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No mercenarios y hacedores de maravillas Cosmas y Damián · Santa Teodota, Madre de Cosme y Damián

ЧЛЕН II. О БЛАГОДАТИ БОЖИЕЙ, КАК СИЛЕ, КОТОРОЮ ГОСПОДЬ ОСВЯЩАЕТ НАС

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§ 183. Concepto general de la gracia de Dios y sus tipos; El concepto de gracia que santifica al pecador y sus divisiones. I. El nombre de gracia de Dios generalmente significa todo lo que el Señor da a sus criaturas sin ningún mérito de su parte (Ro. 11:6; 1 Pedro 5:10). Por tanto, la gracia de Dios se divide en natural y sobrenatural. Los dones naturales incluyen todos los dones de Dios a las criaturas naturales, tales como: vida, salud, inteligencia, libertad, bienestar exterior, etc. A lo sobrenatural - todos los dones impartidos por Dios a las criaturas de forma sobrenatural, además de los dones de la naturaleza - cuando, por ejemplo, Él mismo ilumina directamente la mente de los seres racionales con la luz de su verdad, y refuerza su voluntad con su poder y asistencia en materia de piedad. Esta última gracia, es decir, sobrenatural, se divide en dos tipos más: la gracia de Dios Creador, que comunica a sus criaturas morales que se encuentran en estado de inocencia: comunicó al hombre antes de su caída, y aún comunica a los ángeles buenos; y en la gracia de Dios Salvador, que ha dado y dará al hombre caído por medio de Jesús y en Jesucristo (Tito 3:4). Sin embargo, en este último sentido, la palabra “gracia” tiene diferentes significados. La gracia, en primer lugar, se refiere a la venida misma a la tierra del Hijo de Dios, su encarnación y toda la gran obra de nuestra redención, realizada por Él sin ningún mérito de nuestra parte: conocemos, dice el apóstol, la gracia de nuestro Señor Jesucristo, porque a causa de vuestra pobreza este hombre se enriqueció, para que con su pobreza vosotros seáis ricos (2 Cor. 8,9), y en otro lugar: cuando apareció la gracia y el amor a los hombres, Dios nuestro Salvador, no por las obras de justicia, que tenemos. hecho, pero según su misericordia nos salvó por el lavamiento del renacimiento y renovación del Espíritu Santo (Tit. 3, 4. 5; derribado 2, 11). En segundo lugar, se llaman dones extraordinarios los que son dados por Dios a distintos miembros de la Iglesia, también sin mérito alguno por su parte, en beneficio de la Iglesia, para su difusión, creación, perfeccionamiento, tales como: el don de la predicación de la palabra de Dios en diferentes idiomas, el don de los milagros, las profecías, etc. (1 Cor. 12, 4-11; Mt. 7, 22. 23): uno de nosotros, señala el mismo San. Apóstol, la gracia fue dada según el otorgamiento de Cristo (Efesios 4:7). Finalmente, se llama gracia a un poder especial, o a una acción especial de Dios, que se nos imparte por los méritos de nuestro Redentor, y que realiza nuestra santificación, es decir, por un lado, limpiándonos de los pecados, renovándonos y justificándonos ante Dios, y por otro, confirmándonos y acrecentándonos en la virtud para la vida eterna. En este último sentido, la gracia constituye el tema actual de la enseñanza dogmática sobre ella. II. En el concepto enunciado de gracia que nos santifica hay tres en particular. Ella - a) es un poder especial, una acción especial de Dios en el hombre, como se desprende de las palabras del mismo Señor al apóstol Pablo: Mi gracia te basta: porque mi fuerza se perfecciona en la debilidad, y luego de las palabras de San Pablo: dulcemente, me gloriaré aún más en mis debilidades, para que el poder de Cristo more en mí (2 Cor. 12:9), y en otros lugares: él fue un siervo según el don de la gracia de Dios que me fue dada. según la operación de su poder (Ef. 3:7); en él trabajo y me esfuerzo según su obra, que obra en mí con poder (Col. 1:29). O: las divisiones de los dones son, y el mismo es el Espíritu; y las divisiones de los ministerios son, y el mismo es el Señor; y las divisiones de las acciones son, y el mismo es Dios, actuando todo en todos (1 Cor. 12:4-6). ¿Dad, pues, el Espíritu y hacéis obrar en vosotros poder, ya sea por las obras de la ley, ya por el oír con fe (Gálatas 3:5)? Pero al que puede hacer todas las cosas, según la abundancia de lo que pedimos o entendemos, según el poder que actúa en nosotros, a él sea la gloria en la iglesia en Cristo Jesús por todas las generaciones de los siglos, amén (Efesios 3:20.21). Ella - b) nos es dada la tuna, por amor a los méritos de Jesucristo, como enseña el mismo apóstol: todos hemos pecado y estamos destituidos de la gloria de Dios: seremos justificados por la tuna por su gracia, mediante la liberación que es en Cristo Jesús (Rom. 3:23.24; 6:16). No por las obras de justicia que nosotros hayamos hecho, sino según su misericordia, nos salvó por el lavamiento de la renovación y de la renovación del Espíritu Santo, que Jesucristo nuestro Salvador derramó abundantemente en nosotros (Tito 3:3). Donde el pecado se ha multiplicado, abunda la gracia: para que así como el pecado reina para muerte, así también la gracia reine por la justicia para vida eterna Jesucristo nuestro Señor (Rom. 5:20.21). Para que, habiendo sido justificados por su gracia, seamos herederos según la esperanza de la vida eterna (Tito 3:7). Que tú (Dios) cumpla su voluntad en toda obra, haciendo en ti lo que es agradable delante de él, Jesucristo (Heb. 13:21). Creemos en la gracia del Señor Jesucristo para ser salvos (Hechos 15:11). Esta gracia santificante, para mayor claridad en la enseñanza al respecto, se divide además en tipos más específicos. Se llama externa porque actúa sobre la persona desde afuera, a través de medios externos, tales como: la Palabra de Dios, la predicación del Evangelio, los milagros, etc.; e interno, ya que actúa directamente en la propia persona, destruyendo en él los pecados, iluminando la mente, estimulando y dirigiendo su voluntad al bien. Se llama transitorio cuando produce impresiones privadas en el alma de una persona y le ayuda en sus buenas obras privadas; y constante, cuando habita constantemente en el alma de una persona y la hace justa y aceptable ante Dios. Se llama precedente o precedente, porque precede a toda buena acción, llama y anima a la persona a realizarla; y acompañar o promover, ya que acompaña toda buena acción. Se llama suficiente porque siempre enseña a la persona suficiente fuerza y ​​conveniencia para actuar en pro de su salvación, aunque no va acompañada de la acción misma por parte de la persona; y eficaz cuando va acompañada de la acción misma de una persona y trae en ella frutos salvadores. § 184. Breve reseña de las opiniones falsas sobre el dogma, las enseñanzas de la Iglesia Ortodoxa y la composición de esta enseñanza. El dogma de la gracia que santifica al pecador ha estado sujeto a muchas distorsiones por parte de pensadores injustos y herejes. I. Algunos de ellos se equivocaron y se equivocan, en mayor o menor medida, en cuanto a la necesidad de la gracia para el hombre. Estos incluyen: pelagianos, semipelagianos, socinianos y racionalistas. Los pelagianos, que aparecieron a principios del siglo V en la Iglesia occidental, enseñaron: "dado que Adán, con su caída, no dañó en lo más mínimo su naturaleza, etc., sus descendientes nacen sin ninguna corrupción natural ni pecado ancestral, entonces pueden alcanzar la perfección moral por sus propias fuerzas naturales y no necesitan la ayuda y el poder sobrenatural de Dios para esto" 687. Rechazando así por completo la necesidad de las Deidades. gracia para la santificación del hombre pecador y su progreso en la piedad, los pelagianos, sin embargo, debido a la característica astuta de los herejes, no quisieron parecer oponentes obvios del dogma de la iglesia y suavizaron sus pensamientos. Admitieron la gracia, hablaron de ello; pero con su nombre se entendía: a) las facultades naturales del hombre, razón y libertad, que le concede la tuna (gratia naturalis); b) la ley dada por Dios a través de Moisés (gratia legis); c) la enseñanza y el ejemplo de Jesucristo (gratia Christi); d) remisión de los pecados y algún tipo de iluminación interna del Espíritu Santo, que sólo contribuye a un cumplimiento más fácil de la ley moral, que, sin embargo, según ellos, una persona puede, aunque no con tanta comodidad, cumplir con sus propias fuerzas (gratia Spiritus Sancti) 688. El bienaventurado se rebeló contra Pelagio y sus seguidores en primer lugar. Agustín, y escribió, refutándolos, muchísimas obras. Otros pastores de la Iglesia también se rebelaron, y tanto en oriente como en occidente, en muy poco tiempo hubo más de veinte concilios condenando por unanimidad esta herejía 689. Los defensores de la verdad afirmaron unánimemente: a) que una persona que ha caído y nace con pecado ancestral no puede crear por sí sola el bien espiritual sin la ayuda de la gracia de Dios; b) que por ella debemos entender no sólo los poderes naturales del hombre, la ley de Moisés, la enseñanza y el ejemplo de Jesucristo - ayudas externas, sino el poder sobrenatural de Dios, comunicado internamente al alma del hombre; c) que esta gracia no consiste sólo en la remisión de los pecados anteriores, sino que proporciona una ayuda real para no cometer pecados nuevos; d) no sólo ilumina la mente y le imparte el conocimiento de lo que se debe hacer y lo que se debe evitar, sino que también da fuerza para cumplir lo aprendido y derrama amor en el corazón; e) no sólo nos facilita el cumplimiento de los mandamientos divinos, que supuestamente podemos cumplir por nosotros mismos, aunque con inconvenientes, sino que sirve como tal ayuda sin la cual generalmente somos incapaces de cumplir la ley de Dios y hacer el bien que contribuye a nuestra salvación 690. Actualmente, la enseñanza de la Iglesia ortodoxa, dirigida contra la falsa enseñanza de los pelagianos, se puede ver en las siguientes tres reglas adoptadas por ella, entre las nueve locales, del Concilio cartaginés, que se opuso a Pelagio: "Quien diga que la gracia de Dios, por la cual es justificado en Jesucristo nuestro Señor, sólo sirve para la remisión de los pecados ya cometidos, y no proporciona ayuda adicional, no cometa otros pecados: tales sean anatema. Por la gracia de Dios no sólo nos da el conocimiento de lo que conviene hacer, sino que también nos insufla amor, para que seamos capaces de hacer lo que sabemos” (derecha 125). “Si alguno dice que la misma gracia de Dios, incluso de Jesucristo nuestro Señor, sólo nos ayudará a no pecar, ya que por ella se nos revela y revela el conocimiento de los pecados, para que sepamos lo que debemos buscar y lo que debemos evitar, pero que no nos da amor y fuerza para hacer lo que hemos sabido que debemos hacer: sea anatema. Porque... ambos son don de Dios, y el conocimiento de lo que conviene hacer, y el amor del bien que conviene hacer” (correcto. 126). "Si alguno dice que la gracia de la justificación nos fue dada por esto, para que podamos cumplir más convenientemente lo que es posible mediante el libre albedrío por la gracia, ya que incluso si no recibimos la gracia de Dios, aunque con inconvenientes, sin embargo, podríamos cumplir los mandamientos divinos sin ella: tal anatema será dado. Porque sobre los frutos de los mandamientos el Señor no dijo: Sin mí no podéis hacer nada inconveniente, pero dijo: Sin mí no podéis hacer nada (Juan 15:5)” (derecha 127). Los semipelagianos, que aparecieron en la Galia hacia el año 427, admitieron la existencia del pecado original en las personas; pero, argumentando que este pecado daña muy poco los poderes espirituales de una persona, enseñaron que una persona misma es capaz de elevarse en cierta medida en virtud, de modo que - a) el comienzo de la fe depende de él, b) de la gracia depende sólo su confirmación y progreso en la fe y las buenas obras, y - c) su posterior permanencia en la fe hasta el final de su vida también depende de él, y no de la gracia 691. Así, los semipelagianos aceptaron, por así decirlo, la mitad de la falsa enseñanza de los Pelagianos: no estaban de acuerdo con ellos en que reconocían la necesidad de la gracia, al menos para la confirmación y avance de una persona en la fe y para la realización de las obras salvadoras de la fe; pero coincidieron en que rechazaban la necesidad de la gracia para el comienzo de la fe en una persona y para que permanezca en la fe hasta el final de su vida. Los acusadores de los semipelagianos fueron: Bienaventurados. Agustín, Próspero, Fulgencio, Celestino, Papa y varios concilios locales en la Galia que tuvieron lugar en el siglo V 692. La idea principal que revelaron contra el error refutado fue el pensamiento de la gracia, la llamada preveniente o precedente, de la que depende el comienzo mismo de nuestra fe, y sin la cual el hombre no puede emprender ni realizar nada verdaderamente bueno 693 . Hoy en día, podemos encontrar una imagen separada de este pensamiento, dirigida contra los semipelagianos, en el mensaje de los patriarcas orientales sobre la fe ortodoxa, donde leemos: “(La Sagrada Escritura) enseña que el creyente es salvo por la fe y sus obras, y al mismo tiempo representa a Dios como el único autor de nuestra salvación: ya que, es decir, Él primero da la gracia iluminadora, que trae al hombre el conocimiento de la verdad divina y le enseña a conformarse a ella (si no resiste) y a hacer bien, agradable a Dios, para obtener la salvación, sin destruir el libre albedrío del hombre, sino permitiéndole obedecer o desobedecer su acción” (Parte 3). Y nuevamente: “para que una persona, habiendo renacido, pueda hacer el bien espiritual (porque las obras de la fe, siendo causa de salvación y realizadas por gracia sobrenatural, suelen llamarse espirituales), para esto es necesario que la gracia preceda y conduzca, como se dice de los predestinados, para que él mismo no pueda hacer por sí mismo obras dignas de la vida según Cristo, sino que sólo pueda desear o no desear actuar según la gracia" (cap. 14). Los socinianos y los racionalistas renovaron el antiguo error de los pelagianos y lo ampliaron hasta el último grado. Rechazando la existencia del pecado original y de cualquier corrupción en el hombre, y luego reconociendo que el hombre es capaz de evitar el mal y hacer el bien por sus propias fuerzas naturales, rechazan en general la necesidad de cualquier ayuda sobrenatural al hombre para la vida espiritual, y ni siquiera aceptan el pensamiento pelagiano de que la gracia, al menos, nos facilita el cumplimiento de la ley moral, que podemos cumplir sin su ayuda y no con tanta comodidad. Por tanto, la condena de la Iglesia antigua pronunciada contra los pelagianos recae tanto más sobre sus seguidores más recientes. II. Otros se han equivocado y se siguen equivocando respecto de la universalidad de la gracia y su relación con la libertad humana. La universalidad de la gracia es rechazada por todos los llamados predestinatarios, es decir, creyentes que Dios ha predestinado (praedestinavit) desde tiempos inmemoriales, según su voluntad incondicional, a unos a la salvación y gloria eternas, y a otros a la condenación eterna, y por tanto comunica su gracia salvadora no a todos, sino sólo a los predestinados a la salvación. Esta falsa enseñanza surgió ya en el siglo II entre los gnósticos 694; se intensificó en el siglo V en África y Galia, y fue denunciado por Próspero, Hilario, Agustín y el Papa Celestino en 695; fue predicado en la Edad Media con el nombre de enseñanzas de Agustino 696; finalmente, alcanzó su desarrollo final en los tiempos modernos entre los calvinistas, quienes incluso lo introdujeron en sus confesiones 697, y los jansenitas 698. Los mismos calvinistas y jansenitas enseñan falsamente acerca de la relación entre la gracia y la libertad humana. Afirmar que, según la predestinación incondicional de Dios, la gracia se comunica a los predestinados para la salvación, etc. comunicados para santificarlos con certeza y conducir a la salvación, estos sectarios naturalmente ya admiten la idea de que la gracia tiene un poder y una realidad irresistibles en lo predeterminado, de modo que inevitablemente cumplen las leyes morales 699. Es cierto que, queriendo preservar el concepto de libertad humana, los jansenitas señalan que la gracia irresistible no lo obliga a hacer el bien, sino que lo atrae a través del placer abrumador (delectatio victrix), derramado por él en el alma humana, ante el cual todas las atracciones y apegos terrenales son impotentes. 700; pero de esta manera la libertad humana no se protege ni se salva de ninguna manera. Contra ambos errores calvinistas declarados, la Iglesia Ortodoxa expresó su voz en el Concilio de Jerusalén de 1672 en una confesión que más tarde llegó a ser conocida entre nosotros con el nombre de Mensaje de los patriarcas orientales sobre la fe ortodoxa. Dice aquí: "Creemos que Dios todo bien predestinó para gloria a los que escogió desde la eternidad: y a los que rechazó, los condenó, no porque quisiera justificar así a unos, y dejar a otros y condenar sin razón: porque esto no es propio de Dios, Padre común e imparcial de todos, que quiere que toda la humanidad se salve y llegue al conocimiento de la verdad (1 Tim. 1, 4), sino porque previó que unos usarían bien de su libre albedrío, y otros. pobremente, por eso a unos predestinó a la gloria y a otros condenó. Razonamos sobre el uso de la libertad de la siguiente manera: dado que la bondad de Dios ha concedido la gracia divina e iluminadora, que también llamamos anticipatoria, que, como la luz que ilumina a los que caminan en las tinieblas, guía a todos: entonces aquellos que desean someterse libremente a ella (porque prospera a los que la buscan, y no a los que la resisten), y cumplir sus mandamientos, que son necesarios para la salvación, reciben por eso una gracia especial, que, promoviéndolos, fortaleciéndolos y perfeccionándolos constantemente en el amor de Dios, es decir, en aquellas buenas obras que Dios exige de nosotros (y que también requirió la gracia preveniente), las justifica y las predestina: aquellos, por el contrario, que no quieren obedecer y seguir la gracia, y por tanto no guardan los mandamientos de Dios, sino que, siguiendo las sugerencias de Satanás, abusan de la libertad que les ha dado Dios para hacer el bien arbitrariamente, son entregados a la condenación eterna. Pero lo que dicen los herejes blasfemos, que Dios predetermina o condena, sin tener en cuenta en lo más mínimo las obras de aquellos predeterminados o condenados, lo consideramos locura e impiedad” (Parte 3). III. Otros, finalmente, se equivocan al razonar sobre las consecuencias que la gracia produce en el hombre, es decir, al razonar sobre la santificación misma del hombre por ella. Estos errores pertenecen a los protestantes y conciernen, en primer lugar, a la esencia de la santificación lograda por la gracia en el hombre y, en segundo lugar, a las condiciones de la santificación por parte del hombre. Sobre la esencia de la santificación (sanctificatio) o justificación (justificatio), entendida en un sentido amplio, los protestantes argumentan que consiste: a) no en el hecho de que la gracia de Dios actúa internamente en una persona, y de hecho, por un lado, lo limpia de todos los pecados, y por el otro, lo hace renovado, justo, santo; b) pero en el hecho de que, por la buena voluntad de Dios, los pecados son perdonados sólo externamente y no son imputados a una persona, aunque en realidad permanecen en él, y sólo externamente se le imputa la justicia de Cristo. Ésta es la enseñanza tanto de los luteranos 701 como de los reformados 702 . La enseñanza de la Iglesia Ortodoxa es de un tipo completamente diferente. Hablando de los frutos del sacramento del bautismo, en el que nuestra justificación y santificación se realizan en realidad por gracia, la Iglesia predica: "En primer lugar, este sacramento destruye todos los pecados: en los niños, los primogénitos, y en los adultos, tanto los originales como los voluntarios. En segundo lugar, recrea a una persona y le devuelve la justicia que tenía en un estado de inocencia y impecabilidad" (Confesión ortodoxa, parte 1, respuesta a la pregunta 103). Y en otro lugar: "No se puede decir que el bautismo no elimina todos los pecados anteriores, sino que aunque permanecen, ya no tienen poder. Enseñar de esta manera es extrema maldad; es una refutación de la fe, y no una confesión de ella. Al contrario, todo pecado que existe o existió antes del bautismo es destruido y se considera como si no existiera o nunca existiera. Porque todas las imágenes bajo las cuales se presenta el bautismo muestran su poder purificador, y los dichos de los santos. Las Escrituras sobre el bautismo dejan claro que a través de él se logra la limpieza completa, como se desprende de los mismos nombres del bautismo. Si es el bautismo de Espíritu y fuego; está claro que trae una limpieza completa, porque el Espíritu limpia completamente. Si es luz, entonces toda oscuridad es ahuyentada por ella. Si es renacimiento, entonces todo lo viejo pasa: y lo viejo no es más que pecados. Si el bautizado se despoja del viejo hombre, también se despoja del pecado. Si se reviste de Cristo, en realidad queda sin pecado mediante el bautismo” (Epístola del Patriarca Oriental sobre la recta fe, parte 16). Respecto a las condiciones de la justificación o santificación por parte del hombre, los protestantes enseñan: tan pronto como un pecador, habiendo tomado conciencia de su pecaminosidad y de su total impotencia para cumplir la ley moral del Evangelio, y asustado por la gravedad de su culpa, cree firmemente que está reconciliado con Dios por medio de Jesucristo, inmediatamente, según su fe, que es la única que justifica, se le imputan los méritos de Cristo, y es declarado justo e inocente, aunque en realidad no se convierte en de esa manera. A partir de ese momento, Dios realiza todas las buenas obras en el hombre, como prueba de su fe, pero sin la participación del hombre mismo, para quien esta participación, por su total impotencia, es imposible 703. Contrariamente a esta falsa enseñanza, la Iglesia Ortodoxa confiesa: "Creemos que el hombre es justificado no sólo por la fe, sino por la fe promovida por el amor, es decir, por la fe y las obras. Reconocemos como completamente impía la idea de que la fe, reemplazando las obras, adquiere la justificación en Cristo: porque la fe en este sentido podría convenir a todos, y no habría uno que no se salvara, lo cual es obviamente falso. Al contrario, creemos que no es sólo el fantasma de la fe, sino la fe que está en nosotros a través de las obras. que nos justifica en Cristo honramos las obras no sólo como pruebas que confirman nuestra vocación, sino también como frutos que hacen activa nuestra fe, y pueden, según la promesa divina, entregar a cada uno una merecida recompensa, buena o mala, según lo que haya hecho con su cuerpo” (Episodio del Patr. Oriental sobre la Recta Fe, parte 13; derribado, parte 9). IV. Según los tres tipos de errores que hemos mostrado sobre la gracia, contra los cuales está tan claramente dirigida la enseñanza de la Iglesia Ortodoxa, presentaremos esta enseñanza en tres secciones separadas, y específicamente diremos: I) contra los pelagianos, semipelagianos y sus otras personas de ideas afines, sobre la necesidad de la gracia para la santificación del hombre; II) contra calvinistas y jansenitas - sobre la universalidad de la gracia y su relación con la libertad humana; III) contra los protestantes en general - sobre la esencia y condiciones de la santificación misma del hombre por la gracia de Dios. Vídeo. apod Agustín. de gracia Christi c. III, núm. 5; XXVI, núm. 27; XXIX, núm. 30. Agustín. de gesto. Pelagio c. X, n. 22; XVII, núm. 41; XXXV, núm. 61, 65; de Spiritu et litt. XIX, núm. 32; de gratificación. Christi II, n, 2; XXXVIII, núm. 42; XL, n. 44; contra. duas epist. Pelag. IV, 5, n. 11. Las actas de estos consejos se colocan - en Colecta. concilio. t. Yo, ed. Harduin. Agustín. de gratificación. Cristo c. XIV; contra. duas epist. Pelag. III, 4; IV, 9; contra. Juliano. op. imperfecto. II, 168; Concilio. Milev. II (an. 416), can. III. V.VI. VII. VIII. Vídeo. apud Natal. Alejandro. Historia, eccles. saecu. V, disidencia. IV. Agustín. de praedestin. Santísimo; de dono perseverantiae; Próspero, contra. cotejo; Fulgente, de ineam, et grat.; Celestina. Epista. ad episcopos Galliarum. Fulgente. verdad. praedest. y gratificante. II, 17; cf. Gregorio. Magn. en Ezec. homil. IX, n. 2. Irén. adv. haer. 1, 8, n. 2; Ayunarse. Strom. II, 3; V, 1; Epífano. haer. XXXII, 8. Sirmond. Historia. Praedest. Con. I.II. III. Tengo tiza. Confessio prolixior (en Mauguin. Vindic. praedestin. et gratiae t. I, p. 9). Calvino. Instituto. III, 21, n. 5; 22, n. 11; 23, n. 4; Confesar. Helvet. do. INCÓGNITA; Confesar. Hiel. do. XII; Confesar. Belga. do. XVI. Jansenius de gratia Salvatoris, lib. VIII, c. 3. Jansen. de gratificación. salvación. VIII, c. 6. Conf. Agustín. IV. VI, X; Apol. III, n. 186; Sólido. Declarar. arte. ΙΠ de justitia fidei n. 6 y ss. Conf. Helvet. Yo, c. XV; Conf. Bélgica, art. XXIII. XXIII. Disculpa. III, núm. 171; Sólido. Declarar. III de justo. fidei n. 15. 22. 55 et caet. Quizás te interese:
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