Глава 18
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Matrimonios prohibidos en parentesco cercano, adulterio, fornicación y otros tipos de delitos sexuales 3
Lev.18:1. Y el Señor habló a Moisés, diciendo:
Lev.18:2. declara a los hijos de Israel y diles: Yo soy el Señor vuestro Dios.
Lev.18:3. No haréis las obras de la tierra de Egipto, en la cual habitasteis, ni haréis las obras de la tierra de Canaán, adonde yo os conduzco, y no andaréis en sus estatutos.
Lev.18:4. Cumplid Mis leyes y guardad Mis estatutos, andando según ellos. Yo soy el Señor vuestro Dios.
Lev.18:5. Guardad Mis estatutos y Mis leyes, que haciendo la persona vivirá. Yo soy el Señor [tu Dios].
En vista de la conocida voluptuosidad de los habitantes de Oriente y del hecho histórico de que estados enteros y naciones individuales de Oriente perecieron como resultado del debilitamiento de los fundamentos morales, la arbitrariedad ilimitada de las relaciones sexuales y el cese de todas las relaciones familiares y sociales existentes, Jehová, el Santo de Israel, pronuncia con particular solemnidad los decretos que regulan la vida familiar. Surge la duda, ante la extrema repugnancia de algunos de los delitos sexuales aquí prohibidos, sobre la posibilidad de su dicha. Teodoreto (pregunta 24 según Lev.) permite esto: "Dios no prohibiría algo que nadie se atreviera a hacer. Y que esto es realmente así lo demuestra lo mismo: "Después de los inicios de Egipto, no crearéis la tierra de Canaán". Dicho esto, explica lo que se atrevieron a hacer allí y prohíbe tales actos. Y el hecho de que la gente se atrevió a hacer muchas cosas similares lo demuestran los persas, que hasta el día de hoy contraen matrimonio no solo con hermanas, sino también con madres e hijas. Muchos también se atreven a cometer otras iniquidades”.
Lev.18:6. Nadie debe acercarse a ningún pariente según la carne para revelar su desnudez. Yo soy el Señor.
Regla general: los matrimonios y las relaciones sexuales en estrecha consanguinidad (Vulg.: proxima sanguinis sui) no deben tener lugar en Israel.
Lev.18:7. No descubrirás la desnudez de tu padre ni la desnudez de tu madre; ella es tu madre; No descubrirás su desnudez.
Lev.18:8. La desnudez de la mujer de tu padre no descubrirás; es la desnudez de tu padre.
Lev.18:9. La desnudez de tu hermana, hija de tu padre o hija de tu madre, nacida en casa o fuera de casa, no descubrirás su desnudez.
Lev.18:10. La desnudez de la hija de tu hijo o de la hija de tu hija, no descubras su desnudez, porque son tu desnudez.
Lev.18:11. La desnudez de la hija de la mujer de tu padre, nacida de tu padre, es tu hermana [paterna]; No descubrirás su desnudez.
Lev.18:12. No reveles la desnudez de la hermana de tu padre; ella es mestiza de tu padre.
Lev.18:13. No reveles la desnudez de la hermana de tu madre, porque es mestiza de tu madre.
Lev.18:14. No reveles la desnudez del hermano de tu padre, ni te acerques a su mujer: ella es tu tía.
Lev.18:15. La desnudez de tu nuera no descubrirás; ella es la esposa de tu hijo; No descubrirás su desnudez.
Lev.18:16. No descubras la desnudez de la mujer de tu hermano; es la desnudez de tu hermano.
Lev.18:17. No reveles la desnudez de tu esposa y de tu hija; No tomes a la hija de su hijo ni a la hija de su hija para revelar su desnudez, son su mestiza; esto es anarquía.
Lev.18:18. No tomes mujer junto con su hermana, para hacerla rival, para exponer su desnudez en su presencia, durante su vida.
Casos individuales de uniones sexuales prohibidas y criminales: 1) hijo con madre (Lev.18:7); 2) con la madrastra y en general con la otra esposa del padre (Lev. 18, 8; en tiempos patriarcales, incesto entre Rubén y Bilha, Gén. 35,22, delito contra este punto, cf. 1 Cor. 5,1); 3) hermano y hermana de sangre (Lev.18:9) o hermanastra (Lev.18:11; en la antigüedad, los matrimonios entre hermanastras y entre judíos no se consideraban inaceptables, como se puede ver en el ejemplo de Abraham-Sara, Gén. 20,12, cf.
conversación entre Tamar y Amnón, 2 Samuel 13,12 y siguientes); 4) con su nieta (Levítico 18:10); 5) matrimonios con una tía (el matrimonio de los padres de Moisés, Amram y Jocabed, encaja aquí, Éxodo 6.20): a) la hermana del padre (Lev.18:12), b) la hermana de la madre (Lev.18:13), c) la esposa del tío paterno (Lev.18:14); 6) con su nuera, la esposa de su hijo (Levítico 18:15; tal fue el crimen de Judá con Tamar, Gén. 38); 7) con la esposa de su hermano (excepto por su falta de hijos después de la muerte de su marido: entonces, según la ley del Levirato, Deuteronomio 25, el matrimonio era incluso obligatorio - cf., por el contrario, el crimen de Herodes Antipas, Mateo 14: 3-4); 8) convivencia secuencial o simultánea: a) con madre e hija, b) con abuela y nieta (Lev.18:17); 9) convivencia simultánea con dos hermanas: matrimonio con una cuñada durante la vida de la esposa (Levítico 18:18), “para no convertirla en rival” (el matrimonio de Jacob con Lea y Raquel). Así, el legislador prohíbe los matrimonios y las uniones sexuales en parentesco cercano, los tres primeros grados, protegiendo así las relaciones morales de respeto y amor entre parientes consanguíneos de las atracciones y vínculos del amor sexual carnal y fomentando el respeto mutuo, la modestia y la castidad en los miembros del hogar y la familia.
Desde el punto de vista jurídico, no todas las relaciones prohibidas eran consideradas igualmente severamente punibles. Así, se impuso la pena de muerte por convivir con la esposa y la nuera de su padre (Levítico 20:11-12); la convivencia con una madre y una hija se castigaba no sólo con la muerte (generalmente mediante lapidación), sino también con la quema de los cadáveres de los culpables (Levítico 20:14); por el contrario, por casarse con la tía o la esposa de su hermano sólo estaba amenazado con quedarse sin hijos (Levítico 20:20-21).
Lev.18:19. Y no os acerquéis a una mujer mientras está limpiando su inmundicia, para exponer su desnudez.
Lev.18:20. Y no te acostarás con la mujer de tu prójimo, para que derrames semen y te contamines con ella.
La prohibición de tener relaciones maritales con una mujer que menstrúa (cf. Lev. 15,24), el adulterio con una mujer casada (cf. Ex. 20,14) - en ambos casos sin prueba clara del delito, ya que de lo contrario el castigo en el primer caso era el exterminio del pueblo ( Lev. 20,18: si la mujer estaba enferma), en el segundo - la muerte ( Lev. 20,10).
Lev.18:21. No entregues a ninguno de tus hijos al servicio de Moloc, ni deshonres el nombre de tu Dios. Yo soy el Señor.
El cruel culto a Moloch, que consistía en llevar niños a través del fuego (y no en consagrarlos para servir en la iglesia del ídolo - Beato Teodoro. Número 25) en honor al ídolo (en forma de un toro de cobre vacío en su interior) Moloch, la deidad de los amonitas (1 Reyes 11,7) y otros pueblos de Asia Central, pero desde la misma salida de Egipto tuvo admiradores entre Israel (Deut. 12,31; Am 5,26; cf. Hechos 7,43) casi todo el tiempo antes del cautiverio babilónico (1 Reyes 11,7; Jer 32,35; 2 Reyes 23,10). Para una severa condena del culto a Moloch, véase más adelante Levítico 20.2–5.
Lev.18:22. No te acostarás con varón como con mujer: esto es abominación.
Lev.18:23. Y no te acuestes con ningún ganado, para que derrame [semen] y te contamines con él; y una mujer no debe pararse delante del ganado para tener relaciones sexuales con él: esto es repugnante.
Lev.18:24. No os contaminen con nada de esto, porque las naciones que yo expulso de delante de vosotros se han contaminado con todo esto.
Lev.18:25. y la tierra fue contaminada, y miré su iniquidad, y la tierra expulsó a sus habitantes.
La prohibición de los tipos más repugnantes de pecado carnal: la sodomía (Levítico 18:22, cf. Gén. 19,5; Rom. 1,27) y la bestialidad (Levítico 18:23) va acompañada de una indicación de su existencia entre aquellas tribus (cananeos), que, después de que sus iniquidades cumplan la medida de la paciencia (Gén. 15,16) de Dios, serán expulsadas del lugar profanado. tierra.
Lev.18:26. Pero guardaréis mis estatutos y mis leyes, y no haréis todas estas abominaciones, ni el natural ni el extranjero que habita entre vosotros,
Lev.18:27. Porque todas estas abominaciones han sido hechas por el pueblo de esta tierra que está delante de vosotros, y la tierra ha sido contaminada;
Lev.18:28. para que la tierra no os trastorne cuando comencéis a profanarla, como trastornó a las naciones que fueron antes de vosotros;
Lev.18:29. porque si alguno hace todas estas abominaciones, las almas de los que hacen estas cosas serán cortadas de su pueblo.
Lev.18:30. Guardad, pues, mis mandamientos, para no andar en las viles costumbres en que andaban los hombres antes de vosotros, y no ser contaminados por ellas. Yo soy el Señor vuestro Dios.
Enseñados por esta formidable visita a los cananeos, Israel debe observar sagradamente las leyes divinas y no profanarse ni a sí mismos ni a la tierra que Dios les dio, recordando que Jehová, como Señor de las naciones y de la historia, en caso de depravación de sus miembros, será expulsado de la tierra prometida: “así como por muchas iniquidades entregué a los cananeos a la destrucción final, a vosotros os entregaré su tierra, así os castigaré también a vosotros si hacéis lo mismo” (Beato. Teodoreto, pregunta 26).
Sobre el antiguo magistrado del matrimonio judío. tesis del sacerdote. N. Stelletsky “El matrimonio entre los antiguos judíos”, Kiev, 1891.
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