Правило 4 (5) Григория Неокесарийского
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Que nadie se engañe pensando que ha encontrado algo, porque no está permitido que aquellos que han sido encontrados se vuelvan egoístas. Deuteronomio dice: Cuando veas descarriado el buey de tu hermano o sus ovejas, no los abandones, sino devuélvelos a tu hermano; si tu hermano no es cercano a ti, o no lo conoces, entonces llévalos a tu casa, y déjalos contigo hasta que tu hermano los busque, y luego devuélvelos; Así haz tú con su asno, así haz con su ropa, así haz con cada cosa perdida de tu hermano, que se le ha perdido y que encuentras; No puedes evitar esto; Esto es lo que dice Deuteronomio (Deuteronomio 22:1-3). En el libro del Éxodo, no sólo de la propiedad de un hermano encontrada por alguien, sino también de un enemigo, se dice: vuélvete y devuélvela a la casa de su señor (Ex. 23: 4, 5). Si no está permitido en el mundo quitarle interés a una persona negligente y lujosa, y a un hermano o enemigo que no se preocupa por sus bienes, cuánto más a alguien que está en necesidad, evita a los enemigos y deja bienes por necesidad.
Conocemos la prescripción de la regla 2 del mismo santo padre, según la cual cualquiera que sea condenado por codicia o que de cualquier manera intente apropiarse de lo que no es suyo, sobre lo cual no tiene ningún derecho legal, es excomulgado. Esta regla condena también a quien se apropie de cualquier cosa encontrada en el camino que no le pertenezca. Para confirmarlo, el santo padre cita dos pasajes del Antiguo Testamento. Tal acto está penado por las leyes civiles, tanto antiguas como nuevas. Por cualquier apropiación ilícita de lo que no nos pertenece por derecho, el Concilio de Antioquía, por su canon 25, condena a los miembros del clero en general y a los obispos en particular a penas canónicas. Del mismo tema se trata también en las reglas 5ª, 9ª y 10ª de este santo padre.
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