Правило 56 Василия Великого
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El que mató por voluntad propia y luego se arrepintió, quedará sin la comunión de los santos misterios durante veinte años. Durante estos veinte años, se le dará la siguiente distribución: durante cuatro años deberá llorar, parándose ante las puertas de la iglesia de oración, y pidiendo a los fieles que entren en él que recen una oración por él, mientras confiesan su crimen. Después de cuatro años, sea aceptado entre los que oyen las Escrituras, y vaya con ellos por cinco años. Durante siete años con los que caen, que ore y que se vaya. Que esté sólo con los fieles durante cuatro veranos, pero que no sea honrado con la comunión. Una vez cumplidos estos, participe de los santos misterios.
(Ap. 65; Trul. 91; Ankir. 21, 22, 23; Basil Vel. 2, 8, 11, 43, 54, 57; Gregorio de Nyssk. 5).
Esta regla prescribe penitencia para las personas que intencionalmente matan a alguien y se arrepienten de ello. Deben cumplir esta penitencia públicamente durante 20 años, pasando por etapas de arrepentimiento establecidas gradualmente, a saber: 4 años en la primera etapa, 5 años en la segunda, 7 en la tercera y 4 años en la cuarta etapa. Hablamos de estos grados en la interpretación de la Regla 11 de I Omni. Catedral (ver vol. I, págs. 215 y ss.). Una descripción detallada de estos grados también se encuentra en la Sinopsis canónica 99, y según ella en el Helmsman 100.
Cap. 23 (ed. citado, I, 251). Véase la interpretación de la Regla 11 de Gregorio de Neocesarea en esta edición.
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