dijo que el que da es más bienaventurado. el que recibe (Hechos 20:35)” 43.
Muy pocos toques, pero, en nuestra opinión, sumamente interesantes, los da Ap. Regulaciones relativas a la esclavitud, institución considerada la piedra angular de la cultura antigua.
"La concubina esclava (concubina) de algún incrédulo, que está en comunión solo con él, sea aceptada, 44 y si fornica con otros, sea rechazada. Si un creyente tiene una esclava por concubina, que deje de tenerla por concubina y se case con ella según la ley, pero si es libre, que se case con ella según la ley, y si no, que sea rechazado".
"Dejen que los esclavos trabajen cinco días, y en el sábado y en el día del Señor permanezcan en la iglesia para enseñar la piedad. Durante toda la Semana Mayor (Semana de Pasión) y la semana siguiente (Pascua), los esclavos no trabajen...", etc. 45 En una palabra, trabajan sólo los días laborables para los cristianos y están igualmente libres de trabajo los días festivos.
Los ejemplos presentados muestran claramente el camino que siguió la iglesia en su misión de renovar a la humanidad, en difundir y establecer el reino de los “hijos de Dios” y “hermanos” no sólo según convicciones teóricas, sino según la moral. La idea de fraternidad unió a cada comunidad cristiana en una unión interna y externamente relacionada, incomparablemente más fuerte que las políticas y contractuales. Sin actuar como reformadores del sistema estatal y social, los cristianos, a través de la mejora individual, introdujeron un espíritu y un contenido completamente nuevos en las bases políticas y sociales existentes, y fueron representantes de un orden de vida completamente nuevo (πολιτεία χριστιιίνων).
Naturalmente, cabe la pregunta: ¿de dónde tomaron los cristianos su disciplina y su derecho a comunicarse? Si para responder a esta pregunta recurrimos a la fuente de donde se presentaron las diatribas anteriores, solo obtendremos una cosa: de las Escrituras, tanto del Antiguo como del Nuevo Testamento. Es la única fuente de las instrucciones disciplinarias contenidas en este documento. No participación en fuentes fuera de las Escrituras autor Ap. Resoluciones expresadas con bastante ingenuidad en la poco halagadora recomendación que hace sobre la literatura pagana (poesía, derecho, historia), no aconsejando su lectura en absoluto, ya que no ofrece en absoluto nada mejor que no esté contenido en las Escrituras: la Biblia contiene todo lo que un cristiano necesita saber y todo cristiano y toda mujer cristiana debe estudiarla durante todo su tiempo libre en el trabajo. 46
Y que las reglas de vida, tomadas de las Escrituras por los cristianos de los primeros siglos, tenían el significado de reglas disciplinarias, cuya violación grave iba acompañada del castigo habitual: la excomunión, esto lo atestigua expresamente un escritor tan autorizado, en este caso, como el famoso Tertuliano. "Nos reunimos", dice en su disculpa, "para leer las Sagradas Escrituras, de las cuales, según las circunstancias, extraemos la información y las instrucciones que necesitamos. Con palabras santas cultivamos la fe, fortalecemos la esperanza, afirmamos el coraje, sin ninguna lucha, sin interferir con la enseñanza de los mentores. Inmediatamente hay amonestaciones, correcciones y sentencias divinas (censura divina). Porque el juicio se lleva a cabo con todo el rigor de la investigación y con confianza en la presencia de Dios, y por lo tanto ya sirve como una clara presagio de condenación futura, si alguno por sus fechorías merece ser excomulgado de comunicación en oraciones, en reuniones y otras relaciones sagradas.
Los ancianos presiden, logrando tal honor no mediante la compra, sino probando su dignidad: porque el derecho divino 47 no se vende a precio de oro” 48 .
A partir de la mitad del siglo III se conservó la experiencia de las reglas disciplinarias, que luego pasaron a formar parte del nomocanon general con el nombre de reglas de San Gregorio de Neocesarea, construida como la disciplina de Ap. Decretos sobre las Sagradas Escrituras del Antiguo y Nuevo Testamento 49.
Entonces, ¿qué es la disciplina de la iglesia sino la experiencia de aplicar la ley divina a la vida? Sí, la Iglesia no es sólo una asamblea y comunidad litúrgica, sino también un órgano o portador del derecho divino.
La formación de reglas disciplinarias (χανόνες) se remonta a lo más profundo del período apostólico, se lleva a cabo a lo largo de la existencia de la Iglesia de Cristo y, con el tiempo, introdujo elementos de la ley humana en la esfera original de Cristo y los mandamientos apostólicos. Esta introducción, por supuesto, fue la razón de la gran diversidad de la disciplina eclesiástica tanto en términos formales como materiales, según el lugar y el tiempo. La variabilidad es una de las propiedades esenciales de la disciplina de la iglesia 50.
Pero ¿no es contraria a la naturaleza de la Iglesia tal introducción de los derechos humanos en su esfera?
Una base positiva para resolver este problema la proporciona Ap. Pablo en su carta a los romanos.
Aquí se establecen las fuentes psicológicas e históricas del derecho: la conciencia o ley natural, que vive en el alma de cada persona; la ley positiva dada al pueblo judío y la ley neotestamentaria traída por Cristo a toda la humanidad. ¿En qué relación se encuentran entre sí las normas que emanan de estas fuentes? ¿No son los principios del Antiguo Testamento y de la ley natural, bajo cuya influencia se forma la ley civil, contrarios a la ley del Nuevo Testamento? La respuesta a esta pregunta es la siguiente: pueden ser repugnantes o no, dependiendo de su calidad. Porque incluso aquellos que no siguen la ley positiva “crean la naturaleza lícita”. La naturaleza misma impulsa al hombre a los dictados del deber o de la ley divina. En este sentido, la conciencia jurídica de la iglesia de los primeros siglos se acercaba al principio: lo que no es contrario a la naturaleza o a la ley natural, no es contrario a la ley divina: porque toda la naturaleza es creación del Creador. Luego la ley divina es natural 51.
Sin embargo, esta armonía no siempre se observa: porque el pecado del primer hombre dañó toda la naturaleza y, sobre todo, la naturaleza espiritual del hombre mismo. La consecuencia de esto fue el antagonismo de dos leyes en la propia naturaleza humana: la ley de la mente (o espíritu) y la ley de la carne (σαρξ). La tarea del trabajo interior cristiano es subordinar la carne al espíritu. Pero ¿dónde está el criterio para reconocer cuál de las prescripciones de la ley natural es conforme a la ley divina y cuál es contraria a ella? En respuesta a esta pregunta, los primeros cristianos señalaron, en primer lugar, el Evangelio y, en segundo lugar, los diez mandamientos de Moisés y las enseñanzas morales de los grandes profetas del Antiguo Testamento. Con estos criterios abordaron la evaluación tanto de la ley ritual del Antiguo Testamento como del derecho estatal y civil existente. Y lo que ambos, a su entender, no contradecía los criterios indicados, lo aceptaron con valentía en su disciplina. 52
En esencia, este principio siempre se ha mantenido en la legislación eclesiástica, como se mantiene en la actualidad, aunque, quizás de facto, no siempre de forma estrictamente coherente y con suficiente celo 53 .
Así, no sólo la naturaleza de la ley no es contraria a la naturaleza de la Iglesia de Cristo, sino que, por el contrario, la ley humana encuentra su perfeccionamiento en la ley divina de la Iglesia. Mejorar la conciencia jurídica humana es uno de los llamamientos de la Iglesia. Esto queda claro en los mensajes de los Santos Apóstoles, y nos resulta positivamente inexplicable cómo Zom no se dio cuenta de esta misión de la iglesia en la Era Apostólica.
En virtud de esta misión, la Iglesia no se convierte en una reunión aleatoria de dos o tres que teóricamente confiesan a Cristo como Hijo de Dios, que puede formarse por casualidad y desintegrarse por casualidad, sino que es un todo internamente conectado, formado por personas libres, probadas en la fe y en la vida, galardonadas con el bautismo según la “institución del Señor”.
El bautismo da origen a una vida nueva, transforma al esclavo en hijo de Dios. La asimilación de este derecho de filiación lleno de gracia, logrado a través de una actividad espiritual continua o la observancia de los mandamientos de la disciplina de la iglesia, lo une con vínculos fraternos de comunicación con otros miembros de la iglesia.
Este misericordioso derecho de filiación es la base misteriosa y mística de la unión o comunión eclesiástica, y la disciplina eclesiástica es su conexión externa (jus), su derecho.
Principio jerárquico en la organización de la iglesia.
Si la naturaleza de la Iglesia no es contraria a la naturaleza de la ley, como se aclaró anteriormente 54, sino que, por el contrario, la ley humana encuentra perfeccionamiento en la ley divina de la Iglesia: ¿no es entonces ajeno a la naturaleza de la Iglesia el principio de poder, el principio jerárquico, sin el cual la aplicación de la ley es impensable?
Durante mucho tiempo, como dogma inquebrantable no sólo del derecho eclesiástico, sino también de la teología en general, existió la posición de que la jerarquía eclesiástica en forma de tres grados es la misma institución divina que los dogmas, la moral y el culto, y representa un elemento necesario en el concepto de iglesia: "sin jerarquía no hay iglesia".
Desde la Reforma, esta posición comenzó a estar sujeta a fluctuaciones, y ahora a un ataque enérgico y abierto por dos razones: a) contradice los últimos estudios científicos sobre el cristianismo primitivo, según los cuales resulta que la jerarquía eclesiástica se formó por sí sola, un proceso histórico bastante largo, y nadie lo estableció; b) la existencia de una clase especial de sacerdocio contradice la enseñanza del cristianismo sobre el sacerdocio universal (el motivo es bastante antiguo).
Como teoría fundamentada científica e históricamente, se propone la siguiente teoría sobre el origen de la jerarquía eclesiástica:
"El reino para cuya venida vivió, sufrió y murió el Salvador 55, según su propio testimonio, no es de este mundo. Y, sin embargo, Jesucristo marca un punto de inflexión en la historia y en la ley. Su enseñanza impulsó la desintegración del orden de vida hasta entonces unificado: la iglesia apareció junto al estado, por supuesto, no todavía en la forma de la comunidad de Jerusalén. Es cierto que sus miembros estaban estrechamente unidos bajo el liderazgo de Santiago, el hermano del Señor, no sin regulaciones especiales ("siete" Hechos 6). Pero no se separaron de la ley y la sociedad de los judíos, al igual que el resto de los creyentes en el país judío (se llamaban a sí mismos “santos” hasta aproximadamente el año 150). La comunidad de Jerusalén, hasta su temprana muerte (el desalojo a Pella alrededor del año 68), “fue siempre una comunidad espiritual”.
"La desaparición de la misión carismática itinerante deja lugar a las autoridades comunitarias, cuyo surgimiento se produce por las mismas relaciones y necesidades de las mismas cosas esenciales. Sus raíces se remontan a los tiempos apostólicos; como aquí había puntos de partida no cristianos, se pueden dejar de lado: ya que la originalidad del resultado final está fuera de toda duda. De entre los cristianos de la zona o distrito suele surgir un pequeño número de primeros convertidos (1 Cor. 16,15) y especialmente fiables, que en Los tiempos post-apostólicos todavía se distinguían por la memoria de los apóstoles, o simplemente por el respeto a su vejez (πρεοσβύτεροι). Son confiados por el apóstol, el fundador de la comunidad (Hechos 14:23; Tim. 1:5), con el mayor cuidado (έπισχοπή Fil. 1:1; Hechos 20:28, 1). Pet. 5:1) sobre sus compañeros creyentes en el lugar (προϊσταμενοι Rom. 12:8; 1 Tes. 5:12), o ellos mismos asumen el liderazgo (ήγούμενοί Heb. 13:7); Fil. 1:1, Δισ. 15). Los ancianos, fortaleciendo su posición prominente (1 Clemente alrededor del 90) se convierten en un comité de ancianos (πρεοσβύτεροι 1 Tim.
4:14), de los cuales pronto se destacan como επίσχοποι en un sentido más cercano, aquellos que, como sucesores de los apóstoles, profetas y maestros moribundos, asumen sobre sí la realización de la oración, la ofrenda de sacrificios y la enseñanza gradual (Δισ. 15, Herm., cf. 1 Tim. 5:17). De la misma manera, la sociedad cristiana local (έχχλησία en uso apostólico = unión de los cristianos y toda la cristiandad), que incluso en los tiempos post-apostólicos aún no incluía a todos los cristianos locales (Heb. 10:25; Bernabé, Herm) y, en cualquier caso, se formó completamente por accidente, adquiere significado legal debido a que generalmente habla de la exclusión (cristianos) y la aceptación inversa, de la recepción. de primates, etc. (1 Cor. 5:1–4), 2 Cor. 1:23; sl. 2, 5, palabras. 7, 12; Δισ. 15) y se convierte en asamblea general que representa al sindicato en cuestión y decide con consecuencias para él”.
"El resultado del proceso de penetración de la ley en la Iglesia no es una comunidad, sino una forma de Iglesia episcopal, al principio, en cualquier caso, todavía fuertemente imbuida de una mezcla del elemento corporativo. Una sociedad cristiana que vive en un ambiente hostil necesita precisamente un liderazgo unificado y, ahora que comienza la misión local, sólo puede realizar conquistas si sus hilos convergen en una mano. El desarrollo de la doctrina religiosa también conduce a la unidad. El cristianismo joven supera los ataques de los paganos con la vida ejemplar, la la confesión valiente de sus seguidores y la muerte victoriosa de sus mártires; contra la destrucción progresiva, por la decadencia interna, por la interpretación filosófica (gnosis), sólo puede tener un arma real en una simple referencia a la palabra del Señor y de los Apóstoles (el canon del Nuevo Testamento con la regla de la fe), y donde esto es imposible, a la autoridad viva que se origina en esta palabra.
“Por lo tanto, en Oriente, donde el cristianismo pensante sintió por primera vez la necesidad de claridad de fe (las Epístolas de Ignacio, poco después del año 100), la idea de sucesión apostólica que apareció hacia el final del período apostólico (en Roma 1 Epístola de Clemente) se transforma y adquiere significado práctico en el sentido de que ahora hay un solo obispo (έπισχοπος, pero aún así Ireneo y Clemente de Alejandría son también πρεοσβύτερος, ya que puede construir su cargo - a través de una cadena ininterrumpida de predecesores de los apóstoles legítimamente nombrados (ordo episcoporum per sucesosionem ab initio decurrens), por esta razón garantiza el contenido apostólico incorrupto de la fe (χαϑολιχή έχχλησία es ahora también un Iglesia ortodoxa). Pronto (al menos desde 150), Roma y, en general, Occidente organizado, perciben este desarrollo para acelerarlo y fortalecerlo transfiriéndolo completamente al campo jurídico.
Dado que también aquí las dificultades internas, como, por ejemplo, la inoportuna severidad de las comunidades contra los que cayeron durante la persecución, sólo podían superarse con la condición de que los obispos romanos (Calisto 217 - 222 y Cornelio 251 - 253) y el obispo cartaginés tomaran las riendas del gobierno en una mano, lo que podía unir la misericordia con la firmeza. Cipriano 56
Este es el proceso de formación de la jerarquía eclesiástica. No es difícil distinguir en él los siguientes puntos: a) el período de predominio de la misión carismática itinerante, un estado cercano a la anarquía; b) el desempeño de los ancianos con rol de liderazgo en las comunidades; c) un comité de ancianos, del cual d) surge un episcopado personal o monárquico.
¿Hasta qué punto esta teoría científica sacude la creencia tradicional de la iglesia en el origen divino de la jerarquía?
Para responder correctamente a esta pregunta, es necesario sopesar la firmeza de la teoría misma 57.
A primera vista, se basa en una base muy sólida: exclusivamente en los monumentos escritos del cristianismo primitivo, cuya autenticidad y antigüedad comparada han sido verificadas y establecidas por la crítica científica e histórica. Estas fuentes son las siguientes: el libro de los Hechos de los Santos Apóstoles, las Epístolas de San Pablo, sin excluir incluso las epístolas pastorales, las Epístolas de Pedro y Santiago, la 1ª Epístola de Clemente, Bernabé, Didaché, San Ignacio, Hermas, Ireneo. 58 ¿Son estas fuentes suficientes para, basándose únicamente en ellas, reconstruir la historia exacta de un hecho que es decisivamente contrario a la tradición general de la iglesia?
Una respuesta negativa a esta pregunta se deriva necesariamente de la naturaleza misma de las fuentes consideradas: todas ellas, sin excluir el libro de los Hechos, no contienen leyendas sobre el origen de la jerarquía, sino que sólo de pasada, de manera fragmentaria, tocan este tema, suponiendo precisamente que exista realmente. Debido a la falta de otras fuentes, por supuesto, estos datos fragmentarios son valiosos y un estudio exhaustivo de ellos es obligatorio para el historiador. Verifican la tradición: este significado es innegable y siempre ha sido reconocido por la Iglesia 59 . Pero reconocerlos como los únicos materiales para toda una construcción histórica significa o bien abandonar completamente la posibilidad de disponer de ellos, o bien admitir la necesidad de complementarlos con la propia creatividad, abriendo espacio a diversas construcciones hipotéticas.
¿Pero puede una hipótesis sacudir una leyenda? Pero esto no es suficiente. El hipotético proceso de formación de jerarquías (presentado anteriormente) también está en contradicción con las pocas fuentes históricas reconocidas por los propios creadores de la hipótesis.
Así, en evidente contradicción con ellos se encuentra la hipótesis del momento anárquico, que supuestamente constituyó el primer momento de la historia de la iglesia.
¿Dónde y cuándo ocurrió ese momento? ¿En Jerusalén, desde el día de Pentecostés, cuando comenzó la actividad evangelística de los Apóstoles? Pero es aquí donde la comunidad cristiana parece unida, más que en cualquier otro lugar. Aquí aparece con bastante claridad la organización de la iglesia, que luego será aceptada en todas las demás comunidades: aquí es muy notable la posición destacada de Santiago, el hermano del Señor, cuyo sucesor Simeón, el hijo de Cleofas, es llamado directamente el obispo elegido por "todos" 60, aquí aparecen los "presbíteros", junto con Santiago, los apóstoles y toda la iglesia, discutiendo cuestiones eclesiásticas de importancia no sólo local, sino también general de la iglesia. Aquí es donde comenzaron los diáconos.
Sí, no hubo ningún momento anárquico en la historia de la iglesia de Jerusalén.
No hubo tal momento en las iglesias fundadas por Ap. Pablo y Bernabé en Antioquía, Listra, Hiponia, Éfeso (allí se ordenaron ancianos (Hechos 14:23, 20:28) para cada iglesia.
La única excepción en toda la historia apostólica es la Iglesia de Corinto, donde, como se desprende de la primera carta del Apóstol, hubo desorden durante algún tiempo.
Y es este momento, que probablemente duró muy poco, al que la teoría se aferra y lo eleva a la ley general del desarrollo de la organización eclesiástica.
No es necesario explicar hasta qué punto tal técnica es científica desde un punto de vista histórico.
Pero en cuanto al significado jurídico de esta, se podría decir, autoridad negativa en la serie de hechos positivos de la historia apostólica, es realmente importante, pero no desde el lado en que la presentan los historiadores, sino precisamente desde el lado opuesto.
El hecho es que el período de anarquía, o el dominio de una misión carismática errante, es propuesto por Zom, y después por la teoría antes mencionada, no sólo como un momento histórico, sino como un momento ideal, como un momento de gobierno Divino directo, que luego fue reemplazado por el dominio de la ley y la jerarquía.
¿El apóstol Pablo ve este estado de la misma manera que Zom? Nada de eso...
Es en 1 Corintios que el Apóstol se rebela muy enérgicamente contra el desorden de la iglesia, condena la división en partidos y se lamenta profundamente por ello, reprocha el desorden y el comportamiento indigno durante la celebración de la Eucaristía y la Cena del Amor, se lamenta de que los corintios toleran a un fornicario entre ellos y no toman medidas para corregirlo y prescribe una medida muy enérgica; reprocha el hecho de que los cristianos tienen litigios entre ellos y no saben cómo organizar su propio tribunal, pero recurren al tribunal pagano para analizar su litigio, da instrucciones detalladas sobre cómo llevar a cabo las reuniones de la iglesia, cómo realizar colectas monetarias a favor de los pobres. Para colmo, en casi ninguna otra epístola el Apóstol expone su posición de poder en la iglesia con tanta energía como en la Epístola a los Corintios, por ejemplo, con las siguientes palabras: “Por esto no os escribo esto, no sea que venga a actuar sin piedad según el poder que el Señor me ha dado para edificar y no para destruir”. 61
Y es notable que los entusiastas corintios no expresaron ninguna “protesta” contra tal afirmación, sino que, por el contrario, se humillaron e hicieron todo lo que el Apóstol ordenó o señaló.
La anarquía tampoco fue reconocida aquí como un sistema ideal.
En lugar de este momento de anarquía, calificado por los historiadores como “democrático” o “entusiasta”, 62 debemos reconocer, según el testimonio indiscutible de las Escrituras, un momento de autoridad bastante firme de los Apóstoles, que recibieron del Señor.
¿Y sólo los Apóstoles? ¿No se ven en las Escrituras huellas de las acciones de otras autoridades eclesiales-comunales en la época apostólica?
La teoría que estamos considerando no niega completamente que tales huellas existan. Y admite, por un lado, “instituciones especiales” en la Iglesia de Jerusalén, y por otro, también expresa una posición más general de que “las raíces de aquellas autoridades comunales que surgieron después de la desaparición de la misión carismática itinerante se remontan a los tiempos apostólicos”.
¿Pero por qué tanta incertidumbre y moderación? Si no hay duda de que “las raíces se remontan a la época apostólica”, ¿qué obstáculo queda para admitir que esas raíces fueron plantadas por los Apóstoles?
Por lo tanto, es natural sospechar que tal indecisión se explica por una razón muy simple: el deseo de salvar a toda costa la integridad de la teoría del desarrollo gradual de la jerarquía, no de la esencia del "cristianismo puro ("espiritual")", sino de las condiciones y circunstancias de la época. 63
No nos comprometemos a juzgar cuán fundada está esta sospecha, pero sí que el intento de crear tal teoría no es muy fructífero; esto se desprende de los desacuerdos y contradicciones mutuas que se observan entre las luminarias, los creadores de esta teoría. Estos desacuerdos y contradicciones son la mejor respuesta a la pregunta que planteamos: ¿es tal teoría capaz de sacudir la fe de la iglesia en la institución de Dios y el origen apostólico de la jerarquía eclesiástica...
Estamos lejos de la idea de escribir una apología del origen divino de la jerarquía del Nuevo Testamento y, para ello, de entrar en una investigación exegética detallada de lugares de la Sagrada Escritura, considerándolos como evidencia histórica o materiales sobre los cuales sería posible compilar una historia precisa de la jerarquía durante los siglos I y II. iglesias.
Para la ciencia jurídica o canónica de la iglesia, es incomparablemente más importante considerar las enseñanzas y testimonios de la Sagrada Escritura desde el lado fundamental de su contenido, ya que iluminan y revelan el significado y la importancia del principio jerárquico en la organización de la iglesia y ya que resuelven la pregunta: ¿corresponde este principio a la naturaleza de la Iglesia de Cristo o es, como la ley en general, ajena a la Iglesia e introducida en ella desde el exterior bajo la presión de las condiciones de la época?
En este sentido, en nuestra opinión, las siguientes palabras de las Epístolas de Ap. debería ponerse en primer lugar. petra:
“Ruego a vuestros mayores (πρεσβυτέρους οὖν ἐν ὑμῖν), copresbíteros y testigos de los sufrimientos de Cristo: pastoreen el rebaño de Dios que está entre ustedes, supervisándolo no por obligación, sino voluntariamente y agradando a Dios, no por ganancia vil, sino por diligencia, y no señoreando sobre la herencia de Dios, pero siendo ejemplo del rebaño, y cuando aparezca el jefe de los pastores, recibiréis una corona de gloria” (1 Pedro 5:1-4).
Lo que merece atención aquí, en primer lugar, es la actitud en la que el Apóstol coloca a los pastores de los “cristianos dispersos” en relación con ellos mismos y con el Señor. En relación con el Apóstol, ellos, colaboradores, sus colaboradores, llevan la misma carga que él, su copresbítero, y recibirán una recompensa por su diligente pastoreo del mismo Archipastor, el Señor. No hay indicios de que se tratara de personas autorizadas por la comunidad, ni de quienes asumían la pastoral, ni mucho menos, simplemente personas mayores: ancianos 64.
En la constitución de los ancianos de la comunidad vemos, por tanto, el momento de aislar del contenido general del ministerio apostólico una cierta parte del pastoreo, así como de la constitución de los “diáconos” - la asignación del servicio a los pobres, que, como el pastoreo, originalmente estaba incluido en el contenido del ministerio apostólico: “no nos conviene, habiendo dejado la palabra de Dios, cuidar las mesas: por tanto, escoged hombres... los pondremos en este servicio.”
El Apóstol denota el contenido del ministerio de los ancianos con la expresión general “pastor”, sin revelar aspectos individuales de este ministerio. Pero el hecho de que este término denota el liderazgo y la posición de mando de aquellos a quienes se les da el título de "pastor" no puede generar dudas, aunque solo sea en vista del hecho de que los términos "pastor", "pastor" generalmente se usan no solo en la esfera específicamente espiritual, sino también en la estatal, para caracterizar a los gobernantes humanos y sabios. La historia conoce tanto al "pastor de los pueblos, Atrid", como a "los buenos príncipes que arrasaron la tierra rusa". Pero, sin aclarar el contenido del deber de pastorear, el Apóstol instruye de manera bastante completa y enérgica (“ruego”) a los ancianos: ¿cómo deben actuar los pastores de la iglesia?
Los presbíteros deben pastorear el rebaño: a) no por obligación, sino voluntariamente, es decir, no oficialmente, por "deber de servicio" - en lenguaje moderno, sino entregándose por completo: amando su deber como asunto propio: b) no por interés propio, sino por celos; c) no dominar la herencia de Dios, sino dar ejemplo al rebaño.
Pensando detenidamente en cada uno de estos rasgos negativos y positivos que caracterizan el tipo de pastor de la iglesia, líder y líder de una comunidad religiosa (“rebaño” o “herencia de Dios”), vemos en ellos tanto una huella histórica, temporal como rasgos fundamentales eternos. Filológica e históricamente, los términos “ancianos” y “pastor”, por supuesto, no representaban nada nuevo a los ojos de los lectores de la epístola. Tanto judíos como paganos tenían ancianos y pastores. ¿Qué novedad introduce el Apóstol en el presbiterio y el pastoreo cristianos, qué lo distingue del pastoreo judío y pagano? Esto es nuevo: el espíritu de amor, que debe caracterizar la relación del pastor con el rebaño. En esta noticia de acción pastoral reside la originalidad del nuevo tipo de presbiterio que ya se estaba gestando en la iglesia en el momento de la redacción de la epístola (aproximadamente 63).
El Apóstol dirige su mensaje a los extranjeros de la dispersión en el Ponto, Galacia, Capadocia, Asia y Bitinia. Pero, por supuesto, el asunto no habría cambiado en absoluto si el Apóstol hubiera enviado su mensaje sobre este tema no aquí, sino, por ejemplo, a Roma, Corinto, y no en el año 63, sino mucho antes. En la recién creada unión religiosa creada por los Apóstoles, los tipos de liderazgo, bajo las formas de presbiterio y pastoreo, supongamos, tomados prestados del exterior, se desarrollaron no dependiendo de las condiciones temporales y locales, sino, ante todo, dependiendo de los principios que se presentaron en la mente de los fundadores. Ap. Pablo condujo su conversación con los ancianos de Efeso y escribió sus epístolas pastorales, sin duda, bajo la influencia de las diferentes condiciones en las que se encontraban las iglesias, cuyos pastores instruyó y, sin embargo, sería un esfuerzo vano encontrar una diferencia fundamental en los tipos de pastores delineados por estos apóstoles. El principal medio positivo de acción pastoral revelado en todos estos mensajes es la hazaña personal del pastor.
“(Pastorear) sin enseñorearse de la herencia de Dios, sino dar ejemplo al rebaño”, ruega Ap. Pedro. “Presta atención a ti mismo y a todo el rebaño”, “quien desea el episcopado, desea una buena obra”, St. Ap. instruye a los pastores. Pablo.
Que este tipo de pastoreo, o presbiterio, era completamente nuevo e inaudito para esa época es evidente por la forma misma del habla en Ap. Peter describe este tipo. Esta forma es una antítesis; las características del pastoreo ordinario: la frialdad oficial, el interés propio, la actitud dominante hacia el rebaño, se presentan aquí como negativos; No es así como debe actuar un cristiano o un pastor de iglesia; los rasgos del carácter opuesto deberían distinguirlo.
La pregunta ahora es: ¿de dónde sacaron los apóstoles esta idea de pastorear? ¿Qué condiciones de la época les sugirieron esta, para usar un lenguaje jurídico, construcción del ministerio pastoral?
La pregunta es irresoluble si nos esforzamos por encontrar una respuesta en las condiciones de tiempo en las que actuaron los apóstoles, en general, si comenzamos a esforzarnos por demostrar el origen del principio jerárquico no de la naturaleza misma de la Iglesia de Cristo, sino como un apéndice de la enseñanza de Cristo: introducido después, por ejemplo, a principios del siglo XI, o más tarde. ¡Pero con qué facilidad se resuelve si dirigimos nuestra atención no al final de la historia apostólica, sino a su comienzo mismo, precisamente al momento del llamado de los mismos apóstoles y a su preparación gradual para el llamamiento en la humanidad por parte de quienes los llamaron!
“Viendo la multitud, se compadeció de ellos, porque estaban cansados y dispersos como ovejas sin pastor... y llamando a sus doce discípulos, les dio poder sobre los espíritus inmundos para expulsarlos y sanar toda enfermedad y toda dolencia” (Mateo 9:36, 10:1).
El pastoreo, según este testimonio del Evangelio, se perfilaba como la tarea de los apóstoles en su misma llamada al apostolado, como una obra del amor de Dios por “los cansados y dispersos”. Cristo confió el cuidado pastoral tres veces, después de la Resurrección, a Pedro, y este último confesó tres veces su amor por Cristo (Juan 21:15-17): “Apacienta mis ovejas, apacienta mis corderos”.
Es claro que Ap. Pedro, dirigiéndose a los ancianos con las palabras "pastoreen el rebaño de Dios", les confió la autoridad pastoral que él mismo había recibido una vez directamente de Cristo. De ahí que se origine de aquí el principio jerárquico eclesiástico, ya que toma la forma de pastoreo. ¿Cómo se debe aplicar? ¿Dónde buscar principios y ejemplos de su aplicación? Y no encontraremos en ningún lugar una respuesta más precisa a estas preguntas que la que nos da el Evangelio. "Él les dijo: los reyes 65 gobiernan (κυριαρχείυουσιν) 66 sobre las naciones y los que las poseen 67 se llaman bienhechores. Pero vosotros no sois así: pero el que sea más grande (μείςων έν ύμϊϒ) 68 entre vosotros, sé como el más joven (μικρότερος) 69, y el gobernante (ηγούμενος) como un empleado (Lc. 22:26-27).
Comparando estas palabras de Cristo con las instrucciones anteriores del Apóstol. Pedro a los pastores-presbíteros encontramos una sorprendente similitud no sólo en el pensamiento, sino también en su propia expresión externa. Y aquí, como allí, hay una antítesis: a, en el estado hay reyes y gobernantes; en la iglesia - mayor y menor, o mayor (Πρεσβύτερος) y menor (νεώτερος); en el estado - el comienzo del poder; en la iglesia - supervisión (επίσχοπούντες) y edificación, o servicio (δυίχονος) con el ejemplo.
Lo que llama especialmente la atención aquí, por así decirlo, es la persistente eliminación de la naturaleza del poder, es decir, el poder estatal a través de reyes y príncipes (βασιλείς και άρχωνίες) en una unión religiosa, cuyo único centro conector y base es Cristo (Un Señor - Κύριος). ejemplo: "Me llamáis Maestro y Señor y decís correctamente: porque yo soy exactamente eso. Así que, si yo, el Señor y Maestro, os lavé los pies, entonces vosotros debéis lavaros los pies unos a otros. Porque os he dado ejemplo, para que también vosotros hagáis lo mismo que yo os he hecho" (Juan 13:13-15).
Pero ¿qué se introduce en lugar del poder en el ámbito religioso? Se introduce el principio de pastoreo, dividiendo el rebaño de Cristo en miembros “mayores” o “mayores” y “menores” o menores, o mejor aún, hermanos o “padres” e “hijos”. La Iglesia es “la raza cristiana”. En la esfera de la unión cristiana religiosa y moral, donde los miembros son una “nueva creación” llamada a la libertad de la gloria de los hijos de Dios, el poder (imperium) duro e inflexible, tan necesario en el estado, no es apropiado, pero la anarquía es aún menos apropiada. La alta dignidad de la personalidad cristiana también requiere medidas de influencia administrativa que sean más sutiles y suaves que aquellas a las que se ve obligada a recurrir la disciplina estatal. Por otro lado, la naturaleza sublime de la vida de la iglesia, que consiste en actividad religiosa y moral, requiere una autoridad especial por parte del líder. ¿Cómo se logra esto último?
“No os enseñoreéis de la herencia de Dios, sino sed ejemplo para el rebaño”. Aquí está la respuesta a esta pregunta.
Dado que toda la epístola trata principalmente de la vida coherente con la fe, y la tarea principal del pastoreo es inculcar disciplina, el Apóstol señala el ejemplo personal de un pastor como un medio positivo de acción pastoral. Un ejemplo es más convincente que una palabra y, precisamente, en el campo moral y religioso y viceversa: no hay nada más falto de tacto en el trabajo de un pastor que una instrucción elocuente o una exigencia que no se corresponde con la vida personal del instructor. En el campo de la disciplina estatal hay otro medio de influencia: el miedo al castigo: aquí la esclavitud enseña la decencia y la rectitud oficial; en el campo de la disciplina eclesiástica no hay esclavitud, aquí se requiere el libre desempeño de los deberes y, para ser justos, se considera ingenuo prescribir a una persona libre, por ejemplo, en forma de decretos o artículos del estatuto policial, ayuno, oración intensa, temor de Dios, etc.
La iglesia, por su naturaleza, representa el nivel más alto del sistema social en comparación con el estado y, en consecuencia, el principio de autoridad de la iglesia (ιεραρχία) es un nivel más alto en comparación con el principio de autoridad estatal (imperium). Éste es el significado profundo de la fórmula patrística: “el sacerdocio es superior al reino”, tan absurdamente distorsionada por el papado medieval 70 . "Vuestro venerable presbiterio, digno de Dios, está de acuerdo con el obispo, como las cuerdas de un arpa. Por eso Cristo es glorificado por vuestra afinidad y vuestro armonioso amor. Así también vosotros, todos y cada uno, formad un coro, para que en un estado de ánimo concordante, por unanimidad, habiendo comenzado unánimemente un canto de alabanza a Dios, lo cantéis de acuerdo" 71 . Así describió San la vida interior de la Iglesia de Efeso. Ignacio el Portador de Dios. Así como en un coro la individualidad natural de las voces requiere un libre desarrollo mediante su trabajo personal y, sin embargo, con la influencia indispensable de un regente animado por el amor y con buen oído, así también en la vida religiosa y social (eclesiástica).
No puede haber un coro sin un buen director, pero un buen director no puede haber un coro sin cantantes talentosos y disciplinados. El apóstol Pablo elogió y alentó el celo de los carismáticos de la iglesia corintia, pero al mismo tiempo exigió que la manifestación de sus dones se hiciera “de manera y con orden”.
El principio de poder en una organización estatal corresponde al principio de pastoreo jerárquico en la iglesia. Esta idea se prueba fácilmente basándose en el significado exacto de las Escrituras; por el contrario, la justificación de la anarquía es una distorsión tanto del espíritu como de la letra de las Escrituras.
Pero, ¿se puede llamar jerarquía al pastoreo de la iglesia? ¿Hay en ello un elemento de poder: no es sólo un deber o una hazaña elegida libremente por un cristiano, por ejemplo, dotado del carisma de la profecía o la enseñanza?
Y a estas preguntas recibimos respuestas categóricas en las Escrituras que eliminan toda incertidumbre. Y, en primer lugar, en el mismo mensaje de Ap. Petra. Aquí, inmediatamente después de la descripción de la naturaleza de las acciones de los pastores, sigue el siguiente llamamiento a los más jóvenes: "Por tanto, vosotros, los más jóvenes, sujetaos a los mayores. Sin embargo, adornaos mutuamente con la humildad: porque Dios resiste a los soberbios, pero da gracia a los humildes". 72
El término “ὑποτάγητε” - “obedecer”, correlativo al término “pastar” - es categórico; no permite ninguna incertidumbre.
La llamada a la humildad mutua no debilita en modo alguno ni la autoridad de los pastores ni el deber de obediencia del rebaño. El orgullo y la arrogancia, en general, no son signos ni características del liderazgo de la iglesia; Sí, difícilmente son capaces de fortalecer la autoridad de cualquier autoridad, especialmente en un estado culto. Las instrucciones del Ap. también son categóricos. Pablo: “Obedeced a vuestros líderes y sed sumisos”. 73 .
“Os pedimos, hermanos, que respetéis a los que trabajan entre vosotros, vuestros líderes (προϊσταμένοι) en el Señor y os amonestéis, y que los honréis, especialmente con amor, por su trabajo 74.
Así, los apóstoles ordenaron inequívocamente el deber de obediencia, subordinación y respeto a los ancianos-pastores, líderes y primados en el Señor por parte de los hermanos; es decir, aquellas personas dentro de la iglesia que, en lenguaje canónico posterior, se llaman laicos.
Pero - nos objetarán - después de todo, estas instrucciones de los apóstoles son sólo de carácter moral: el cumplimiento del deber de obediencia y sumisión depende de la voluntad de la “fraternidad”, así como el cumplimiento de su deber pastoral depende de la voluntad de los pastores. ¿Dónde está la garantía de que estos y otros deberes se cumplirán? ¿No está en la conciencia personal de todos? ¿Y el tono mismo de los discursos de los apóstoles suena como un tono de instrucción, o simplemente como un consejo, una petición?
Respondemos a esta objeción: no basta con decir de las instrucciones en cuestión que son sólo de carácter moral: son de carácter religioso y moral, es decir, el incumplimiento o el mal cumplimiento del deber pastoral conlleva responsabilidad no ante la conciencia personal del pastor, sino ante Dios 75 , y, a la inversa, el celoso cumplimiento del deber se combina con una recompensa de Dios 76 . Esta autoridad religiosa del pastor transmite el carácter religioso y la responsabilidad del rebaño por la desobediencia, así como el deber de pastorear, homogéneo y no distinguido por los apóstoles de una serie de otros deberes que deben realizarse "por el bien del Señor".
Es cierto que el tono de los discursos de los apóstoles no es el tono de los legisladores. No exigen, no prescriben, sino que piden y ruegan. Pero ¿esta forma externa de expresión disminuye el poder del mandamiento apostólico? ¿No es todo lo contrario, no eleva? De hecho, incluso en el ámbito del derecho humano, la forma tosca y dura de las exigencias legales hace tiempo que dejó de considerarse un signo y garantía de un poder firme, sobre todo porque esto debe decirse de la ley verdaderamente eclesiástica, siguiendo fielmente los principios del Evangelio 77 . Aquí suplica obediencia a los pastores “Apóstol de Jesucristo, testigo de los sufrimientos de Cristo y partícipe de la gloria que ha de ser revelada”, uno de aquellos a quienes Cristo dijo: “Oíd, él me escucha”: ¿qué gran valor tiene esta oración del Apóstol a los ojos del creyente? No creemos que sea menos que cualquier orden jurídico emanado de cualquier institución legislativa.
Este valor religioso del principio jerárquico de San Ignacio el Portador de Dios: "No debéis descuidar la edad del obispo, sino, según la voluntad de Dios Padre, mostrarle todo respeto, como he aprendido y lo hacen vuestros santos presbíteros, que no miran su nombramiento aparentemente temprano como obispo, sino que le obedecen como a Dios. Pero no le obedecen a él, sino al Padre de Jesucristo, el obispo común de todos. Así que, en honor de Aquel que lo deseaba, debéis obedézcale sin hipocresía: porque tal no engaña a este Obispo visible, sino que miente ante el Invisible. En tales asuntos, todo no se refiere a la carne, sino a Dios, que ve en secreto” 78. ¿Qué es un obispo, sino una persona que tiene la principal autoridad y poder sobre todo, un imitador en la medida de lo posible de Cristo Dios? ¿Qué es el presbiterio sino el sagrado concilio, los consejeros y colaboradores del obispo? ¿Qué son los diáconos sino imitadores de los poderes angélicos? ... Entonces, quien no los obedece es un hombre completamente impío y malvado; desprecia a Cristo y su institución" 79 .
Gracias a este motivo religioso de obediencia, en el ámbito eclesiástico resulta muy posible gobernar a una persona que es por naturaleza mansa y completamente ajena a la “sed de poder” y mantener una estricta subordinación oficial sin ningún medio grosero de coerción. La organización canónica incluso exige positivamente que la persona jerárquica se distinga por la mansedumbre (πραύς) 80 “tranquilidad” 81 y considera anormal el orgullo, la ira y la irritabilidad, 82 condenando estrictamente en general “la arrogancia del poder mundano que se infiltra en la iglesia bajo la apariencia de ritos sagrados” 83 . Pero esto no es suficiente.
Las autoridades eclesiásticas (Ιεραρχία), que se distinguen por su carácter religioso y moral, también están imbuidas de un elemento religioso-legal único. Está claro cuán importante es para los intereses de la ciencia del derecho eclesiástico señalar este elemento en la jerarquía de la era apostólica. Es cierto que en la Escritura se conservan muy pocos datos sobre este tema, pero existen y son tan claros que no pueden borrarse mediante ningún retoque exegético; su escasez, por el contrario, nos obliga a tratarlos con especial atención.
En la estructura de la Iglesia Apostólica existían indudablemente personas que desempeñaban el servicio público de la Iglesia, siendo llamadas a ello mediante un acto especial, denominado con dos términos: χειροτονία y επίδεοίς ιών χειρων.
¿Qué clase de acto es este? Ahora se ha establecido firmemente que en el uso clásico el término χείροτονΐα denotaba la elección del pueblo para un cargo público mediante la emisión de votos (lo mismo que el sufragio), y quienes votaban por el elegido extendían sus manos hacia arriba y, según el número de manos extendidas, se determinaba el número de votos. El uso de esta técnica legal generalmente aceptada ocurre repetidamente en la historia de la iglesia de la época apostólica, pero aquí se le da un carácter profundamente religioso y misterioso, en el pleno sentido de un rito sagrado. Este acto selectivo se realizaba aquí en un estado de ánimo profundamente orante, que a veces era suscitado por “la oración y el ayuno preliminares” y, a veces, por la referencia directa a ciertas personas a través de un profeta inspirado. Esta introducción de un elemento religioso en un simple acto jurídico se logró como resultado del deseo general de encontrar, de hecho, no un elegido público, sino un elegido de Dios.
Y no es difícil, por supuesto, entender por qué, de todos los métodos habituales de nombramiento para un cargo, fue éste el que adoptaron los cristianos, y no otro, por ejemplo, el que se llama método administrativo de nombramiento para un cargo. Este método particular respondió más precisamente al llamado a la unanimidad y al amor que el Señor legó a sus discípulos, prometiendo estar ciertamente donde incluso dos o tres se reunirían en su nombre. Es natural, por tanto, esperar que cuanto más importante sea el puesto, más deseable sería verlo reemplazado por la persona que el Señor desea.
Es profundamente significativo que la primera experiencia de aplicar tal procedimiento de elección para el servicio religioso, la primera ordenación cristiana, se llevó a cabo para elegir al duodécimo apóstol en lugar de Judas el traidor.
Es cierto que San Lucas no llama a este acto consagración. Pero al hablar del método de elección, da claramente todos los detalles. Entonces, aquí vemos el estado de ánimo profundamente orante de los 120 hermanos (Artículo 14, Capítulo 1). El acto comenzó con un sentido discurso de Ap. Peter, quien descubrió la importancia de este evento. Luego, sin duda, siguió una discusión: quién exactamente debería ser elegido entre los testigos personalmente presentes de toda la vida y actividad del Señor, cuyo resultado fue el nombramiento de dos personas: y "designaron a dos". Se ha producido el primer momento electoral. Había que realizar otro acto: la elección de uno de estos dos. Y oraron... “Y echaron suertes, y le tocó la suerte a Matías, y fue contado con los once apóstoles (1, v. 26).
Los mismos detalles se encuentran en la representación de la segunda ordenación: 7 diáconos. Pero aquí se encuentra un detalle nuevo: la “imposición de manos” (επίϑεσις των χεριών) se añade a la oración que completa el acto de elección.
Al representar el tercer caso de ordenación, se observa la asistencia profética, el ayuno (y la oración) que precede a la imposición de manos sobre los elegidos. (Hechos 13:1–3).
El término “ordenación” (χείροτονΐα) se refiere al establecimiento de ancianos para cada iglesia por parte del apóstol Pablo y Bernabé (Hechos 14:23).
Ap. menciona la profecía y la imposición de manos del presbiterio como momentos de ordenación. Pablo en su carta a Timoteo. (1 Timoteo 4:15).
Estos son los datos positivos de la Escritura sobre los componentes de la ordenación, como un acto eclesiástico, en el sentido propio, por el cual un simple creyente, un simple miembro de la iglesia "hermano", fue elevado a una posición eclesiástica, o al servicio de la iglesia (διaxovia).
En la actualidad, incluso en la literatura canónica rusa, está plenamente establecido que el orden de ordenación a diversos cargos eclesiásticos, desarrollado por la iglesia durante los primeros tres siglos, y luego sancionado para Bizancio por la legislación imperial, aunque con modificaciones significativas (ver Nomocanon de Focio, Tito 1:9), combina todos los detalles que hemos indicado, preservados por las Escrituras. Véase Η. I. Aksakova: sobre la elección de obispos en la antigua Iglesia cristiana (en la revista Church Voice de 1906), así como: “La tradición de la Iglesia y la tradición de la escuela”. Sergiev Posad, 1910
Es difícil responder categóricamente a esta pregunta a qué posiciones exactas fueron elevados los miembros de la iglesia por el acto de consagración en la era apostólica. Pero las fuentes más cercanas a las Escrituras testifican claramente que mediante tal acto se nombraron obispos, 84 obispos y diáconos, 85 presbíteros. 86
Pero es digno de mención que no se dice que hayan sido ordenados profetas, ni maestros, ni otros carismáticos que supuestamente tenían una función de gobierno en el cristianismo primitivo. ¿Por qué? Porque se trata sólo de “dones”, y no de cargos o ministerios, y se dan, según el claro testimonio de la Escritura, directamente por el bautismo y la imposición de manos apostólicas (posteriormente por la confirmación), como otros dones, por ejemplo, las curaciones, el discernimiento de espíritus, etc., de modo que “de los que creyeron en Dios por medio de Cristo no hay persona que no haya recibido un don espiritual” 87 . Debido a esto, cada uno de los creyentes se convierte en miembro activo del cuerpo de la iglesia, según el don recibido. Los dones son diferentes: tú recibiste esto y él recibió alguna otra cosa, o una palabra de sabiduría, o una ciencia, o un discernimiento de espíritus, o una presciencia del futuro, o una facultad de enseñar, o una bondad, o una abstinencia legal 88 .
Pero que descubran sus talentos para la obra de servir a la iglesia depende enteramente de su buena voluntad, de su celo. Es posible que alguien que haya recibido grandes dones (por ejemplo, profecía) los caliente, haga mucho bien y obtenga un gran respeto y autoridad en la iglesia. Pero es posible que entierre en la tierra el talento que recibió: de esto es responsable sólo ante Aquel que le dio el talento.
Los funcionarios de la iglesia son un asunto diferente: están obligados a cumplir el ministerio que se les ha confiado y son responsables de cumplirlo no sólo ante Dios, la Única Fuente de sus dones espirituales, sino también ante la iglesia que los eligió, les confió un determinado ministerio especial y en el acto de ordenación pidió para ellos la extraordinaria gracia del Espíritu.
Nos detenemos en estas explicaciones elementales de los conceptos de “deber” y “don” (carisma) con el objetivo de señalar la simple falacia lógica que subyace a la teoría que distingue en la historia del cristianismo primitivo los períodos de predominio de la “jerarquía legal” y “entusiasta” y niega resueltamente la institución de Dios y el origen apostólico, el segundo.
Los carismáticos nunca han sido jerarcas únicamente por sus dones; se convirtieron en tales sólo cuando la asamblea de la iglesia, encabezada por los jerarcas, recibió la ordenación o consagración. Si no hubiera 12 apóstoles, elegidos directamente por el Señor y recibiendo de Él toda la plenitud del poder de la iglesia, no habría carismáticos. Los apóstoles (de segundo orden), profetas, maestros, evangelistas actuaron en paralelo con los jerarcas en la era apostólica, como lo hicieron en los siglos posteriores, aunque no aparecieron en números tan abundantes como en la era apostólica. Aparecieron entonces, como más tarde, como cuerpos extraordinarios de la Divina Providencia sobre la Iglesia: en cuanto a la jerarquía, representa una institución eterna y necesaria. Sin ella no puede haber iglesia; sin él, los seguidores de Cristo permanecerían dispersos, ovejas exhaustas, sin pastor.
Una indicación y un análisis de los pocos pasajes de las Escrituras que describen el tipo de pastor del Nuevo Testamento y el método para elevarlo a esta posición, aparentemente proporcionan base suficiente para la siguiente proposición general: el principio jerárquico se deriva de la naturaleza de la iglesia; es un requisito necesario de su organización como unión religiosa, corresponde a los principios y pactos de Cristo, y en su raíz está su establecimiento directo.
Cristo recibió poder del Padre (todo poder me ha sido dado), se lo dio a los apóstoles que Él mismo eligió, los Apóstoles lo transfirieron a los ancianos - pastores y otras personas mediante un acto deliberado de ordenación; estos últimos a sus sucesores, por lo que la continuidad del principio jerárquico en la iglesia se conserva hasta el día de hoy.
Ésta es su génesis. Desde un punto de vista histórico, no hay razón suficiente para refutar esta cadena ininterrumpida de sucesión.
Dijimos anteriormente que la consagración de la iglesia, como acto que contiene un elemento legal - la elección de toda la iglesia local - también confiere naturaleza jurídica al cargo al que se eleva el elegido, es decir, por un lado, inviste el derecho (su portador), por el otro, genera la obligación de respetar este derecho por parte de los elegidos. Pero, al mismo tiempo, este mismo acto de consagración hace responsable al funcionario no sólo ante Dios, sino también ante la iglesia. Este punto es muy importante. Sin necesidad de justificación teórica, como es evidente, en realidad fue justificada en la vida de los cristianos de la época apostólica y resultó en el mandamiento positivo del apóstol. Es digno de mención que no algunos funcionarios insignificantes que servían a la iglesia, sino los propios apóstoles supremos, Pedro y Pablo, consideraron necesario dar cuenta y justificación de sus actividades a la iglesia. En 11 cap. Hechos leemos: “Cuando Pedro llegó a Jerusalén, la circuncisión le reprochó (διεχρΐνοντο), diciendo: “Fuiste a los incircuncisos y comiste con ellos” (vv. 2-3).
El relato detallado del apóstol sobre su misión entre los paganos satisfizo completamente a quienes lo condenaron y “escuchando, se calmaron y glorificaron a Dios, diciendo: Es claro que también a los paganos ha dado Dios el arrepentimiento que lleva a la vida” (v. 18).
Un hecho aún más sorprendente lo transmite el libro de los Hechos de la vida de San Pablo: "A nuestra llegada a Jerusalén, los hermanos nos recibieron cordialmente. Al día siguiente, Pablo vino con nosotros a Santiago; vinieron también todos los ancianos. Después de saludarlos, Pablo les contó detalladamente lo que Dios había hecho entre los gentiles mediante su ministerio. Habiendo escuchado, glorificaron a Dios y le dijeron: mira, hermano, cuántos miles de judíos han creído, y todos ellos son fanáticos. de la ley. Y han oído de ti que enseñas a todos los judíos que viven entre los paganos a apartarse de Moisés, diciendo que no deben circuncidar a sus hijos y no deben actuar según las costumbres. ¿Y qué? Seguramente se reunirá el pueblo, porque oirán que has venido, haz lo que te decimos: tenemos cuatro personas que han hecho voto, sé purificado con ellos, y asumirás el costo del sacrificio por ellos... y todos sabrán que lo que han oído de ti es. injusto” (Hechos 21:17-24). Y el apóstol presentó esta refutación fáctica de los rumores sobre él para calmar la conciencia judaizante (26-27).
Y aquí está el mandamiento positivo del apóstol: “No aceptes acusaciones contra un anciano excepto en presencia de tres o dos testigos”. (1 Timoteo 5:19).
El mandamiento es breve, categórico, como si fuera un fragmento de un estatuto procesal completamente desarrollado. Sin embargo, a pesar de su brevedad y, por así decirlo, lo accidental de su aparición en la epístola del apóstol, es importante para nosotros porque expresa una declaración indiscutible del principio de la responsabilidad de un funcionario ante el tribunal de la iglesia. Por supuesto, no es aceptable suponer que en esta época hubo personas que fueron ordenadas por los apóstoles, después de haber sido elegidas y aprobadas por toda la iglesia local existente, y que luego resultaron indignas de su título. Pero que incluso en ese momento ya existían posibles casos de críticas injustas a tales personas, esto se desprende claramente de la evidencia presentada anteriormente del libro de los Hechos. Y así, para restaurar su reputación, el apóstol establece su protección judicial. La dignidad del cargo exige que la validez de la acusación esté garantizada por la presencia de tres o dos testigos. Luego, en las palabras de Cristo, “díselo a la iglesia”. 89
La misma orden aleatoria, de naturaleza completamente procesal, aparece en el famoso canon 74, entre otros cánones apostólicos y todos los decretos apostólicos: "Un obispo que es acusado de algo por personas de fe digna debe necesariamente ser llamado por los obispos: y si se presenta y es confesado o condenado, que se determine la penitencia. Si no escucha la llamada, será llamado por segunda vez a través de los dos obispos que le envían. Si ni siquiera entonces escucha, será llamado ser llamado por tercera vez por medio de los dos obispos que le han sido enviados, si no respeta esto, no comparecerá: el concilio, según su discreción, podrá pronunciarse sobre él, de modo que no crea que obtendrá beneficio huyendo del tribunal”. 90
La norma contiene un principio muy claramente expresado sobre la responsabilidad del titular del más alto cargo eclesiástico, el obispo, por un delito cuya acusación es presentada por una persona digna de credibilidad (άϒϑρωπος). El término άϒϑρωπος da derecho a suponer que no sólo un cristiano, sino también una persona que se encuentra fuera de la iglesia puede actuar como acusador, lo que, de acuerdo con el mandamiento del Apóstol, ordena al obispo ser impecable frente a los extraños. Como se sabe por la legislación posterior de la iglesia, a un no cristiano (o hereje) no se le permitía ser acusado solo en asuntos de la iglesia, pero si el caso era de naturaleza personal o civil, seguramente sería escuchado y recibido satisfacción. El fin de la regla, para que no crean que se benefician al huir de la corte, enfatiza de manera especialmente persistente la responsabilidad del obispo hacia la Iglesia.
Pero, por supuesto, el contenido principal de la norma es procesal. Su tarea directa es proteger la dignidad de un funcionario acusado enviándole tres citaciones ante el tribunal únicamente a través de dos personas de igual rango eclesiástico que el acusado 91.
En general, la responsabilidad de una persona jerárquica ante la iglesia (las formas de organización de su representación permiten diversas modificaciones) es una característica esencial de la jerarquía eclesiástica y siempre ha sido un tema importante de la legislación eclesiástica.
No debe haber jerarcas irresponsables en la iglesia. La altura del rango jerárquico exige por parte del tribunal eclesiástico sólo el debido respeto por el rango, pero no prevé el privilegio de extrajudicialidad e impunidad en caso de culpabilidad demostrada. Por tanto, el notorio “episcopado monárquico”, presentado por la teoría más reciente sobre el origen de la jerarquía como la culminación de esta última, es una generalización infructuosa de fenómenos históricos particulares. Podría haber obispos individuales (monarcas e incluso, francamente, déspotas y tiranos en el siglo III, así como en los siglos posteriores), pero estos son fenómenos aislados: desviaciones de la norma apostólica, y no de su desarrollo. También son contrarios al espíritu de la jerarquía apostólica, como el “papa infalible”.
Éste es el contenido y significado del principio jerárquico en la organización de la iglesia según el cristianismo primitivo. Fluye directamente de la esencia o naturaleza de la iglesia. Sin él no hay iglesia.
Pero, ¿no contradice este principio la enseñanza apostólica sobre el sacerdocio universal de la iglesia (1 Pedro 2:9) y la abolición del sacerdocio del Antiguo Testamento y la ley al respecto, claramente expresada en la Epístola a los heb. 7:12–18 ?
No consideraremos en todos los detalles esta vieja cuestión, que ha sido completamente agotada por los estudios dogmáticos de diversas religiones.
El significado mismo de esta pregunta está en estrecha conexión con otra: ¿debe realizarse en la iglesia la oración pública y, en particular, el sacrificio público incruento, o sólo está permitida la oración individual, puramente espiritual y secreta, "en la propia celda"? Una vez que se reconoce en principio lo primero, entonces se hace necesario el significado especial de la jerarquía. Una prueba clara de esta situación es la experiencia de sectarios de todo tipo que permiten reuniones públicas de oración: mientras defienden el sacerdocio de la Iglesia, estos sectarios son sofisticados a la hora de inventar diversos sustitutos del mismo, diversas parodias de la jerarquía.
Pero la oración pública de la iglesia y el sacrificio espiritual público, como un aspecto necesario de la vida de la iglesia e incluso su tarea principal, son ordenados por los apóstoles precisamente en aquellos lugares de sus cartas en los que se basan los llamados cristianos "espirituales" que niegan la jerarquía de la iglesia.
“Acercándoos a él, piedra viva, desechada por los hombres, pero escogida por Dios, preciosa y semejante a piedras vivas, edificaos para ser casa espiritual y sacerdocio santo, para ofrecer sacrificios espirituales aceptables a Dios por medio de Jesucristo... Vosotros sois linaje escogido, real sacerdocio, nación santa, pueblo tomado como herencia propia, para que anunciéis las virtudes de aquel que os llamó de las tinieblas a su luz admirable” (1 Pedro 2:4-5, 9).
Esto es lo que ordena Ap. Pedro, quien rogó a los pastores que apacentaran el rebaño de Cristo, y al rebaño que obedecieran a los pastores. ¿Realmente se contradijo al llamar a todos real sacerdocio, es decir, sacerdotes?
No, el mandamiento de sumisión a los pastores no es una contradicción con el mandamiento de que los creyentes se conviertan en una “casa espiritual” y, más aún, un “sacerdocio real” y una “nación santa”, sino una adición necesaria. Porque un edificio de piedra ordinario no puede construirse sin arquitectos o constructores, y mucho menos no puede construirse ni existir un edificio espiritual. De la misma manera, un pueblo santo no puede estar formado por ovejas “cansadas y dispersas”, sino sólo por las reunidas y protegidas por los pastores. Así sucede según el Evangelio que el apóstol siguió exactamente en este lugar.
Y aquí están los mandamientos de otro apóstol, quien con perfecta claridad reveló la abolición del culto del Antiguo Testamento, el sacerdocio y la ley al respecto:
“Teniendo un gran Sacerdote sobre la casa de Dios, acerquémonos con corazón sincero, con fe plena, habiendo limpiado nuestro corazón de mala conciencia, rociando y lavando nuestro cuerpo con agua limpia, retengamos inquebrantablemente nuestra confesión”. (Hebreos 10:21-23).
“No dejemos de congregarnos (ἐπισυναγωγὴν), como algunos tienen por costumbre” (v. 25).
“Tenemos un altar (θυσιαστήριον) del cual los que sirven el tabernáculo no tienen derecho a comer” (13:10).
Y los mandamientos de este apóstol testifican que el culto y el sacerdocio del Antiguo Testamento, que habían perdido su significado para el "Nuevo Israel", no quedaron sin ser reemplazados. Por el contrario, Nuevo Israel también tiene una sinagoga 92, un altar y un Gran Obispo. También hay “abades”, o líderes, que pastorean al Nuevo Israel.
II, entendiendo los mandamientos de los dos apóstoles supremos considerados de esta manera, no vemos ninguna contradicción en las disposiciones: a) la iglesia es un sacerdocio real yb) en la iglesia hay un rango especial de sacerdotes: jerarcas, nombrados para este rango mediante un acto misterioso especial lleno de gracia: la consagración. Sin embargo, no consideramos necesario hacer más esfuerzos para defender la exactitud de nuestra visión de la relación de estos mandamientos apostólicos, pero consideramos más importante recordar uno de los ritos más antiguos de realizar el sacrificio del Nuevo Testamento, del cual se puede ver cómo en realidad, es decir, por obra misma, la iglesia cumplió estos mandamientos apostólicos.
Cuando decimos esto, nos referimos a la Liturgia de las Constituciones Apostólicas, un monumento disponible en traducción al ruso, pero, lamentablemente, no tan famoso como merece.
La liturgia de este monumento se divide en dos partes: la primera consiste en una presentación de oraciones por los catecúmenos, poseídos por espíritus y arrepentidos, y se presenta en nombre del apóstol Andrés; el segundo, llamado Αναψορά = ofrenda, representa el rito de ofrecer sacrificio y comunión, y está expuesto en nombre del apóstol Santiago.
Nos limitaremos a presentar esta segunda parte, omitiendo las oraciones bastante largas pronunciadas por el obispo.
Después de que los catecúmenos y penitentes son retirados de la iglesia, cuando el clero y los fieles permanecen en la congregación, “el diácono dice: ¡asistamos! y que el obispo salude a la Iglesia y diga: “La paz de Dios sea con todos vosotros”, y el pueblo responda: “Y con vuestro espíritu”.
Que el diácono diga a todos: “bésense unos a otros con el beso santo”.
Y que el clero bese al obispo, los laicos besen a los hombres, las mujeres besen a las mujeres, y que los niños se paren en el púlpito, y que otro diácono esté con ellos para que no creen desorden. Que los demás diáconos vayan y cuiden de los hombres y mujeres, para que no haya ruido, y para que nadie unja, susurre o duerma. Que los diáconos estén a las puertas de los hombres y los subdiáconos a las puertas de las mujeres, para que durante la ceremonia de la ascensión nadie salga y la puerta no se abra, aunque venga un creyente. Y que un subdiácono dé a los sacerdotes el lavado de manos, signo de la pureza de las almas dedicadas a Dios.
Y yo, Santiago, hermano de Juan Zebedeo, digo que el diácono diga inmediatamente: Sí, nadie de los catecúmenos, ni nadie de los que escuchan, ni nadie de los infieles, ni nadie de los heterodoxos. Aquellos que hayan completado la primera oración, parten. Las madres se llevan a los niños. Sí, nadie contra nadie y nadie en la hipocresía. Perdón (δρϑοι) estando 93 al Señor con temor y temblor comenzaremos a ofrecer 94.
Una vez hecho esto, los diáconos llevarán al altar ofrendas para el obispo, y los presbíteros se pondrán a derecha e izquierda del mismo, como discípulos de pie ante el maestro; que los dos diáconos, a ambos lados del altar, sostengan pieles finas o plumas de pavo real o linos rígidos y ahuyenten silenciosamente a los pequeños animales voladores para que no caigan en los cuencos. Y entonces el obispo, junto con los sacerdotes, vestido con ropas ligeras y de pie delante del altar, haciendo con la mano la señal de la cruz en la frente, diga:
- “La gracia de Dios Todopoderoso y el amor de nuestro Señor Jesucristo y la comunión del Espíritu Santo sean con todos vosotros.”
“Y que todos digan de acuerdo: “Y con tu espíritu”.
- Todos: “Tenemos al Señor”.
- Y diga el Arcipreste: “Es digno y justo, ante todo, alabarte a Ti, Dios verdaderamente existente, ante las criaturas existentes, de Él toma nombre toda patria en el cielo y en la tierra, el Innacido, el Sin Principio, y el Señor, que no tiene necesidad de otro... Innumerables ejércitos de ángeles te adoran, clamando sin cesar”.
“Y todo el pueblo dirá a una: “Santo, santo, santo es el Señor de los ejércitos, los cielos y la tierra están llenos de su gloria, benditos por los siglos, amén”.
- Y el arcipreste dice además: santo eres verdaderamente, etc.).
“Y que todo el pueblo diga: “Amén”.
“Y que diga el obispo: “La paz de Dios esté con todos vosotros”.
- Y que todo el pueblo diga: “Y con tu espíritu”.
- Y el diácono vuelve a proclamar:
“Oremos una y otra vez a Dios por medio de Su Cristo. Oremos por este don ofrecido al Señor Dios, para que el buen Dios lo acepte por la intercesión de Su Cristo en Su altar sobre el cielo en hedor de fragancia. Oremos por esta iglesia y este pueblo…”
- Y el obispo dice: “Dios grande y eminente… míranos a nosotros y a este rebaño tuyo…”
- Y cuando todos dicen: “Amén”, el diácono dice: “¡Oigamos!” Que el obispo invite al pueblo: “El pueblo obedientemente responde: “Hay un solo santo, un solo Señor, Jesucristo, para gloria de Dios Padre, bendito por los siglos, amén”. Gloria a Dios en las alturas y en la tierra paz, buena voluntad para con los hombres. Hosanna al Hijo de David, bendito el que viene en el nombre del Señor, Dios el Señor, y apareciéndose a nosotros, Hosanna es en las alturas”.
“Después de esto, comulgue el obispo, luego los presbíteros, diáconos, subdiáconos, lectores, cantores, ascetas y, entre las mujeres, diaconisas, vírgenes, viudas, luego los niños, y luego todo el pueblo en orden, con modestia y reverencia sin ruido.
Que el obispo presente la ofrenda diciendo: “El Cuerpo de Cristo”, y que el destinatario diga: “Amén”. Que el diácono sostenga la copa y, al darla, diga: “La sangre de Cristo, copa de la vida”, y el que la beba diga: “Amén”. Durante la comunión de todos los demás, recen el Salmo 33. 95 Y cuando todos los hombres y mujeres hayan recibido la comunión, los diáconos toman los restos y los llevan al vestíbulo. Al final de la salmodia, diga el diácono: "Los que hemos participado del honroso Cuerpo y de la honesta Sangre de Cristo, demos gracias a aquel que nos ha hecho dignos de participar de sus santos misterios, y oremos, no por el juicio, sino por nuestra salvación, por el beneficio del alma y del cuerpo, por la defensa de la piedad, por la remisión de los pecados, por la vida del próximo siglo. Levantémonos. En la gracia de Cristo, encomendémonos a Dios, el Dios Único, Unigénito, y a Cristo”. Y que el Obispo agradezca: “Señor Dios Todopoderoso... y así sucesivamente.
Y que el diácono diga: salid en paz". 96
Este es el ritual de traer el sacrificio incruento del Nuevo Testamento; tal es la iglesia del Nuevo Testamento (επισυναγωγή), el altar del Nuevo Testamento y la imagen del ministerio del sacerdocio del Nuevo Testamento.
¿Cuándo se estableció este ritual? La ciencia no da una respuesta definitiva a esta pregunta: tal vez en los siglos IV-V, pero, más probablemente, tomó forma mucho antes, gradualmente, y solo en el momento indicado se completó en los detalles con los que fue registrado por el autor del octavo libro del Apóstol. Resoluciones. El interés aquí no está en la antigüedad más o menos antigua de este orden de la liturgia, sino en su correspondencia exacta con los principios que se formulan en las palabras citadas de las Epístolas de San Pedro y la epístola a los Hebreos. Este rango es un claro comentario suyo.
Empecemos por el personal involucrado en la ofrenda y comunión del sacrificio incruento.
Esto incluye: obispo, presbíteros, diáconos, subdiáconos, lectores, cantantes, ascetas, diaconisas, vírgenes, viudas, luego niños y fieles - hombres y mujeres 97. Cuidadosamente eliminados de esta composición: catecúmenos (tres categorías: escuchar, prepararse para el bautismo y arrodillarse), luego los poseídos por espíritus malignos y arrepentidos. Estas personas aún no han recibido el derecho o han sido eliminadas temporalmente (penitentes) a participar en la ofrenda y en la comunión del sacrificio, así como “el servidor del dosel y todas las demás religiones (paganos y herejes).
Teniendo en cuenta esta composición de todos los rangos (τάγμα) de la iglesia, es natural plantear la pregunta: ¿quién hace el sacrificio del Nuevo Testamento? La respuesta no es difícil: nadie de la iglesia está excluido de este acto, por lo tanto, cada uno de los presentes en la reunión lo realiza, pero en su propio rango. La misma respuesta se puede obtener considerando los detalles del sacerdocio. Antes de comenzar la ceremonia, se invita a la congregación a “ponerse de pie delante del Señor” (se supone que algunos, si no todos, se habían sentado previamente); Se propone profundizar más en su estado de ánimo espiritual: ¿es pacífico?: “sí, nadie está contra nadie, pero nadie está en la hipocresía” 98. Sólo así la congregación podrá hacer honorablemente la ofrenda.
La propia realización de la ofrenda consiste en doxologías pronunciadas en voz alta por el obispo y las correspondientes respuestas de toda la próxima reunión: “Amén”, o otras más complejas: “Damos gracias al Señor”, “Uno es santo”, etc., así como en las invitaciones y exclamaciones del diácono, y las acciones correspondientes de la reunión. Es de destacar que las acciones del obispo y del pueblo se denotan con un término: "dice" o "dirá".
Sí, todos los que componen la congregación participan activamente en la realización del sacrificio neotestamentario: aquí no hay espectadores pasivos.
Así se realizaba la liturgia en la antigua iglesia.
¿Pero no es así como sucede hoy en todas las iglesias ortodoxas orientales? 99 Además, ¿no es así como se realizan todos los sacramentos y oraciones públicas y privadas en las iglesias ortodoxas? "Los laicos, así como los sacerdotes, piden en oración el influjo del Espíritu Santo en el agua del bautismo; oran, como los sacerdotes, para que esta agua se convierta en un baño de renacimiento para los bautizados, para que el bautizado aparezca como un hijo de luz y un heredero de bendiciones eternas. En el sacramento del arrepentimiento, junto con el sacerdote, piden al penitente que perdone sus pecados y lo devuelva a la iglesia. Invocan la gracia del Espíritu sobre los que se casan, y la gracia de la curación sobre los enfermos en la bendición del aceite... Como participantes en todos los ritos sagrados de la iglesia, también realizan el servicio sacerdotal: porque el sacerdote, a su vez, realiza sólo oraciones que son comunes a la iglesia y selladas por ella. Por eso Ap. Pedro llama a todos los creyentes, a todos los tomados en herencia, a toda la iglesia, y no solo a los ancianos, el “sacerdocio real”. Por eso la exclamación de Tertuliano es fundamentalmente cierta, como coherente con la Escritura: Nonne et laici sacerdotes summus!
100 Pero es justo sólo en su fundamento y fundamentación en la palabra de Dios, y de ninguna manera en su desarrollo posterior, que en sí mismo es una confesión del individualismo religioso y no una negación consciente de la Iglesia. "Escrito está", dice Tertuliano, "y nos hizo reyes y sacerdotes de su Dios y Padre. La distinción entre el clero y el pueblo estableció el poder de la Iglesia y parte de la asamblea del clero. Por tanto, donde no hay reunión del clero (ubi ordines non sunt, consessus), sea vuestra propia ofrenda, y unción, y sacerdote. Pero donde hay tres, es decir, los laicos, hay iglesia" 101.
La profunda falacia de la conclusión a partir de la premisa correcta es que aquí se considera que el signo genérico del todo colectivo excluye la necesidad de especies y diferencias individuales. Debido a este pensamiento, resulta que dado que toda una unidad social, por ejemplo, un pueblo, es reconocida como rica y educada, es necesario, por así decirlo, concluir que cada individuo que compone este conjunto es igualmente rico y educado, como todos los demás. Por supuesto, no puedes pensar así. El pueblo judío también estaba destinado a ser un sacerdocio real; pero ¿excluía este nombramiento en él la distinción entre el sumo sacerdote, los sacerdotes levitas y el pueblo?
La tarea de la iglesia en su conjunto es ser el sacerdocio real en la raza humana, o en toda la humanidad, y requiere precisamente la combinación armoniosa de dones espirituales individuales infinitamente diversos, formados por la unidad de propósito: "proclamar las perfecciones (de Dios), que llamó de las tinieblas a su luz maravillosa", para traer sus dones espirituales como un "sacrificio de alabanza a Dios". De la misma manera, la grandeza y santidad de la obra requieren la división de la obra común en categorías o rangos (τάγμα) de quienes la realizan.
Por lo tanto, trae el "sacrificio de alabanza" y procede "al trono de gloria", al monte Sión, a la iglesia del Dios vivo en la Jerusalén celestial, cuya imagen visible es el "altar" cristiano, no sólo el obispo que encabeza la reunión de la iglesia (έπισιναγωγη), y los presbíteros que están cerca de él, no sólo los diáconos, algunos de los cuales sirven cerca del altar, otros supervisan el orden en entre el pueblo venidero, pero también cada uno de esta clase, renovados por la Sangre expiatoria de Cristo, cada viuda, representando ella misma el “altar de Dios”, 102 cada joven, niño, niña, junto con los adultos, clamando “Hosanna al Hijo de David; Gloria”.
Sí, todas estas personas, reunidas en la iglesia del Nuevo Testamento y unidas en la confesión del nombre de Dios por el Único Espíritu de Dios dado al creyente en Cristo, cumplen su servicio a Dios, cada uno en la medida de sus fuerzas y dones. Todos ellos son sacerdotes. Pero, ¿excluye esta unidad espiritual tribal la diferencia en la posición eclesiástica y litúrgica al realizar un sacrificio? No y no. Es, al contrario, que lo exige. ¿Todos son profetas, todos son apóstoles? No, pero “Dios nombró a unos apóstoles, a otros pastores, a otros maestros, etc.” 103. “Hay muchos miembros, pero un solo cuerpo”, pero si es así, entonces “el ojo no puede decir a la mano: no te necesito, ni la cabeza a las piernas: no te necesito” 104.
Esto explica lo absurdo de la pregunta: si tres laicos se reúnen y, habiéndose separado de la iglesia, parten el pan, ¿formarán una iglesia y harán un sacrificio sin sangre? Por supuesto que no; no solo tres, sino que si se hubieran reunido 30 o 300 de ellos, no habrían formado una iglesia contra la iglesia, ni el pueblo elegido de Dios (ο λαός του Θεού) y el sacerdocio real 105, sino una multitud rebelde (δχλος).
No había iglesia sin apóstoles, no había iglesia sin jerarquía; sin ellos no hubo sacrificio cristiano ni servicio Divino, y no puede haberlo. Pero, de la misma manera, una jerarquía, un solo sacerdote, sin el pueblo no constituye una iglesia: está compuesta de ambos 106.
Pero, después de todo, la religión de Cristo es la religión del Espíritu, porque Cristo es el Único Gran Obispo, que una vez se sacrificó; ¿Por qué más sacrificios? Después de todo, “Dios es Espíritu, y los que le adoran, en espíritu y en verdad es necesario que adoren” (Juan 4:24). ¿Por qué un nuevo altar, un nuevo iglesia, un nuevo sacerdocio?
“Haced esto (es decir, la fracción del pan y la bendición de la copa) en memoria de mí” (Lucas 22:19, 1 Corintios 11:23-26). “Os he dado una imagen, para que como yo os he creado, también vosotros la hagáis” (Juan 12:13) - dijo el Señor.
Esto debe hacerse “según la institución del Señor”.
Precisamente para adorar al Espíritu se requiere que el cuerpo, imbuido del Espíritu, esclavizado por él, adore también con él, y no permanezca indiferente a la vida del Espíritu, para que, “creyendo en el corazón”, y con los labios, ofrezcamos el sacrificio de alabanza y acción de gracias.
Dios la Sabiduría misma se apareció en carne a la raza humana para deificarnos mientras aún vivíamos en el cuerpo. Y por tanto, debemos glorificarlo no sólo en nuestra alma, sino también en nuestro cuerpo; porque estos últimos son también de Dios, como los primeros, y deben ser templos del Espíritu Santo, y de ningún otro modo es posible lograr tal transformación de nuestra naturaleza corporal y espiritual como a través de la comunión del Sacrificio Incruento.
"Habiéndome dado alimento por Tu voluntad, Tu fuego y abrasador de los indignos, no me quemes, Creador mío: más bien, entra en mis corazones, en todas mis partes, en mi vientre, en mi corazón: las espinas de todos mis pecados han caído. Limpia tu alma, santifica tus pensamientos. Confirma las composiciones con los huesos juntos. Ilumina los cinco simples de los sentimientos. Lléname con tu miedo. Cúbreme siempre, protégeme y guárdame de todo acto. y palabra que está ahogada. Límpiame y lávame y adorname, fecunda, ilumina e iluminame. Muéstrame tu aldea del único Espíritu y ninguna aldea de pecado. Sí, como tu casa, la entrada de la comunión, como el fuego, todo malhechor, toda pasión huye de mí”. 107
Este es el efecto deseado del sacrificio del Nuevo Testamento, del que no tienen derecho a comer los servidores del dosel, sino sólo los “fieles”, es decir, los miembros de pleno derecho de la iglesia, desde los obispos y los ancianos hasta los niños, inclusive.
¡Así de abarcador es el poder sociable del altar del Nuevo Testamento! ¡Su diseño es tan simple y universal! Parecería cuán fácil sería erigir estos altares en todo el universo y unir a toda la humanidad con el parentesco espiritual de la hermandad bajo el liderazgo del Único Intercesor y Sacerdote ante el Padre: el Señor Jesucristo.
Mientras tanto, ¿cuál es la realidad cristiana en la actualidad? ¡Qué profunda discordia prevalece en el concepto mismo del sacrificio cristiano! A partir de qué pequeños detalles del ritual eucarístico, iglesias enteras divergen en una hostilidad salvaje, y dentro de las iglesias hay luchas y cismas sobre la primacía: quién es mayor y quién es mayor que el otro; ¿Cuáles son los derechos y ventajas de los obispos, el clero, los monjes y los laicos?
Creemos que una parte importante de esa discordia dentro del propio cristianismo debería atribuirse a una actitud ignorante e irreflexiva hacia los sacramentos de la iglesia en general y hacia la liturgia en particular. Que amarga verdad suenan las siguientes palabras del difunto N. P. Aksakova: “Para nuestra vergüenza, hay que decir que de nuestros cristianos contemporáneos (estamos hablando de cristianos ortodoxos, porque ¿por qué juzgar a los de afuera que son juzgados por Dios?) La gran mayoría ni siquiera sabe con total certeza a qué, de hecho, renunciaron por el resto de sus vidas en el bautismo, a qué fueron sometidos a escupitajos, qué obligaciones asumieron, y nuevamente por el resto de sus vidas, y no por el tiempo anterior a la inmersión en la fuente y la aceptación de los sellos del don del Espíritu Santo. Y piensan tan poco en el don del Espíritu Santo como aquellos que recibieron el bautismo de Juan, a quien el apóstol Pablo encontró en su camino, y que ni siquiera han oído si hay un Espíritu Santo (Hechos 19, 2-4).
No se enseña en la escuela, no se incluye en los libros de texto, no se explica en su totalidad y no es tema de enseñanza de la iglesia. Mientras tanto, debe ser estudiado por todo cristiano bautizado, al menos de la misma manera como se estudia, más precisamente, como se debe estudiar el rito de la Eucaristía. Debemos saber a qué renunciamos, al menos por boca de nuestros sucesores, a qué extendimos las manos, como si intentaramos protegernos de él para siempre, a qué nos sometimos a escupir, a qué le dimos la espalda para no volver a él, dejándolo para siempre. Debemos saber qué responsabilidades asumimos, al menos a través de nuestros sucesores, mirando hacia el este, hacia el nuevo mundo que nos saludaba y en el que pretendíamos entrar. Debemos saber qué medida triple y completa de la gracia del Espíritu Santo (Lucas 6:38, Juan 3:34) nos da Dios en el bautismo, qué “gracia sobre gracia” recibimos de Él.
Los que se bautizan y se ungen no se dan cuenta del todo clara y definitiva de qué plenitud de gracia y dones del Espíritu Santo hacen descender con oración sobre los bautizados y ungidos, olvidando el testimonio de Pedro de que el Espíritu descendió sobre el centurión Cornelio y sobre toda su casa, como también sobre ellos al principio, es decir, el día de Pentecostés, y les fue dado el mismo don que a nosotros (Hechos. 11:15-17; 10:47), y, no sin cierta arrogancia y conciencia de superioridad, miran a los bautizados y ungidos por ellos, si permanecen en el rango y rango de laicos, es decir, miembros del pueblo de la iglesia (λαίχοι). De ahí toda la discordia en la iglesia, de ahí la “arrogancia de los gobernantes”, que no debería haber existido en la iglesia, y la “separación unos de otros de aquellos que deberían haber sido miembros unos de otros”, que provocó repetidos llantos del propio Crisóstomo, como él mismo testificó ante nosotros. 108
Si el bautismo, la consagración y la Eucaristía se realizaban con la antigua solemnidad canónica que les corresponde, con la participación religiosa activa apropiada para cada rango de la composición de la iglesia, si al mismo tiempo la escuela proporcionaba a los niños ortodoxos información detallada sobre estos grandes sacramentos, y, así, cada miembro de la Iglesia Ortodoxa desde los “clavos jóvenes”, tanto teórica como prácticamente (en la escuela y en la iglesia) sabía y recordaba constantemente cuán alto es el rango que le otorga la iglesia, cuán fácil y gratificante le resulta usar los pequeños, comparativamente, esfuerzos por caminar digno de su título durante las horas de descanso festivo: ¡cuán elevada sería entonces la moralidad del pueblo, el respeto al individuo, la habilidad de la disciplina social, la paz interior, la filantropía y, en general, la nobleza de las costumbres!..
Sí, dejamos de amar a nuestra iglesia a medida que aumenta nuestra actitud ignorante hacia sus instituciones.
Hemos notado las características esenciales en el concepto de derecho eclesiástico, las formas elementales más importantes de organización de la iglesia (la composición del cuerpo de la iglesia), la importancia del elemento jerárquico, la relación entre sus portadores y los miembros más jóvenes. Al mismo tiempo, intentamos ser precisos y fieles a las fuentes primarias, sin reducir nada, sin exagerar nada, sin silenciar nada y, lo más importante, intentamos renunciar por completo a la presión de la modernidad en momentos de eliminación de nuestra contemplación en la profunda antigüedad paleocristiana.
Al contrario de Zom, aquí vimos un elemento de “ley” (pero no de ley estatal) y un elemento de “mando” (y no de poder). Estos elementos no son el fruto de nuestra idealización subjetiva del sistema social cristiano primitivo, sino una realidad viva, como quedó reflejada para siempre en los monumentos escritos que se conservan. Tal organización real de la iglesia visible, fundada por Cristo y “ordenada” por los Apóstoles y Profetas, cumplió fielmente la elevada tarea de ser un “sacerdocio real” en medio de un “mundo que yacía en el mal”, e iluminó este mundo.
En el siglo IV, el Estado grecorromano reconoció a la Iglesia, su derecho, su jerarquía, toda su organización. Después de una lucha sangrienta persistente, comenzó la coexistencia pacífica de dos fuerzas que unen a la raza humana: la iglesia y el estado, el resultado de tal coexistencia fue el intercambio de elementos legales y jerárquicos de ambos. El Estado comenzó a ser cristianizado por la Iglesia, la Iglesia se mundializó mediante la recepción de los elementos legales y autoritativos del Estado. Las iglesias cristianas y las instituciones caritativas que no tenían derechos de propiedad se convirtieron en propietarios privilegiados. Los obispos y el clero, además de los poderes y derechos oficiales, comenzaron a recibir títulos y derechos honoríficos y, no pocas veces, los poderes de los funcionarios gubernamentales; los dogmas y cánones de la iglesia recibieron la fuerza y el significado de las leyes estatales; las medidas administrativas y las decisiones judiciales de las autoridades eclesiásticas comenzaron a aplicarse con la ayuda del poder policial; excomunión de la iglesia, acompañada de la derrota de los derechos civiles y, a veces, de sanciones penales.
¿Cómo mirar este intercambio de elementos jurídicos entre el Estado y la Iglesia, que necesariamente se produce con su unión amistosa? ¿No es posible que a través de ella se pierda, por un lado, la pureza moral de los principios de la Iglesia, y que el propio Estado no absorba elementos que debilitan su naturaleza de gobierno imparcial en nombre del derecho?
Como muestra la experiencia de muchos años, es imposible negar las condiciones desfavorables de tal intercambio, en muchos aspectos. Por tanto, ¿no sería mejor reconocer como normal la existencia completamente separada del Estado y de la Iglesia?
Actualmente, una respuesta positiva a esta pregunta suele considerarse la última palabra en la ciencia histórica y en la ciencia del derecho. El lema: “Que haya una Iglesia libre del Estado en un Estado libre de la Iglesia” es a menudo bienvenido en las plataformas políticas, como la flor de un genio político...
A pesar de toda su aparente sabiduría y belleza, esta fórmula, en esencia, recomienda sólo un método tosco para diseccionar relaciones religiosas y políticas estrechamente enredadas, y de ninguna manera un desenmarañamiento magistral de ellas.
Puede pensarse que la religión y la política existen por separado, pero en realidad no son separables, del mismo modo que en una personalidad humana viva el alma y el cuerpo no son separables. Un Estado no religioso es una organización moribunda o simplemente impensable. En su forma, puede que no reconozca ninguna religión específica, pero en esencia, sus unidades constituyentes ciertamente adoran, en casos extremos, al “Dios desconocido”, es decir, inconscientemente subordinados a principios cuyas raíces están anidadas en una u otra religión, o en varias. La conexión interna entre religión y política es precisamente el derecho, sin cuyo dominio ninguna asociación humana y, sobre todo, el Estado es impensable. El derecho es la base del Estado, pero ¿dónde está la base del derecho? En primer lugar, en la religión. ¿Dónde está la garantía de los derechos? De nuevo, primero en la religión y sólo después, en casos excepcionales, en las fuerzas armadas. Donde la religiosidad es débil, el Estado debe fortalecer la policía y las tropas para proteger la ley dentro de su propio territorio.
Por lo tanto, el Estado, al rechazar la religión, socava los cimientos sobre los que se sustenta.
La Iglesia, en su esencia, no puede dejar de ser un todo social e incluso un todo muy grande: "Que todos sean uno. Aunque yo sea levantado de la tierra, todo lo atraeré hacia mí". Miles de años de experiencia han demostrado que el poder sociable de la Iglesia no es en modo alguno inferior a la fuerza política sociable. Pero los fundamentos de la asociación y sus medios de sociabilidad son extraños al Estado. Debido a esta extrañeza, la relación normal entre el Estado y la Iglesia no es competencia y hostilidad, sino una unión armoniosa. “Es bueno que el Altar y el Trono estén unidos”, aunque “el Altar no teme caer incluso sin esta unión”... ¿Cómo se puede establecer esta relación deseada? La tarea es compleja y difícil, pero no insuperable. Y si las formas de unidad probadas hasta ahora entre ellos parecen insatisfactorias, entonces estas experiencias fallidas del pasado sólo deberían servir como un incentivo para encontrar mejores medios, y en absoluto para negar la tarea misma de la unidad.
La cuestión es que en el intercambio mutuo de influencias entre dos aliados, uno no debe arrebatarle al otro lo que no sólo es innecesario para él, sino también positivamente perjudicial. No es necesario explicar hasta qué punto en este tipo de asuntos es necesario un estudio profundo del derecho eclesiástico, que asume la tarea de esclarecer precisamente la naturaleza social de la iglesia.
Casarse. p.ej. Richter: Lehrbuch d. Kirchenrechts § 1.
Un poco más lejos, en una nota, Zom dice: “en palabras del Señor: “decid a la Iglesia”, por supuesto, aquella reunión (ya sea que se reúna toda la comunidad o no) a la que pertenece el culpable”, p. 41 rus. traducción
Es digno de notarse aquí que el razonamiento de Som sobre la capacidad docente de los obispos... Siempre que sea posible, que el obispo también esté dotado para la enseñanza (“enseñable”), pero sin conceder una importancia decisiva a este punto, y sin exigir también una medida especial de dotación para la enseñanza" (p. 149). Es curioso que un obispo sustituya a alguien dotado de enseñanza, en ausencia de uno en la comunidad: pero si hay uno en ella, ¿por qué la comunidad debería elegirlo y ordenarlo como ¿un obispo?..
Según la teoría de Zom, Timoteo no podía ser obispo, como enseña la Tradición, porque tenía el don de profecía; Del mismo modo, el archidiácono Stephen y los otros seis diáconos deberían ser privados del diaconado.
Casarse. Mate. 16:13 Sobre esta roca edificaré (οιχοδομήσω) Mi Iglesia.
Jus – derecho – del sánscrito ju = atar: de ahí jugum, jumentum y otras palabras.
"Das Recht ist der inbegriff der Bedingungen, unter dienen die Willkuhr des einen mit der Willkuhr des andern nach einem allgemeinen Gesetze der Freiheit zufammen vereinigt werden kann." Die Metaphysik der Sitten. Yo Theil. S. XXXIII. Königsberg, 1793. Kuno Fischer. Historia de la nueva filosofía. Traducción N. Strakhova T. IV. pag. 174. San Petersburgo. 1865. En la definición kantiana del concepto de “derecho”, la idea de “coordinación de la arbitrariedad” suscita malentendidos. ¿Cómo conciliar la arbitrariedad? El concepto de arbitrariedad ciertamente está asociado con la idea de una fuerza salvaje y ciega que no quiere oír hablar de ninguna coordinación. La arbitrariedad puede ser frenada por alguna fuerza oponiéndola con una arbitrariedad más fuerte, pero es difícil llegar a un acuerdo con otra arbitrariedad. Parece que el malentendido desaparecerá si reemplazamos la palabra "arbitrariedad" por una más suave: "arbitrariedad", que significa en general iniciativa o autodeterminación para cualquier acción, y no necesariamente - para peor, como se piensa en el concepto de arbitrariedad.
Petrazhitsky: Ensayos sobre filosofía del derecho. 1900p. 11.
¿Con qué autoridad (έξονσία) hiciste esto? DE ACUERDO. 20:2. En. 1:12.
Sohm, § 5 s. 50. Sie, und sie allein, sind sittlich berechtigt nicht zu arbeiten, sondern sich ·vοη der Gemeinde erchalten zu lassen.
Mensajes de Apóstol libro 8, capítulo 32
Decreto del Apóstol III, cap. 18.
Y como ocurre con mayor frecuencia en la actualidad: puesto que el bautismo se realiza en la infancia
Ayuno del Apóstol. 1,4; Casarse. Clementa Alejandro. Maestro II. 8, III. 11.
Ayuno del Apóstol. Fin del 1er libro.
Nombre común para los miembros de la iglesia.
Es decir, si quiere unirse a la iglesia.
Ayuno del Apóstol. libro 8, 32-33
Res Dei = en realidad, una cosa de Dios, o un objeto de derecho Divino, que es la presidencia de los ancianos de la iglesia.
Ver Kiparisov: sobre la disciplina de la iglesia.
Esta idea se revela con bastante persistencia en las Constituciones Apostólicas.
Véase Biekell Geschichte des Kirchenrecht B.1. Este punto de vista lo sostienen maestros de la Iglesia como San Ireneo, Orígenes, Clemente de Alejandría y la Constitución Apostólica. Véase mi libro: Reseña histórica de las fuentes del derecho eclesiástico.
Así, por ejemplo, en el Reglamento Espiritual, las leyes civiles se cuentan entre las bases del gobierno de la iglesia, siempre que “concuerden con la palabra de Dios”. Mientras tanto, en los artículos primeros de los Estatutos del D. Consistorio, por algún motivo, se omite esta condición.
Teólogo. Boletín 1910, abril, pág. 613. Sobre la esencia del derecho eclesiástico.
Hay silencio sobre la resurrección.
W. Sturz, Derecho de la Iglesia. § 1 a 4, págs. 4 a 10. Traducción rusa, editada por K. Temnikovsky. Yaroslavl 1905
Un desarrollo completo de esta teoría con una indicación precisa de las autoridades científicas en las que se basa y una crítica detallada de las mismas se presenta en el libro del Prof. V. I. Myshtsyna: La estructura de la Iglesia cristiana en los dos primeros siglos. Sergiev Posad 1909.
El Evangelio no fue incluido en varias fuentes escritas, probablemente debido a la opinión de que las enseñanzas y las obras de Cristo están fuera de la historia de la formación de la iglesia visible y su jerarquía. Después de todo, la enseñanza (y no sólo la enseñanza) de Cristo impulsó a la iglesia a actuar como una unión religiosa autónoma junto al Estado. Pero ¿en qué se basa esta visión?
Esta idea fue defendida con especial insistencia por San Cipriano de Cartago.
Σνμεών τού Κλεοπα χλνίσταται επίσχοπος, ηροεϑενίο πάνίες όντα άνεψιοντοί Κύριον δεύτεροϒ. Eusebio, c. norte. III
Myshtsyn, cit. libro, página 17 nota.
En el libro antes mencionado del profesor Myshtsyna se presentan interesantes esfuerzos para basar esta teoría del desarrollo gradual en la base del análisis de las fuentes.
La vejez misma no siempre es una condición deseable, incluso para el pastor de un rebaño mudo, especialmente si este rebaño es grande o poco disciplinado.
Mate. 20:25 ; príncipes (άρχωνίες).
Ibid: 26: y quién quiere ser un gran μεϒά entre vosotros.
Si no nos equivocamos, el honor de inventar esta fórmula, que no asusta en absoluto en términos políticos, corresponde a San Juan Crisóstomo en sus palabras sobre el sacerdocio.
San Ignacio. Último en Éfeso. Cap. 4.
1 mascota. 5:5: ἀλλήλοις τὴν ταπεινοφροσύνην ἐγκομβώσασθε ὅτι ὁ θεὸς ὑπερηφάνοις ἀντιτάσσεται ταπεινοῖς δὲ δίδωσιν χάριν.
1 Tes. 5:12–13; casarse Roma. 12:6; 1 Tim. 5:17.
Como si quisiera pagar la palabra por ti. Heb. 13:17.
Cuando aparezca el Príncipe de los Pastores, recibiréis una corona de gloria inmarcesible. 1 mascota. 5
Es de destacar que la primera experiencia de legislación eclesiástica escrita, los llamados Decretos Apostólicos, tomó la forma de epístolas conciliares apostólicas. Asimismo, las definiciones de concilios locales y ecuménicos tienen la misma forma. No se puede considerar esta forma como un accidente; es una correspondencia exacta con el espíritu de la ley de la Iglesia, o, más precisamente, con el espíritu del Nuevo Testamento, que revela la Voluntad de Dios no a los esclavos ni a los súbditos, sino a los hijos de la libertad, los hijos de la Luz. Las formas de derecho estatal, la justicia estatal penetraron en la esfera de c. derecho, relativamente tarde, como resultado directo de la influencia del Estado sobre la Iglesia.
Epístola a los magnesianos, cap. 2 y 3.
Epístola a los trilianos, cap. 7.
3 Concilio Ecuménico, derecha.8
Ya hay evidencia clara en el libro de Hechos, 14:23: πρεσβυτέρους
Resolución del Apóstol 8.1 (p. 249, traducción al ruso)
sp. y correcto. 75. ¿Cuándo nació esta regla? La ciencia no da una respuesta definitiva a esta pregunta: tal vez en el siglo V, tal vez mucho antes. Esta incertidumbre sobre el momento histórico de su origen no socava en lo más mínimo su valor fundamental. Para este último, sería incluso mejor si apareciera más tarde, precisamente en la época en que la “arrogancia humeante” del poder estatal comenzó a penetrar con mucha fuerza en las relaciones jerárquicas.
En consecuencia, como muestra la práctica judicial de la iglesia, se enviaron dos archimandritas al archimandrita acusado. Vea nuestro libro: Corte de la Iglesia en los primeros siglos del cristianismo.
Este término se refiere al lugar de las reuniones de oración, que también se encuentra en los escritos de los hombres apostólicos.
"De pie ante el Señor"
“Seamos amables, seamos temerosos, entendamos y traigamos ofrendas santas al mundo”, dice el rito moderno de la Liturgia.
Bendeciré al Señor en todo tiempo.
Reglamento del Apóstol 8, 12. Según el ruso. ver. 267–281.
Esta composición se acerca a la composición de la Iglesia de la mitad del siglo III, representada en la carta de Cornelio al obispo. Rimsky (Eusebio: Ts. Historia, 6, 43).
En Διδ. Ap. “Reunidos, partid el pan y dad gracias, habiendo confesado primero vuestros pecados, para que vuestro sacrificio sea puro” (capítulo 14). Según algunos antiguos ritos monásticos, en este momento los hermanos confesaban sus pecados y se pedían perdón mutuamente.
Es cierto que en los ritos modernos y en el método de celebración de la liturgia, algunas modificaciones del prototipo registradas en Ap. Decretos, gracias a los cuales los laicos presentes en la liturgia están, por así decirlo, condenados a la contemplación pasiva de qué y cómo hace el clero en servicio. ¡Pero qué fácil es eliminar estas modificaciones para restaurar el carácter de la liturgia apostólica! Sólo hay que decir las oraciones, ahora leídas en secreto, en voz alta, realizar la liturgia con las puertas reales abiertas (como se hace durante la Semana Santa) e introducir el canto popular.
“¿No son también los laicos sacerdotes?”
De exhorto, castit. 7). N. Π. Aksakov: La tradición de la iglesia y la tradición de la escuela. Páginas 234–235. Un concepto extraño sobre la iglesia: una iglesia es una asamblea, pero ¿tres constituyen una asamblea? Un concepto extraño sobre un sacerdote: ¡para ti mismo!
Después de la Sagrada Comunión. Oración (3) Metafrasto.
N. P. Aksakov: Tradición de la Iglesia y Tradición de la escuela, p. 187. Nota. Sergiev Posad 1910
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