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No mercenarios y hacedores de maravillas Cosmas y Damián · Santa Teodota, Madre de Cosme y Damián

Un clérigo con rango de árbitro.

Духовное лицо в звании третейского судьи
Dominio público: el texto completo está aquí.
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Contenidos I. Un clérigo con rango de árbitro en la antigua iglesia cristiana II. Un clérigo con rango de árbitro en la antigua Rus III. La posibilidad y conveniencia de actuar como clérigo con rango de árbitro en la actualidad. A juzgar por las noticias y los rumores de los periódicos, actualmente se presta mayor atención en las esferas superiores y se trabaja para mejorar radicalmente la situación de los campesinos en todos los aspectos. Esto se refiere a la mejora de la administración del volost y del tribunal del volost; Esto también significa mejorar la raíz misma, por así decirlo, de la vida campesina: el derecho civil de los campesinos, es decir, la regulación del derecho de familia, el derecho de propiedad, el derecho de herencia por ley y por testamento. Porque en este sentido, en nuestra patria hay un hecho notable de que los nuestros se llaman así. Las leyes civiles, es decir, el Volumen X del código, son válidas sólo para una minoría de sujetos: la mayoría de ellos - la clase campesina - se rigen por el derecho consuetudinario, que en muchos aspectos se desvía marcadamente de la legislación del Volumen X. Por lo tanto, en la vida real, a menudo se dan casos de tribunales de volost que toman tales decisiones y sentencias, ante los cuales el representante de la justicia civil estatal queda completamente desconcertado: porque antes de su código - el Volumen X - estas decisiones y sentencias eran completamente ilegales, pero a su vez, sus nuevas decisiones, basadas en el significado exacto de los artículos del Volumen X, a los ojos del tribunal de volost y de la sociedad campesina son completamente injustas, y para la mente "mundana" son decididamente incomprensibles.... No nos corresponde a nosotros juzgar en qué dirección seguirá la reorganización vitalmente necesaria de la situación campesina. Es permisible pensar, sin embargo, que el estado de cosas fáctico que se ha creado a lo largo de siglos difícilmente puede ser llevado a la norma jurídica deseada mediante un acto de transformación realizado por cualquier tipo de sabiduría humana. La historia del derecho, al menos, muestra que en esas épocas de transición, la estricta coherencia del derecho (jus estricto) siempre dio lugar al compromiso. Configuración, p. una organización judicial estrictamente definida, formas y fórmulas del proceso definidas con precisión, colocando la ley más material, por ejemplo, el derecho de propiedad, la herencia, incluso el derecho penal, en disposiciones categóricas o artículos del código, la política estatal permitió, junto con este uniforme del sistema judicial, la ley y el proceso, formas completamente libres de esto, aquello y lo tercero. Éstas son las formas del antiguo arbitrium romano, del compromissum, de nuestro tribunal de arbitraje y de las instituciones mundiales. Estas formas se permitieron como formas auxiliares de la ley estricta. Se conocen más o menos. Pero no estamos seguros de si nuestra sociedad ilustrada, y especialmente aquellos que toman en serio y están de una manera u otra interesados ​​y preocupados por los intereses de la situación campesina, conocen el hecho histórico de que el clero de la Iglesia cristiana en el rango de obispo y en el rango de presbítero o “sacerdote” en la terminología actual alguna vez sirvió a la sociedad durante las épocas de transición de formación legal antes mencionadas. Precisamente pensamos que nuestro “padre” contemporáneo o párroco rural con rango de árbitro habría prestado un servicio no pequeño en el ámbito de la volost, la justicia campesina, estando al lado, como asistente, del órgano de justicia estatal: el jefe del zemstvo, el juez, etc., así como del tribunal de volost, tanto en su forma actual como en la que recibirá en caso de una transformación. Hasta qué punto nuestra indicación de este hecho histórico será adecuada para su aplicación práctica a las necesidades del presente; el juicio sobre esto, por supuesto, debe estar por delante y, tal vez, no sea asunto nuestro en absoluto. Pero presentarlo a consideración, simplemente como un hecho histórico, no lo consideramos innecesario ni oportuno. I. Un clérigo con rango de árbitro en la antigua iglesia cristiana Encontramos el uso de la forma de arbitraje (en un sentido amplio) entre la sociedad cristiana en las primeras páginas de la historia de la iglesia. En la primera carta a los Corintios, el apóstol Pablo escribió lo siguiente: “¿Cómo se atreve alguno entre vosotros, teniendo un asunto (“cosa” litigio = πραγμα ) con otro (“a otro” = προ ϛ τονξτερον = demanda contra otro), demandar a los impíos, y no a los santos? (Art. 1, Capítulo VI)... "Y vosotros, cuando tengáis disputas cotidianas, nombrad (-plant = χαθίζετε) como vuestros jueces a aquellos que no significan nada en la iglesia. Para vergüenza vuestra os digo: ¿no hay realmente una sola persona razonable entre vosotros ("ni uno solo es sabio" = ούδεις σοφός) que pueda juzgar entre sus hermanos? Pero hermano y hermano están demandando, y eso también ante el infieles. Y ya es muy humillante para vosotros tener litigios (χρίματα) entre vosotros." (vv. 4 – 7). Parece que no cabe duda de que en esta instrucción del Apóstol se trata de un tribunal de arbitraje, un tribunal unipersonal, como sustituto completo del tribunal romano, civil y pagano. El Apóstol considera muy posible y legal que un litigio entre cristianos sea resuelto por un cristiano sabio, por supuesto, elegido para este fin por ambos litigantes. Arbitrium (arbitraje) en sus diversas formas entre los romanos era una forma muy común de resolver litigios, totalmente permitida por la ley, especialmente en su forma más simple: la forma de un simple acuerdo entre las partes 1. La instrucción del Apóstol sobre la aplicación de este método a la resolución de litigios entre cristianos con el objetivo de evadir los tribunales paganos, en muchos aspectos inconvenientes para los cristianos, fue importante para tiempos posteriores, concretamente en lo que respecta a la determinación de la competencia del tribunal episcopal (episcopalis audientia). Ya en los siglos de persecución, los litigios entre cristianos entraron en la esfera de los casos que eran considerados y decididos por el obispo en el tribunal de su iglesia, y lo hizo, apoyándose precisamente en el mandamiento del Apóstol en consideración. Así es precisamente como este fenómeno nos ilumina el monumento de la vida de los cristianos de los primeros siglos, el Decreto Apostólico: "Una maravillosa alabanza para un cristiano - leemos aquí - es no tener negocios con nadie 2, pero si por alguna excitación o tentación le sucedió a alguien, que trate de detenerlo, incluso si tuvo que sufrir algún daño por ello, y no vaya al tribunal pagano. Y no toleréis que los gobernantes mundanos juzguen vuestros asuntos: porque a través de ellos el diablo causa problemas a los siervos de Dios y suscita oprobio, como si no tuviéramos un solo sabio que pudiera juzgar a los que están en guerra o resolver litigios 3 . Los paganos no deben saber lo que pasa entre ellos dos, y no toméis a los incrédulos como prueba contra vosotros y no vayáis con ellos a los tribunales y no les debáis nada en cuanto a impuestos o miedo 4), sino que deis las cosas del César al César, y las cosas de Dios a Dios, como en: un impuesto o un pariente, o un. didrachm, así como nuestro Señor, al dar un statir, se libró de la carga. Por tanto, escoge más bien sufrir pérdidas y esfuérzate por lo que tiende a la paz no sólo con los hermanos, sino también con los incrédulos: pues habiendo sufrido algún daño en las cosas cotidianas, tú, como persona piadosa y viviendo según el mandamiento de Cristo, no sufrirás ningún daño en lo divino. Si tienen algún tipo de litigio entre ellos, ¡que no suceda! - hermanos: entonces vosotros, los líderes, debéis entender de esto que tales no hacen la obra de los hermanos en el Señor, sino más bien la de enemigos hostiles. Y si uno de ellos resulta ser un hijo del mundo dulce y tranquilo, y el otro es cruel, descarado y codicioso: entonces éste, al descubrir que lo es, puede ser sometido a penitencia y excomunión y sufrir el castigo del odio fraternal, entonces, si cambia, será aceptado, y así, habiendo sido casto, facilitarán vuestros juicios. También es necesario que los insultos infligidos unos a otros sean perdonados - y no por los jueces, sino por aquellos que los tienen entre ellos, como anunció el Señor cuando Pedro me preguntó: si mi hermano peca contra mí, ¿cuántas veces debo perdonarlo - hasta siete veces? - Dijo: No os digo hasta las siete, sino hasta siete veces setenta. "En verdad el Señor quiere que sus discípulos se comporten así y que nunca tengan nada contra nadie, tales como: ni ira moderada, ni pasión excesiva, ni deseo injusto, ni odio irreconciliable. Así, a los que están enojados, únanlos en amistad, a los que están en enemistad, llévenlos a la unanimidad, porque el Señor dice: Bienaventurados los pacificadores, porque serán llamados hijos de Dios." "Que vuestros juicios se celebren el segundo día después del sábado, de modo que si hay contradicción en vuestra opinión, vosotros, teniendo tiempo antes del sábado, podáis corregir la contradicción y en el día del Señor reconciliar a los que no están de acuerdo entre sí. En el tribunal, estén presentes contigo los diáconos y los ancianos, juzgando como pueblo de Dios con justicia y parcialidad. Cuando él venga, como dice la ley (Deuteronomio xix. 17), que cada uno de los demás que tienen un pleito se ponen en medio de la sala del tribunal, y después de oírlos, echan suertes con justicia, tratando de hacer que ambos amigos sean justos, ante la opinión del obispo, para que el juicio contra el pecador no se haga público, porque el obispo aprueba y es testigo del juicio de Cristo de Dios en el tribunal”. 5 Que en la práctica judicial eclesiástica el tribunal de arbitraje civil ordinario haya tomado la forma de un magistrado intermediario, moralmente conciliador o de un tribunal de conciencia es muy natural y quizás gracias a esta transformación no sólo no perdió su lugar en el tribunal eclesiástico de épocas posteriores, sino que también se fortaleció en su significado, aunque la razón de su aparición en la iglesia, expresada por el Apóstol, ya no existía, es decir, cuando los tribunales civiles ya habían dejado de ser paganos. Los emperadores grecorromanos (cristianos) apoyaron y, en ocasiones, hicieron cumplir enérgicamente las decisiones de estos tribunales de arbitraje del clero en asuntos civiles. Así, Constantino el Grande, según los embajadores de Sozomeno, decretó una ley según la cual los litigantes, si lo desean, pueden apelar ante el tribunal de obispos, y la decisión de este último debe ser respetada en igualdad de condiciones con la decisión del emperador (es decir, no permitir apelaciones); y los jefes de provincia y sus funcionarios deben ejecutar tales decisiones 6 . Arcadio y Honorio decretaron en el año 388 la siguiente ley: "Si alguno (los litigantes) desea llevar a cabo un litigio (litigare) con el consentimiento del jefe de la ley sagrada: entonces no se lo impiden, pero que soliciten al tribunal de su domicilio (es decir, el obispo local), en un caso civil, por el derecho de un árbitro elegido voluntariamente (in civili duntaxat negotio more arbitri sponte). Porque es imposible y no debe ir en contra de aquellos que decidieron estar más de acuerdo con la decisión del investigador nombrado de lo que hubieran estado voluntariamente”. 7 Los emperadores Honorio y Teodosio (408) decretaron que "el tribunal episcopal (episcopalis audientia) será válido para todos los que decidan ser juzgados por los sacerdotes (qui se audiri a sacerdotibus elegerint), y ordenamos que a su juicio (judicationi) se le dé el mismo respeto que se debe mostrar (deferri) a sus autoridades (vestris potestatibus), a las que no se permiten apelaciones. Y para que el tribunal episcopal (cognitio) no permanece inactivo, los jueces necesariamente (perofficia) agregarán la ejecución (definitioni executio tribnatur) a la decisión 8. Estas leyes, que afirmaban de manera tan decisiva el poder de las decisiones del tribunal episcopal de arbitraje, fueron incluidas en el código de Justiniano y fortalecieron así su importancia durante mucho tiempo en Bizancio 9 . No consideraremos la cuestión de cómo el clero aplicaba el derecho de arbitraje, determinado por la legislación grecorromana: por el momento, esta última sólo tiene importancia histórica. La competencia, las condiciones y el método de producción y la fuerza de las decisiones del tribunal de arbitraje están determinados por nuestra propia legislación, que consideraremos más adelante. En este caso, nos limitaremos únicamente a probar las siguientes disposiciones: 1) el tribunal de arbitraje se utilizó muy ampliamente en los procedimientos eclesiásticos en Bizancio; 2) el derecho del clero a producirlo era venerado por el derecho apostólico. La amplitud de la aplicación del derecho de arbitraje por parte del clero puede evidenciarse, en primer lugar, por algunos datos históricos. Sí, beato. Agustín sobre Ambrosio de Milán en sus “Confesiones” cuenta, entre otras cosas, que a pesar de su fuerte deseo de hablar con el obispo Ambrosio, no pudo lograrlo: “porque las multitudes lo agobiaban con sus disputas mundanas, que él trataba celosamente de resolver y yo, por lo tanto, no podía revelarle mis dudas” 10. Y sobre sí mismo, como afirma Mons. Bl. Agustín dice lo siguiente: "Mira el trabajo que nosotros, los obispos, estamos tan agobiados que a veces sufrimos físicamente por ellos, y presta atención a la costumbre actual que prevalece en la iglesia a cuyo servicio estamos designados, por lo que no nos queda tiempo para las manualidades. Con la conciencia tranquila invoco el testimonio del Señor Jesús de que estaría más dispuesto a dedicar todas las horas asignadas a la costura, como es costumbre en los monasterios bien establecidos, que soportar tantos problemas de la confusión. litigios de otras personas, que debo resolver legalmente o con un acuerdo voluntario y amistoso. Pero el Apóstol nos impone estos trabajos (referencia a 1 Cor. Ch. YI, v. 1 - 7) y no según su propia voluntad, sino según la voluntad de Aquel que habló por él” 11 . Pero no sólo los obispos tenían el título de árbitros en litigios, como aparentemente se desprende de los datos presentados, sino también el clero de rango inferior. Así, el historiador Sócrates cuenta lo siguiente sobre el obispo de Troas Silvano (siglo Y): "Al darse cuenta de que el clero se beneficiaba de las disputas de los litigantes, ya no nombró juez a nadie del clero, sino que, habiendo recibido las peticiones de los litigantes, llamó a uno de los fieles laicos, a quien conocía como una persona amante de la verdad, y encargándole que oyera el caso, detuvo la disputa entre los litigantes. Fue a través de esto que obtuvo la mayor gloria entre todos”. 12 Sin duda, la gente del mundo trató sus litigios civiles al obispo Silvanus como árbitro, y él confió este derecho de árbitro (árbitro) que le asignaron los litigantes a uno de sus clérigos o laicos. No tenemos a la mano ejemplos históricos específicos de la aplicación de la ley de arbitraje por parte del clero con la autorización directa de los litigantes. Pero esta deficiencia se compensa plenamente con pruebas de carácter general, proporcionadas por la legislación canónica sobre esta materia. Así, entre las reglas del Concilio de Cartago encontramos revelaciones de las actas del Concilio de Cartago en 401, que contienen la siguiente asunción del concilio. “Es apropiado pedir a los reyes más piadosos que se complazcan en legitimar esto también: si algunos desean tener un juicio en la iglesia sobre algún asunto, según el derecho apostólico que pertenece a las iglesias, y tal vez una de las partes no esté satisfecha con la decisión del clero: entonces no se le permitirá llamar a la corte para testificar al clérigo que previamente consideró este mismo caso, o estuvo presente durante su consideración: e incluso nadie de la casa de un funcionario de la iglesia debe ser llevado a la corte con la obligación de testificar 13 . "La verdadera regla es el gobierno. Balsamon no es una prescripción, sino sólo una suposición sobre cómo se debe presentar esto a los reyes; el decreto (el real no se siguió) 14. Esta suposición del concilio indica que la corrección del título de árbitros por parte del clero era un hecho muy común. Y esta evidencia de legislación canónica no es la única. Por el contrario, aquí nos encontramos con el interesante fenómeno de que la elección de los jueces por parte de los propios litigantes no está permitida ni siquiera en los casos civiles, sino también en los eclesiásticos. La única limitación para el funcionamiento de esta regla es el requisito de que tal elección cuente con el consentimiento del tribunal competente, es decir, del obispo diocesano, si se trata de un juicio de un clérigo con un clérigo, o del concilio, si se trata de un juicio de un obispo. Así, la regla clásica a este respecto, es decir, que establece la norma general del sistema judicial eclesiástico, del IX Concilio Ecuménico del IV Concilio Ecuménico dice: "si un clérigo tiene un proceso judicial con un clérigo: no deje a su obispo y no corra a los tribunales seculares; pero primero, lleve su caso con su obispo, o, con el permiso del mismo obispo, que los elegidos por ambas partes formen un tribunal" 15. En las reglas del Concilio de Cartago encontramos el siguiente interesante pasaje de las actas del Concilio de Cartago en 407: "Mauricio Obispo de los Ríos: Pido que el santísimo anciano (es decir, obispo) Xantipo, el santísimo Agustín, Florentino, Teosio, Sampsiquio, Segundo y Posidio sean nombrados jueces; ordena que esto se determine por mí. El Santo Concilio acordó el nombramiento de los jueces solicitados; los otros jueces necesarios además del número legalizado de 16, el anciano Xanthippus proporcionará la elección a los ancianos de la nueva Alemania ellos mismos” 17. Los editores del “libro de reglas” agregaron los siguientes escolios a esta regla. "Según la queja de los ancianos de Nueva Alemania contra el obispo Mauricio, éste compareció ante el concilio para ser juzgado, pero los acusadores no comparecieron. El concilio los reconoció como dignos de condena: pero por la mansedumbre de la iglesia, sin pronunciarlo, nombró un juicio en la región a la que pertenece el obispo. Por lo tanto, para asuntos privados, el concilio pronuncia una regla que muestra la imagen de preparar un juicio sobre un obispo, La regla 107 (96) del Consejo de Karafgen establece la disposición de que la decisión del tribunal de arbitraje, cuando actúa como la segunda y más alta autoridad, no puede ser apelada. "Si el caso es transferido al tribunal superior y, no satisfecho con la primera decisión, elige jueces, junto con aquel contra quien exige un nuevo juicio: después de esto, ninguno de ellos podrá transferir el caso a otro tribunal". Para demostrar la gran importancia que tenía en Bizancio el veredicto de un tribunal de arbitraje compuesto por clérigos, presentamos el siguiente razonamiento de Aristino, que gozaba de una notable reputación como juez en el ámbito eclesiástico y civil: “El derecho civil”, dice en el comentario a esta regla, “se refiere a los árbitros de tal manera que el tribunal de arbitraje no se constituye de otra manera que si cada uno de los litigantes se compromete primero a que si uno de ellos no permanece con la decisión el juez que ha elegido, entonces debe perder este depósito en favor de otro que toma la decisión; pues ninguna de las partes estará obligada a tomar una decisión, por el contrario, queda en su poder, por lo que el derecho de trasladar el caso a un nuevo tribunal no tiene lugar en relación con el veredicto arbitral, ya que incluso sin transferir el caso a un nuevo tribunal, el insatisfecho puede rechazarlo, perdiendo sólo el depósito. poder, no es un árbitro. Pero los cánones deciden otra cosa. jueces elegidos, pero prescriben que si los obispos litigantes o el clero eligen a uno de los obispos como árbitro y desean demandar ante ellos, entonces la persona que ha sido condenada ya no puede ser respetada si permanece insatisfecho con la decisión, sino que debe someterse a ella en contra de su voluntad; La razón por la que, en nuestra opinión, es insatisfactorio buscar una revisión de la decisión de tales jueces, la indicamos en la interpretación de la regla 15 (16) de este concilio". Y en esta interpretación, Aristinus dice lo siguiente: "Quien, habiendo sido llevado ante el tribunal de los obispos y condenado por ellos, presenta una respuesta a los más altos jueces de la iglesia y logra cambiar su decisión, entonces esto no debe traer ningún reproche a aquellos jueces de la iglesia cuya sentencia es insatisfactoria. cambiado, a menos que sean condenados por haber realizado el juicio por pasión, por enemistad, o por pasión, o por alguna especie de gratificación. Aquellos obispos o clérigos acusados ​​que eligen jueces de la iglesia para sí mismos y desean ser juzgados por ellos, incluso si su número fuera menos de doce obispos en el caso de acusaciones contra obispos, y menos de siete o cuatro en casos de acusaciones contra presbíteros y diáconos, como escribimos en la regla 12 de este concilio, los condenados no deben presentar una respuesta contra su proceso; porque la revisión corrige la falta de habilidad o de justicia del juez, pero ¿cómo alguien que ha elegido jueces de la iglesia para sí, a quienes reconoció como impecables tanto en razón como en vida, puede permitirse decir que fue juzgado por ellos de manera poco hábil o injusta y presentar algún tipo de crítica contra los hombres sagrados supuestamente condenados por él? Como vimos anteriormente, los padres y maestros de la Iglesia consideraban el cumplimiento del deber de árbitro por parte de un clérigo como un deber impuesto a él por el Apóstol (el Beato Agustín) o incluso como un derecho, por derecho apostólico, perteneciente a las iglesias (Kare. sob. Rights. 70). Este último punto de vista también lo expresan los canonistas-intérpretes del siglo XII Zonara y Balsamon. En la interpretación de la regla ahora indicada, dicen: “Los padres quieren hacer una representación a los reyes sobre esto”, dice el primero, “para que si los que están en la iglesia, es decir, los instituidos en el clero de la iglesia, llevan a cabo algún litigio, el caso será de acuerdo con la ley apostólica que les pertenece a las iglesias, es decir, cierta, que les manda, es decir: si comienzan a litigar en la iglesia (sobre lo cual el divino apóstol Pablo en su carta a los Corintios dice: Atrévete, si alguien tiene algo de ti para otro, a ser juzgado por los injustos, y no por los santos (1 Cor. VI, 1, lo que significa la expresión: “según el derecho apostólico que pertenece a las iglesias” indica un decreto directo del apóstol) - así, si el clero, dice el concilio, es juzgado en la iglesia y una de las partes permanece insatisfecha con la decisión de los que juzgaron, es decir, con el veredicto que detiene el litigio, entonces No debe haber ninguna posibilidad de que cualquiera de las partes lleve a la corte de apelaciones para declarar a quien anteriormente juzgó el caso, o a quien estuvo presente en el juicio”. "Algunos clérigos son el gobernador Balsamon, aquellos que juzgaron un caso eclesiástico (!) 18 según la ley apostólica, es decir, de acuerdo con el dicho apostólico: ¿alguno de vosotros, teniendo algo por otro, será juzgado por los injustos, y no por los santos, o por los presentes en el tribunal eclesiástico, fueron llevados por la parte insatisfecha de los que demandaron al juez de apelación para obtener testimonio? Los padres del concilio consideró necesario presentar esto a los reyes, para que determinaran que nada como esto sucedería jamás”. Así, en ambas interpretaciones se afirma como verdad generalmente aceptada que el derecho del clero a realizar el arbitraje es un “derecho apostólico” y se basa precisamente en el dicho indicado del apóstol Pablo a los Corintios. En el siglo XIV. El famoso M. Vlastari presentó este derecho apostólico del clero en la siguiente estructura: "Sobre los jueces elegidos. 19 En el canon 96 (107) del Concilio de Cartago dice: si alguien que no está satisfecho con la primera decisión elige jueces, junto con aquel contra quien exige un nuevo juicio, después de esto ninguno de ellos podrá transferir el caso a otro tribunal; porque si aquellos que tienen una disputa entre ellos eligen jueces de común acuerdo, entonces no se les permitirá apelar contra la decisión tomada por ellos. (136) la regla define lo mismo y ordena que quienes desobedezcan sean excomulgados”. “Leyes (civiles): El juez electo decide a su discreción y al pretor no le importa su decisión”. "Ya sea que la decisión del juez electo sea justa o injusta, sigue siendo totalmente válida". “Un recurso de apelación contra el veredicto de un juez electo no beneficia (al recurrente)”. “El tribunal electo está construido a semejanza de un tribunal ordinario y está autorizado a concluir litigios (Dig. IV, t. VIII, I 1.) contra el tribunal electo, no se permite ninguna objeción (non nasci exceptem), sino sólo el cobro de penas” (Ibid. 1. 2).” "Si hay dos jueces electos y no están de acuerdo, entonces deben invitar a una tercera persona y decidir sobre su opinión". “El juez elegido no se establece por juramento, sino por la pena que le asignan los jueces, quienes deben completar la decisión o pagar la pena que ambas partes acuerden”. 20 Así, el derecho del clero a realizar arbitrajes en litigios civiles fue firmemente fortalecido en Bizancio por la legislación eclesiástica y estatal. Pasemos ahora a la evidencia de la antigua ley rusa sobre este tema. II. Un clérigo con rango de árbitro en la antigua Rusia. Nuestro famoso historiador del derecho ruso antiguo, K. A. Nevolin, una vez habló sobre la actividad del clero de la antigua Rusia en el rango de árbitros: "La historia nos presenta pocos casos en los que los obispos actuaron como mediadores, elegidos voluntariamente por las partes para resolver su disputa o litigio. Además, estos casos, pertenecientes a los siglos XIV y XV, se relacionan con la resolución de disputas entre príncipes. Pero estos casos muestran que el método de resolución de disputas civiles recurrir al tribunal de mediación de los obispos no lo conocíamos. Esto también lo demuestra la completa similitud de los ritos de arbitraje que existían anteriormente entre nosotros con los que fueron adoptados para ello en Grecia 21 . Los conductores de los principios de la legislación grecorromana al ruso en el presente caso podrían fácilmente ser los tribunales de arbitraje, que eran asumidos por el clero en asuntos que quedaban a la decisión de las partes en disputa por la voluntad de las partes en disputa” 22. Esto fue declarado en 1859. Pensando en estas palabras, es fácil notar cierta dualidad en las opiniones del hablante: por un lado, señala la pobreza de evidencia histórica sobre los casos de uso del arbitraje por parte del clero, por otro lado, declara categóricamente que el clero, a través de su práctica del arbitraje, fue precisamente el conductor de la legislación grecorromana al respecto en nuestro país. Una dualidad similar de opiniones sobre el funcionamiento de los tribunales de arbitraje en la antigua Rusia fue expresada un poco antes por A. Vitsyn en su monografía especial sobre este tema 23 . , De los monumentos de la antigüedad rusa - dialecto. él - vemos que ya en los siglos XVI, XV y XIV nuestros antepasados ​​​​fueron demandados ante terceros. Pero en el siglo XIV cesa la evidencia de la historia; No volverán a los viejos tiempos. "Y qué buscaremos contra tus boyardos, o qué te buscaban contra mis boyardos, nos despidieron de cada boyardo, le harán justicia y se esconderán de cuál es el asunto, van al tercero, a quien eligen, y allí intercambiarán una palabra", esta es la noticia más antigua (hasta donde yo sé) sobre el tribunal de arbitraje, que nos ha llegado en el documento contractual de B.K. Dimitri Ivanovich Donskoy con el Príncipe Vladimir Andreevich el Valiente de Serpukhov. (1362) Algunos investigadores de nuestra vida jurídica antigua también ven intermediarios en las 12 personas mencionadas en un artículo 24 de la Pravda rusa y expresan, con mayor o menor confianza, diversas suposiciones sobre el procedimiento para seleccionar a estos intermediarios, el tipo de casos a juzgar, etc. Pero todas estas suposiciones no están respaldadas en absoluto por el artículo del Pravda ruso, así como tampoco están respaldadas por ninguna otra indicación positiva, pero tal vez. Por lo tanto, sin descartar la posibilidad de que los 12 maridos fueran realmente mediadores, elegidos cada vez por los litigantes el día de la resolución de su disputa (¿y si el jurado?), no podemos hablar positivamente de ellos como árbitros, y en el oscuro artículo del breve Pravda vemos evidencia de la existencia de un tribunal de arbitraje en el momento de su redacción. Sin embargo, no hay razón para concluir que el arbitraje apareció por primera vez en nuestro país recién en el siglo XIV; al contrario, hay motivos para atribuir su inicio a épocas más lejanas. Aquí están: en el documento más antiguo, que menciona el tribunal de arbitraje, se habla de él como una institución bien conocida, a continuación vemos muchos ejemplos del tribunal de arbitraje, que no podría haber sucedido si no hubiera sido una costumbre antes; las nuevas costumbres no se difunden tan rápidamente. En las cartas de los tratados de los príncipes, los monumentos más antiguos de nuestra institución, sólo se define generalmente la obligación de acudir a una tercera corte, rara vez se traza el método de formación de la propia corte, y nunca el orden de los procedimientos en ella. Se suponía que ambos eran rastros conocidos. y se conoció la institución, adscripción al caso, etc. 25.” Comparando y sopesando las opiniones de estos dos investigadores de nuestra antigüedad, llegamos a las siguientes conclusiones: 1) Desde el siglo XIV está documentado el funcionamiento del tribunal arbitral en nuestro país; el hecho de su uso desde esa época y, como muestra el estudio de Vitsyn antes mencionado, y en todas las épocas posteriores hasta el siglo XIX. inclusive, no hay duda. 2) El conductor de los inicios de la legislación griega en la nuestra sobre el tribunal de arbitraje fue el clero ruso, precisamente a través de la práctica de este tribunal. (Nevolín). 3) Ambos investigadores se quejan de la falta de noticias sobre el uso real del tribunal de arbitraje en general y de su ausencia decisiva en la antigüedad del siglo XIV, al mismo tiempo que se sorprenden de lo decisivo de lo que dicen los documentos de este siglo sobre el tribunal de arbitraje, como institución ya firmemente arraigada en la vida cotidiana rusa. La siguiente opinión sobre este tema de uno de los representantes de la nueva escuela, que goza de gran autoridad, difiere marcadamente de estas declaraciones vacilantes de los representantes de la vieja escuela; "Sin lugar a dudas", dice el profesor N. Duvernoy, que durante toda la era de predominio del derecho consuetudinario (es decir, desde principios de la Rusia hasta el siglo XV), la forma más común de tribunal fue el arbitraje y otras formas relacionadas de resolución contractual de disputas. Se conservan huellas más o menos claras del principio contractual en la orden judicial, cuando el juez es una persona dotada de poder público. Las formas del proceso en Novgorod están tan fuertemente imbuidas de este principio que en ellas se puede sentir especialmente el estrecho contacto entre el tribunal, sin importar el juez, y la transacción, una serie libre (es decir, un acuerdo amistoso, un contrato). No en la misma medida, por supuesto, pero el mismo elemento se ve en la práctica de Moscú. En un caso judicial del siglo XV, vemos que en una disputa sobre un terreno baldío, los litigantes enviaron cada uno a su propio juez para examinar el caso, y estos jueces actuales “se acusaron ante un tercero, el soberano, el gran duque Ivan Vasilyevich” 26 . El comienzo del poder en materia judicial en las volostas principescas va, sin duda, más lejos que en las ciudades libres, pero aquí no podían dejar de quedar huellas del elemento contractual en el proceso. El juez (Iván IV) no está dispuesto a oponerse al resultado pacífico del litigio. Por el contrario, alienta, y a veces incluso obliga, a los litigantes a llegar a acuerdos. "Y cualquiera - leemos en uno de los artículos (33) - será sorprendido por un alguacil en una pelea, o ladrando, o pidiendo prestado, y no querrá ir a juicio, y, habiendo informado al juez, hará las paces, pero el juez no los venderá (es decir, la tasa judicial), de lo contrario no se les permitirá montar ni caminar". (La ley establece, por lo tanto, una situación en la que para los litigantes, un acuerdo de conciliación, sea cual sea el caso, es ciertamente más ventajoso que un juicio, porque excluye la venta. Un acuerdo de conciliación puede sustituir a una decisión judicial en cualquier etapa del proceso. En el lugar indicado en el Código de Derecho, los litigantes sólo estaban "atrapados por el alguacil y no quisieron acudir a los tribunales". En otro caso, vemos que el proceso ante este juez del Gran Duque ya había terminado, sólo quedaba informar: luego las partes “querían” hacer las paces sin acudir al informe, y en lugar de un juicio y un informe, se sentaron uno al lado del otro (Ley Yu. No. 269) 27. Según esta visión, resulta que el tribunal de arbitraje no apareció repentinamente en Rusia en el siglo XIV y no fue el clero quien lo introdujo en la práctica cotidiana, guiado por la propia legislación griega y enseñándola al pueblo ruso, sino que se practicó desde tiempos inmemoriales en Rusia, como un fenómeno original, protegiendo su vitalidad, incluso en el estado de Moscú, cuando el tribunal de la corona estaba firmemente establecido en sentido estricto. Estrictamente hablando, no tenemos ningún interés en resolver la cuestión: ¿desde cuándo y de qué manera entró el arbitraje en la práctica de la antigua Rus? Pero no consideramos superfluo hacer una observación sobre la categórica afirmación de Vitsyn de que "las pruebas históricas del arbitraje no se remontan más allá del siglo XIV". Tal afirmación se basa en una comprensión demasiado literal y estrecha del término: “arbitraje”. El uso de los términos: "tercios", "tercios" de hecho no se encuentra en documentos anteriores a la carta del tratado de 1362. Pero, ¿qué se sigue de esto? En el caso extremo, es decir, si asumimos que la culpa no es la pobreza de nuestros archivos, sino la realidad misma, sólo que hasta el siglo XIV nosotros en Rusia no practicamos la forma de arbitraje que se encontró por primera vez en los tratados principescos del siglo XIV. ¿Qué forma es esta? – Bastante complicado con un superarbitro formado por jueces seleccionados. ¿Pero no puede haber un tribunal de arbitraje sin un superarbitro? Por supuesto que puede; es incluso el más común y el más deseable. Esto también se nota en el documento del siglo XIV que estamos considerando, donde el tercero se asigna sólo al extremo: "y sobre qué asunto se pelearán": si no se pelean, pero llegan a un acuerdo, el asunto termina ahí. La esencia del tribunal arbitral está en la libre elección por los propios litigantes como jueces de cualquier tercero o terceros respecto de ellos y en la sumisión voluntaria a su opinión o decisión (arbitrium). El superarbitro es una tercera persona, un mediador de los propios árbitros, es un accidente, determinado por la elección fallida de los primeros árbitros, que tenían falta de inteligencia para resolver un caso complejo o falta de coraje moral para tratar a ambas partes con objetividad, imparcialidad, intransigencia y pendenciera de su propia disposición. El objetivo principal del tribunal de arbitraje no es la satisfacción de la estricta verdad de la ley, sino el cese de la hostilidad, la lucha, incluso con el sacrificio de los propios derechos, la paz adquirida por concesión mutua. Por eso, el tribunal de arbitraje se llama compromiso, por lo que no se trata tanto de expertos en derecho (aunque, por supuesto, pueden ser elegidos) como de “buenas personas” en general, es decir, buenas tanto en materia civil como moral. relaciones. Este mismo elemento contractual, que constituye la esencia del tribunal arbitral, y luego su tarea de mantenimiento de la paz, lo reviste en su aplicación efectiva de las más diversas formas, así como son variadas las formas de acuerdo y las condiciones de la reconciliación en general. En formas muy diversas y originales, el tribunal de arbitraje aparece como creación del genio nacional ruso, y en los monumentos del derecho ruso antiguo, que Vitsyn examinó sin encontrar en ellos la palabra arbitraje. ¿Cuáles son estas formas de arbitraje ruso antiguo y cuáles practicaban el clero? Estos formularios fueron los siguientes: 1) Tribunal de arbitraje con superarbitro: la posición de este último entre los jueces pertenecía con bastante frecuencia al metropolitano. 2) Un tribunal de arbitraje sin superarbitro, formado por varias personas, encabezado por el abad; a veces sólo el abad y los hermanos actúan como árbitros. 3) El acuerdo es una forma muy común de poner fin a un litigio mediante un acuerdo amistoso entre los litigantes con la participación de "ryads y posukhoy", entre los cuales el abad o "sacerdote" está a la cabeza. Antes de pasar a revisar estas formas por separado, consideramos necesario presentar la siguiente descripción crónica del “tyazh” o litigio entre dos kiyazis, el más antiguo hasta ahora conocido. Para nosotros, tiene un doble interés: en primer lugar, proporciona una confirmación fáctica de la posición de que “la forma más común de tribunal (en la antigua Rusia) era la forma de arbitraje... que se conservan rastros claros del principio contractual en la orden judicial donde el juez es una persona investida de poder público”; en segundo lugar, el litigio mencionado (siglo XII) sirve, por así decirlo, como un prototipo directo de aquellas formas de arbitraje que encontramos en los acuerdos principescos del siglo XIV y posteriores. En la Crónica de Hypatiiv de 1169 leemos la siguiente historia: "Mstpslav llegó a la ciudad (Kiev) del mes de mayo el día 15 y se sentó en la mesa de Yaroslavl, su padre (Izyaslav) y su abuelo. Y Volodmir Mstislavnch (hermano) comenzó a pensar en Mstislav. Y en ese momento, el marido de Davydov, Vasil Nastasnch: y habiendo llegado, le dijo a su príncipe: Davyd se apareció a su hermano Mstislav, Volodnmir Yaga se enteró de que su Mis pensamientos se le revelaron rápidamente a Mstislav y se recuperó”. "Y Mstpslav llegó al monasterio de Pechersk, y después de él vino Volodnmir y le ordenó (es decir, a Vladimir) que se sentara en la celda del ícono, y él se sentó en la celda del ícono. Y le envió a Mstpslav y le dijo: ¡hermano! ¿Por qué viniste? Pero yo no te envié". Y Volodymyr recibió al sacristán Imormyzha, diciendo: "Hermano, oí siete cosas que la gente mala dijo contra mí". Discurso Mstislav: "El hermano Davyd me lo dijo". "Y ella envió a Davydov Vyshegorod, y Davyd vino a Vasil y los alguaciles para él eran Radil de los Mil y Vasnlya Volkovpcha. Y nuevamente Mstislav esperó 3 días y llegó al monasterio de Pechersky; y Volodymyr trajo a sus maridos, Raguil y Michal; y cuando comenzaron a reunirse con Vasil y salieron a escuchar, según Vasnli Davyd Borynich, Mstislav se lo puso. Boz y le habló a Volodymyr: “hermano, besaste la cruz y tus labios aún no se han secado, pero de lo contrario, es decir, afirmaron nuestro padre y nuestro abuelo, y quien transgreda, y Dios será su juez; y ahora, porque no has pensado en mí ni buscas el mal, besa mi cruz”. Volodymyr dijo: "Me alegro, hermano, te beso, de lo contrario todo en mí es mentira", y besó la cruz. Deja que Mstislav vaya a Kotelnchyu" 28 A continuación se muestra un ejemplo de un juicio del siglo XII. Creemos que un lector formado en los conceptos modernos de los tribunales no comprenderá de forma inmediata y sencilla esta historia sobre las preguntas: ¿cuándo comenzó realmente el litigio o el proceso? ¿Quiénes son los litigantes y quiénes los jueces? ¿Qué importancia tenían en la corte los “maridos” de los príncipes? En vista de esto, consideramos no superfluo presentar el siguiente comentario sobre esta historia. La historia se puede interpretar de esta manera: el caso está siendo examinado por el Gran Duque, ante quien el príncipe específico, especificado en sus planes contra él, quiere justificarse. El lugar del juicio es el Monasterio Pechersky. El príncipe, el juez, se sienta en la celda del abad, el acusado, en la celda del mayordomo. Como persona deshonrada ante el Gran Duque, el acusado no se presenta ante él para recibir explicaciones y lleva a cabo negociaciones a través de un intermediario: el sacristán Imormyzha. Cuando se descubrió de dónde venía la calumnia, lo enviaron a Vyshgorod al príncipe David, y el Gran Duque también fue expulsado del monasterio durante tres días. El propio príncipe David no apareció en el monasterio de Pechersky, pero envió allí a Vasily Nastasich "en el lugar", de quien surgió una calumnia contra Vladimir y le "asignó" "dos de sus maridos". “Enviado”, o poner de su lado a dos maridos y al príncipe Vladimir. Tres días después, el Gran Duque llegó nuevamente al monasterio de Pechersk. En presencia de ambos "competidores" (es decir, el príncipe Vladimir y Vasily Nastasich), el Gran Duque, junto con los cuatro "maridos" de los príncipes, examinaron el caso. La expresión de la crónica: “y empezó a pelear con Vasil” puede entenderse en el sentido de que estaban peleando o compitiendo. Vladimir con Vasily; pero nada impide presentar a hombres principescos como participantes en esta juerga. "Y salió el rumor según Vasiln" - la crónica: es decir, Vasily se refirió al rumor, que en esta calidad fue admitido por ambas partes. El príncipe Vladimir resultó ser culpable, pero solo había un rumor en su contra y siguió encerrado en su culpa. Luego, el Gran Duque decidió presentar el caso ante el tribunal de Dios: "pónselo a Bose": invitó al acusado a prestar un juramento de limpieza, tras lo cual el asunto terminó. Puede interpretar la historia que estamos considerando de manera un poco diferente, así: Contiene dos partes: un prólogo del litigio y una descripción de este último. El prólogo contiene sólo una historia o explicación de cómo comenzó el litigio entre el príncipe Vladimir y Vasily Nastasich. Condenado ante el Gran Duque por planes en su contra, el príncipe Vladimir deseaba “recuperarse” ante un tribunal formal. Para ello, se formó un "tribunal común" en el Monasterio de Pechersky a partir de "los 4 jueces actuales, los maridos de los príncipes. Resolvieron el litigio e informaron su decisión al Gran Duque, quien, por su parte, ofreció al acusado un juramento de limpieza". Según esta interpretación, el litigio en cuestión representará una muestra del tribunal arbitral del siglo XII y, como tal, puede presentarse como una ilustración o aplicación real de la forma de arbitraje que encontramos muy común en el siglo XIV. ¿Pero es esta interpretación correcta y aceptable? ¿Es posible llamar jueces a los cuatro principescos antes mencionados? ¿No son simples abogados de príncipes, similares a los abogados modernos? Respondemos: ¡no y no! Está fuera de toda duda que en el antiguo tribunal ruso se permitían “abogados” en lugar de los propios litigantes 29: pero en esta capacidad se distinguían clara y claramente de los jueces. En este caso, no fueron necesarios en absoluto: los litigantes estuvieron personalmente en el juicio. Pero ¿por qué estaban presentes los “maridos” de ambos príncipes, e incluso “mil” de uno de los príncipes? El hecho es que uno de los rasgos esenciales y característicos del antiguo sistema judicial ruso era que en la composición de la corte, sin importar quién fuera su miembro principal: un príncipe, un gobernante, un posadnik, mil o algún otro funcionario principesco, ciertamente había "personas" elegidas de ambos lados, o como en este caso, "hombres". La Carta Judicial de Novgorod de 1471 decreta: "Y dos personas son llevadas a la corte (es decir, en cada lado). Y quien lleve a alguien a la corte será responsable de eso. Pero el alcalde y Tysetsky y el señor del gobernador y sus jueces no deben ser expulsados ​​de la corte 30. “Y en tiun odrina (es decir, en la cámara o celda de tiun) sé una buena persona y juzga la verdad besando la cruz en esta partida de bautismo” 31. “Y el informe (el segundo tribunal supremo) debe estar en la sala de decisiones, y el informe debe ser desde el final según el boyardo y según el recolector, y quiénes son las personas en el tribunal, los jueces y el alguacil” 32. Con tacto, se organizó un juicio basado en el monumento legislativo veche del siglo XV. En la antigüedad, la importancia del “pueblo” (es decir, los jueces elegidos por las partes) en la composición del tribunal no era menor. "Leyendo el Pravda ruso - Gobernador Sr. Duvernoy - es imposible imaginar casi un solo acto jurídico que se llevaría a cabo sin la presencia de muchas personas, "personas", como las llama más a menudo el monumento. Así negocian una compra, así compran un artículo, así entregan la herencia al tutor de los menores. En todas partes hay "personas" en un número determinado o indefinido. Todo el proceso sólo es concebible con la participación de estas personas: son necesarios para la garantía, para la obediencia, para la preservación de la decisión judicial en la memoria; la ejecución de la decisión también se realiza en la subasta, por lo que frente a las mismas personas, así, la publicidad de las actuaciones del tribunal, la presencia de personas, se incluye como un elemento orgánico en el entonces sistema judicial y procesal. A veces, como se puede ver en el acuerdo del príncipe de Smolensk (1229), las partes recurren directamente a hombres buenos y hacen que su decisión sea vinculante para ellas, del mismo modo que la decisión de un tribunal público lo sería para ellas. Con toda probabilidad, esos 12 maridos tenían el mismo significado. que señala la antigua Verdad en el art. 14. (Especie académica). No es tan fácil como parece, especialmente con los escasos medios de nuestra escritura antigua, rastrear la actitud de las personas contra las cuales se envían las partes ante las autoridades judiciales públicas. Sólo vemos que el número de estos individuos puede ser muy significativo. La multitud no asusta en absoluto a los jueces en este momento. No tienen miedo de "punta" contra "punta"; la ley no indica ninguna medida, como lo será más adelante en el Código de Leyes, en Novgorod, en la Carta de Sentencia de Pskov. Por el contrario, el Poder Judicial parece considerar necesario que haya una masa de gente presente en el juicio: cuanto mayor es el precio de la demanda, más rumores se requieren. La cifra llega a 18“ 33 . Por lo tanto, no importa cómo interpretemos la crónica anterior sobre el litigio principesco, inevitablemente debemos reconocer en ella un elemento de arbitraje. Los “maridos” de los príncipes, dos “de ambos lados”, son jueces electos o arbitrales, “generales” o “jueces en ejercicio”. El Gran Duque es el tribunal supremo o el tercio más alto: el súper árbitro. Puede parecer extraño cómo siguen los “hombres” de los príncipes. ¿Podrían sus subordinados ser jueces de los príncipes, incluso como árbitros? Esto es realmente extraño, pero tenemos muchos ejemplos de siglos posteriores de que en los litigios entre príncipes, los árbitros solían ser sus boyardos, con la única condición indispensable de que eligieran o - en el lenguaje de esa época, "un tercio de ellos" - un superarbitro. Tal superarbitro, como se mencionó anteriormente, incluso necesariamente era elegido metropolitano. En el documento “pre-final” (contractual) Vel. El príncipe Dimitry Ioannovich Donskoy con el príncipe Vladimir Andreevich de 1388 leemos: "Y si suceden cosas entre nosotros, envíanos a tus boyardos, de lo contrario (ellos) harán mal; y cualquier cosa que discutan, ellos (y ellos) van al metropolitano, pero no habrá metropolitano en esta tierra, y por tercera vez, a quien elijan por sí mismos: y a quien los boyardos imploren, entonces aparecerá el príncipe, a quien imploran (es decir, culpan, condenan), pero los boyardos no son culpables" 34 . En el documento contractual entre el príncipe Ivan Fedorovich de Riazán y el príncipe Georgy (Yuri) Dimitrievich Galitsky de 1433 leemos: "Y qué nos hará con las fronteras, qué insulto para nosotros al enviar a sus boyardos y ellos harán justicia; y sobre lo que hablarán de eso, de lo contrario son nuestro tercer padre, el Metropolitano; y a quien acuse el Metropolitano, de lo contrario, devuélvele la ofensa, pero él no te la devuelve, de lo contrario se la enviaron al Gran Duque, de lo contrario no es traición contra ti, pero es así en ambos lados" 35 . En la carta del tratado de los príncipes de Suzdal Vasily y Fyodor Yuryevich con el príncipe Dimitry Yuryevich (Shemyakaya) de 1446 leemos: "Y sobre asuntos ofensivos, usted, señor, despida a los jueces de la guardia, y para nosotros, señor, despida a sus jueces, y ellos no harán nada para corregirlos, excepto lo que nuestros jueces no sabrán; de lo contrario, usted, nuestro señor, el príncipe Dmitry Yuryevich, será el tercero después de ellos, antes que su padre, antes que el metropolitano". 36 En el documento contractual del príncipe Tverskoy Boris Alexandrovich con Vel. Libro Vasily Vasilyevich de 1451 leemos: “Y lo que el metropolitano Cipriano juzgó en los tribunales de nuestras obchias Polukarp y Mikhail, Ivan y Klementya, o lo que juzgaron los tribunales: nuestras obchias y cartas fueron presentadas, y lo que se tomará, luego se tomará y lo que no se tomará, luego lo rechazaron (dimitieron) y los estatutos de esos tribunales se rompieron, y quien establezca los estatutos de esos tribunales, de lo contrario los derribará" 37 . En el documento contractual del Príncipe Ivan Vasilyevich de Suzdal con Vel. Príncipe Vasily Vasilyevich de 1451 leemos: “¿Y cuáles son, señor, las cosas que harán su pueblo del Gran Duque y sus hijos de todo su gran reinado con mi pueblo, y los jueces, señor, nuestro pueblo que se ha reunido infligirá justicia en ambos lados, y sobre lo que sus jueces discutirán, de lo contrario, señor, nuestro padre, santo Jonás, Metropolitano de toda Rusia” 38. Como puede verse en estos ejemplos, el Metropolitano de toda Rusia con el rango de súper árbitro del tribunal de arbitraje en los litigios civiles de los príncipes de la antigua Rusia era un hecho muy común. No conocemos casos en los que él, así como el Arzobispo o el Obispo, fueron escuchados en el rango de “primer tercio”, o simplemente como jueces de arbitraje: pero tales casos difícilmente podrían haber sucedido: la clase de los jerarcas en ese momento y en la vida civil era demasiado alta para esto. Pero no faltan ejemplos de que los abades de los monasterios escucharán el título de “primer tercio”. Desde la mitad del siglo XVI, nos ha llegado un documento muy interesante: un "acta" formal y una petición de 4 príncipes de Kem (distrito de Belozersky) dirigida a Atanasio, abad del monasterio de Kirillo-Belozersky con sus hermanos, para que asumiera el título de árbitro en el caso de dividir el patrimonio entre ellos después de que su pariente, el príncipe Mikhail Kemsky, muriera sin hijos. Este registro del siglo XV establece de manera tan legalmente impecable el tema del “caso” que debe resolverse, las condiciones y obligaciones de los litigantes, así como los poderes especiales del árbitro, que tendría plena fuerza incluso hoy en día por satisfacer plenamente los requisitos del art. 667, 668, 669, 674 Contras. ХVI, Sección. VII. Cap. 3. Prueba irrefutable es que en este siglo la práctica del arbitraje era tan común que incluso sin una ley escrita Se conocían muy detalladamente los rituales y formalidades de este tipo de procedimientos judiciales. El contenido de esta entrada es el siguiente: Nosotros, los príncipes de Kem Alexander y Semyon Ivanov, somos hermanos del príncipe fallecido sin hijos de Kem Mikhail Ivanov, y nosotros, sus sobrinos, los príncipes de Kem Ivan Fedorov y David Andreev, golpeamos con la frente al abad del monasterio de Kirillov Atanasio por lo siguiente: Nuestro hermano (los dos primeros), el príncipe Mikhail y nuestro tío (los dos segundos) murieron sin hijos, dejando atrás otchina (una lista de posesiones de 9 toneladas que constituyen la otchina); y nuestro padre, el Príncipe Iván, escribió en su testamento espiritual que si uno de nosotros, hermanos, muere sin descendencia, los demás evaluaremos su patrimonio a través de “buenas personas”: distribuiremos el precio entre monasterios e iglesias para conmemorar el alma del difunto y todo el clan, y dividiremos las tierras de la finca entre nosotros “antes del tercero”. Valoramos amigablemente la propiedad en 300 rublos. y distribuido entre los monasterios (150 rublos al Monasterio de Kirillov). Ahora nosotros, los cuatro votchiches, golpeamos a nuestro soberano Abad Atanasio con la frente para que concediera: envió al anciano de la catedral a dividir dicho patrimonio en cuatro lotes, y si durante esta división hay una disputa entre nosotros, entonces confiamos en el Abad Atanasio con los ancianos y en el anciano que será enviado, y si ellos deciden, nos comprometemos a mantener eso. Y luego, después de dividir la propiedad en parcelas, “cavar hoyos, cortar bordes y pintar límites” a estas parcelas y distribuirlas por sorteo, y finalmente escribir “n negocios” (letras) y asignar sus propias manos a las de negocios”. Todo lo que se pueda hacer delante del anciano de la catedral, a quien enviará Hegumen Afanasy, y con la “buena gente” que enviará cada uno de los votchiches. Si uno de ellos viola de alguna manera las condiciones establecidas y no obedece al tribunal de Hegumen Afanasy, entonces exija al resto 300 rublos. (el precio de la propiedad) y "mientras tanto, dar derecho al culpable a un registro sin el informe del boyardo". La sección debería producir "verano 7059" 39. Como se desprende de este “acta”, el Abad y los ancianos están autorizados con plenos derechos, como árbitros, y se estipula la obligación de los demandados de no solicitar una nueva decisión (o apelación); La ejecución de la decisión está garantizada con una multa de 800 rublos. Desde principios del siglo XVI, nos ha llegado el veredicto del tribunal de arbitraje, encabezado por Hegumen Nifont, que estableció una "frontera" entre dos propiedades de tierras en disputa. El tribunal de arbitraje habló aquí después de que los litigantes ya habían iniciado un litigio ante los jueces del Gran Duque. El veredicto está garantizado por una multa de 20 rublos. Aquí está el original (con la parte poco interesante omitida): “He aquí el anciano Alexei y el anciano Antonio del monasterio de Kirillov, y Yaz Yakov y Yaz Yakim Ivanov, los hijos del hijo de Timofeev, Trusov (patrimoniales), que criaron la semilla de los jueces del Gran Duque: Ivan Zlobin y Mityusha Lykov, según los ancianos de Kirill, según Antonio y Alexey, - en la frontera, en el suelo, en el bosque, entre Nagory y el Reparación de Gladkovsky: y nosotros, sin ponernos jueces, hicimos las paces, logramos una relación amistosa entre nosotros y nos enamoramos de las demandas de terceros: el abad Nifont y el tío del hijo de Ondrei Grigoriev, y el hijo de Yakim Sukhovo Dmntreev, me basé en ambas demandas contra esos terceros, ya que nos indicarán el límite, y el límite es el adecuado para nosotros. Y el tercero, de pie en el suelo, dijo: desde el Pantano Blanco, desde el medio (descripción del límite). Y Yakov subirá por la medka o Yakim la tomará, o veinte rublos para ellos, y los mayores subirán hasta el límite, o para los mayores veinte rublos. Y luego estaban los hombres: Sidor y otros. 40. Un rasgo distintivo de este proceso de arbitraje respecto del anterior es la mayor actividad de los propios litigantes. Al salir del tribunal en el que discutían, se reconciliaron y, incluso antes del veredicto del arbitraje, acordaron entre ellos un “límite amistoso”, de modo que el tercero elegido sólo tuvo que establecer y consolidar este límite preacordado, o una solución amistosa a la disputa. Nos encontramos aquí con una forma de arbitraje tan cercana a la “serie libre” o “acuerdo de paz”, que entre ellos hay un dov. es difícil trazar una línea que los divida. ¿Qué tan cerca se acerca este proceso a lo siguiente, por ej. “récord mundial”, revelado ante el archimandrita: "He aquí, Drovnev, el hijo de Gavrila Stakheev, residente de Tikhfinsky Posad, le dio esta nota a Tikhvints, el hijo del ciudadano Ivan Anikiev, que el día 9 de junio de 192, yo, Gavrila, y él, Ivan, tuvimos una pelea con él, y yo me peleé con él, Ivan, con un cuchillo en el derecho acolchado; y ahora yo, Gavrila e Ivan, llegamos a un acuerdo en esa pelea con cuchillos e hizo las paces, y por las lesiones, el deshonor y las lesiones personales en esa pelea con cuchillos, Iván, según el acuerdo, me quitó todo en su totalidad, y en ese acuerdo de mí Gavrila con él, Iván le dio al padre Archimandrita Macario y sus hermanos una petición de paz, y de ahora en adelante no debería encontrar a Gavrila contra su Iván, su esposa e hijos en vano y no lo regañe, y no lo vilipendie ni lo deshonre con un cuchillo, y no Y si a partir de ahora le reprocho a Gavrila contra su Iván, contra su esposa y contra sus hijos, en vano le enseñaré a encontrar y regañar, y con ese pago en efectivo le enseñaré a vilipendiar, y si no me opongo a este récord con mi palabra, e Iván me quitará a Gavrila, por mi multa por este récord de dinero, diez rublos. Y esta entrada se anotará en adelante en la entrada del año 7122" 41 Nos han llegado muchos tipos amistosos de “récords mundiales”, “recibos”, “indemnizaciones”, “datos”, “viajes” 42 . A menudo, esos actos eran sellados por el clero blanco. Por ejemplo: este tipo de acto (siglo XIV o XV): “He aquí, el príncipe Fiodor y el príncipe Osif, el príncipe Konstantinov, hijos de Ugolskovo, dividieron por amor la aldea de Pokrovskoe, según la bendición de su padre: el patio en mitades y en franjas; para mí, el Príncipe Fedor, la franja norte, y para mí, el Príncipe Osif, la franja sur, y la tierra en el pueblo y en el pueblo en Bragin y en el pueblo de Melekhovo de tierra cultivable en mitades: y yo, el Príncipe Fedor, lo obtuve: una gran choza, y un desmoronamiento, y un granero de heno, y yo, el Príncipe Osif, obtuve: una habitación superior con un dosel y un sol; y quien comience a redistribuir el pueblo de Pokrovskoye con patios y tierras cultivables, el pueblo de Bragino y el pueblo de Melekhovo, por esos cincuenta rublos. Para eso están los rumores.... Pero en realidad, el sacerdote Autonom estuvo involucrado y tuvo algo que ver. Y el diácono Vasily estuvo en el acto y participó en ello. Letra 7049 (1541) 43. Pero lo que merece nuestra atención especial es una serie de "cartas de fila" de Novgorod del siglo XV, incluidas en los actos jurídicos con el número 257. Son monumentos de un acto que tiene el carácter de un tribunal de arbitraje: una serie mundial. La “Serie Mundial” - como se desprende de las cartas antes mencionadas - es una solución pacífica al litigio que se prolongaba hasta entonces. Su conexión con el juicio que lo precedió se revela en primer lugar por el hecho de que la pena, que habitualmente garantiza el cumplimiento de la serie concluida por ambas partes, no se asigna a favor de la parte contratante, sino a favor de la institución judicial que tenía competencia sobre el litigio, que concluyó pacíficamente. "Y quien pise esta fila - leemos en las letras indicadas - le dará al príncipe y al alcalde veinte jrivnias de oro". O: “Quien destruya esto le dará a los jueces mil ardillas”. La conexión de este acto con el tribunal se ve entonces en el vínculo con el que se aprueba el fuero ordinario. Este, en su mayoría de cristal, tiene un sello oficial de plomo (no el sello de un particular) y la firma de un escribano o escribano oficial. La conexión entre el acto y el litigio que lo precedió a menudo se indica directamente en el propio estatuto. Entonces, por ejemplo. en el gramo bajo el primer número de dicha serie leemos: “El mayor Azik lo golpeó en la frente (y así sucesivamente. confiado de la sociedad) al Príncipe Ofonasya a Vasily a Matveev, e instruyó a las tropas y, sin ir a la corte, se establecieron uno al lado del otro” “44. La serie consistió en el hecho de que la sociedad cedió la tierra en disputa a Vasily Matveev "para siempre", quitándole "veinte mil ardillas de esta tierra". O: “He aquí, Hegumen Ondreyan... y el hijo de Procopio Yuri pelearon por la tierra que estaba en disputa entre ellos” 45. El acto se realiza en presencia de buenas personas de ambos lados, a quienes aquí se les llama “ryadtsamp y posumami” y generalmente (entre 5 o 6-tp) se hace referencia a ellos con una letra en fila. Este acto aparentemente se diferencia del tribunal arbitral sólo en que aquí los protagonistas principales no son terceros, aunque sí están presentes, sino las propias partes contratantes. Pero - se puede suponer - que las riñas y los rumores no son sólo espectadores, sino personas que contribuyen más o menos activamente a la “organización de la riña”, por eso se les llama “ryadtsamp”. El proceso de “ordenar” a veces parece ser el resultado de largas peticiones y negociaciones (“refranes”), como se puede ver por ejemplo. de la siguiente fila gramo. "Mira, la esposa de Iván, su hijo y su cuñado golpearon a Obekan, el hijo de Kurov, que fue secuestrado; Kur tenía setenta años en Ivantsi". (Es decir, la esposa de Ivan le rogó a Obekan que solucionara pacíficamente la obligación de la deuda (70 bel) de su marido Ivan Obekan). "Y de pie frente a la gente", continúa la grama, "la esposa de Ivantsov, su hijo y su cuñado, según el proverbio 46, con su nuera, su hermano y Ostash, dieron agua a Obekan para nueve blancos en Syarty 47, puse el límite más alto que una piedra a lo largo de un arroyo profundo y le di a Obekan una oveja; y entonces no hay necesidad... Al obekan no le importan ni la mujer de Ivantsov, ni su hijo, ni su cuñado en Ostashp. El famoso "Teshat Row" de Pskov, un documento del siglo XIII, pertenece a la categoría de monumentos legales escritos que atestiguan la comisión de tal serie mundial con la participación del clero. Aquí está su texto completo: “He aquí, Teshata y Yaknm hablan de su almacenamiento, del primero y del trasero. Y Yakim le quitó la plata a la muchacha. Y eres libre de quitarle la monista teshatina a la esposa de Yakimov. Y ella hizo arboledas entre sí; ya no lo necesito Yakimu Teshata, ni Teshate Yakshi. Y en ese puesto: Davyd pop, Dorozhka Domoslav, Vekoshkin Boyan, Kuzma Loikovich, Zhidilo Zhikhnovich, Ivan Smolnyanin. Y quien cruce esta fila, ya sea por quién o por Teshata, dará cien jrivnias de plata. Y el salmo es el escriba de Dovmont”. El documento está escrito en glassine con reglas claras y con un sello de plomo colgante, en un lado del cual está la imagen de San Timoteo (el nombre ortodoxo del príncipe Dovmont), en el otro, una cruz 48. En un momento (es decir, inmediatamente después de su descubrimiento en 1850), este documento fue sometido a un cuidadoso estudio e interpretación, Dov. varios. De estos últimos, dos merecen atención: I. I. Sreznevsky y K. A. Nevolin. Según el primero, se trata de una serie de registros conspirativos, 49 pero en opinión del segundo, se trata de una serie mundial. A pesar de la extensa argumentación filológica de Sreznevsky, su opinión no puede considerarse correcta y ya sugiere la siguiente argumentación de Nevolin: "1. Lo esencial de las filas de este tipo (es decir, de los conspiradores), dice, era el significado de los nombres de los novios y el significado de la fecha en la que debía celebrarse la boda. Nada de eso se indica en la carta que estamos considerando 50. 2, “Me parece que hay una indicación clara de la esencia del “acuerdo de paz” celebrado entre Yakpm y Teshata en la propia carta, en las palabras: “él ha hecho una arboleda entre ellos 44 El tema del acuerdo de paz entre Yakpm y Teshata es un acuerdo entre ellos. El acuerdo psyakyi presupone exigencias y deudas por ambas partes, o exigencias por una y deudas por la otra; termina si la parte que queda, que si la otra paga su deuda con ella en cuentas mutuas; de hecho, esta es la esencia de la transacción en la pregunta 44. 3, "Opa pertenece al número de actas de conciliación (!) 51, mediante las cuales las partes contendientes acuerdan, bajo ciertas condiciones, poner fin a una disputa entre ellas, que surja de cualquier motivo legal; nair, incluso de un acta (matrimonio) arreglada. Esta importancia de la grama bajo consideración (!) es obvia al compararla con otras similares, a saber, las de Novgorod" 52. Sobre esta base, Nevolin da el siguiente significado a todo el documento: "Teipata y Yakim llegaron a un acuerdo sobre el primer y segundo cargo. Yashin recibió plata de la niña, Teshata puede luego quitarle libremente su monista a la esposa de Yakimova. Esto pone fin al acuerdo entre Yakpm y Teshata; además, shi Yaknm no debe exigir nada a Teshata, shi Teshata a Yakim. Los testigos de esto fueron: el sacerdote David (n, etc.). El escriba de Dovmontov escribió (por supuesto, en el sentido de un secretario principesco) “ 53 En general, el análisis jurídico y la determinación de la naturaleza jurídica del documento son correctos; pero no se puede dejar de notar cierta inconsistencia entre el carácter oficial del documento, la solemnidad de la situación, por así decirlo, en la que se redactó y la insignificancia del tema, esta "transacción mundial": la liquidación monetaria. El sello del príncipe, el secretario del príncipe, seis rumores encabezados por un sacerdote y una multa de 100 agravios: todo esto es demasiado para llegar a un acuerdo monetario entre dos personas, como es demasiado para una disputa acordada. El propio Nevolin analiza la cuestión de la impresión del documento, basándose en algunos artículos de Pskov. El estatuto del tribunal es el siguiente: "En relación con el estatuto de Pskov, así llama al documento que se está considerando en este lugar, creo que la colocación de un sello (y posteriormente la firma del estatuto por parte del escriba principesco) tenía un significado oficial, ya que era el sello principesco el que estaba adjunto a la carta. Mié. Pskov. Juez. Cartas Art. 9: y el escriba del príncipe tomará el reclamo por la fuerza del pozovintsa, o de una carta no judicial o de un apéndice, pero quiere escribir algo que no sea en otro lugar, sino sellarlo para el príncipe, pero el príncipe no lo sellará, de lo contrario lo sellará con la Santísima Trinidad: no hay traición en eso 54. Y también el art. 13: y el escriba del príncipe debe escribir al tribunal sobre la tierra, de lo contrario debe tomar 5 dinero del juez, y dinero del que llama, y dinero del sello. y del tribunal, deberían recibir dinero cada uno. Pero el escriba del príncipe querrá escribir algo que esté más allá de sus fuerzas, o escribirlo en una ola, pero sellarlo para el príncipe. Pero el príncipe no lo sellará, de lo contrario la Santísima Trinidad lo sellará, pero no hay traición en eso 55 Entonces, Nevolin concluye basándose en este certificado, para mí, al menos, no hay duda de que el Pskop grata pertenece a la categoría de gramata mundial, a la categoría que está impresa en Ak. Yu, en el nº 257" 56. La conclusión es absolutamente correcta. Pero, ¿qué son estos gramos mundiales, que en realidad se llaman “filas” o “series”? Ellos, como se ha descubierto, son la esencia de los actos mediante los cuales se ponen fin a los litigios y procesos judiciales. El sello principesco que se les atribuye, como se desprende del certificado presentado por Nevolin, también indica que se trata de un acto judicial, del género "pozovnitsy" (al tribunal), "sin juicio", "adjunto". Lo mismo lo indica una multa cuantiosa, que garantiza una “fila” y que se asigna a favor de los jueces: el Príncipe, el Señor, o el alcalde, mil, etc. El mismo carácter de la fila de Pskov, como de la fila en general, se evidencia en los numerosos rumores encabezados por el sacerdote. Si se tratara sólo de cuentas de dinero y acuerdos, ¿por qué surgen seis rumores entre ellos? Esto sólo se exige en los casos judiciales 57 . Y por la estructura misma del discurso del documento, queda claro que el cálculo es sólo un tema adicional al tema principal de la serie: la orden sobre el almacenamiento "asegúrense de cuidar su almacenamiento... y hagan cálculos entre ustedes". En vista de esto, cambiaremos en detalle la interpretación del documento bajo consideración, propuesta por Nevolin, de esta manera. Entre Teshata, probablemente un hombre joven, como lo indica su nombre diminuto (de Tikhon) y Yakimol, hubo una larga disputa sobre un asunto familiar: sobre "una niña", tal vez un pariente, por ejemplo, la hijastra de Yakim o su esposa, que se intensificó significativamente. "Almacén primero y atrás" puede significar, según la interpretación de Sreznevsky y Nevolin, "emparejamiento", "litigio" y "acuerdo". Tal vez Teshata cortejó a la niña Yakim y le dio a su esposa su monisto, y luego el asunto salió mal: Yakim comenzó a exigirle plata (o dinero) a Teshata "por basura" 58, y Teshata, su monisto. Con la participación de los rumores, el descontento se saldó. Yakim recibió satisfacción por la niña con dinero, como resultado de lo cual Teshata también recibió el derecho de exigir su monisto a la esposa de Yakimova (pero él puede dárselo: Teshata es libre de tomarlo) y este fue el final del cálculo. Entonces, a partir de este momento, ni Yakim es culpable de nada ("no es necesario") para Teshata, ni Teshata para Yakim. Y quien rompe esta disputa paga (al príncipe, y tal vez al gobernante) 100 jrivnia de plata, y para eso están las disputas y los rumores. David sacerdote y así sucesivamente. Para nosotros, esta "disputa" del siglo XIII es importante - como probablemente adivinará el lector - especialmente porque concluyó con la participación del "sacerdote" como líder y servidor. Sí, este es el único documento donde el "sacerdote" aparece en un rango muy cercano al de árbitro. ¿Qué quiere decir esto? ¿Es realmente cierto que, según la opinión de la antigua Rusia, sólo el metropolitano, el archimandrita y el abad eran considerados competentes para recibir el título de árbitro, y el "sacerdote", que en cualquier caso no estaba más alejado de la vida familiar y pública, ni siquiera en esferas algo inferiores, era considerado no competente para ello e insuficiente? No lo creemos; la posición de clase social o pública del “sacerdote” en el antiguo período de Kiev de la Rus era lo suficientemente alta como para recibir el título de árbitro 59. De hecho, ¿en qué círculos de la antigua sociedad rusa nos encontramos con el “sacerdote”? - En varios y principalmente en el círculo de "hombres principescos", guerreros y consejeros más cercanos del príncipe, así como sus apoderados", a través de quienes lleva a cabo sus negociaciones y acuerdos con otros príncipes o tierras. Así, el príncipe de Smolensk Mstislav Davidovich en 1229 concluyó un acuerdo con Riga, Gotland y las ciudades alemanas a través de la mediación de sus dos maridos: "el sacerdote Jeremías y el inteligente esposo Pantelei". “Y fue refrenado - leemos al comienzo de este acuerdo - el príncipe de Smolensk, Mstislav David, hijo, envió a su mejor sacerdote Ermey a Riga y con él a su marido Pantelei desde su ciudad de Smolnesk: ella era embajadora en Rize, desde Riga fue a la costa de Gochky, allí el mundo quedó firmemente establecido" 60. Que el sacerdote Ermey no constituyó ninguna excepción en este caso se desprende tanto del documento contractual en cuya redacción participó como de la antigua Carta de Nóvgorod del mismo tipo: en ambos se identifican los conceptos de “sacerdote” y “embajador” como personas privilegiadas en términos civiles. Por el asesinato de un sacerdote o un embajador, la multa es el doble que por el asesinato de un “comerciante” 61. Invariablemente nos encontramos con “sacerdotes” con “rumores” durante los testamentos espirituales granducales; Nos encontramos con Pkha entre los que festejaban con el príncipe con su "heno". Sobre la posición comparativamente alta de los sacerdotes en la vida rusa antigua, E. E. Golubinsky dice lo siguiente: "Los sacerdotes fueron introducidos en la sociedad de la corte más alta por el bautista de Rusia, San Vladimir, quien, según el testimonio del monje Jacob, cuando organizaba cenas y fiestas, proporcionaba tres comidas y de ellas al primer metropolitano con obispos, monjes y sacerdotes. Recordando las virtudes de los príncipes posteriores, los cronistas casi siempre mencionan esa virtud suya que "honro el rango de monjes y sacerdotes”. Los príncipes expresaron su respeto por el rango monástico visitando con frecuencia los monasterios y, por un lado, recibiendo instrucción espiritual y, por otro, ofreciendo a los monjes ricas instituciones. Es necesario pensar que tal Al mismo tiempo, expresaban su respeto por el rango sacerdotal o sacerdotal convocando a los sacerdotes a sus comidas principescas. Por supuesto, no encontramos ningún discurso deliberado entre los cronistas sobre un tema como las comidas o fiestas de los sacerdotes con los príncipes. Pero encontramos noticias sobre esto de ellos en discursos que no son deliberados, aleatorios, noticias que dejan claro que la compañía de sacerdotes constituía una compañía ordinaria de príncipes. El autor de la Crónica de Ipat, hablando en 1150 sobre un ataque repentino a Bélgorod por parte de enemigos que casi la tomaron, dice que en ese momento el Príncipe de Bélgorod estaba festejando en su palacio con los boyardos y los sacerdotes de Bélgorod” 62. Dentro de la sociedad urbana y rural, los sacerdotes ocupaban sin duda una posición algo superior a, por ejemplo, la de ellos. comerciantes y otras "personas vivas" y - lo que es especialmente importante para nosotros - aprovechando el carácter de jurisdicción exclusiva (de su obispo), no fueron excluidos de la participación en asuntos de la administración pública, sino que hablaron en ella con una voz no sólo igual, sino quizás incluso mayor que la de los "hombres libres" comunes y corrientes. d.) “con la bendición del padre de sus sacerdotes de las 5 catedrales”. Según la misma carta, el alguacil o el demandante debe leer la "pozovnitsa" (citación a la corte) sólo "en el cementerio ante el sacerdote" 63. Pero la antigua legislación sobre la obediencia de los sacerdotes nos proporciona una evidencia especialmente importante de la destacada importancia de los sacerdotes en los "asuntos judiciales". "El sacerdote es así..."... en obediencia a 12 hombres", así dice el artículo de la Ley de Sentencia 64. Pero los rumores, según la antigua ley rusa, no sólo son un testimonio del hecho, sino también de la razón: es casi como un juez. El propio príncipe juzga de otra manera que los “rumores libres” a los que se dirigen ambas partes: conocen la verdad. El profesor explica perfectamente el significado de la mencionada ley sobre la obediencia. N. Duvernoy y nos permitimos imaginar aquí plenamente su comentario: "Recordemos", dice, "los 12 hombres de la "Verdad rusa" que deben descubrir la verdad y que luego son reemplazados por los rumores 65. El artículo escrito de la Ley del Juicio aparentemente quiere expresar la autoridad indiscutible de la obediencia del clero y para ello toma la imagen viva de la obediencia de la comunidad, o de sus representantes (12 hombres). El concepto de artículo de la ley judicial es tan absoluto que puede ser Es engañoso que el testimonio de un clérigo en todos los casos tuviera la misma fuerza que el testimonio de toda la comunidad o de sus representantes. No pensaremos en algo así si la Pravda rusa, y no la Ley judicial, nos sirve como fuente para estudiar la vida antigua, si sacamos nuestras conclusiones no de la Ley judicial a la Pravda rusa, sino de la Pravda rusa a la Ley judicial, entonces entenderemos que ni al prestar ni al comprar el testimonio de un clérigo gozaba de ninguna ventaja. No conocía en absoluto la teoría de la preferencia y ponderación de los méritos del testimonio de los testigos, que se desarrolló en el proceso canónico medieval 66. Todo el significado de la obediencia de un clérigo nos quedará claro si recordamos que con la introducción del cristianismo surgieron una serie de asuntos que ni nuestros príncipes ni nuestros hombres libres conocían. Sólo una persona espiritual, iniciada en los secretos de la ley de Dios y del dogma canónico bizantino, conectada con el mundo de la iglesia, podría descubrir la verdad en asuntos familiares y asuntos hereditarios estrechamente relacionados. Está claro que una persona así podría ser juez en un caso de familia, del mismo modo que doce maridos libres podrían ser jueces de dos partes cuando discutieran sobre una obligación libre derivada de un contrato, o sobre un agravio, o sobre la propiedad de una propiedad. Un clérigo así podría ser a la vez juez (pues conocía la verdad) y testigo. Se podía enviar a él, porque él también tenía la autoridad indiscutible de la iglesia, así como en otros asuntos la autoridad de la comunidad o del príncipe era indiscutible. ¿Qué tipo de actos nos muestra la antigüedad en los que el sacerdote debe actuar como oyente? Se pueden ver en parte en el artículo de la Ley de sentencia sobre la muerte 67), pero como nuestro objetivo principal es la verdad rusa, distinguiremos este tipo de casos por este. Arte. 92 (triple sp.) habla de niños tímidos y de madre libre; Arte. 87.° sobre el arreglo del alma del difunto, si no arregló su patrimonio; otros artículos rusos. Las verdades se refieren a las filas que deja el moribundo; Por último, también existen disposiciones sobre tutela que tienen un carácter más moral que jurídico. ¿Quién sabía mejor qué hijos eran legítimos, cómo debía disponerse el alma, etc., sino la autoridad espiritual? Y entonces, en estos asuntos se necesita la autoridad de la iglesia, se necesita un oyente: un sacerdote, que es lo mismo que en otros asuntos hay 12 hombres libres, o un sacerdote y con él 68 hombres libres. Si nos pidieran que indiquemos el límite entre la jurisdicción eclesiástica y la secular, diríamos nuevamente que no se puede encontrar en la ley. La Ley de Sentencia habla de morir, por lo que no aborda el tema desde el punto de vista jurídico; La verdad rusa habla de aadnitsa, por lo que lleva la cuestión del lado de la propiedad y más al campo del derecho. Pero, de hecho, ambos están estrechamente fusionados. El príncipe juzga al comprador con el amo, al deudor con el acreedor, pero ¿cómo los juzga? Las juzga, en palabras de la Pravda rusa, “audiencias libres”, es decir, decide el caso a través de “personas libres” a quienes fueron enviadas las partes. Los rumores dan fuerza jurídica al acto, son testigos, conocen la ley y el príncipe decide según la ley. ¿Quién es este testigo, a quién se puede enviar un moribundo que quiera arreglar su alma, quién es el líder en estos asuntos? Si un niño de 69 años, según la verdad rusa, va a dividir 70 (herencia), ¿cómo lo dividirá? ¿Dónde aprende la medida? Creemos que aquí también se necesitan rumores (“séptimo de la ciudad donde viven, o de los manantiales” Zak. juez. p. 196 y entre ellos debe haber un sacerdote “71. El privilegio del sacerdote en cuanto a la obediencia, como se explica aquí, en comparación con otros "hombres libres" y "buenas personas" de la antigua sociedad civil rusa, determina con suficiente claridad su capacidad jurídica, por así decirlo, desde el punto de vista del derecho ruso antiguo, al título de árbitro en todos los casos, excepto quizás en los casos de herencia por testamento, en los que debe ser juez y oyente según la ley. Esta conclusión se deriva del hecho de que quien es capaz de obediencia eo ipso derecho también es capaz de ser árbitro. "No existen prohibiciones específicas para aceptar la mediación - Gobernador Sr. Duvernoy - no lo encontramos. La única cualidad constante de los terceros se puede ver en llamarlos "buenas personas". Así, en el acuerdo de los príncipes de Kem se menciona la orden del testador de que el precio de la herencia se determine delante de personas buenas. Dependiendo del tipo de trabajo, a esta cualidad general se le suman otras. Por lo tanto, en las disputas sobre límites, los terceros en la mayoría de los casos tenían que ser personas que conocieran bien la zona. Estos son los veteranos, la gente local, en cuya conciencia y conocimiento se basan quienes discuten. En las disputas entre familiares, a veces vemos a las autoridades espirituales actuar como mediadoras” 72 . Aquí nos detendremos en nuestro repaso de las formas de tribunal de arbitraje de la antigua Rusia en las que era utilizado por el clero: metropolitanos, abades y sacerdotes. Si la escasez de datos históricos, especialmente para el período de Kiev de la Rus, cuando las condiciones para las acciones del clero en este sentido parecían más favorables que en épocas posteriores, nos impidió presentar esta actividad en imágenes más vívidas y vívidas: entonces estos derechos y algunos documentos históricos que examinamos, esperamos, establecieron firmemente en la mente del lector el hecho mismo de esta actividad. Y en la medida en que sólo nos interesaba señalar este hecho, presentar, por así decirlo, una referencia histórico-jurídica sobre este tema, creemos que nuestra tarea ha sido cumplida. Pero ¿qué sentido, qué significado práctico puede tener para el presente una simple indicación de un hecho, una referencia histórica que lo establezca? ¿No apunta esta simple indicación al hecho mismo de una pregunta natural: cómo se reflejó en la vida? ¿Tuvo una buena o mala influencia sobre ella? Esta pregunta natural nos incita a hacer los siguientes comentarios. Los historiadores del derecho civil (consuetudinario) ruso antiguo han afirmado durante mucho tiempo el hecho de su fuerte y profunda penetración en los principios morales cristianos. Esta penetración del cristianismo en la cruda moral familiar de nuestros antepasados, que vivían en el paganismo, como dice el cronista, “brutalmente”, se llevó a cabo con tal éxito que en algunos aspectos nuestro derecho de familia ordinario superó incluso el derecho de familia del nomocanon griego (por representar una mezcla de los principios del derecho de familia romano con los principios morales cristianos). Aclarando este hecho, el profesor Duvernoy dice: “Dijimos que en la sociedad joven (es decir, en la antigua Rusia) los principios religiosos podían producir frutos que no se podían esperar de la mezcla de dos esferas diferentes del mundo moral en el viejo imperio (es decir, en Bizancio). De hecho, en el siglo XV, en las leyes de herencia, encontramos fenómenos que no podían estar directamente inspirados en el nomocanon, pero que eran el resultado de los principios de la moral familiar cristiana arraigados en la conciencia pública. Según el timonel, la esposa tiene derecho a una parte después del marido; un segundo matrimonio cambia la relación de ambos padres con la propiedad restante; pero debido a la ausencia de hijos, siguen siendo los parientes quienes heredan primero, no los cónyuges. En Pskov, los cónyuges, ambos por igual, tanto marido como mujer, en caso de muerte sin hijos, tienen derecho a utilizar todos los bienes del difunto, preferiblemente antes que todos los parientes, derecho de uso que continúa hasta la muerte o hasta la celebración de un segundo matrimonio. Este es el mayor resultado al que podría conducir la visión cristiana de la santidad de la unión matrimonial en el campo del derecho civil. Para que los hilos de esta sagrada unidad se rompan por completo, parece que una muerte no basta. Tras la muerte de uno de los cónyuges, los signos de la antigua unidad en el ámbito jurídico permanecen como estaban. Los cónyuges continúan utilizando todos los bienes del difunto uno tras otro. O se requiere la muerte, o se necesita un nuevo paso, es necesario contraer un segundo matrimonio, para que la ruptura de la unión anterior sea definitiva tanto en el sentido religioso como en el jurídico. Este es el verdadero consorcio ideal omnis vitae, como el famoso clásico 73, situado en la frontera entre el mundo antiguo y el cristiano, llama el secreto del matrimonio” 74. Por supuesto, no cabe duda de que esta profunda penetración de los principios cristianos en nuestra antigua conciencia jurídica rusa se produjo a través del clero. ¿De qué manera? ¿Es realmente sólo a través de la predicación, de las instrucciones espirituales, de la lectura diligente por parte de nuestros antepasados de la Palabra de Dios del Nuevo Testamento? No es así. Un sermón apenas es suficiente para un cambio radical en la moral, y ¿no sería demasiado audaz afirmar que los propios confesores, monjes y archipastores rusos antiguos se distinguían por el tipo de enseñanza que se requiere para una influencia tan fuerte en la moral? Pero como tenemos ante nosotros el hecho de que los clérigos en la antigua Rusia no sólo eran maestros y predicadores de la Ley de Dios, sino directa y directamente guardianes de ella en la vida, líderes en su aplicación, como verdaderos jueces, oyentes en la preparación de testamentos espirituales, en la división de bienes después del difunto, en casos controvertidos sobre el matrimonio, sobre hijos legítimos e ilegítimos, en general - como pacificadores oficiales de los litigantes - entonces no podemos. Parecerá necesario sobreidealizar lo intelectual y moral. virtudes del clero de la antigua Rusia para explicar su profunda influencia en la vida y en el derecho: este hecho por sí solo lo explica de forma bastante satisfactoria. Así, la acción del clero en la antigua Rusia en el rango de árbitros, magistrados y mediadores tuvo una muy buena influencia en la vida civil. Esto fue en el período más antiguo de la historia rusa: Kiev y al comienzo de Moscú, en esa época en la que el derecho común estaba en plena vigencia, sujeto a la influencia de la iglesia, en la era del sistema apanage y el sistema veche de las ciudades libres de Novgorod y Pskov. Con la creación del Estado de Moscú, surgen condiciones muy desfavorables para el tribunal de arbitraje en general y para su práctica por parte del clero en particular: cada vez más se da paso a dos tribunales ordinarios: el Estado y la Iglesia. Ambos funcionarios judiciales (Iván III e Iván IV) se ocupan exclusivamente de la organización y los trámites del Tribunal Estatal, del que son reparados "boyardos, okolinichi y escribanos y toda clase de escribanos, y en las ciudades y volosts, gobernadores y sus tiunas". Ni siquiera se menciona el arbitraje; Sólo el artículo 31 del Código de Derecho de lo Terrible, como se señaló anteriormente, permite a los litigantes poner fin al litigio iniciado ante el juez, en paz. El tribunal de jueces estatales es, según el significado de estos códigos legales, un servicio pagado con la remuneración de los demandantes: “y los honorarios se cobran con los gramos correctos: al boyardo de la prensa con un rublo por 9 dinero, y al diak imatn con la firma del rublo por un altyn, y al secretario, tres dengi” 75 "Y la lista del informe se imprime para el boyardo, el mayordomo o el tesorero, y se archiva para el diácono. Y el imat del sello al boyardo... de un rublo es un altyn, y a un diak de un rublo son 4 dinero, y a un empleado, 2 dinero de un rublo" 76 No hace falta decir que a estos jueces no les interesaba patrocinar la prosperidad del tribunal de arbitraje. Era natural que se quejaran de que “ellos están llevando a la gente ante la justicia” 77 . Sin embargo, la corte terteana, como establecimiento original de la vida misma, sigue utilizándose en los siglos XVI e incluso XVII. Indicamos anteriormente ejemplos de su uso en este momento particular por archimandritas y abades. Y esto es comprensible: como propietarios patrimoniales, estas personas eran las autoridades; tenían derecho a juzgar a sus sujetos pasivos (aunque en un ámbito limitado de casos) no sólo como árbitros, sino también como jueces judiciales. Era un asunto diferente para el clero blanco y los hermanos monásticos inferiores, especialmente en los monasterios que estaban sujetos a la jurisdicción del obispo. De personas libres, el clero blanco, debido a relaciones patrimoniales, pasó a ser una clase de contribuyentes, “sujetos pasivos” en relación con el obispo y el monasterio, en cuyas tierras vivían. La administración patrimonial y el tribunal de estas autoridades espirituales se construyeron a semejanza de los estatales. Y aquí, con el derecho de “alimentarse del servicio, los boyardos, gobernadores, tiuns, diezmos, escribanos y varios escribanos dominaron” e infligieron “insultos insoportables” a las filas espirituales. Según el testimonio del Consejo de las Cien Cabezas, "en la metrópoli, en los arzobispados y en las diócesis diocesanas, los diezmos siempre se han designado bajo los grandes hacedores de milagros Pedro, Alexy y Jonás y antes de ellos, y según ellos, y hasta el día de hoy según el granizo y los diezmos. Juzgan todo el rango sacerdotal y monástico y todos los principios religiosos de la iglesia y otras personas decentes, según la servidumbre, y en las batallas, y los robos, y otros asuntos además de los espirituales”. ¿Cómo juzgaron? “No juzgaron la verdad - se queja la catedral - e hicieron promesas y arrastraron las cosas y repararon la venta. Y que antes de esto, en las metrópolis, en los arzobispados y en los obispados, los diezmos y zaeschiks (o zakashniks) recorrían la ciudad y los diezmos y recaudaban tributos para los santos según los libros y sus deberes según gramos y libros, según los viejos tiempos, y había una gran necesidad de sacerdotes y diáconos de los diezmos y zakaschniks y la venta era grande" 78 . Junto con la degradación del estatus de clase, también hubo una degradación de la posición oficial del clero blanco. El cura y el sacristán se vestían con la llegada, se vestían para un tiempo determinado, por una tarifa determinada, con un contrato escrito, convirtiéndose así en asalariados o “compras” a la antigua usanza. El clero blanco soportó, o más bien sufrió, tal posición social y oficial durante siglos, casi hasta principios del siglo XIX. Está claro que durante este tiempo le resultó muy difícil aplicar el deber apostólico y el derecho de pacificador en los litigios de su rebaño. Según su posición social, con razón sólo era capaz de obediencia, y luego por necesidad, al menos desde el punto de vista de la antigua Verdad rusa, uno de cuyos artículos dice: "Pero la obediencia no está reservada para un esclavo; pero incluso si no será gratuita (entonces) debido a la necesidad de cosas difíciles para el boyarska tivun, y para otros no se agregará. Y en casos pequeños, es necesario invertir en compras" 79). Durante los siglos XVII y XVIII, la suerte del tribunal de arbitraje fue en general de poco interés. No dejó de utilizarse durante esta época, pero no se puede decir que la legislación de la época lo patrocinara. Sería más correcto decir que durante este tiempo el tribunal de arbitraje se mostró tolerante. En el Código del Consejo de 1649 sólo se le dedicó un artículo, que hasta 1831 siguió siendo la única legalización general al respecto 80. Durante el siglo XVIII se promulgaron varias leyes privadas por las que el arbitraje como privilegio se permitía sólo a los extranjeros y sólo a determinadas clases. Así, en 1734, el tribunal de arbitraje fue concedido a los bashkires y otros pueblos no religiosos de Ufa "por su gran inmensidad de viviendas, de modo que en sus pequeños asuntos entre ellos no les sería rentable ir a Ufa a presentar una petición" 81 . El mismo derecho a utilizar el tribunal de arbitraje "como de costumbre" se concedió a los pequeños rusos en el mismo año 82. El 19 de noviembre de 1800 se concedió el derecho de arbitraje a los asiáticos que vivían en Astracán 83 . En 1827, este derecho fue concedido a los nogais y otros mahometanos en la región del Cáucaso 84, así como a los habitantes de la tierra del ejército del Mar Negro 85, en 1833 a los habitantes de la región armenia 86. El arbitraje también se concedía a algunas clases como derecho exclusivo, por ejemplo a los comerciantes. Así, en la carta de aduanas de 1727 leemos: “Su Majestad Imperial (Pedro II), siendo misericordioso con sus súbditos, los comerciantes, para que, salvo las necesidades necesarias, no entren en tribunales y contestaciones escritas, para que no pierdan el tiempo entre los comerciantes y no incurran en pérdidas innecesarias por ello, ordena, en los ayuntamientos y aduanas, juicios y represalias entre los comerciantes enviados principalmente de forma verbal, en algunos casos también determina que los peticionarios deben ser tratados a través de intermediarios, y si por alguna disconformidad no son elegidos ellos mismos, para que sean nombrados por el tribunal y decidan el asunto” 87 . En 1744, se otorgó a los campesinos del departamento palaciego el derecho de arbitrar todas las disputas: “para detener la burocracia campesina y la ruina resultante” 88 . En 1831, 15 de abril. La disposición sobre el tribunal de arbitraje fue aprobada por las máximas autoridades como ley general, con la abolición de todas las leyes anteriores al respecto, y fue incluida en el Código de Leyes. La legislación actualmente vigente, basada principalmente en el Reglamento de 1831, abre la oportunidad a todos de disfrutar de los beneficios del tribunal arbitral; con esto, se abrió la oportunidad para que el clero, especialmente el sacerdote de la aldea, actuara nuevamente en el rango de árbitro, un rango que había sido olvidado durante mucho tiempo sólo gracias a desafortunadas circunstancias históricas, y que, sin embargo, le estaba asegurado tanto por los cánones sagrados como por la antigua prescripción rusa. ¿Pero es esto necesario y útil? Intentemos presentar algunas reflexiones sobre esta cuestión. III. La posibilidad y conveniencia de actuar como clérigo con rango de árbitro en la actualidad. “El arreglo debe basarse en las siguientes reglas: 1) proporcionar a ambos litigantes una vida legal, honesta y libre de litigios; 2) poner fin a las enemistades y querellas; 3) entregar a cada uno lo que le pertenece; 4) facilitar los lugares judiciales” (Código Zak T. XVI. Sección VII, Art. 660) Éstas son las buenas esperanzas que la legislación vigente deposita en el tribunal arbitral, cualquiera que sea el rango de sus titulares. La acción de un clérigo en el rango de árbitro, como lo ha demostrado la experiencia histórica, podría traer a la vida de la sociedad moderna una elevación del valor moral de la ley y el derecho, y al llamado derecho "común" (campesino) el espíritu y los principios de la moral cristiana. No parece necesario demostrar que este tipo de influencia sea deseable. Y ya hemos demostrado que no existen obstáculos canónicos para que un clérigo de cada grado jerárquico asuma el título de árbitro. Nos queda por considerar si existe una posibilidad legal para esto desde el punto de vista de la legislación actual. El tribunal arbitral, según la legislación vigente, representa uno de los tipos de “análisis mural” o “procedimiento de conciliación” de un litigio, permitiendo a su vez las siguientes divisiones: a) arbitraje voluntario y b) arbitraje legal. Este último se establece exclusivamente para la consideración de los asuntos de “empresas, comunidades y asociaciones” y no puede ser objeto de nuestra consideración. Sólo podemos referirnos al arbitraje voluntario. Todo su instituto está englobado en 47 artículos: 667 – 713 T. XVI y art. 99 y 100 de las disposiciones sobre la finca rústica (anexo especial al Tomo IX del Código de Leyes). En términos esenciales, el arbitraje voluntario basado en estos artículos es el siguiente; Se elabora mediante acta formal presentada ante la institución judicial que tiene competencia sobre el caso civil a examinar. El expediente indica: 1) el objeto del litigio o reclamación; 2) Nombres y cargos de los mediadores elegidos por cada parte en igual número; 3) un mediador común designado por ambas partes o, en cambio, permitir que los mediadores privados elijan uno a su discreción en caso de que sus votos estén divididos 89. Además, queda a criterio de las partes, de acuerdo con los mediadores, indicar en la grabación: 1) el período en que debe tener lugar la decisión judicial; 2) si el tribunal debe decidir el caso según la ley o según la conciencia; y 3) si es conforme a la ley, entonces con traslado en apelación, o sin traslado 90. Si el plazo para la decisión no está indicado en la entrada, generalmente se considera que es de cuatro meses a partir de la fecha de aparición de la entrada 91. Si se deja que el caso se decida según la conciencia, entonces la decisión del tribunal debe ser siempre definitiva y no se permite el traslado, incluso si no se decidió nada en el expediente 92. El asiento está firmado por los litigantes de su puño y letra o por sus representantes autorizados, y está redactado respetando las normas sobre timbre 93. Cuando aparezca el expediente, se debe presentar una revisión de los intermediarios respecto de su consentimiento a la composición del tribunal arbitral 94. El asiento en su comparecencia (por las partes) se anota en el libro por orden del tribunal, y el original queda en custodia del tribunal; y de allí se expide copia a ambas partes y a los intermediarios 95. A la aparición del expediente, las partes no pueden negarse al tribunal arbitral, salvo poniendo fin al caso entre ellas sin juicio mediante acuerdo transaccional establecido al efecto en el tribunal 96. Nadie está obligado a ser mediador en un tribunal de arbitraje voluntario, pero habiendo aceptado la mediación y declarado al respecto ante el tribunal cuando conste el acta, el mediador no puede renunciar al tribunal, salvo: 1) por enfermedad grave; 2) por cambio de lugar de trabajo: 3) por necesidad comprobada de estar fuera de la ciudad por un tiempo prolongado 97. Cuando se elija y nombre en el acta un mediador general (superárbitro), entonces al aparecer el acta deberá adjuntarse también su respuesta indicando su consentimiento; pero cuando su elección se deja a intermediarios privados en caso de división de votos, entonces pueden elegirlo incluso después de la inscripción, e incluso entonces sólo pueden comenzar a elegirlo cuando ya se ha abierto una división entre ellos 98. Pero si al redactar el expediente no se nombra un intermediario general y los intermediarios privados no se ponen de acuerdo en elegirlo, entonces, si hay división de votos en el tribunal de arbitraje, este tribunal se considera inválido y se cierra 99. Como se desprende de estas disposiciones generales sobre la composición de un tribunal de arbitraje, el tribunal de arbitraje más “voluntario” se divide en dos tipos: a) por ley y o) por conciencia. Naturalmente, un clérigo sólo puede asumir, sin peligro alguno, el deber de mediador o superarbitro ante un tribunal de conciencia. Sólo tendremos en mente este tipo de tribunal de arbitraje voluntario. No recomendamos que un clérigo sea árbitro de derecho debido a la extraordinaria complejidad de las fuentes. Nuestro derecho civil, que exige que un juez tenga formación jurídica, experiencia en negocios y técnica jurídica, es difícilmente posible para un clérigo. La constitución de un tribunal de arbitraje mediante acta, tal como lo prescriben los artículos de la ley antes mencionados, es una formalidad cuya ejecución no es en absoluto necesaria si quienes son llamados al tribunal de arbitraje pertenecen a la clase campesina. Aquí el tribunal de arbitraje se establece sin nombramiento previo, sin impuesto de timbre, sin superarbitro. Los campesinos litigantes eligen, a petición suya, un número igual de jueces de cualquier clase, lo declaran verbalmente al gobierno de Volost, y estos jueces elegidos ejecutan el acto de juicio donde quieran, es decir, en el gobierno de Volost o en una casa particular. Lo que confiere plena importancia jurídica a un tribunal de arbitraje de este tipo es la anotación de la decisión en un libro especial, que necesariamente está disponible en cada junta de Volost, y el sellado de este acta con la firma del capataz de Volost y del secretario de Volost. Una vez registrado en este libro el veredicto o decisión del tribunal arbitral, adquieren plena fuerza jurídica 100 1). A continuación se detallan los artículos del Reglamento General de Condiciones Rurales (Anexo al IX Vol. Código de Derecho), definiendo este tribunal de arbitraje simplificado: Arte. 99: “En todos los casos, sin limitar su costo, si no implican un delito o falta, y no involucran el beneficio de menores y dementes, los campesinos de uno o de diferentes volost pueden, en lugar de un procedimiento ante el Tribunal de Volost, recurrir de mutuo acuerdo a un tribunal de arbitraje basado en la conciencia, sin verse avergonzados por ninguna forma”. 103 Arte. 100: La decisión del tribunal de arbitraje debe ser comunicada inmediatamente a los litigantes y registrada en el libro disponible en la Junta Volost. Se considera que ha entrado en vigor legal definitivo desde su inclusión en este libro. No se aceptarán quejas sobre esto en ningún lado”. Sin embargo, la violación de los requisitos impuestos por estos dos artículos para la composición del tribunal de arbitraje puede servir como motivo para apelar su veredicto 101. En cuanto al procedimiento para un proceso judicial en un tribunal arbitral, consideramos necesario, de buena fe, señalar las siguientes disposiciones. Durante todo el proceso, el tribunal no debe olvidar su tarea de mantenimiento de la paz. Arte. 690 dice: “Cuando el Tribunal de Arbitraje es concedido por expediente para decidir el caso según su conciencia, entonces, asumiendo la responsabilidad de la mediación amistosa, ofrece a las partes métodos de reconciliación y si son aceptados por ellas intactos o con cambios, sobre los cuales han expresado mutuo consentimiento: entonces elabora una determinación de acuerdo con esto; si no es posible acordar tal final pacífico; entonces comienza a redactar su decisión a su propia discreción y según la inspiración de su conciencia”. La decisión del tribunal de arbitraje la adoptan mediadores privados por unanimidad o por mayoría de votos 102. Se considera mayoría de votos cuando, habiendo cuatro intermediarios, tres son de una opinión y uno de otra; con seis intermediarios, cuatro o cinco de una opinión, y dos o uno de otra 103. No se considerará mayoría de votos, sino su división, cuando con dos intermediarios los votos serán diferentes, o cuando con cuatro dos serán de la misma opinión, y los otros dos serán de dos opiniones diferentes, o cuando con seis, tres serán de la misma opinión, y los otros tres estarán divididos en dos o tres opiniones diferentes 104 La decisión de los intermediarios privados es unánime, ya que su decisión es mayoritaria y se reconoce como decisión del Tribunal Arbitral. En ambos casos, su fuerza legal no requiere la opinión de un mediador común (superárbitro), ya sea designado por las partes o elegido por mediadores privados 105. El mediador general no entra en el análisis del caso hasta que se produce un desacuerdo en el tribunal arbitral. Sólo en siete casos es necesaria su opinión. Y por tanto, cuando los votos están divididos, le corresponde a él: 1) aprobar una de las opiniones de los intermediarios privados, que reconoce como la más cercana a la justicia; y este dictamen, aunque tenga el menor número de votos, recibe preponderancia y se convierte en decisión del Tribunal Arbitral; 2) exponer su propia opinión, que, si es aceptada por al menos un mediador privado, se convierte uniformemente en decisión del Tribunal Arbitral. Pero si nadie coincide con la opinión del mediador general, ni éste elige ninguna de las diferentes opiniones de los intermediarios privados, en este caso el Tribunal Arbitral se considera cerrado y no celebrado 106. La decisión del tribunal arbitral se redacta aplicando la forma general de las decisiones de los lugares judiciales y (si el caso fue decidido por ley, entonces la decisión indica las leyes en las que se basa) si por conciencia, entonces sin citar las leyes, se indica en cambio, o: que por mutuo acuerdo expresado por las partes; o (cuando no hubo acuerdo), entonces, en conciencia, el Tribunal, por mayoría de votos, o por unanimidad determinó esto y aquello (a continuación se detallan los artículos mismos de la decisión). Si la decisión se tomó por mayoría de votos o por opinión aprobada por el mediador general, al final se indica brevemente el tamiz: las opiniones especiales de los mediadores se recogen en el diario del tribunal. Esta decisión es firmada por el mediador general, si participó en ella, y por todos los mediadores privados, y es comunicada a los litigantes o a sus abogados con carácter jurídico general" 107 . La decisión del tribunal de arbitraje entra en vigor a partir de la fecha del anuncio 108. Éstos son los motivos y condiciones para la celebración del arbitraje, voluntario, conforme a la conciencia. Es imposible ver en ellos algún obstáculo legal a la aplicación por parte de nuestro sacerdote moderno de su deber y carácter de ser un creador de paz y una conciencia sabia pero cristiana, su mediador-juez de su rebaño, quienes, por una combinación de circunstancias, se han involucrado en las relaciones entre litigantes y partes en conflicto. La legislación actual sobre el tribunal de arbitraje, por el contrario, parece condescendiente en todos los sentidos que el sacerdote (simplemente sin nombrarlo) actúe con todo el poder de sus armas espirituales para actuar en el corazón y la conciencia de los que están en guerra como pacificador y juez. Esto hay que decirlo especialmente de la insistencia con la que la ley expone la tarea de pacificación del tribunal de arbitraje, la ausencia de formalidades en el proceso y la importancia de la “conciencia tranquila” como única base para la decisión. Pero, ¿quién, entre toda la población de la sociedad rural moderna, es más natural para ser el órgano de una conciencia cristiana limpia, sino un sacerdote? No hace falta decir que en este caso no podemos estar hablando de la superioridad moral subjetiva de un sacerdote sobre cada uno de sus hijos espirituales: un rango no es garantía y garantía de una alta moralidad personal, sino de la pureza de motivos y de la conciencia moral, de la constancia y firmeza del carácter moral, de la impecabilidad y reputación externas y, finalmente, morales. La cuestión no está en la dignidad moral personal, que puede distinguirse por “nada en la Iglesia” y que su primado (a quien nadie elegirá como juez) puede no demostrar adecuadamente; pero el hecho es que, por su sacrosanto título y posición social, el sacerdote tiene una autoridad moral que ninguno de sus miembros tiene en la conciencia de todo su rebaño. Cuando el sacerdote habla con el árbol de la edificación, con reprensión, con indicación del mandamiento de la ley de Dios, en este caso, por ejemplo. violado o vacilado, entonces cada campesino, cada campesina se da cuenta de que tiene un derecho indiscutible a hacer esto y sentirá al menos vergüenza si se atreve a contradecir o competir con el sacerdote. Y por el contrario, una vez que éste traicione su conciencia y, Dios no lo quiera, se dé cuenta de ello, él mismo se verá obligado a arder de vergüenza delante de sus acusados. No es una persona común y corriente; Incluso si tiene una gran integridad y una reputación generalmente reconocida, está desarmado como un predicador moralista frente a cada persona pícara e insolente que le dirá directamente: "¿Quién eres? Papá, ¿por qué me sermoneas? ¡No comencé mi oficio! - y tendrá razón". Una condición muy favorable para el sacerdote es la exigencia de la ley sobre la complejidad de la composición del tribunal arbitral, así como la importancia que le da al superarbitro. Nuestra ley aparentemente no permite un solo árbitro; y esto en este caso es bueno: atreverse a ser juez perentorio solo, y especialmente para un sacerdote, es demasiado difícil y responsable. Otra cosa es ser uno de los jueces, al menos el principal, un superarbitro, lo cual es incluso deseable en relación con un sacerdote, como juez, que por su mismo rango está llamado a introducir un elemento predominantemente moral en la consideración y decisión de un caso. Que otros intermediarios, los camaradas del sacerdote, sean los cuerpos del derecho consuetudinario, personas conocedoras de las condiciones de vida de los campesinos; este último debe escuchar atenta y pacientemente sus juicios: ésta no es su área, por el contrario, debe adaptarse a ella en su valoración moral y religiosa de los detalles del caso que se examina y con todas sus fuerzas apoyar en la vida cotidiana, en el derecho consuetudinario, aquello que tiene valor moral. Que es la introducción de un elemento moral en el espíritu y la forma del autogobierno campesino o volost moderno lo que nuestro pueblo anhela, por supuesto, en sus mejores representantes; de esto tuvimos que convencernos personalmente más de una vez en conversaciones con la gente común y con intelectuales que observaron la vida campesina moderna. Según la conciencia de ambos, una razón no menos importante del empobrecimiento económico del pueblo es una disminución muy notable de la moral cristiana entre las generaciones más jóvenes y las campesinas. Los escritores seculares-populistas señalan la razón de este mal en la anormalidad, la carga de las condiciones económicas, la escasez de tierra, etc. No entraremos a evaluar esta opinión debido a nuestra incompetencia al respecto, pero no podemos permanecer en silencio ante las muy convincentes garantías de los propios campesinos de que estas condiciones no son tan malas como para que personas temerosas de Dios y trabajadoras no se lleven bien con ellas, que la depravación moral total es el peor mal y la razón más poderosa para el empobrecimiento económico. Como prueba, citan numerosos ejemplos de la ruina de casas de campesinos ricos que se encontraban en buenas condiciones económicas. condiciones y desorganización únicamente debido al desenfreno moral de sus habitantes, que han perdido todo sentido de vergüenza y escrupulosidad ante todo tipo de exigencias morales y llevan esta influencia corruptora a casas que son verdaderamente infelices económicamente y, sin embargo, luchan contra ella y no sin éxito sólo a través del poder de una mayor estabilidad moral. ¿Qué hacen los guardianes de la moral cristiana y sus guardianes, los pastores rurales? ¿Por qué no inculcan en la iglesia y en la escuela los principios de la moral cristiana en la generación de jóvenes campesinos? Sería claramente falso reprocharles esto en el momento actual. Tanto en la escuela como en la iglesia hay actualmente una intensa predicación de la Palabra de Dios, y no resulta infructuosa ni infructuosa. La generación de jóvenes campesinos tiene derecho a estar orgullosa de su conocimiento de la ley de Dios sobre la generación anterior y puede demostrar su superioridad en este aspecto sobre los ancianos con un título escolar documentado. Pero al entrar en la vida, un estudiante de una escuela cristiana no encuentra en la vida no sólo la aplicación de la ley de Dios, sino también su representante: el sacerdote. En cuestiones de la vida social campesina, en cuestiones de la vida familiar campesina, tan pronto como la conversación gira hacia la ley y la ley, el sacerdote siempre se distancia cuidadosamente: no es asunto suyo. La ley de Dios se proclama abiertamente tanto en la iglesia como en la escuela, pero como algo desligado de la vida. El mandamiento de la ley de Dios no tiene ningún significado práctico, en el sentido de guía de vida; su violación queda completamente impune: el guardián de la ley de Dios no tiene la oportunidad de convocar al infractor ni siquiera al tribunal moral de la iglesia para exponerlo públicamente y avergonzarlo: porque no tenemos tal institución. Sólo la burda burla pública y la blasfemia contra la ley de Dios reciben procesamiento y retribución penal, pero sólo retribución penal. Se habría obtenido un resultado diferente si la voz del pastor cristiano hubiera sonado no sólo en la escuela y la iglesia, sino también en una reunión pública y secular de campesinos, como sonaba en la antigua Rusia. Entonces, se puede esperar, el derecho campesino común moderno estaría imbuido de elementos de la moral cristiana, y dejarían de escucharse quejas entre los campesinos de que no hay “vergüenza” en nuestra juventud y que “no hay nadie que los avergüence”. La aparición de un sacerdote con el rango de árbitro en los casos campesinos, actualmente legalmente posible, abriría -en nuestra opinión- algún camino para la influencia de la Ley de Dios en nuestra vida pública campesina, le daría el significado de ley de vida, en lugar de seguir siendo un tema de predicación eclesiástica y enseñanza escolar, separado de ella. Los romanos tenían una costumbre casi universal de concluir un compromiso mediante un acuerdo informal entre las partes (un simple pactum), en caso de violación del cual ambas partes estaban obligadas a pagar una multa mediante estipulación (poena compro missa, de ahí el nombre del contrato - compromissum). Barón: Sistema del ciudadano romano. derechos. Artículo 100, página 158. Εχειν πραγματα = cim nemine litigare Μεταξύ βρβεύσαι τό δίχαιον, τας άντιλογίας διαλυσαι = inter vos dicere jus et controversias dirimere. ) Πρός δυνεέλειαν η φόβον. En algunas ediciones, en lugar de φόβον hay φόρον = foro, tasa pública, tasa judicial. ) Apóstol. Libro de decretos II, cap. 45 – 47. Sozomeno. Ts. Yo, cap. 9. 2) Bacalao. Yo 4 1. La última ley que presentamos apenas mantuvo su importancia por mucho tiempo. Al menos en el siglo XIX. Balsamon establece una disposición general según la cual “el derecho civil permite al juez electo (siempre que tenga derecho a llevar a cabo un juicio) solicitar una revisión de su decisión”. (Balsamon en la interpretación, a 108 96) tiene razón. Karf. Catedral Confesionis Lib. VI, párrafo 3 De ore monachorum, apartado 37. Sócrates, Ts. Yo libro. V40;P, cap. 37, art. 568. Derechos de Karf Sob 70 (según el libro de Reglas) 59 (según los timoneles); la edición de este último es la siguiente: “El escribano ha juzgado algo, y si no le agrada, no será llamado a obedecer en el juicio, y no hará obedecer a ninguna persona de la iglesia. Bálsamo en la interpretación de las presentes normas. En su interpretación de esta regla, Balsamon no quiere reconocer aquí la naturaleza del tribunal arbitral y dice al respecto lo siguiente: “y de lo aquí dicho o por voluntad del mismo obispo, formarán el tribunal los elegidos por los partidos comunes - no penséis que esto se refiere a un juez electo (que no tiene derecho legal a juzgar, porque esto es lo que hace de juez el deseo de las partes y la pena pactada, que no se ve en esta regla), - sino a un juez que tiene derecho a pronunciar una tribunal eclesiástico en general, pero sólo no tiene derecho de juicio en relación con estos litigantes. De la misma manera, un clérigo que, sin la voluntad del obispo local, es juzgado en un tribunal inadecuado, aunque fuera eclesiástico, debe estar sujeto a penitencia según esta regla”. A esto se puede objetar a Balsamon que la pena acordada no es una propiedad necesaria en el concepto de tribunal de arbitraje: se puede existir sin pena. El derecho canónico legitima tal tribunal de arbitraje sin una pena acordada, como admite el propio Balsamon en su interpretación de la regla 107 del Concilio de Cartago. Según la norma canónica, el juicio de un obispo debe estar formado por al menos 12 obispos. Véase Carf Sob derechos 12. Regla del Concilio de Constantinopla 393. No está claro en ninguna parte que se tratara de un asunto de la iglesia. árbitro - elegido por las partes, o árbitro. Ver X 1t. VI, r. 220, 221 San Elías. Sintagma M. Vlastar. Traducción del griego. Simferópol. 1892 págs.161, 162 Compárese el Código del Cap. 15 art. 5 sobre el arbitraje con Basilio VII, 2 Nota.. Nevolina Colección completa de obras. K A Nevoinna. t VI, 334 A Vitsyn: Tribunal de arbitraje según la ley rusa M 1856. 2) Artículo 14 Lista Acad ver más abajo El Gran Duque actuó como súper árbitro y decidió el caso (Ver A de Yur b otn I, No. 103). Las personas que competían no eran importantes en sí mismas: "La embajada metropolitana Vakilka con la embajada de Voislav, comió, Lesha". Pero los "jueces del mar" eran del lado del metropolitano Teodosio Semen Dvoretskaya, y del lado del príncipe Andrei Vasilyevich (hermano del gran duque) el juez Ivan Khvoshchinsky". El litigio, que no fue significativo en tamaño y salvo para los litigantes, tocó una cuestión muy importante: el metropolitano, o el príncipe Andrey, era dueño de la tierra, que era utilizada por las aldeas metropolitanas o por los príncipes embajadores. Esto explica la elección de una persona tan importante como el Gran Soberano como superador del Príncipe Iván Vasilievich III. Duvernoy. Fuentes del derecho y los tribunales en la antigua Rusia, págs. 332 – 334 M 1869 Colección completa rusa. letop. TII. EGR, 90 En un proceso judicial de 1532 leemos: “He aquí, Fedko Grigoriev, hijo, sirviente del monasterio de Kirillov, que estoy demandando a los que están en el lugar del abad en Cornilevo y a todos los hermanos en el lugar del monasterio de Kirillov, al abad en Gelasia y a todos los hermanos del monasterio Nikolsky de Vyazhitsky ante el juez inferior, ante Ivan Ofonaoev y en el lugar del abad. Gelasievo y en todos los hermanos, establecidos en esa tierra, respondieron ante el juez el hijo de Sergeiko Semenov, novio del monasterio de Vezhitsky. ¿Y nosotros, ambos demandantes, Yaz Fedko en lugar del hegumen y en todos los hermanos y Yaz Sertyako en lugar del hegumen entre todos los hermanos reconciliados en la demanda" A Yu No. 155? Arte. 5 (Vladimirsky Budanov Christomathy. p. 178) Duvernoy Fuentes Ley y tribunal págs. 167, 168 Gramo del estado de colección. y acuerdo. T 1, núm. 33 A. Yu. Núm. 149: “Rozezzhaya” (1526) Por ej. A. Yu. No. 109, 147, 110, 122 "pero escucha eso. mi padre espiritual, arcipreste de Mironositskaya Semyon" Es decir, "yo, el jefe Azina y otras empresas de confianza apelaron. Con una petición al príncipe Afanasy contra Vasily Matveev, también pusieron alguaciles, pero sin acudir a los tribunales se establecieron cerca". Proverbio - acuerdo, acuerdo. El Gran Syart se menciona en la escritura de compraventa No. 71, V. A. Yu. Publicado completo. Obras completas de K. Nevolin, volumen V40; I página 553 y ss. Según la interpretación de Sreznevsky, el significado del documento es el siguiente: "Un Yakim le dio a su novia, probablemente su hija (niña), a algún Teshata. Al resolver el acuerdo (skladsgvo), después del final del acuerdo, el padre de la novia y el novio tomó nota para testificar que ya no se deben nada el uno al otro; indicaron en ella que la vena para la novia (plata para la niña) ya había sido recibida; y el monisto, asignado al novio (! en el documento: “El monista de Teshatina”) y aún permaneciendo con su futura suegra, el novio puede tomar cuando quiera; también indicaron que en caso de violación de la orden, el infractor está obligado a pagar 100 grivnas de plata y aprobaron el acta con el testimonio del padre espiritual y otros cinco testigos y su redacción de la mano del secretario del Príncipe Dovmont”. Aquí está el texto de una "línea de apoyo", presentado por el propio Sreznevsky: "He aquí, Silencio Kostyantivov, hijo de Sulmenev; debería casarme con Zamyatin y Vasily, los hijos Mikhailov de Rzhevsky, y su hermana Olena Mikhailova, la hija de Rzhevsky, una semana antes de que la conspiración de Filipov en el verano de 7050, se convirtiera en mi entendimiento; Pero no me casaré con Yaz Silencio durante ese período de Zamyatya y Vasily, de lo contrario Zamyazn y Vasily me quitaron cien rublos de dinero en Silencio. Y para eso, escuche (cuatro) \ entrada escrita por Vasyuk Fedorov, hijo de Zasetsky (hermano de uno de los oyentes) en el verano de 7056. (Colección completa de Sochnn Nevolin. T. VI, p. 507 ... Nevsky tuvo que emplear mucho esfuerzo y tensión para establecer la relación legal de esta entrada con "cercano". Documento de Pskov bajo consideración. El documento establece claramente que esto no es un “récord”, sino una “fila”... ordena quién pasará a “esta fila” Nevolín, g. VI, págs. 574 – 578. La siguiente es una comparación detallada con los que están en línea de los que hablamos anteriormente. Novo lnna, T. VI, p. 582 Según la publicación de Vladimirsky-Budanov Art. 59 Santísima Trinidad: la iglesia catedral de Pskov, donde había un "cofre" o archivo para guardar documentos y un sello Según la ed. Vlad. Calle Budanova 82. Según la Ley de Sentencia 18, 7 ó 6; y de ninguna manera menos de tres Ver ruso. Hitos, II, cg. 152, 196, 197. Timonel, libro. Cap. 46. Quizás el siguiente artículo, por ejemplo de la Carta de Yaroslav, arroje algo de luz: "Quien roba a una niña o la viola, incluso la hija de un boyardo, le da 5 jrivnias de oro para la basura y 5 jrivnias para el obispo. Oro... y el príncipe ejecutará". (Vlad. Budanov, Christomathia, p. 201 parte I “Pop” = παππας, padre espiritual, padre = es un título muy honorable para un sacerdote de la antigua Rusia (Kievan Rus). Cuándo y quién fue el primero en pronunciar este término para designar la clase de "hombres libres" que surgió en la antigua sociedad rusa, no podemos decirlo debido a la escasez de datos históricos. Pero creemos que el uso habitual de este término por sí solo no podría haber consolidado su uso permanente en los documentos oficiales legales e incluso legislativos, si dicho uso no hubiera sido santificado por alguna autoridad indiscutible para la antigua sociedad rusa. ¿Pero qué más podría haber servido? como el nomocanon griego? Y de hecho, en la traducción eslava más antigua conocida hasta ahora del nomocanon griego, encontramos el uso de este término "pop", que reemplaza en todas partes el término griego original: πρεσβίτερος. Por ejemplo, “Si algún sacerdote es diácono, o algún clérigo de un santo (Apóstol 15) “Si algún sacerdote, o diácono, no llore (no le importe) por su obispo (Antíoco 5) “Porque un diácono no es digno de sentarse delante de un sacerdote, según el mandamiento”. sacerdote sedatn" (Lond 30 Véase Sreznevsky: revisión de las antiguas listas rusas de libros de timoneles. San Petersburgo. 1897, p. 28. apéndices). En la antigüedad, el Nomocanon griego gozaba de la autoridad del santo “libro inspirado por Dios”. Contenía toda la verdad (o ley) de la Iglesia. No sólo el metropolitano, sino también el príncipe, en cualquier cuestión de derecho, recurría en primer lugar al nomocanon, como fuente indiscutible y luminaria del derecho, y allí intentaba encontrar una solución a las cuestiones de derecho que les ocupaban. Y en este libro divinamente inspirado, el metropolitano y el príncipe, los organizadores originales de la vida social y eclesiástica, leen que después del obispo y los “señores” en la clase de siervos de la ley de Dios está directamente el “sacerdote”, y detrás de eso viene otro clero o “santo”. Vladpmirsky-Budanov. Navidad. 1, págs. 94 – 95 Tratado de Libros Pequeños. Arte de Mstislav Dovidovich. 6: “El embajador y el sacerdote qué hacer, por dos de ellos, dos pagos, Carta de paz de los novgorodianos con los alemanes 1195, artículo 15: "Ozhe matará a zhay (rehén) o al pop Novgorod o al Novgorod alemán, por 20 hryvnia por cabeza" Artículo 3: “Y si matas al comerciante de Novgorod, o al comerciante alemán de Novgorod, entonces por esa cabeza 10 grivs de gris” (En el bastardo - Budanov) 1, 90 – 96 Ipat. Años: “al mismo tiempo Boris (Príncipe de Belgorod) se emborrachó (pero simplemente se emborrachó) en el pueblo con su séquito y con los sacerdotes de Belgorod” (2ª edición, p. 288) El príncipe gallego Vladimir Yaroslavich tomó a la esposa del sacerdote y la convirtió en su esposa (la misma crónica de 11888, p. 444). El sacerdote logró complacer al príncipe, por supuesto, en una de sus fiestas” Nota. Golubinsky, véase Su Historia de la Iglesia rusa, vol. 1, 1 media p. 462 Lugares de interés rusos, parte II, página 182, miércoles. Completo R. L. T. VI (Novgorod. Let.) p. 432 Esto se refiere al artículo 14 de Rus Pravda (Lista Acadia). que dice así: "Incluso entonces le exigirá otras cosas a su amiga. Y la encierra por la noche, luego será castigado delante de 12 personas. (Kalachov: Russkaya Pravda M 1847. p. 2 ¿Te refieres al proceso canónico católico romano? ) Si alguien está moribundo y ordena a alguien que arregle un patrimonio, ya sea con sus hijos o con su esposa, encomiéndale el arreglo del patrimonio antes de la audiencia" (Dospomyatnosti ruso. II. 193 - 194) Aquí están las firmas habituales de los antiguos testamentos espirituales: Y por esto Dios escuchó y mi padre espiritual Amós San Miguel (A Yu No. 409). “Y aquí Yurie Dviilovich se sentó y escribió los manuscritos, y el diácono de Mikhailovskaya Demid y Samyla escucharon, y San Miguel, y mi padre espiritual, el abad Avanasy” (A Yu. No. 409. XI) “Y luego los rumores: Levon el ama de llaves, Levontey Fedorov y Efim Ivanov. sí Larivon Kiev. Y he sellado todo este asunto espiritual con un sello, el de mi padre espiritual, el sacerdote Ivanova Teshilowski. Y este espiritual fue escrito por Opanka Yuryev, el hijo de Semenov. Y estoy sellado por el chaleco del sacerdote Ivanov” (A Yu No. 413 Aquí hay otros espirituales) Arte. 100 (Troitsk sn): Incluso los hermanos se estirarán sobre sus traseros frente al príncipe. Cualquiera que sea el niño que vaya a hacerlos, entonces lleva esa jrivnia a...b”. Duvernoy: Fuentes del Derecho y los Tribunales, págs. 105 – 107 Erennius Modestine, cuya definición del concepto de matrimonio se encuentra en la siguiente traducción del libro del Timonel: “el matrimonio es una combinación y realización entre marido y mujer en toda la vida, la comunicación de las verdades divinas y humanas” (Kormcha. Ch. 48, gr. 4). El original latino dice: “Nuptiae sunt conjunctio maris etfeminae, consortium omnis vitae divini et humani juris communicatio” (Dig XXIII, tit II, 1) Duvernoy, tsnt. libro página 329. Código de Derecho del zar Juan IV. desde 33 Dimitriev. Historia de las Cortes, página 15 Stoglav. .. 68, ed. Kaz. Espíritu. Acad., págs. 304–309 Pravda rusa, art., 59 (Troitsk, sp). Kalachev, pág. 14. Aquí tenéis este artículo: “Sobre el arbitraje. Y si el demandante y el demandado, habiendo conversado amistosamente entre ellos, van al tribunal delante del tercero y le dan a su tercero constancia de que deben escuchar el veredicto de su árbitro, pero si no escuchan el veredicto del árbitro y les imponen la pena del soberano, que el soberano les indicará, pero deshonra al tercero, y según su acta, el tercero decidirá su caso y dará al demandante y al demandado sentencias diferentes: un tercio de la el demandante absolverá, y acusará al demandado, y el otro tercero absolverá al demandado, y acusará al demandante, y según la petición del demandante o del demandado, ese caso arbitral y veredictos, y tomará el acta arbitral del tercero como orden, para que ese acta se escriba con la pena del soberano y ese caso arbitral sea decidido por el tribunal y según el veredicto arbitral, con el cual se dictará el veredicto arbitral. escrito contra el caso judicial; y a quien se le escribió la sentencia sin el hecho, dejar esa sentencia, e infligir al tercero el castigo por la sentencia de esa semana, o, según consta en el acta, imponerle una multa, lo que el Soberano le indique. Y a él, a quien acusa indebidamente, se le corregirán los trámites burocráticos desde la fecha en que se inicia el caso, y desde la fecha en que termina ese caso, un hombre por día”. “Y en el acta de arbitraje no se escribirán las sanciones del soberano y el caso de arbitraje de ese tercero no se incluirá en la orden”. “Y si se decide el tercer caso, ambos darán la misma sentencia al culpable, y aquel contra quien dan la sentencia golpeará al Emperador con la frente, diciendo que le han acusado injustamente, y por tanto, peticionando al tercero, no debe ordenarse el caso, porque amaba a esos terceros para sí, y será en ese caso, pero como se sentencia a los terceros” (Código, Capítulo XV; Art. 5) Colección completa Zak No. 6581, artículo 4. 2 Colección Completa No. 878. §§ 60, 61 Ibíd., núm. 1058, §§ 54, 55 Ibíd., núm. 14133. y 3 Para más detalles, véase Vitsyn, op. cit. págs. 9-14 N V Muravyov: Directrices para los tribunales de volost en las zonas donde se han establecido jefes de distrito zemstvo. 1891 Moscú, página 51 Prnmech. al art. 14 veces. reglas en la cancha volost La Resolución 1 del Departamento de Reglas del Senado del 13 de noviembre de 1879, No. 8703 establece: "Las decisiones de los tribunales de arbitraje voluntario se reconocen en conciencia con fuerza jurídica definitiva sólo cuando estos tribunales se llevan a cabo por mutuo acuerdo de las partes y en el tema previsto en la jurisdicción de los tribunales de arbitraje. La Asamblea Mundial o la Presencia de Distrito deben entrar en la discusión de una queja contra la decisión del tribunal de arbitraje, si indica una violación de las condiciones esenciales de el tribunal de arbitraje." “La decisión del tribunal arbitral entra en vigor legal sólo si, en su redacción, se observó el procedimiento establecido en el artículo 100 del Reglamento General, es decir: si fue anunciada con prontitud a las partes y registrada en el libro disponible en la Junta Volost (4 de mayo de 1877, No. 3644) “Las decisiones de los tribunales de arbitraje pueden ser apeladas ante la misma institución campesina, que está sujeta a la consideración de las quejas contra las decisiones de los tribunales volost, es decir, según el anexo del artículo 109 del Reglamento General, Congresos Mundiales y Presencias Distritales” (5 de diciembre de 1878, núm. 9110). Ver I. Danilov: Disposiciones sobre el estado rural, complementadas con legislación posterior y aclarándolas. decisiones del Reglamento del Senado Número 2 San Petersburgo 1889. págs.132, 133 Quizás te interese:
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