Правило 64 Василия Великого
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El perjuro no comulgue durante diez años: dos años entre los que lloran, tres entre los que escuchan las Escrituras, cuatro entre los que caen, quedándose solos con los fieles, y luego será honrado con la comunión.
(Ap. 25; Trul. 94; Basil Vel. 10, 17, 29, 82).
Esta regla prescribe una penitencia de diez años para aquellos que rompen un juramento, es decir, un juramento en nombre de Dios. El pecado de perjurio (έπιορκία, perjurio) equivale al pecado de blasfemia. En su regla 29, Basilio el Grande dice que jurar está generalmente prohibido y se refiere a las Sagradas Escrituras sobre la perfección moral de todo cristiano, que debe ser tan veraz y bueno que todos puedan creerle cuando dice: sí o no. Sin embargo, las Sagradas Escrituras también permiten un juramento en casos importantes, solo para que este juramento se base en la verdad y sea legal, pero un juramento imprudente y falso está prohibido. Basilio el Grande también entiende este juramento verdadero en su presente regla, y determina el castigo para quien lo viola, pues el juramento se presta con el llamamiento de Dios como testigo, en confirmación de la verdad de lo que la persona afirma o promete, de lo cual es responsable ante Dios.
Las reglas de la Iglesia condenan tanto más al autor de un juramento cuanto más solemnemente se ha prestado y cuanto más importante es la ocasión para la que se ha prestado. Si un laico es severamente castigado por perjurio, entonces un clérigo debería ser castigado aún más severamente por tal pecado; porque si tal severidad no existiera para los clérigos infractores, esto serviría como una tentación para los creyentes que podrían romper este juramento con impunidad. Por tanto, el Canon Apostólico 25 prescribe la expulsión de todos los miembros del clero por violar este juramento. El Kormcha eslavo contiene una definición de la legislación bizantina contra quien rompe el juramento, a saber: “que le corten la lengua” 103.
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